1. consulta y obtenciÓn de convocatoria/bases · relativo a la contrataciÓn del servicio de...

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DS/088/2013 RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACIONES DEL CENDI Y LA ESTANCIA INFANTIL, UBICADAS EN EL DISTRITO FEDERAL, POR EL PERIODO DE ENERO A DICIEMBRE DE 2014 Página 1 de 35 IJR/GVL/SPPA DGRM-DS-CPSIS-08Q REV1: 20/nov/2013 10:41 La Suprema Corte de Justicia de la Nación con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículos 12, 82, 83 y demás aplicables del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal; convoca a las personas físicas y morales interesadas, a participar en el Concurso Público Sumario CPSI/DGRM-DS/088/2013, para la contratación del servicio de limpieza para las instalaciones del CENDI y Estancia Infantil, ubicadas en el Distrito Federal, por el periodo de enero a diciembre de 2014 , al tenor de la siguiente convocatoria/bases: 1. CONSULTA Y OBTENCIÓN DE CONVOCATORIA/BASES: Las personas físicas y morales que deseen participar podrán obtener la presente convocatoria/bases y sus anexos, sin costo alguno, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicadas en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal; a partir del 27 de noviembre de 2013 de las 9:00 a las 17:00 horas, con la licenciada Sandra Paola Pérez Aguilar, con número telefónico 4113 1000 extensiones 5712 ó 5705; documento que también estará disponible en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la siguiente dirección electrónica: http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/RM_CPS_2013.aspx Se hace del conocimiento de los interesados que, la presente convocatoria/bases, será enviada directamente a las personas físicas y morales respecto de las cuales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con alguna referencia de que puedan participar en el presente Concurso Público Sumario. 2. CALENDARIO DE EVENTOS FECHA DE PUBLICACIÓN FECHA DE ENTREGA DE PLIEGO DE PREGUNTAS JUNTA DE ACLARACIONES ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN LEGAL, PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA 27 de noviembre de 2013 29 de noviembre de 2013, hasta las 13:00 horas 2 de diciembre de 2013, a las 11:00 horas. Domicilio: Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal. 5 de diciembre de 2013 de 2013. Horario de 8:30 a 14:00 horas. Domicilio: Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA / BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-DS/088/2013

RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACIONES DEL CENDI Y LA ESTANCIA INFANTIL, UBICADAS EN EL DISTRITO FEDERAL, POR EL PERIODO DE

ENERO A DICIEMBRE DE 2014

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículos 12, 82, 83 y demás aplicables del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal; convoca a las personas físicas y morales interesadas, a participar en el Concurso Público Sumario CPSI/DGRM-DS/088/2013, para la contratación del servicio de limpieza para las instalaciones del CENDI y Estancia Infantil, ubicadas en el Distrito Federal, por el periodo de enero a diciembre de 2014 , al tenor de la siguiente convocatoria/bases:

1. CONSULTA Y OBTENCIÓN DE CONVOCATORIA/BASES:

Las personas físicas y morales que deseen participar podrán obtener la presente convocatoria/bases y sus anexos, sin costo alguno, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicadas en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal; a partir del 27 de noviembre de 2013 de las 9:00 a las 17:00 horas, con la licenciada Sandra Paola Pérez Aguilar, con número telefónico 4113 1000 extensiones 5712 ó 5705; documento que también estará disponible en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la siguiente dirección electrónica:

http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/RM_CPS_2013.aspx

Se hace del conocimiento de los interesados que, la presente convocatoria/bases, será enviada directamente a las personas físicas y morales respecto de las cuales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con alguna referencia de que puedan participar en el presente Concurso Público Sumario.

2. CALENDARIO DE EVENTOS

FECHA DE PUBLICACIÓN

FECHA DE ENTREGA DE PLIEGO DE

PREGUNTAS

JUNTA DE ACLARACIONES ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN

LEGAL, PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA

27 de noviembre de 2013

29 de noviembre de 2013, hasta las

13:00 horas

2 de diciembre de 2013, a las 11:00 horas.

Domicilio: Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

5 de diciembre de 2013 de 2013. Horario de 8:30 a 14:00 horas.

Domicilio: Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

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3. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

INMUEBLE SUPERFICIE LUGAR DE PRESTACIÓN

DEL SERVICIO

CANTIDAD DE ELEMENTOS

HORARIO

De enero a diciembre de 2014

CENDI y Estancia Infantil

4,711 m2

Calle Chimalpopoca No. 112, esquina San Salvador El Verde, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal

12 elementos operativos y 1

supervisor fijo (13 elementos)

Turno vespertino-nocturno de 17:30 a 23:30 horas de lunes a jueves.

Turno matutino de 8:00 a 14:00 horas, domingos y días festivos

De enero a febrero de 2014

7 elementos operativos y 1

supervisor fijo (8 elementos)

Turno de lunes a viernes de 5:00 a 13:00 horas

Nota: Las especificaciones técnicas detalladas de los servicios se incluyen en el Anexo 2a Requerimiento Técnico.

Al participar en este procedimiento concursal mediante la entrega de propuestas, los participantes se sujetan a las condiciones establecidas en la convocatoria/bases, por lo que, ante cualquier omisión en las propuestas, se entenderá que aceptan y se someten a las condiciones establecidas en la misma.

4. JUNTA DE ACLARACIONES

4.1 Se llevará a cabo una junta de aclaraciones, de carácter obligatorio, a la que deberán acudir los interesados por conducto de las personas que designen, en la fecha y horario señalados en el apartado 2 de esta convocatoria/bases, de la que se levantará el acta correspondiente, la cual formará parte integrante de la convocatoria/bases.

Para registrar su asistencia, los participantes que acudan a la junta de aclaraciones deberán entregar copia de una identificación oficial (Credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional, Pasaporte, o cualquier otro documento expedido por un órgano del Estado Mexicano con fotografía) y, en el caso de que acudan en nombre de una persona moral, cualquier documento que los identifique como trabajadores de esta o como su representante.

La tolerancia para asistir al citado evento será de diez minutos siguientes a la hora señalada en el calendario de actividades. Transcurrido dicho plazo, no se permitirá el acceso a ningún participante, ni se registrará a los que se presenten.

4.2 Los participantes interesados deberán presentar sus preguntas por escrito, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales ubicadas en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal; o enviarlas por correo electrónico a la dirección: [email protected] o [email protected], en formato Microsoft Word 2007, a más tardar el 29 de noviembre de 2013 hasta las 13:00 horas; siendo obligación de la persona física o moral participante cerciorarse de que las referidas preguntas fueron recibidas en el lugar y plazo señalados, llamando a los teléfonos 4113 1000 y 4113 1100, extensiones 5712 ó 5705. Es requisito que las preguntas de los participantes estén relacionadas con el procedimiento concursal.

4.3 En la junta de aclaraciones se atenderán las preguntas enviadas en el plazo establecido en el párrafo precedente y se permitirá formular, de manera verbal, preguntas relacionadas con las respuestas producidas que se califiquen como

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procedentes por el representante de la Dirección General de Recursos Materiales, a efecto de que sean respondidas. Excepcionalmente, podrán responderse nuevas preguntas cuando el representante de la Unidad Técnica (Dirección General de Infraestructura Física), lo determine conveniente.

4.4 Tomando en consideración las respuestas de la junta de aclaraciones, esta convocatoria/bases, sus anexos y las cláusulas del proyecto de contrato, podrán ser modificados por la Dirección General de Recursos Materiales, con base en la opinión del representante de la Unidad Técnica y de Asuntos Jurídicos, en el ámbito de sus responsabilidades.

4.5 Se levantará acta de la junta de aclaraciones, así como de las modificaciones de la convocatoria/bases, que se harán constar expresamente en el capítulo específico en la parte final del acta respectiva y, formará parte de la convocatoria/bases, de la que se entregará copia simple al término del acto a todos los participantes que hubiesen asistido. La falta de firma de algún participante no invalidará su contenido y efectos.

4.6 Las modificaciones a la convocatoria/bases, sus anexos y las cláusulas del proyecto de contrato que se efectúen fuera de la junta de aclaraciones, serán autorizadas por la Dirección General de Recursos Materiales o el representante que esta designe, debiendo notificarse a todos los participantes por los mismos medios que se utilizaron para difundir la convocatoria/bases, cuando menos cinco días hábiles antes de la fecha establecida para la entrega de propuestas.

4.7 En ningún caso las modificaciones podrán consistir en la sustitución o variación sustancial del objeto originalmente convocado.

4.8 Es responsabilidad de los participantes revisar los requisitos solicitados en la presente convocatoria/bases, así como las precisiones que se hagan en la junta de aclaraciones, por lo que su propuesta deberá considerar, incluso, las modificaciones de la convocatoria/bases y sus anexos, derivadas de la junta de aclaraciones y las efectuadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden; en el entendido de que cualquier modificación y/o aclaración de la convocatoria/bases y sus anexos, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria/bases.

5. CONDICIONES PARA LA ENTREGA Y PAGO

LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS

SERVICIOS PLAZO DE ENTREGA PLAZO Y FORMA DE PAGO

Calle Chimalpopoca No. 112, esquina San Salvador El Verde, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

Del 2 de enero al 31 de diciembre de 2014.

El pago se realizará a mes vencido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación correcta de la factura en la ventanilla única, de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa notificación por escrito por parte del Administrador del Contrato (Dirección General de Infraestructura Física), de que la prestación de los servicios se realizó a entera satisfacción. (En términos de los Artículos 154 y 172 del AGA VI/2008, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción). Transferencia bancaria, de conformidad con los datos que sean proporcionados.

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6. REQUISITOS

6.1 La entrega de las propuestas se hará conforme al calendario de eventos establecido en el apartado 2 de la presente convocatoria/bases, de la forma siguiente:

Directamente en original en la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicada en Calle Bolívar número 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.

6.2 Las propuestas deberán presentarse por escrito en original, en idioma español, en papel membretado de la persona física o moral, dirigidas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin personalizar, sin tachaduras ni enmendaduras, preferentemente foliadas, debiendo estar firmadas por el representante legal.

6.3 Las condiciones establecidas en la presente convocatoria/bases y en las propuestas presentadas, no son negociables y, su incumplimiento, será causa de descalificación, o bien la rescisión del instrumento contractual.

6.4 Las personas físicas y morales interesadas deberán participar por la partida completa y, esta, no deberá fraccionarse.

6.5 No se aceptarán propuestas alternativas, sólo se aceptará una propuesta por participante.

6.6 La Suprema Corte de Justicia de la Nación se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información presentada por los participantes, en cualquier momento.

6.7 Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación para la prestación de los servicios motivo del presente procedimiento; cualquier incumplimiento de este numeral será causa de rescisión por el órgano competente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan y en su caso daños y perjuicios, así como los procedimientos administrativos correspondientes.

7. DOCUMENTACIÓN LEGAL

Los participantes deberán entregar la siguiente documentación legal para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos esté en posibilidad de emitir el dictamen resolutivo legal:

7.1 Testimonios de los instrumentos notariales debidamente inscritos ante los registros que determine la ley, en que consten su constitución, representante legal y reformas. (Copia simple).

En el caso de personas físicas, una identificación oficial (Credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional, Pasaporte, o cualquier otro documento expedido por un órgano del Estado Mexicano con fotografía). (Copia simple).

7.2 Testimonio en el que conste el acto jurídico en virtud del cual, se haya conferido al apoderado de la empresa participante, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación, e incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse. (Copia simple).

7.3 Documento expedido durante el último semestre por algún órgano del Estado Mexicano en el cual conste el domicilio del participante para efectos tanto del procedimiento de contratación como de la relación contractual que, en su caso, llegue a establecerse (predial, agua, CFE en copia simple); no se aceptarán recibos expedidos por compañías telefónicas, departamentales, ni bancos.

Si dicho documento fue expedido a nombre de una persona diversa al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario que este acredite la existencia del acto jurídico en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente. (Copia simple).

7.4 Comprobante de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y Cédula de Identificación Fiscal (Copia simple).

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7.5 Alta del registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. (Copia simple).

La siguiente documentación deberá entregarse en idioma español, en original, en papel membretado del participante y requisitada en su totalidad con el nombre de la persona física o moral que participa, fecha de elaboración, nombre y firma del representante o apoderado legal:

7.6 Declaración, en original, firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, conforme el formato que consta en el Anexo 1a de esta convocatoria/bases.

7.7 Escrito en el cual manifieste el domicilio en el que recibirá toda clase de notificaciones de los actos derivados del procedimiento, incluyendo los de la adjudicación correspondiente, e incluso, todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse, conforme el Anexo 1b.

7.8 Asimismo, deberán indicar si han participado en un procedimiento de contratación convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los pasados doce meses, contados a partir de la fecha de la presente convocatoria/bases, identificando los datos del procedimiento Anexo 1c.

7.9 Carta de confidencialidad firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, o de la persona física, conforme al formato que consta en el Anexo 1d de esta convocatoria/bases.

8. PROPUESTA TÉCNICA (Anexo 2a)

La propuesta técnica contendrá:

8.1 Descripción completa, detallada y ordenada de la partida cotizada, en la cual se debe incluir el mínimo de requisitos técnicos especificados en el Anexo 2a Requerimiento Técnico.

8.2 Información técnica adicional de los servicios ofertados, conteniendo como mínimo los requisitos solicitados en la presente convocatoria bases, así como los demás aspectos técnicos que, en su conjunto, mejoren, especialicen y actualicen lo solicitado en el requerimiento técnico.

8.3 Manifestación Bajo Protesta de Decir Verdad, sobre el cumplimiento de las normas nacionales y, en su caso, internacionales que cumplen los servicios de limpieza integral, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones aplicables (Anexo 2b).

8.4 Los participantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad, que cuentan con la infraestructura, personal, materiales y equipo requerido para los servicios de limpieza integral conforme el Anexo 2c de la presente convocatoria/bases.

8.5 Los participantes deberán acreditar su experiencia para realizar los servicios de limpieza integral con un mínimo de 2 contratos de servicios similares, en cualquiera de los años 2011, 2012 y 2013.

8.6 Los participantes deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que tienen conocimiento de los alcances y requerimientos técnicos del servicio de limpieza integral que requiere este Alto Tribunal; así como de los materiales, equipo y personal que deberán proporcionar para atenderlo a entera satisfacción en las fechas requeridas.

9. PROPUESTA ECONÓMICA (Anexo 3)

La propuesta económica contendrá:

9.1 En el formato de cotización del Anexo 3. Formato de Propuesta Económica, se asentará, en moneda nacional: el precio unitario, descuentos, Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y precio total, en forma desglosada en la partida, señalando el importe total de la propuesta económica.Incluir detalladamente en su cotización los siguientes conceptos en número y letra:

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a) Indicar el plazo de entrega: del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014.

b) Forma de pago: a mes vencido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la factura debidamente requisitada en la ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa verificación y constancia de que, la prestación de los servicios se realizó a entera satisfacción.

No se otorgarán anticipos.

La forma de pago no es negociable por lo que, al presentar su propuesta, el participante acepta dicha condición.

c) Lugar de prestación del servicio:

Calle Chimalpopoca No. 112, esquina San Salvador El Verde, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06800, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal

d) Vigencia de la propuesta: las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días naturales siguientes a la fecha de entrega de las mismas.

Los precios se entenderán como firmes hasta el cumplimiento total del contrato. Los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del presupuesto para el ejercicio 2014

e) Nombre y firma del representante o apoderado legal.

9.2 Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación de los servicios serán pagados por el participante que resulte adjudicado, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

10. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Para determinar qué propuestas resultan solventes, los documentos presentados por cada uno de los participantes se someterán a los criterios de evaluación legal, técnica y económica, que se precisan en los numerales 10.1, 10.2 y 10.3.

El resultado de dicha evaluación se plasmará, respectivamente, en los dictámenes resolutivos legal, técnico y económico, en la inteligencia de que estos serán desfavorables cuando no se presente alguno de los documentos solicitados en esta convocatoria/bases.

No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas en la convocatoria/bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas y agilizar la conducción del procedimiento, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los participantes respecto de dichas condiciones o requisitos, no será motivo para desechar sus propuestas.

Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismo no afecta la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si la información requerida se proporciona de manera clara; o cualquier otro cuyo propósito no sea determinar, objetivamente, la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.

La evaluación se realizará con la documentación presentada, en función de la que fue solicitada.

10.1 EN EL DICTAMEN RESOLUTIVO LEGAL SE VERIFICARÁ QUE:

10.1.1 Se haya presentado completa y debidamente requisitada la documentación legal solicitada.

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10.1.2 Se haya presentado en los términos solicitados en el numeral 7.6 de esta convocatoria/bases, la respectiva declaración firmada por el representante legal o por el apoderado legal del participante, persona física o moral.

10.1.3 Se haya presentado la declaración referida en el numeral 7.7 en relación con el domicilio.

10.1.4 La adecuada constitución de la persona moral participante, así como su vigencia y regularidad.

10.1.5 La adecuada relación entre el objeto social del participante y la materia de contratación.

10.1.6 En su caso, la capacidad del representante legal o apoderado del participante para actuar en su nombre.

10.1.7 Se haya presentado en los términos solicitados en el numeral 7.9 de esta convocatoria/bases, la carta de confidencialidad.

10.1.8 Que se haya presentado el alta del registro patronal de Instituto Mexicano del Seguro Social.

10.1.9 Si con base en el análisis de los referidos elementos, se advierte que un participante cumplió con todos los requisitos exigidos, se emitirá dictamen resolutivo legal favorable. El incumplimiento de cualquiera de ellos dará lugar a un dictamen desfavorable.

10.2 EN EL DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO SE VERIFICARÁ LO SIGUIENTE:

10.2.1 Sólo se aceptará una propuesta por la totalidad de la partida. No se aceptarán propuestas alternativas.

10.2.2 Se verificará que se cotice la cantidad total de los servicios requeridos por la partida, no se considerarán las propuestas que coticen parcialmente los servicios que integran la partida solicitada.

10.2.3 Para la emisión del dictamen resolutivo técnico se tomarán en cuenta las identificadas como causas de descalificación establecidas en el apartado 12 de la presente convocatoria/bases.

10.2.4 El participante presente por escrito toda la información y documentos que permitan comprobar que, el servicio ofertado, cumple con las características indicadas en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico”, de esta convocatoria/bases.

10.2.5 Los participantes manifiesten que tienen conocimiento de las rutinas de limpieza general y profunda solicitada en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico”.

10.2.6 Los participantes manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria para los servicios de limpieza integral, así como, con el personal, materiales y equipo para el desarrollo de los mismos, Anexo 2c.

10.2.7 Los participantes acrediten su experiencia para realizar los servicios de limpieza integral con un mínimo de 2 contratos de servicios similares en cualquiera de los años 2011, 2012 y 2013.

10.2.8 Los participantes manifiesten, bajo protestad de decir verdad, que tienen disponibilidad de elementos en las fechas solicitadas, para prestar los servicios de conformidad con el Anexo 2c.

10.3 EL DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO CONTENDRÁ:

10.3.1 La evaluación de las propuestas económicas se realizará mediante un análisis de forma comparativa de los precios y condiciones ofertados por los participantes, determinando las mejores condiciones de contratación por la partida solicitada.

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10.3.2 En la evaluación de los precios cotizados, con base en la información disponible, las propuestas cuyo costo sea desproporcionado con respecto del presupuesto base u otras referencias con las que cuente la convocante, se dictaminarán como no favorables. La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá declinar las propuestas cuyos precios sean superiores al 20% contra el presupuesto base u otra información disponible.

10.3.3 Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y, cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del participante. En caso de encontrarse errores numéricos en las operaciones aritméticas, se reconocerá como correcto el precio identificado como precio unitario antes de considerar descuentos e impuestos, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación efectuará las correcciones correspondientes y, el monto correcto, será el que se considerará para el análisis comparativo de las propuestas económicas. Los participantes aceptarán las correcciones que realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ningún caso podrá modificarse el precio unitario cotizado.

11. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los participantes se hacen totalmente responsables en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual y, por lo tanto, liberan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier responsabilidad en dicho sentido.

12. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá descalificar a los participantes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

12.1 Cuando las propuestas no se entreguen en la fecha y hora señaladas.

12.2 Cuando algún participante acuerde con otro, u otros, fijar los precios objeto del presente procedimiento.

12.3 Cuando el participante esté inhabilitado o impedido por los órganos de la Administración Pública Federal, Poder Legislativo, Poder Judicial de la Federación o por cualquier otra disposición legal, previo a la emisión del fallo.

12.4 Cuando algún participante, durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

12.5 Cuando el participante no entregue la documentación que se señala en la convocatoria/bases.

12.6 Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos señalados en la convocatoria/bases.

12.7 Cuando el participante proporcione información falsa para participar en el presente procedimiento.

12.8 Cuando exista incongruencia en la información presentada entre la propuesta técnica y la económica y que, conforme los criterios señalados en el apartado 10, en la parte conducente, afecte la solvencia de la propuesta.

12.9 Cuando el participante incluya más de una propuesta ya sea técnica o económica o cotice parcialmente los servicios que integran la partida por la que participe.

12.10 El incumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria/bases y la contravención a lo dispuesto por el Acuerdo General de Administración VI/2008, por parte de algún participante, será motivo de descalificación, lo cual se hará de su conocimiento en cualquiera de las etapas del procedimiento, debiéndose fundar y motivar la causa para desechar su propuesta.

12.11 Cuando el participante no asista a la junta de aclaraciones, en caso de ser obligatoria.

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13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

13.1 Se considerará que una propuesta es solvente cuando obtenga resultado favorable en los dictámenes resolutivos legal, técnico y económico.

13.2 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en el resultado favorable de los dictámenes resolutivos, legal, técnico y económico adjudicará a quien(es) presente(n) la(s) propuesta(s) solvente(s) cuyo precio sea el más bajo y que haya cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en la convocatoria/bases.

13.3 Para adjudicar este procedimiento bastará con sólo una propuesta que resulte viable.

13.4 Si derivado de la evaluación de las propuestas económicas se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará en favor del participante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, depositados en una urna, de la que se extraerá, en primer lugar, el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales propuestas.

14. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DEL CONCURSO

SUSPENSIÓN:

14.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el concurso, en cualquier momento, en todo o en parte, cuando existan razones suficientes que lo motiven.

14.2 La notificación de suspensión se publicará en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la resolución correspondiente.

14.3 Una vez analizadas las causas que dieron origen a la suspensión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación instruirá para subsanarlas en caso de ser posible y, efectuado ello, continuará con el procedimiento.

CANCELACIÓN:

14.4 La cancelación del presente procedimiento procederá cuando no puedan subsanarse las causas que dieron origen a la suspensión, cuando existan causas debidamente justificadas que extingan la necesidad de realizar la contratación respectiva, o bien, cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La cancelación del procedimiento se notificará a todos los participantes por escrito.

REPOSICIÓN:

14.5 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta algún vicio lo hará del conocimiento del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, el cual podrá ordenar la reposición cuidando no afectar los principios derivados del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

15. INCONFORMIDADES

Los participantes que acrediten interés jurídico podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos previstos en los artículos 189 al 195 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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16. FALLO

16.1 El fallo del procedimiento se hará del conocimiento de los participantes a través de comunicado en la página de Internet de la Suprema Corte y, en el caso del participante al que le haya favorecido el fallo, se le hará saber personalmente mediante oficio de adjudicación para que en el plazo no mayor de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación, formalice el instrumento jurídico respectivo (Anexo 4).

16.2 Los derechos y obligaciones que el participante adquiera con la firma del contrato respectivo, no podrán cederse en forma total o parcial, gravarse, transferirse o afectar bajo cualquier título en favor de otra persona.

16.3 Podrá declararse desierto el presente Concurso Público Sumario en su totalidad o por partida, si no se presentan propuestas, si ninguna obtiene resultado favorable en todos los dictámenes o si los precios propuestos no fueran aceptables de conformidad con la información disponible.

16.4 Al declarar desierto el Concurso Público Sumario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá expedir una diversa convocatoria/bases para un Concurso Público Sumario o bien adjudicar directamente.

17. ENTREGA-RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

17.1 Para los efectos de la administración técnica del contrato que deriven de este procedimiento concursal, fungirá como administrador la Dirección General de Infraestructura Física.

17.2 El participante adjudicado será responsable de los servicios contratados por este Alto Tribunal, hasta que sean recibidos a entera satisfacción en las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el domicilio identificado como lugar de prestación de los servicios en el apartado 5 de la presente convocatoria/bases, por lo que el riesgo correrá a cargo del participante hasta ese momento, bajo los siguientes términos:

I. Para la prestación de los servicios, el adjudicatario deberá atenderlos con personal debidamente uniformado, cumpliendo con lo establecido en las Condiciones Generales de Operación señaladas en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico”.

II. Responsabilidad objetiva: El participante que resulte adjudicado, responderá por los daños que se causen a las personas o bienes con motivo de la contratación que derive del presente procedimiento aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar.

18. GARANTÍAS

De conformidad con lo establecido en el artículo 164, fracción II, inciso a) del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se exime de presentar garantía de cumplimiento al prestador de servicios que resulte adjudicado mediante el presente procedimiento de contratación.

19. SANCIONES

Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:

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19.1 En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará a los proveedores una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto total del contrato sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

19.2 El proveedor responsable del incumplimiento se hará acreedor a las penas convencionales previstas en los numerales que anteceden, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas.

19.3 Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte al proveedor y de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal.

19.4 En caso de ausentismo de personal se descontará con base en la siguiente fórmula:

Costo mensual por elemento / días del mes (*) = Importe diario del elemento, el cual será descontado de la

factura mensual que se presente (*) Según el mes en que se presente la ausencia

20. REQUISITOS PARA EL PAGO

20.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, efectuará el pago mediante transferencia electrónica; para lo cual, deberá entregarse la siguiente documentación en original y copia: I. Carta membretada en la que se indiquen sus datos bancarios.

a. Cuenta b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE) c. Banco d. Sucursal e. Beneficiario

II. Factura a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de

Contribuyentes SCJ 950204 6P5, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos en la legislación de la materia, con el Impuesto al Valor Agregado, por separado.

Así mismo, se deberán atender las disposiciones fiscales vigentes, respecto del comprobante fiscal que utilicen, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y de los numerales 1.2.7.1.1/ 1.2.7.1.3/ 1.2.7.1.5/ 1.2.8.3.1.11 y 1.2.8.3.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.

III. Oficio del Área Técnica de que los servicios se prestaron en los términos contratados.

IV. No se realizará el pago de facturas que amparen servicios que no se hayan prestado en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

21. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

El instrumento contractual que en su oportunidad se formalice con el participante adjudicado podrá ser objeto de modificaciones o cancelaciones, en los términos previstos en el artículo 143 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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22. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL

22.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el plazo de ejecución del contrato cuando existan causas de interés general, por necesidades del servicio público o en caso de irregularidades en el cumplimiento del objeto del contrato, señalando la interrupción del plazo de ejecución, así como los hechos que motivan la suspensión.

22.2 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá:

Dar por terminado el contrato al cumplirse su objeto o bien de manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general como lo son, entre otras:

A. Por nulidad. B. Por rescisión. C. Por sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor. D. Por mutuo consentimiento.

23. PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN

Los adjudicados podrán presentar su solicitud de conciliación cuando se suscite alguna controversia respecto de lo pactado en el instrumento contractual, en los términos previstos en los artículos 196 a 201 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

24. TRIBUNAL COMPETENTE

Para la interpretación y cumplimiento del instrumento derivado de este procedimiento de contratación, las partes se someten a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, renunciando a cualquier fuero por razones de domicilio, con fundamento en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

25. ANEXOS

Anexo 1a: Formato de Carta Protesta de no impedimentos para contratar. Anexo 1b: Formato de domicilio legal. Anexo 1c: Formato de antecedentes de participación. Anexo 1d: Formato de carta de confidencialidad. Anexo 2a: Requerimiento Técnico. Anexo 2b: Formato de cumplimiento de normas. Anexo 2c: Formato de infraestructura. Anexo 3: Formato de propuesta económica. Anexo 4: Formato de contrato.

Atentamente Suprema Corte de Justicia de la Nación México, D.F., 27 de noviembre de 2013.

Licenciada María Esther Hernández y Chávez Directora General de Recursos Materiales

Rúbrica

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Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR

(PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha

25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los

artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento

normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante

(persona física o representante de la persona moral)

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Anexo 1b MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones, relacionadas con el procedimiento de contratación mediante _______________________ número _______________________, así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle ______________ número exterior _________, número interior________, Colonia __________, Delegación o Municipio ___________, Código Postal __________, Ciudad ______________________. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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Anexo 1c ANTECEDENTES DE PARTICIPACIÓN

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: ________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo que mi representada ha participado en los siguientes procedimientos de contratación en la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

Número de la licitación o concurso Fecha

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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Anexo 1d CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA: ________________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E

(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (Nombre de la persona física o moral). Por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de mi representada, la información recibida o de la que tenga conocimiento con motivo de la contratación del servicio del concurso público sumario CPSI/DGRM-DS/___/2013 ____________________________________. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ese Alto Tribunal, toda la documentación e información recibida, sin haber obtenido copia de esta. En nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en esta manifestación.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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Anexo 2a (Requerimiento Técnico)

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEL INMUEBLE QUE OCUPA

EL CENDI “ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL” Y ESTANCIA INFANTIL. SUBPARTIDA 1.1 ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL CENDI “ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL“ Y ESTANCIA INFANTIL DE LA SCJN, UBICADO EN CHIMALPOPOCA #112 ESQUINA CON LA CALLE DE SAN SALVADOR EL VERDE, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, D.F., C. P. 06080 EN UN PERIODO DEL 1o DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014. 1.- DESCRIPCIÓN GENERAL El alcance de los trabajos de limpieza integral en el inmueble propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consistirá en realizar de domingo a jueves, en turno vespertino - nocturno (de 17:30 a 23:30 horas de lunes a jueves) y turno matutino (de 8:00 a 14:00 horas, domingos o días festivos), todas las actividades que resulten necesarias para mantener en óptimas condiciones de aseo el inmueble (acceso principal exterior e interiormente incluyendo rampas, recepción, vestíbulo de acceso, baños de visitas y núcleos sanitarios en los tres pisos, acceso de servicio, patio de servicio, áreas y cuartos de basura, baño y oficina de seguridad, patio cívico incluyendo limpieza a detalle de los juegos, áreas de lavabos infantiles y bebederos, terrazas en 1º piso y azotea, áreas de estacionamiento, pasillos comunes, escaleras principales, escaleras de servicio y elevador; oficinas, salones, consultorios, privados, cuarto de recepción de alimentos, cocina con muebles de acero inoxidable e instalaciones especiales, incluyendo rejillas en piso, cámara de refrigeración y extractores, comedores, áreas de lavandería, cuartos de máquinas y bodegas). Asimismo, el Site, según programa de la Dirección General de Tecnologías de la Información y siempre en presencia de un técnico asignado por ésta última. Para efectos de limpieza, los espacios se han clasificado de la siguiente manera: ÁREA 1: Sótano (estacionamiento, rampas de acceso y de intercomunicación, oficinas de seguridad, escaleras, área de cajero y cuartos de máquinas) ÁREA 2: Planta Baja (Accesos peatonales principales, accesos de servicio y de emergencia, vestíbulos, salones, núcleos de baños, lavados, oficinas, consultorios, patio, cuartos de aseo y juegos infantiles) ÁREA 3: Planta Alta (pasillos, vestíbulos, salones, núcleos de baños, bodegas, oficinas, cocineta y cuarto de aseo y terrazas) ÁREA 4: Azotea (áreas libres de azotea, roof garden, bodega y áreas de maquinaria e instalaciones, muretes). ÁREA 5: Elevador y escaleras (escalera principal con 3 niveles y escalera de emergencia con 2 niveles). ÁREA 6: Banquetas (calle Chimalpopoca, calle San Salvador el Verde y hacia el parque). Incluye rampas de acceso en ambas calles.

Se deberá realizar la limpieza diaria bajo el programa establecido conciliado con el representante de la SCJN. De forma general la descripción de las áreas y los acabados son los siguientes: ÁREA 1: Sótano: Piso de cemento con cajones de pintura epóxica y topes para autos, columnas pintadas y muros pintados color cemento. Puertas metálicas y de rejilla. No existe mobiliario fijo, excepto los equipos en cuartos de máquinas; tuberías en plafón, máquinas y señalamientos en área de cajero, cancelería.

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ÁREA 2: Planta Baja Piso de loseta cerámica antiderrapante con zoclo, piso de seguridad “kid tiles” en zona de juegos, juegos infantiles para exteriores, piso de concreto estampado en patios, muros y plafones sin textura pintados; existe mobiliario fijo diverso: lavaderos y bebederos colectivos; arco detector de metales en acceso, muebles fijos de madera pintados de colores, mobiliario y equipo de oficina, tarjas de acero inoxidable en salones denominados baños de artesa, muebles de baño de cerámica, mamparas divisorias de colores, regaderas, áreas con espejos y barandales de madera, puertas de madera de colores, cancelería de aluminio color blanco y cristales con pantalla protectora. ÁREA 3: Planta Alta Piso de loseta cerámica antiderrapante con zoclo, piso de concreto estampado en patios, muros y plafones sin textura pintados; existe mobiliario fijo diverso: muebles fijos de madera pintados con colores, mobiliario y equipo de oficina, muebles de acero inoxidable; muebles de baño de cerámica, mamparas divisorias de colores; puertas de madera de colores, cancelería de aluminio color blanco y cristales con pantalla protectora. ÁREA 4: Azotea Losa de azotea con acabado de impermeabilizante (tipo membrana color gris), piso de concreto estampado, muros y plafones volados sin textura, pintados; puertas de cancelería de aluminio y cristal con pantalla protectora, puertas de madera. ÁREA 5: Elevador y escaleras Escalones con loseta y remate perimetral martelinado, puertas de cancelería de aluminio y cristal con pantalla protectora, barandal de metal. Elevador con puertas e interiores de acero inoxidable, piso vinílico y plafón luminoso.

ÁREA 6: Banquetas Banquetas y rampas de acceso de concreto, jardineras, parte exterior de puertas metálicas de acceso peatonal, vehicular, de servicio y de emergencia. Debe incluirse cada domingo la limpieza por de abajo de las rampas (quitar hojas y basura) NOTAS IMPORTANTES: El servicio de Alimentación del CENDI cuenta con una Certificación por parte de la Secretaría de Turismo, “Distintivo H” por el manejo higiénico de los alimentos conforme a la norma NMX-F_605-NORMEX -2004 que garantiza que los alimentos que son consumidos son inocuos al organismo, por lo que es importante que se tome en cuenta lo siguiente para evitar contaminación cruzada.

Los utensilios utilizados en baños no podrán ser usados en las aulas, pasillos, comedores, cocina y cocineta.

Los utensilios utilizados en las aulas sólo serán para esas áreas. Los utensilios utilizados en cocina y cocineta sólo serán para esas áreas. Los utensilios utilizados para los baños artesa sólo serán para esa área.

Por lo que deberán identificarse las escobas, jergas, trapeador, cepillo, fibra, sacudidor, cubetas, etc., por áreas para evitar errores en su uso y contaminación cruzada. La basura que se acumula en las coladeras que se encuentran en el área de cocina deberá de limpiarse en forma diaria.

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RELATIVO A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACIONES DEL CENDI Y LA ESTANCIA INFANTIL, UBICADAS EN EL DISTRITO FEDERAL, POR EL PERIODO DE

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Al supervisor del prestador del servicio que asistirá diariamente así como al responsable por parte de la empresa, se le indicará el primer día de trabajo, la forma en que deben etiquetar y organizar los materiales, las concentraciones de químicos para limpieza y el manejo de las tarjas, coladeras y el movimiento de mobiliario para su limpieza. Acceso prohibido a las áreas de Site e instalaciones de Informática, al área de Circuito Cerrado de TV, (Dirección General de Seguridad), al área con corriente en alta tensión (transformadores, planta de emergencia y subestación eléctrica), bodegas de materiales y lavandería. Salvo que el representante de la SCJN les de alguna indicación. Acceso restringido a las instalaciones de extinción de incendios (Gas Fm 200) y en caso de requerir una limpieza, ésta deberá ser “tipo cuadro” con un plumero. Áreas de colectores solares en azotea. Dentro de las instalaciones del inmueble está prohibido fumar. La Limpieza del material didáctico, material psicomotor y juguetes será responsabilidad del personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los tapetes tipo alfombra deberán de lavarse en forma mensual. Los tapetes de “foami” deberán de lavarse y levantarse todos los días y desinfectarse una vez por semana. Como parte de los requisitos para obtener el Distintivo “H”, semestralmente deberá realizarse una limpieza profunda en cocinas, áreas de almacenaje y recepción de alimentos conforme a lo que indique el personal de la SCJN. 2. REQUERIMIENTOS ESPECIALES En caso de que por causas justificadas la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiera ajustar el horario, se informará al prestador del servicio según se acuerde con el representante de la Dirección General de Infraestructura Física. La limpieza deberá incluir tallar pisos no sólo trapearlos; limpiar manchas en muros y pisos retirándolas con el producto adecuado; limpieza de azulejos de baños y regaderas, limpieza de ventanas, puertas tanto de madera como metálicas y cancelería; desinfectar y desodorizar núcleos sanitarios, lavar todos botes de basura diariamente, quitar polvo de las instalaciones sobrepuestas (tubos, lámparas, letreros), incluyendo los tubos ubicados en el plafón del sótano; limpiar la superficie de equipos de aire, manijas, antepechos de puertas; retirar cuidadosamente restos de cinta adhesiva de los vidrios en canceles de aulas y oficinas (no dejarlos por mucho tiempo para evitar se resequen y se adhieran) Los baños de artesa en salones deberán lavarse y desinfectarse diariamente. Respecto a la rampa de acceso al inmueble y escaleras deberán de lavarse en forma diaria y el patio cívico tres veces por semana. En el caso de las cortinas deberán de ser lavadas tres veces al año en los periodos de marzo, julio y diciembre, en fines de semana y deberán tener cuidado en que queden colocadas correctamente. Las pastillas para wc, deberán ser colocadas en forma quincenal.

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Deberá ponerse especial cuidado en que no se acumule polvo en las esquinas, rincones, orillas o partes de difícil acceso como es debajo de muebles, filos de ventanas, orillas de las puertas o en partes altas donde se llega sólo con escalera, como es la parte alta de los portones. Los muebles de las salas y oficinas deberán sacudirse. El prestador del servicio deberá tener cuidado de no dañar durante el trabajo los acabados en muros, pisos, foami, plafones, ventanas; muebles de baño, muebles fijos de madera y acero inoxidable, mesas, sillas, cunas, mobiliario para prácticas de higiene con los niños, sillas altas, equipo de cómputo, mobiliario de oficina, puertas, ventanas, lámparas. Igualmente, el prestador del servicio deberá cuidar de no rayar ni desprender la película de los canceles, ni los colores de muros o muebles, los logos o letreros, o el impermeabilizante de azotea. Por lo antes expuesto, el personal por parte del prestador del servicio no podrá utilizar las instalaciones de ningún tipo para su uso personal excepto los indicados para realizar la limpieza y no podrá ingresar con mochilas, maletas y bolsas de mano. Es importante considerar que el área cuenta con sistemas delicados de instalaciones, como son las celdas solares, detectores de humo, sistema de captación de agua pluvial, por lo que durante las actividades deben tomarse las precauciones necesarias para no dañarlos ni activarlos. No se incluyen en el servicio los vidrios exteriores del segundo piso ni jardinería. Es importante señalar que la jardinería requiere de cuidados muy específicos por lo que se debe evitar regar o tirar residuos de agua en las mismas. El personal por parte del prestador de servicio no deberá dejar las jergas, mechudos y escobas húmedas; deberá lavarlas diariamente y dejarlas secando ordenadas en un área abierta asignada (posiblemente fuera de la lavandería). El personal por parte del prestador de servicio no deberá derramar el agua sucia en las tarjas de cocina, cocineta y lavabos. 3. SUPERFICIE La superficie total aproximada es de 4,711.00 m2, mismos que se desglosan por área como se indica a continuación: ÁREA 1: Sótano 1,745.00 m2 ÁREA 2: Planta Baja 1,030.00 m2 ÁREA 3: Planta Alta 968.00 m2 ÁREA 4: Azotea 968.00 m2 ÁREA 5: Elevador y escaleras (superficie incluida) ÁREA 6: Banquetas (superficie incluida)

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4.- CONSUMIBLES El prestador del servicio deberá incluir en su costo el suministro de todos los consumibles de la lista anexa. Cabe aclarar que para la dotación de consumibles se deberá consideran los 13 elementos de enero a diciembre de 2014 y los 8 elementos de enero a febrero de 2014 (Subpartida 1.1 y 1.2)

No. MATERIAL MARCA

1 FIBRA VERDE C/ ESPONJA P-9480X 120 CM SCOTCH BRITE

2 FIBRA SINTETICA VERDE P-96 229X150 CM SCOTCH BRITE

3 FRANELA BLANCA DE 50 CM DE ANCHO CARPE

4 FRANELA GRIS DE 50 CM DE ANCHO CARPE

5 FRANELA ROJA DE 50 CM DE ANCHO CARPE

6 JERGA DE 50 CM. DE ANCHO, COLOR BLANCO CON FRANJAS DE COLOR CARPE

7 PAÑALINA COLOR BLANCO DE 50 CM DE ANCHO (QUE NO SUELTE PELUSA) SIN MARCA

8 DETERGENTE EN POLVO ROMA

9 LIMPIADOR EN POLVO BOTE 388 GR. AJAX

10 LIMPIADOR PARA VIDRIOS CON AMONIA ATOMIZADOR 500 ML WINDEX

11 LIMPIADOR DE MADERA 333 GR PLEDGE

JOHNSON 12 ESCOBA DE PLASTICO TIPO CEPILLO CON CERDAS DE 12 CM PERICO

13 JALADOR DE HULE 40 CM DE ANCHO (ALUMINIO - MADERA) IDEAL

14 RECOGEDOR DE LÁMINA CON BASTON DE 75 CM. SIN MARCA

15 CUBETA DE PLASICO DE 12 LT CON ASA METALICA CUBIERTA DE PLASTICO

CUPLASA

16 CUBETA DE PLASICO DE 20 LT CON ASA METALICA CUBIERTA DE PLASTICO CUPLASA

17 GUANTES DE HULE ROJOS, SIN FELPA Y PALMA ANTIDERRAPANTE. El tamaño dependerá del personal que realice el servicio

ADEX

18 PASTILLA PATO PURIFIC CON GERMINEX 48 GR COLOR AZUL PARA COLOCAR EN LA TASA DE WC CON CANASTILLA.

PATO PURIFIC JOHNSON

19 LÍQUIDO MULTIUSOS, AROMATIZANTE, DESINFECTANTE Y LIMPIADOR, AROMA LAVANDA

FABULOSO

20 CLARASOL BOTELLA 950 ML CLORALEX

21 BOLSA DE POLIETILENO, NEGRA PARA BASURA de 40 x 50 aproximadamente BIODEGRADABLE

SIN MARCA

22 BOLSA DE POLIETILENO NEGRA PARA BASURA 60X90 CAL 250 BIODEGRADABLE SIN MARCA 23 BOLSA DE POLIETILENO NEGRA PARA BASURA 63X110 CAL 250 BIODEGRADABLE SIN MARCA 24 MECHUDOS DE 250, 400 Y 800 GRS IDEAL

25 CEPILLO PARA LAVAR WC SIN MARCA

26 LIQUIDO DESINFECTANTE LIMPIADOR PARA LIMPIEZA DEL WC SIN MARCA

La marca indicada podrá ser sustituida por una similar en calidad. Es responsabilidad del prestador del servicio utilizar los materiales adecuados y biodegradables. No se especifica cantidad, ni periodicidad, sin embargo la empresa queda obligada a mantener una reserva de materiales en el lugar de trabajo, por una cantidad equivalente a una semana de uso cuya lista debe estar pegada en la puerta del área de guardado de material. La Dirección de Intendencia verificará en cualquier momento la existencia de dicho material, así como su aplicación. Al concluir la limpieza el prestador del servicio deberá dejar diariamente en los botes basura bolsas de plástico en las áreas de cocina, baños, comedor, oficinas y salones. No podrá utilizarse ningún producto que dañe o sea agresivo para los acabados en muros, pisos, plafones, incluyendo los colores, logos, letreros o el impermeabilizante de azotea; asimismo, no agresivos para los

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muebles de baño, muebles fijos de madera y acero inoxidable, puertas, ventanas, lámparas y película de protección en vidrios. Asimismo, el prestador del servicio deberá llevar al inmueble cuando le sea requerido, la maquinaria, implementos y todo lo necesario para la correcta ejecución del trabajo, siendo lo mínimo indispensable el siguiente listado:

a) Escaleras de aluminio tipo tijera (diferentes alturas). b) Pulidoras y sus accesorios (discos para pulir, discos de fibra para tallar, bases de hule y mixtas,

bonnetes para alfombras, así como los productos inherentes a esta actividad). c) Extensiones eléctricas de diferentes medidas (hasta 50 mt), de uso rudo, en perfecto estado (no cables

sin forro ni quemados). d) Aspiradoras de mochila, de agua y de potencia con sus accesorios (cepillos, boquillas para orillas y

cortinas, filtros). e) Máquina Karcher para lavado con agua caliente y fría, a presión. (No aplica ya que no hay áreas abiertas

o estacionamientos). f) Diablo o plataforma de aluminio horizontal. g) Señalizaciones preventivas para piso mojado, precaución, prohibido el paso, etc. h) Carros para concentrar basura (en caso de que no existan en el local).

Los equipos no pueden conectarse a cualquier contacto sino al que les indique el personal de la SCJN, ubicado en el área de tableros; éste tiene la capacidad para soportar mayor carga que los contactos normales.

Cabe mencionar que todos los equipos deben estar en excelente estado para asegurar calidad en los trabajos y no arriesgar la seguridad del personal. La S.C.J.N. proporcionará energía eléctrica y agua. El responsable del inmueble asignará un espacio al prestador del servicio para ser utilizado para el almacenaje de material y equipo; éste deberá estar siempre ordenado y limpio. 5.- CONDICIONES GENERALES DE OPERACIÓN

En cuanto a la plantilla de personal el prestador del servicio deberá ofrecer los siguientes aspectos que garanticen la calidad de sus servicios:

Deberá contar en el sitio de los trabajos con 12 elementos operativos y un supervisor fijo (en total 13 elementos), en un turno vespertino-nocturno de 17:30 a 23:30 horas de lunes a jueves y turno matutino de 8:00 a 14:00 horas, domingo y días festivos, pudiendo integrar la plantilla con hombres y mujeres. Previo al inicio del servicio, el supervisor por parte de la empresa deberá realizar un análisis a detalle y presentar una propuesta de programa de trabajo misma que se debe conciliar con el representante de la SCJN y darle seguimiento con los mecanismos de control que igualmente se establezcan de forma conjunta. La SCJN en cualquier momento podrá solicitar dichos controles al prestador del servicio para verificar o ajustar lo que se requiera. El concursante ganador, deberá presentar el Programa de Trabajo al representante de la Dirección de Intendencia y a las Direcciones del Cendi y Estancia Infantil en reunión conjunta.

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Es importante señalar que el ausentismo baja el rendimiento y la calidad de los trabajos de limpieza por lo que es requisito indispensable que las ausencias por cualquier motivo, sean cubiertas dentro de la primeras dos horas de la jornada laboral; en su caso, cualquier falta de personal se descontará de la siguiente forma:

Costo mensual por elemento / días del mes (*)

= Importe diario del elemento, el cual será descontado de la factura mensual que se presente

(*) Según el mes en que se presente la ausencia.

- El personal deberá estar capacitado y contar con buena presentación que denote aseo personal, así como con complexión delgada y edad de 25 a 50 años. Se deberá llevar un estricto control de asistencias y puntualidad, incluyendo al supervisor, quien deberá estar en constante contacto con el representante de la SCJN. Las listas donde se registra el personal se revisarán por la SCJN y cualquier retardo o salida antes del horario se considerará para los descuentos correspondientes.

En cuanto a uniformes: - El prestador del servicio proporcionará el vestuario de trabajo, mismo que tendrá que tener el logotipo del prestador del servicio a la vista, el cual deberá ser de color azul de dos piezas o bata u overol y calzado negro. - El equipo de seguridad personal será proporcionado por el prestador del servicio de acuerdo a la normatividad aplicable. - El personal de limpieza deberá portar identificación con fotografía en lugar visible.

En cuanto a los requerimientos legales: - El prestador del servicio debe cumplir con las disposiciones y ordenamientos de carácter legal que resulten aplicables. - Todo el personal sin excepción, deberá estar inscrito al IMSS, debiendo estar la documentación comprobatoria a disponibilidad de la S.C.J.N. para su verificación, en caso de ser requerida. 6.- NOTAS

A) La basura será recopilada y trasladada tan pronto sea concentrada, por el prestador del servicio al

depósito general del inmueble, separando la basura orgánica e inorgánica y acomodándolo como se le indique.

B) Si por causas justificadas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere cancelar el servicio de forma total o parcial, se informará al prestador del servicio y se realizará la deductiva o cancelación correspondiente. En caso de que los períodos del calendario así lo permitan, se pospondrá la fecha del servicio, previo acuerdo con el representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El material de limpieza que existe en las instalaciones del Inmueble y que es propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no podrá ser utilizado por el prestador del servicio.

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SUBPARTIDA 1.2 ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL NOCTURNA DEL INMUEBLE QUE OCUPA EL CENDI “ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL” Y ESTANCIA INFANTIL DE LA SCJN, UBICADO EN CHIMALPOPOCA #112 ESQUINA CON LA CALLE DE SAN SALVADOR EL VERDE, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, D.F., C. P. 06800 EN UN PERIODO DEL 1° DE ENERO AL 28 DE FEBRERO DE 2014. 1.- DESCRIPCIÓN GENERAL Los trabajos de limpieza integral nocturna en el inmueble citado, serán adicionales a los que realiza actualmente la empresa de limpieza integral; los trabajos consistirán en realizar en turno de 5:00 a 13:00 horas, de domingo-lunes a jueves-viernes, todas las actividades que resulten necesarias para que por la mañana, el personal que labora en el lugar y los niños usuarios puedan realizar labores normales en áreas limpias, toda vez que por las tardes se llevarán a cabo trabajos de remodelación que ocasionarán mucho polvo. Dichos trabajos se realizarán principalmente en las zonas aledañas a la remodelación, sin embargo pueden incluir cualquier área del inmueble que haya sido afectada por la remodelación (acceso principal exterior e interiormente incluyendo rampas, recepción, vestíbulo de acceso, baños de visitas y núcleos sanitarios en los tres pisos, acceso de servicio, patio de servicio, áreas y cuartos de basura, baño y oficina de seguridad, patio cívico juegos, áreas de lavabos infantiles y bebederos, terrazas en 1º piso y azotea, áreas de estacionamiento, pasillos comunes, escaleras principales, escaleras de servicio y elevador; oficinas, salones, consultorios, privados, cuarto de recepción de alimentos, cocina, cámara de refrigeración y extractores, comedores, áreas de lavandería, cuartos de máquinas y bodegas). Se deberá realizar la limpieza bajo un programa conciliado con el representante de la SCJN, sin embargo este puede variar de acuerdo a las necesidades específicas del momento. De forma general la descripción de las áreas y los acabados son los siguientes: ÁREA 1: Sótano: Piso de cemento con cajones de pintura epóxica y topes para autos, columnas pintadas y muros pintados color cemento. Puertas metálicas y de rejilla. No existe mobiliario fijo, excepto los equipos en cuartos de máquinas; tuberías en plafón, máquinas y señalamientos en área de cajero, cancelería. ÁREA 2: Planta Baja: Piso de loseta cerámica antiderrapante con zoclo, piso de seguridad “kid tiles” en zona de juegos, juegos infantiles para exteriores, piso de concreto estampado en patios, muros y plafones sin textura pintados; existe mobiliario fijo diverso: lavaderos y bebederos colectivos; arco detector de metales en acceso, muebles fijos de madera pintados de colores, mobiliario y equipo de oficina, tarjas de acero inoxidable en salones denominados baños de artesa, muebles de baño de cerámica, mamparas divisorias de colores, regaderas, áreas con espejos y barandales de madera, puertas de madera de colores, cancelería de aluminio color blanco y cristales con pantalla protectora. ÁREA 3: Planta Alta: Piso de loseta cerámica antiderrapante con zoclo, piso de concreto estampado en patios, muros y plafones sin textura pintados; existe mobiliario fijo diverso: muebles fijos de madera pintados con colores, mobiliario y equipo de oficina, muebles de acero inoxidable; muebles de baño de cerámica, mamparas divisorias de colores; puertas de madera de colores, cancelería de aluminio color blanco y cristales con pantalla protectora.

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ÁREA 4: Azotea: Losa de azotea con acabado de impermeabilizante (tipo membrana color gris), piso de concreto estampado, muros y plafones volados sin textura, pintados; puertas de cancelería de aluminio y cristal con pantalla protectora, puertas de madera. ÁREA 5: Elevador y escaleras: Escalones con loseta y remate perimetral martelinado, puertas de canceleria de aluminio y cristal con pantalla protectora, barandal de metal. Elevador con puertas e interiores de acero inoxidable, piso vinílico y plafón luminoso.

ÁREA 6: Banquetas: Banquetas y rampas de acceso de concreto, jardineras, parte exterior de puertas metálicas de acceso peatonal, vehicular, de servicio y de emergencia. Debe incluirse cada domingo la limpieza por deabajo de las rampas (quitar hojas y basura) NOTA IMPORTANTE: El servicio de Alimentación del CENDI cuenta con una Certificación por parte de la Secretaría de Turismo, “Distintivo H” por el manejo higiénico de los alimentos conforme a la norma NMX-F_605-NORMEX -2004 que garantiza que los alimentos que son consumidos son inocuos al organismo, por lo que es importante que se tome en cuenta lo siguiente para evitar contaminación cruzada.

Los utensilios utilizados en baños no podrán ser usados en las aulas, pasillos, comedores, cocina y cocineta.

Los utensilios utilizados en las aulas sólo serán para esas áreas. Los utensilios utilizados en cocina y cocineta sólo serán para esas áreas. Los utensilios utilizados para los baños artesa sólo serán para esa área.

Por lo anterior, deberán identificarse las escobas, jergas, trapeador, cepillo, fibra, sacudidor, cubetas, etc., por áreas para evitar errores en su uso y contaminación cruzada. Al supervisor del prestador del servicio que asistirá diariamente así como al responsable por parte de la empresa, se le indicará el primer día de trabajo, la forma en que deben etiquetar y organizar los materiales, las concentraciones de químicos para limpieza y el manejo de las tarjas, coladeras y el movimiento de mobiliario para su limpieza. Acceso prohibido a las áreas de Site e instalaciones de Informática, al área de Circuito Cerrado de TV, (Dirección General de Seguridad), al área con corriente en alta tensión (transformadores, planta de emergencia y subestación eléctrica), bodegas de materiales y lavandería. Salvo que el representante de la SCJN les de alguna indicación. Acceso restringido a las instalaciones de extinción de incendios (Gas Fm 200) y en caso de requerir una limpieza, ésta deberá ser “tipo cuadro” con un plumero. Áreas de colectores solares en azotea. Dentro de las instalaciones del inmueble está prohibido fumar. La Limpieza del material didáctico, material psicomotor y juguetes será responsabilidad del personal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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2. REQUERIMIENTOS ESPECIALES En caso de que por causas justificadas la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiera ajustar el horario, se informará al prestador del servicio según se acuerde con el representante de la Dirección General de Infraestructura Física. El personal de limpieza deberá tener especial cuidado de no circular por áreas que no correspondan a la limpieza descrita, así como cuidar de no ensuciar las áreas que limpia la empresa de limpieza integral. La limpieza deberá incluir principalmente retirar polvo, sin embargo, si fuera necesario, también deberá considerar todas las que sean necesarias para cumplir con el servicio correctamente: tallar pisos, limpiar manchas en muros y pisos retirándolas con el producto adecuado; limpieza de azulejos de baños y regaderas, limpieza de ventanas, puertas tanto de madera como metálicas y cancelería; núcleos sanitarios, botes de basura, instalaciones sobrepuestas (tubos, lámparas, letreros), incluyendo los tubos ubicados en el plafón del sótano; limpiar la superficie de equipos de aire, manijas, antepechos de puertas; vidrios en canceles de aulas y oficinas . Respecto a la rampa de acceso al inmueble y escaleras deberán de lavarse en forma diaria y el patio cívico tres veces por semana. Deberá ponerse especial cuidado en que no se acumule polvo en las esquinas, rincones, orillas o partes de difícil acceso como es debajo de muebles, filos de ventanas, orillas de las puertas o en partes altas donde se llega sólo con escalera, como es la parte alta de los portones. Los muebles de las salas y oficinas deberán aspirarse, en su caso. El prestador del servicio deberá tener cuidado de no dañar durante el trabajo los acabados en muros, pisos, foami, plafones, ventanas; muebles de baño, muebles fijos de madera y acero inoxidable, mesas, sillas, cunas, mobiliario para prácticas de higiene con los niños, sillas altas, equipo de cómputo, mobiliario de oficina, puertas, ventanas, lámparas. Igualmente, el prestador del servicio deberá cuidar de no rayar ni desprender la película de los canceles, ni los colores de muros o muebles, los logos o letreros, o el impermeabilizante de azotea. Por lo antes expuesto, el personal por parte del prestador del servicio no podrá utilizar las instalaciones de ningún tipo para su uso personal excepto los indicados para realizar la limpieza y no podrá ingresar con mochilas, maletas y bolsas de mano. Es importante considerar que el área cuenta con sistemas delicados de instalaciones, como son las celdas solares, detectores de humo, sistema de captación de agua pluvial, por lo que durante las actividades deben tomarse las precauciones necesarias para no dañarlos ni activarlos. Es importante señalar que la jardinería requiere de cuidados muy específicos por lo que se debe evitar regar o tirar residuos de agua en las mismas. El personal por parte del prestador de servicio no deberá dejar las jergas, mechudos y escobas húmedas; deberá lavarlas diariamente y dejarlas secando ordenadas en un área abierta asignada (posiblemente fuera de la lavandería). El personal por parte del prestador de servicio no deberá derramar por ningún motivo el agua sucia en las tarjas de cocina, cocineta y lavabos.

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Al concluir la limpieza el prestador del servicio deberá dejar diariamente en los botes basura bolsas de plástico en las áreas de cocina, baños, comedor, oficinas y salones. No podrá utilizarse ningún producto que dañe o sea agresivo para los acabados en muros, pisos, plafones, incluyendo los colores, logos, letreros o el impermeabilizante de azotea; asimismo, no agresivos para los muebles de baño, muebles fijos de madera y acero inoxidable, puertas, ventanas, lámparas y película de protección en vidrios. Asimismo, el prestador del servicio deberá llevar al inmueble cuando le sea requerido, la maquinaria, implementos y todo lo necesario para la correcta ejecución del trabajo, siendo lo mínimo indispensable el siguiente listado:

Escaleras de aluminio tipo tijera (diferentes alturas). Pulidoras y sus accesorios (discos para pulir, discos de fibra para tallar, bases de hule y mixtas,

bonnetes para alfombras, así como los productos inherentes a esta actividad). Extensiones eléctricas de diferentes medidas (hasta 50 mt), de uso rudo, en perfecto estado (no cables

sin forro ni quemados). Aspiradoras de mochila, de agua y de potencia con sus accesorios (cepillos, boquillas para orillas y

cortinas, filtros) Máquina Karcher para lavado con agua caliente y fría, a presión. (No aplica ya que no hay áreas abiertas

o estacionamientos). Diablo o plataforma de aluminio horizontal. Señalizaciones preventivas para piso mojado, precaución, prohibido el paso, etc. Carros para concentrar basura (en caso de que no existan en el local).

Los equipos no pueden conectarse a cualquier contacto sino al que les indique el personal de la SCJN, ubicado en el área de tableros; éste tiene la capacidad para soportar mayor carga que los contactos normales.

Cabe mencionar que todos los equipos deben estar en excelente estado para asegurar calidad en los trabajos y no arriesgar la seguridad del personal. La S.C.J.N. proporcionará energía eléctrica y agua. El responsable del inmueble asignará un espacio al prestador del servicio para ser utilizado para el almacenaje de material y equipo; éste deberá estar siempre ordenado y limpio. 5.- CONDICIONES GENERALES DE OPERACIÓN En cuanto a la plantilla de personal el prestador del servicio deberá ofrecer los siguientes aspectos que

garanticen la calidad de sus servicios:

Deberá contar en el sitio de los trabajos con 5 elementos operativos y un supervisor fijo (en total 6 elementos), debiendo integrar la plantilla con personal cuyas características físicas permitan realizar los trabajos descritos.. Es importante señalar que el ausentismo baja el rendimiento y la calidad de los trabajos de limpieza por lo que es requisito indispensable que las ausencias por cualquier motivo, sean cubiertas dentro de la primeras dos horas de la jornada laboral; en su caso, cualquier falta de personal se descontará de la siguiente forma:

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Costo mensual por elemento / días del mes (*)

= Importe diario del elemento, el cual será descontado de la factura mensual que se presente

(*) Según el mes en que se presente la ausencia.

- El personal deberá estar capacitado y contar con buena presentación que denote aseo personal. Se deberá llevar un estricto control de asistencias y puntualidad, incluyendo al supervisor, quien deberá estar en constante contacto con el representante de la SCJN. Las listas donde se registra el personal se revisarán por la SCJN y cualquier retardo o salida antes del horario se considerará para los descuentos correspondientes.

En cuanto a uniformes: - El prestador del servicio proporcionará el vestuario de trabajo, mismo que tendrá que tener el logotipo del prestador del servicio a la vista. - El equipo de seguridad personal será proporcionado por el prestador del servicio de acuerdo a la normatividad aplicable. - El personal de limpieza deberá portar identificación con fotografía en lugar visible.

En cuanto a los requerimientos legales: - El prestador del servicio debe cumplir con las disposiciones y ordenamientos de carácter legal que resulten aplicables. - Todo el personal sin excepción, deberá estar inscrito al IMSS, debiendo estar la documentación comprobatoria a disponibilidad de la S.C.J.N. para su verificación, en caso de ser requerida. 6.- NOTAS

La basura será recopilada y trasladada tan pronto sea concentrada, por el prestador del servicio al

depósito general del inmueble, separando la basura órganica e inorgánica y acomodándolo como se le indique.

Si por causas justificadas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere cancelar el servicio de forma total o parcial, se informará al prestador del servicio y se realizará la deductiva o cancelación correspondiente. En caso de que los períodos del calendario así lo permitan, se pospondrá la fecha del servicio, previo acuerdo con el representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El personal de la limpieza no podrá utilizar los elevadores ni los equipos telefónicos o de cómputo; igualmente, queda prohibido fumar dentro del inmueble (incluso en el patio central o en la azotea). Eventualmente se le solicitará al personal de limpieza apoyo en fines de semana o días festivos, previo aviso por parte de la supervisión de la SCJN. La empresa debe comprometerse a que sus elementos cumplan sus funciones con absoluta imparcialidad, sin discriminar a persona alguna por su raza, religión, sexo, condición económica o social, preferencia sexual, ideología política o por algún otro motivo; a que desempeñen su trabajo sin solicitar ni aceptar compensaciones,

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pagos, o gratificaciones distintas a las previstas legalmente, en particular, se opondrán a cualquier acto de corrupción; a que presten todo tipo de ayuda y asistencia en caso de accidentes y de siniestros; a que se guarde el respeto y consideraciones que merecen los directores, empleados y visitantes, del inmueble, y a que atiendan las indicaciones de la Suprema Corte, siempre y cuando sean congruentes con la naturaleza del servicio. Si por causas justificadas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere cancelar alguno(s) de los servicio(s), se informará a la empresa y se realizará la deductiva o cancelación correspondiente. En caso de que los períodos del calendario así lo permitan, se pospondrá la fecha del servicio, previo acuerdo con el representante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Anexo 2b CUMPLIMIENTO DE NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA:__________

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y

representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir

verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial

que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de los servicios de limpieza

integral conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones

aplicables, según se indica a continuación:

I. Normas Nacionales

II. Normas Internacionales

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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Anexo 2c CARTA DE INFRAESTRUCTURA

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA: __________ Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurre los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial, que mi representada (Nombre de la empresa participante) cuenta con la

infraestructura instalada, personal, material, equipo y demás requerimientos mínimos necesarios para los

servicios de limpieza integral, con motivo del evento denominado Seminario Internacional de Acceso a la Información

Judicial.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

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Anexo 3 (Formato de propuesta económica)

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:

SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL PARA LAS INSTALACION DEL CENDI Y ESTANCIA INFANTIL

PARTIDA SUBPARTIDA CONCEPTO Subtotal IVA 16% Costo total

Mensual

1

1.1

Costo mensual unitario por elemento

Costo mensual por 13 elementos del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014

Subtotal mensual 1.1

Subtotal anual 1.1 (subpartida 1.1 x 12 meses)

1.2

Costo mensual unitario por elemento

Costo mensual por 8 elementos del 1° de enero al 28 de febrero de 2014

Subtotal mensual 1.2

Subtotal anual 1.2 (subpartida 1.2 x 2 meses)

Materiales

Costo Mensual de los materiales e insumos indicados en el ANEXO 2a, así como todo lo necesario para la óptima atención de los servicios a contratar, gastos directos e indirectos.

Subtotal anual de materiales e insumos

TOTAL ANUAL

(subtotal anual 1.1 + subtotal anual 1.2 + subtotal anual de materiales e insumos)

Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.

Importe total global en letra: __________________________________________________________________________________ Forma de pago:

El pago deberá ser a mes vencido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la factura correspondiente, en Ventanilla Única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa verificación de que, la entrega recepción de los servicios se realizaron a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Plazo de entrega: Del 1°de enero al 31 de diciembre de 2014.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos será de estricta responsabilidad del ofertante. En el precio se deberá considerar todos los requerimientos del anexo 2a.

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Razón Social____________________________________________________________________________

R.F.C.__________________________________________________________________________________

Domicilio _______________________________________________________________________________

Nombre y firma del representante o apoderado legal___________________________________________

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Anexo 4 Proyecto de contrato Simplificado de Servicios

I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2.-La presente contratación fue autorizada por la Directora General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de concurso público sumario, de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 43, fracción III y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, fracción X del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal. II.- El “Prestador de Servicios” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: II.1.- Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin. II.2.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra inhabilitado conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación para celebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. II.3.- No se encuentra inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. II.4.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Proveedor”. III.- La “Suprema Corte" y el “Prestador de Servicios” declaran que: III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento. lll.2.- El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Reglamento Interior en Materia de Administración, y de manera supletoria el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S Primera. Condiciones Generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual “la Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor o prestador de servicios una pena convencional que se ajustará proporcionalmente a lo incumplido. En caso de los bienes o servicios que no se hayan entregado o prestado a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que implica un incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al prestador de servicios una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de dichos bienes o servicios (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). En caso de incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes o servicios, se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario (en días naturales) de la cantidad que importen los bienes o servicios pendientes de entregar o prestar hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Las penas convencionales no podrán exceder del 10% del monto total contratado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado). Las penas anteriores podrán descontarse de los adeudos pendientes de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al “Prestador de Servicios” Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el “Prestador de Servicios” deberá presentar la o las facturas a nombre de la “Suprema Corte” según consta en la cedula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII; 143, y 162 del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboral. El “Prestador de Servicios”, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con los servicios motivo de este contrato. La “Suprema Corte” estará facultada para requerir a él “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios”, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la “Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta. Subcontratación. Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación para la prestación de los servicios motivo del presente contrato; cualquier incumplimiento de esta clausula será causa de rescisión por el órgano competente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan y en su caso daños y perjuicios, así como los procedimientos administrativos correspondientes. Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al “Prestador de Servicios” con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de Servicios”, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los servicios o trabajos prestados a la primera. Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que la “Suprema Corte” podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificara por escrito las causas respectivas al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinara sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicara al “Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento. Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. Décima. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la “Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de Servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema Corte” renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las declaraciones I.4 y II.5 de este instrumento.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Nombre

Firma Fecha