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0Ü3229 RESOLUCIÓN EXENTA / LOS ANGELES, Jg ^gO. 2016 VISTOS: Correo electrónico del Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío en cuanto a la necesidad de hacer un llamado público de antecedentes para proveer el cargo de Profesional con encomendación de funciones de Director de Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara; la Resolución NO1600/2008 de la Contraloría General de la República, los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L. N°2753 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL 01/2005 del Ministerio de Salud, modificado por la Ley NO 20.209/2007; el art. 8 del D.S. NC140 del 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo N°196 del 11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en el cargo de Directora de este Servicio de Salud, dicto la siguiente: RESOLUCION: APRUÉBASE el Perfil de Selección de Antecedentes para provisión del cargo de Profesional con encomendación de funciones de Director de Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara, del Servicio de Salud Biobío, cuyos antecedentes se evaluarán de acuerdo a lo siguiente: Ministerio Ministerio de Salud Institución / Entidad Servicio de Salud Biobío Cargo Director Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara de Vacantes 1 Área de Trabajo Medicina /Salud Región Biobío Ciudad Santa Bárbara Tipo de Vacante Contrata, 44 hrs. Condiciones La Remuneración Bruta Mensual para este cargo es la siguiente: 1. Profesionales regidos por la ley 19.664 (Médico Cirujano, Cirujano Dentista, Bioquímico y Químico Farmacéutico); Contrato de 44 hrs. semanales, que equivale a $2.296.630 brutos aproximadamente (incluye bono por asignación de responsabilidad, estímulo por condiciones especiales y asignación de zona), Calidad Jurídica Contrata. Desempeñará la función como profesional con encomendación de funciones. 2. Profesionales regidos por ia ley N° 18.834 (cualquier profesional que cumpla con los requisitos legales indicados en los requisitos generales): Grado 6 EUS, que equivale a $2.226.318 brutos aproximadamente (incluye asignación de zona), Calidad Jurídica Contrata. Desempeñará la función como profesional con encomendación de funciones. Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata que dura como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y la persona que lo sirva expira en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con a lo menos treinta días de anticipación. Durante la vigencia del primer contrato, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2016, el postulante seleccionado estará a prueba y se contempla una evaluación de desempeño, con 30 días de anticipación a su expiración, a fin de resolver la prórroga en el cargo. U.Reclutamientoy Selección de Personas - Departamento Subdirección Recursos HumanosSS.BB. Avda. RicardoVicuña NO147 Los Ángeles E-mail:juana.dagnino@ssbíobio.el Página 1 de 10

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0Ü3229RESOLUCIÓN EXENTA N° /

LOS ANGELES, J g ^gO. 2016

VISTOS: Correo electrónico del Subdirector deRecursos Humanos del Servicio de Salud Biobío en cuanto a la necesidad de hacer un llamadopúblico de antecedentes para proveer el cargo de Profesional con encomendación de funcionesde Director de Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara; la Resolución NO1600/2008 dela Contraloría General de la República, los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L. N°2753 de 1979 cuyotexto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 01/2005 del Ministerio deSalud, modificado por la Ley NO 20.209/2007; el art. 8 del D.S. NC140 del 2004 del Ministerio deSalud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo N°196 del11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en el cargo de Directora de este Servicio deSalud, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

APRUÉBASE el Perfil de Selección de Antecedentes paraprovisión del cargo de Profesional con encomendación de funciones de Director de HospitalFamiliar y Comunitario de Santa Bárbara, del Servicio de Salud Biobío, cuyos antecedentes seevaluarán de acuerdo a lo siguiente:

Ministerio

Ministerio de Salud

Institución / EntidadServicio de Salud Biobío

CargoDirector Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara

N° de Vacantes

1

Área de TrabajoMedicina /Salud

RegiónBiobío

Ciudad

Santa Bárbara

Tipo de VacanteContrata, 44 hrs.

Condiciones

La Remuneración Bruta Mensual para este cargo es la siguiente:

1. Profesionales regidos por la ley N° 19.664 (Médico Cirujano, Cirujano Dentista,Bioquímico y Químico Farmacéutico); Contrato de 44 hrs. semanales, que equivale a $2.296.630brutos aproximadamente (incluye bono por asignación de responsabilidad, estímulo porcondiciones especiales y asignación de zona), Calidad Jurídica Contrata. Desempeñará la funcióncomo profesional con encomendación de funciones.

2. Profesionales regidos por ia ley N° 18.834 (cualquier profesional que cumpla con losrequisitos legales indicados en los requisitos generales): Grado 6 EUS, que equivale a$2.226.318 brutos aproximadamente (incluye asignación de zona), Calidad Jurídica Contrata.Desempeñará la función como profesional con encomendación de funciones.

Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata quedura como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y la persona que lo sirva expira ensus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórrogacon a lo menos treinta días de anticipación.

Durante la vigencia del primer contrato, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2016, el postulanteseleccionado estará a prueba y se contempla una evaluación de desempeño, con 30 días deanticipación a su expiración, a fin de resolver la prórroga en el cargo.

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El candidato seleccionado deberá responder por la gestión eficaz y eficiente de sus funciones deacuerdo a los lineamientos definidos, para lo cual se suscribirá con la Directora de Servicio deSalud un convenio de desennpeño con indicadores de gestión que se definirán, y cuyocumplimiento se considerará para la renovación del cargo por los períodos sucesivos.

Objetivo del cargoAl Director del Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara le corresponderá dirigir ygestionar las áreas administrativas del establecimiento y técnico-asistenciales del mismo y de launidad estratégica, en conformidad a las disposiciones legales vigentes de la red asistencial y deacuerdo a las políticas públicas del sector salud; para la entrega de un servicio de salud integral,oportuno y de calidad para sus beneficiarios.

Atributos o competencias del cargo

1. Visión estratégicaCapacidad para detectar y comprender las señales sociales, económicas, tecnológicas,culturales, de política pública y políticas del entorno local y global e incorporarlas de maneracoherente a la estrategia del Hospital de Santa Bárbara.

2. Gestión y logroCapacidad para orientarse al logro de los objetivos, seleccionando y formando personas,delegando, generando directrices, planificando, diseñando, analizando información, movilizandorecursos organizacionales, controlando la gestión, sopesando riesgos e integrando lasactividades de manera de lograr la eficacia, eficiencia y calidad en el cumplimiento de la misión yla planificación estratégica del Hospital.Habilidad para promover y ejecutar acciones destinadas a una correcta ejecución de procesos,con un permanente compromiso con la eficiencia interna y la consecución de altos estándares decalidad, potenciando la entrega de servicio clínicos especializados.

3. Relación con el entorno y articulación de redesCapacidad para identificar a los actores involucrados (stakeholders) y generar las alianzasestratégicas necesarias para agregar valor a su gestión y/o para lograr nuevos resultadosinterinstitucionales, así como gestionar las variables y relaciones del entorno que le proporcionanlegitimidad en sus funciones. Capacidad para comunicar oportuna y efectivamente lo necesariopara facilitar su gestión institucional y afrontar, de ser necesario, situaciones críticas.Habilidad para generar interacción y apoyo de las organizaciones existentes en la zona decobertura así como con la red asistencial del servicio.

4. Manejo de crisis y contingenciasCapacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflictos y, almismo tiempo, crear soluciones estratégicas, oportunas y adecuadas al marco institucionalpúblico.

5. LiderazgoCapacidad para generar compromiso de los funcionarios/as y el respaldo de las autoridadessuperiores para el logro de los desafíos de la Institución. Capacidad para asegurar una adecuadaconducción de personas, desarrollar el talento, lograr y mantener un clima organizacionalarmónico y desafiante.Capacidad para liderar la gestión y el desarrollo de las personas, orientando y promoviendorelaciones de compromiso, empoderando a los equipos hacia el logro de un fin en común yreforzando un clima organizacional armónico.

6. Innovación y flexibilidadCapacidad para transformar en oportunidades las limitaciones y complejidades del contexto eincorporar en los planes, procedimientos y metodologías, nuevas prácticas tomando riesgoscalculados que permitan generar soluciones, promover procesos de cambio e incrementarresultados.

7. Conocimientos técnicosDeseable poseer conocimientos y/o experiencia, en materia de gestión y/o administración deestablecimientos de salud y/o redes asistenciales de salud, en un nivel apropiado para lasnecesidades de este cargo.

Descripción del CargoJefatura Directa: Directora Servicio de Salud Biobío.Lugar de Desempeño: Hospital Familiar y Comunitario de Santa Bárbara.

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Organigrama:

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Clientes Internos:

El Director del establecimiento se relaciona con toda la dotación a través de su equipo directomencionado en el punto anterior. Adicionalmente, los comités asesores requerirán del Directoruna comunicación fluida y los espacios de participación para poder contribuir a la gestión.También cabe mencionar a los representantes de las asociaciones de funcionarios regidos por laley 19.298 y el Consejo de Desarrollo.

Clientes Externos:

Los principales clientes externos son:• La población usuaria• Directivos de la red asistencial: Jefes de Departamento de Salud Municipal, Directores de

los establecimientos hospitalarios y Directores de consultorios de atención primaria.• Organizaciones comunitarias, donde el Director participa de los consejos consultivos o de

desarrollo local, además de diálogos ciudadanos, colaboración con los voluntarios ytrabajo intersectorial.

• Autoridades políticas, empresas privadas, fuerzas de orden, medios de comunicación,Universidades, entre otros, para construir alianzas en beneficio del hospital.

• Tres alcaldes que componen la Unidad Estratégica.• Mesa territorial intercultural, con representantes y autoridades tradicionales de pueblos

originarios, que forman parte del territorio a cargo.

Principales funciones del cargo:• Dirigir el Hospital hacia el cumplimiento de los objetivos sanitarios enmarcado en el

proceso biopsicosocial, trabajo en redes asistenciales, políticas de salud y modelo deatención, contenidos en la reforma de salud en los ámbitos de su competencia, encoherencia con la planificación estratégica del Servicio.

• Contribuir y coordinar el proceso de articulación de la red de salud y a la planificación deésta, de acuerdo con los objetivos sanitarios definidos para su establecimiento y aquellosdefinidos por la Dirección del Servicio de Salud Biobío e indicadores de gestión.

• Desarrollar un proceso asistencial integral y eficiente a través de la red de salud que lecompeta, con altos niveles de calidad, centrado en las necesidades de salud de lapoblación beneficiarla, en concordancia con los modelos de salud definidos por elMINSAL.

• Supervisar y controlar la gestión financiera, de las personas, de infraestructura yequipamiento, cumpliendo con las metas del establecimiento y de la red asistencial, enestrecho vínculo con su equipo de trabajo.

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Desarrollar estrategias para mantener un adecuado clima organizacional en elestablecimiento y velar constantemente por el buen trato laboral, dando cumplimiento atodas las normas e instrucciones emanadas desde el Gobierno central sobre políticas degestión de personas.Gestionar las relaciones de complementariedad del establecimiento con la comunidad yla red asistencial, para establecer instancias de colaboración e integración con elentorno.

Fortalecer la gestión en red y el rol del hospital en ella, en concordancia con laplanificación estratégica del Servicio de Salud Biobío.Gestionar la aplicación de las políticas públicas vigentes, considerando e involucrando adistintos actores locales tales como autoridades, comunidad organizada y asociacionesde funcionarios.

Mejorar la relación y facilitar instancias de participación con la comunidad usuaria, quepermita responder a las necesidades y demandas de los/as beneficiarios/as.Fortalecer la integración del Hospital de Santa Bárbara, en la Red Asistencial Pública,bajo el modelo de Redes Integradas de Servicios de Salud (RISS) facilitando lacontinuidad asistencial con equidad y calidad para lograr impacto sanitario en lapoblación a cargo.Velar por resguardar la certificación de acreditación del establecimiento como prestadorinstitucional, en conformidad a lo establecido en el artículo 121 del DFL N®1 de 2005.Cumplir con las Garantías Explícitas en Salud que se encuentren vigentes en la atenciónde pacientes.Otras que establezca la Dirección de Servicio de Salud, o la normativa vigente.

Más antecedentes del Hospital de Santa Bárbara se encuentran en el link www.ssbiobio.cl link"trabaje con nosotros".

Perfil del Cargo

Los siguientes elementos componen el Perfil del Cargo y servirán para evaluar a los/laspostulantes.

Especializaclón y/o CapacitaciónEs altamente deseable poseer conocimientos en temáticas relacionadas con:

• Gestión y Administración de:o Establecimientos de salud

o Redes asistenciales de salud

o Recursos Humanos

o Modelo de salud familiar

o Salud públicao Gerencia Pública

o Finanzas

o Normativas relacionadas con el cargo

• Modelo de salud intercultural y cosmovisión.

Experiencia sector público / sector privadoSe valorará la experiencia de al menos 3 años en el ámbito de gestión en salud. Adicionalmente,se valorará poseer dos años de experiencia en cargos de dirección, jefatura o de coordinación encargos de similar envergadura en Establecimientos de salud.

Requisitos Generales1. Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado

por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellosvalidados en Chile de acuerdo con la legislación vigente; acreditar una experienciaprofesional no inferior a dos años, en el sector público o privado; o,

2. Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgadopor una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellosvalidados en Chile de acuerdo con la legislación vigente; acreditar una experienciaprofesional no inferior a tres años, en el sector público o privado.

3. Cumplir con los requisitos para ingresar a la Administración del Estado, contenidos en losartículos 12 y 13 del DFL N«'29/2004 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido,coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo (verAnexo 1).

4. No estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 y56 del DFL N°l-19653/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijael texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N® 18.575, OrgánicaConstitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (ver Anexo 2).

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Criterios de Selección

La Evaluación se llevará a cabo de forma sucesiva, por lo que para pasar a la etapa siguiente esnecesario aprobar la anterior. Todas las instancias se llevarán a cabo en la ciudad de LosÁngeles.

PUNTAJE

FACTOR MÁXIMO1. Estudios y cursos de Formación Educacional y de 20

Capacitación2. Experiencia Laboral 20

3. Adecuación psicológica para el cargo 20

4. Apreciación global del candidato 40

TOTAL 100

Etapa 1: Análisis de Formación Educacional y Capacitación: Esta etapa tiene comoobjetivo verificar los antecedentes educacionales y de capacitación de los candidatos planteadosen el perfil.

i) Subfactor: Formación EducacionalSe evaluará la pertinencia del título profesional del candidato, según las características definidasen el perfil de selección.

Criterio Puntaje

Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración 10

Título profesional de una carrera de 8 semestres de duración 8

ii) Subfactor: Estudios de EspecializaciónSe evaluarán las especializaciones que tengan relación con las áreas de desempeño del cargo.Los estudios de especialización del postulante se cuantificarán según el puntaje indicado en lasiguiente tabla, considerándose solamente la categoría más alta (no son sumatorias).

Criterio Puntaje

Maqíster relacionado con el perfil del carqo 6

Postítulo/Diplomado relacionado con el perfil del cargo 5

Estudios de especialización no relacionados con el cargo 0

En caso de que el/la postulante presente más de un diplomado, a partir del segundo seconsiderarán como horas de capacitación y serán evaluados de acuerdo a lo especificado en elpunto iii. Subfactor Capacitación.

Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión lapertinencia de la formación.

iii) Subfactor: CapacitaciónSe evaluarán los cursos de capacitación que tengan relación con las áreas de desempeño delcargo. Incluye actividades de capacitación aprobadas con nota durante el período comprendidodesde el año 2013 a la fecha y que se hayan realizado posteriores a la obtención del títuloprofesional.

Criterio Puntaje

Poseer más de 150 horas cronológicas de capacitaciones relacionadas con el carqo 4

Poseer entre 111 y 150 horas de capacitación relacionadas con el cargo 3

Poseer entre 80 y 110 horas de capacitación relacionadas con el cargo 2

Poseer capacitaciones no relacionadas con el cargo 0

Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión lapertinencia de la capacitación.

El puntaje de corte de esta etapa es de 14 puntos.

Etapa 2: Análisis de Experiencia profesional:

Este factor comprende dos aspectos:

a) Experiencia laboral en salud:

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> 4 años de experiencia laboral 10 puntos

> 3 hasta 4 años de experiencia laboral 7 puntos

> 2 hasta 3 años de experiencia laboral 5 puntos

> 1 hasta 2 años de experiencia laboral 2 puntos

Hasta 1 año de experiencia laboral 0 puntos

b) Experiencia laboral en cargos de dirección, jefatura o coordinación de equipos:

> 3 años de experiencia laboral 10 puntos

> 2 hasta 3 años de experiencia laboral 7 puntos

> 1 hasta 2 años de experiencia laboral 5 puntos

Hasta 1 año de experiencia laboral 0 puntos

El puntaje de corte de esta etapa es de 10 puntos.

Etapa 3: Evaluación psicolaboral:Se evaluará este factor a partir de la aplicación de una entrevista sem(estructurada decompetencias, pruebas de rendimiento y otras de carácter complementario con el objeto dedetectar y medir las competencias asociadas al perfil del cargo. La entrevista y las pruebas seránrealizadas por un psicólogo a aquellos postulantes que obtengan los mejores puntajes en lasumatoria de los Factores N®1 y N®2, según los acuerdos tomados por el comité de selección.

El resultado de la evaluación de competencias tendrá el siguiente puntaje:

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE 20 puntos

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE CON OBSERVACIONES 15 puntos

Si el Informe Psicolaboral es NO RECOMENDABLE 0 punto

• Sólo pasarán a la siguiente etapa quienes obtengan un informe psicolaboralRECOMENDABLE o RECOMENDABLE CON OBSERVACIONES.

• El Departamento Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío noentregará informe psicolaboral a los postulantes, independiente del resultado obtenido enesta etapa del proceso (Res. Ex. N® 685/2013 Consejo para la Transparencia).

• El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico. Los gastos de trasladoson de responsabilidad del postulante.

• Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento odificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán*,deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera degarantizar la igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten en esteproceso. Consultas en relación a esta etapa dirigirlas al correo electrónicoselecció[email protected] , (no de forma telefónica con el fin de contar con respaldopara posteriores consultas).♦: Dificultades de tipo visual, auditivo, físico, tratamiento psicológico, farmacológico, etc.

Etapa 4: Apreciación Global del candidato: Esta etapa contempla la realización de unaEntrevista de Apreciación Global del candidato. Dicha entrevista será realizada por elComité/Comisión de Selección. Pretende identificar las habilidades, conocimientos ycompetencias, de acuerdo al perfil del cargo.Las entrevistas podrán realizarse a un máximo de 6 mejores puntajes considerando la sumatoriade los factores N®1, N®2 y N03.

Cada uno de los integrantes de la Comisión que participe en las entrevistas calificará a cadaentrevistado(a) con un puntaje entre O y 40 puntos. El promedio de los puntajes de losintegrantes del Comité se asignará como puntaje final de la entrevista al o la postulante.

El Comité de Selección estará compuesto por los siguientes integrantes en calidad de titulares:

a) Con derecho a voto:• Subdirector de Recursos Físicos y Financieros del Servicio de Salud Biobío.• Subdirectora (S) de Gestión Asistencial del Servicio de Salud Biobío.• Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío.• Jefe Departamento de Atención Primaria del Servicio de Salud Biobío.• Encargada de relaciones laborales del Servicio de Salud Biobío.

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• Representante de FENPRUSS y FENATS del Hospital Familiar y Comunitario de SantaBárbara y del Colegio Médico.

b) Con derecho a voz:• Representante del Consejo de Desarrollo de Santa Bárbara.• Encargada de la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío, quien

actuará como ministro de fe y coordinador del comité.

El funcionamiento del Comité de Selección durará el período del desarrollo del proceso y podráfuncionar siempre que concurran más del 50% de sus integrantes con derecho a voto,excluyendo de este porcentaje a los representantes gremiales. En caso de ser necesario y paraasegurar el óptimo funcionamiento de dicho Comité, el Servicio de Salud Biobío se reserva lafacultad de designar a otros integrantes en reemplazo de los miembros titulares que no asistan auna o más de las sesiones de trabajo citadas.

El puntaje de cada postulante corresponderá a la nota promedio de evaluación proporcionadapor la Comisión Evaluadora. El lugar y horario se informará oportunamente vía correoelectrónico.

El Comité de Selección presentará a la Directora del Servicio de Salud Biobío, en ordendecreciente, una nómina de los postulantes que hayan obtenido los más altos puntajes en eldesarrollo del proceso, o un ranking, para que ésta decida respecto del postulante más idóneopara desempeñarse en el cargo a proveer.

Entrevista final y presentación de un plan de trabajo

Los postulantes que hayan sido propuestos por la Comisión de Selección a la Directora delServicio de Salud deberán presentar un plan de trabajo respecto al Hospital Familiar yComunitario de Santa Bárbara.

Desde la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío se notificaráposteriormente al o la postulante seleccionado(a) vía telefónica o correo electrónico. Comunicarátambién el resultado final del proceso a los demás postulantes dentro de los 10 días siguientes ala resolución.

Proceso de postulación y recepción de antecedentes

Las bases y respectivos formularios de postulación se encontrarán disponibles para descargarlosdesde la página web del Servicio de Salud Biobío, www.ssbiobio.cl/concursos.php.

Documentos Requeridos para Postular

Para formalizar la postulación, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:1) Formulario de Postulación y Curriculum Ciego, según anexo.2) Fotocopia del Certificado de Título Profesional (fotocopia simple).3) Fotocopias de Certificados que acrediten capacitación, se sugiere acompañar además la

malla de contenidos.

4) Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral (en caso de presentarcertificado del empleador ya sea contratado u honorarios, el certificado debe indicar el cargoy funciones realizadas y además acompañar las cotizaciones de AFP del período dondetrabajó para aquel empleador o, si fue a honorarios, las boletas de honorarios. Para el casode los funcionarios públicos, en caso de presentar una relación de servidos, además deberáacompañar un certificado que indique el cargo o funciones realizadas, o resolución).

La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá dentro de los plazos estipulados enel cronograma del proceso en la Oficina de Partes del Servici9 de Salud Biobío, ubicado enAvenida Ricardo Vicuña N°147 interior. Edificio 7, 4° piso, Los Ángeles; de Lunes a Jueves enhorario de 08:00 a 17:00 horas y Viernes en horario de 08:00 a 16:00 horas, en un sobrecerrado indicando el nombre del cargo al que postula y apellido paterno y materno delinteresado.

Notas: No se recibirán antecedentes por correo electrónico. Todos los documentos debenenviarse corcheteados. Se pueden enviar documentos por correo certificado durante el plazo depostulación, en cuyo caso deberá enviar un aviso al Correo de Contacto (ver última página) paraconsiderar su postulación en caso de retraso por parte de la empresa de traslados.

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Calendarizadón del Proceso

Fase Fechas

¡Difusión y Plazo de Postulación 17 al 26 de agosto de 2016

iProceso de Evaluación y Selección del Postulante 29 de agosto al 30 de septiembre de 2016

Asumo de funciones 01 de octubre de 2016

Correo de Contacto

selección. [email protected]

Condiciones Generales

- A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personasinteresadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitossolicitados.

- Los/as postulantes son responsables de la completitud y veracidad de las información quepresentan.- En el caso de considerar que los postulantes no se ajustan al perfil definido por la institución, laDirección del Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de declarar total o parcialmentedesierto el presente proceso, sin expresión de causa.- No existirá instancia de apelación de la decisión adoptada.- Las citaciones a la evaluación psicológica y entrevista personal, se efectuarán a la casillaelectrónica indicada por el o la postulante.- Las dudas o consultas luego de finalizado el proceso se podrán realizar hasta por diez díashábiles por medio de la OIRS del Servicio de Salud Biobío.- La Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho amodificar las fechas del mencionado cronograma, en el caso de estimarlo necesario yconveniente para el mejor desarrollo del proceso.- Los antecedentes presentados por los postulantes podrán ser retirados una vez concluido elproceso de selección en la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío,hasta 20 días corridos; en caso contrario se procederá a su eliminación.

Nota:

El uso de un lenguaje que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres ha sidouna preocupación en la elaboración de este documento, sin embargo, y con el fin de evitar lasobrecarga gráfica que supondría utilizar en español o/a para marcar la existencia de ambossexos, se ha optado por utilizar el masculino genérico, en el entendido de que todas lasmenciones en tal género representan siempre a todos/as, hombre y mujeres, abarcandoclaramente ambos sexos.

ANOTESE Y COMUNIQUESE

DRECTOR CARO ANDIA

DIRe€TORA

SERVICIO DE SALUD BIOBIO

Res. Int. 10/2016Distribución

• Subdirección Gestión Asistenctal, Recursos i-lumanos y Recursos Físicos y Financieros, Servicio de SaludBiobío

• Depto. Asesoría Jurídica, Auditoría, Apoyo y Control de Gestión, Participación Ciudadana, RelacionesPúblicas y Comunicaciones, Servicio de Salud Biobío

• Complejo Aslstencial Dr. Víctor Ríos Ruiz• Hospitales: Yumbei, Laja, Santa Bárbara, Santa Bárbara, Santa Bárbara Y Santa Bárbara• Of. Partes Servicio de Salud Biobío

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ANEXO N«> 1

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de CliileTipo Norma : Decreto con Fuerza de Ley 29Fecha Publicación : 16-03-2005Fecha Promulgación : 16-06-2004Organismo : MINISTERIO DE HACIENDATítulo : FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY

NO 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVOTipo Versión : Última Versión De: 19-06-2009Inicio Vigencia : 19-06-2009Última Modificación : 19-JUN-2009 Ley 20348URL : http://www.leychile.cl/N?i=236392&f=2009-06-19&p=FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY NO 18.834, SOBREESTATUTO ADMINISTRATIVO

D.F.L. Núm. 29.- Santiago, 16 de junio de 2004.-

Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad queme ha conferido el artículo décimo transitorio de la ley No 19.882. Decreto con fuerza de ley:Fíjese el siguiente texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo,aprobado por la ley No 18.834:

Artículo 12.- Para ingresar a la Administración del Estado será necesario cumplir los siguientesrequisitos:a) Ser ciudadano; no obstante, en casos de excepción determinados por la autoridad llamada ahacer el nombramiento, podrá designarse en empleos a contrata a extranjeros que poseanconocimientos científicos o de carácter especial. Los respectivos decretos o resoluciones de laautoridad deberán ser fundados, especificándose claramente la especialidad que se requierepara el empleo y acompañándose el certificado o título del postulante. En todo caso, en igualdadde condiciones, se preferirá a los chilenos.b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnicoque por la naturaleza del empleo exija la ley;e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificacióndeficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde lafecha de expiración de funcionesf) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenadopor crimen o simple delito.

Artículo 13.- Los requisitos señalados en las letras a), b) y d) del artículo anterior, deberán seracreditados mediante documentos o certificados oficiales auténticos. El requisito establecido enla letra c) del artículo que precede, se acreditará mediante certificación del Servicio de Saludcorrespondiente. El requisito de título profesional o técnico exigido por la letra d) del artículoanterior, se acreditará mediante los títulos conferidos en la calidad de profesional o técnico,según corresponda, de conformidad a las normas legales vigentes en materia de EducaciónSuperior.El requisito fijado en la letra e) será acreditado por el interesado mediante declaración juradasimple. La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del artículo 210 del CódigoPenal será acreditado por el interesado mediante declaración jurada simple. La falsedad de estadeclaración hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal. La institución deberácomprobar el requisito establecido en la letra f) del artículo citado, a través de consulta alServicio de Registro Civil e Identificación, quien acreditará este hecho rnediante simplecomunicación. La cédula nacional de identidad acreditará la nacionalidad y demás datos que ellacontenga. Todos los documentos, con excepción de la cédula nacional de identidad, seránacompañados al decreto o resolución de nombramiento y quedarán archivados en la ContraloríaGeneral de la República, después del respectivo trámite de toma de razón.

U.Reclutamiento y Selecciónde Personas - Departamento SubdirecciónRecursosHumanosSS.BB.Avda.Ricardo VicuñaN°]47 LosAngelesE-mail: [email protected]

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ANEXO NO 2

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileTipo Norma : Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-19653Fecha Publicación : 17-11-2001Fecha Promulgación : 13-12-2000Organismo : MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIATítulo : FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEI^ATIZADO DE LA LEY

NO 18.575, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LAADMINISTRACION DEL ESTADO

Tipo Versión : Última Versión De: 20-04-2009Inicio Vigencia : 20-04-2009URL http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=191865&idVersion=2009-

04-20&idParte

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY No 18.575, ORGANICACONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

D.F.L. Núm. 1/19.653.- Santiago, 13 de diciembre de 2000.-Visto: Lo dispuesto en el Artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad queme ha conferido el Artículo 40 transitorio de la ley NO 19.653.Decreto con fuerza de ley

Artículo 54.- Sin perjuicio de las inhabilidades especiales que establezca la ley, no podráningresar a cargos en la Administración del Estado:a) Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o caucionesascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo dela Administración Pública. Tampoco podrán hacerio quienes tengan litigios pendientes con lainstitución de que se trata, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de sucónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo deafinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores,representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase desociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidadestributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con el organismo de la Administración a cuyoingreso se postule.b) Las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercergrado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de losfuncionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hastael nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive.c) Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.

Artículo 56.- Todos los funcionarios tendrán derecho a ejercer libremente cualquier profesión,industria, comercio u oficio conciliable con su posición en la Administración del Estado, siempreque con ello no se perturbe el fiel y oportuno cumplimiento de sus deberes funcionarios, sinperjuicio de las prohibiciones o limitaciones establecidas por ley. Estas actividades deberándesarrollarse siempre fuera de la jornada de trabajo y con recursos privados. Son incompatiblescon la función pública las actividades particulares cuyo ejercicio deba realizarse en horarios quecoincidan total o parcialmente con la jornada de trabajo que se tenga asignada. Asimismo, sonincompatibles con el ejercicio de la función pública las actividades particulares de las autoridadeso funcionarios que se refieran a materias específicas o casos concretos que deban seranalizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a quepertenezcan; y la representación de un tercero en acciones civiles deducidas en contra de unorganismo de la Administración del Estado, salvo que actúen en favor de alguna de las personasseñaladas en la letra b) del Artículo 54 o que medie disposición especial de ley que regule dicharepresentación. Del mismo modo son incompatibles las actividades de las ex autoridades o exfuncionarios de una institución fiscalizadora que impliquen una relación laboral con entidades delsector privado sujetas a la fiscalización de ese organismo. Esta incompatibilidad se mantendráhasta seis meses después de haber expirado en funciones.

U.Reclutamientoy Selección de Personas - Departamento Subdirección Recursos HumanosSS.BB.Avda.Ricardo Vicuña LosAngelesE-mail:[email protected]

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