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Docente a cargo: Mariela. Alumna: Rocío Jorgelina Gómez Analice críticamente el régimen de personería gremial a la luz del Convenio 87 - GARCIA, Héctor “La personería gremial de la CTA” La Ley, Sup.CCT 2008, junio. - RECALDE, H. “La personería gremial de la CTA”, La Ley, Sup CCT 2008, junio. a) Identifique el debate que se produce entre los autores: ¿Cuál es la problemática central? ¿Qué solución se plantea desde cada posición? El debate que se produce entre Garcia Hector y Recalde versa sobre la personalidad gremial que el Ministerio de Trabajo no le ha otorgado a la CTA (Central de Trabajadores de la Argentina, nacida en 1991 a partir de la separación de la CGT, Confederación General del Trabajo de la República Argentina, durante el gobierno menemista). Claramente ambos autores se encuentran en posiciones muy diferenciadas, teniendo cada uno una interpretación distinta, que abarca desde el pedido de la personalidad gremial de la CTA, pasando por los Tratados Internacionales y la legislación nacional, culminando en las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante la OIT). Para Hector Garcia la personalidad gremial que ha solicitado la CTA es “acotada”, es decir, que no existe un conflicto de personería con la CGT, ya que el fin no es ampliar la representación, sino que se le reconozca a nivel confederal de la personería gremial que ya posee en los grados inferiores de su estructura organizativa. El autor sostiene que tanto el Estado como la CGT lo único que tienen en mira es trabar mediante medidas dilatorias la

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Docente a cargo: Mariela.Alumna: Roco Jorgelina Gmez

Analice crticamente el rgimen de personera gremial a la luz del Convenio 87 - GARCIA, Hctor La personera gremial de la CTA La Ley, Sup.CCT 2008, junio.- RECALDE, H. La personera gremial de la CTA, La Ley, Sup CCT 2008, junio.

a) Identifique el debate que se produce entre los autores: Cul es la problemtica central? Qu solucin se plantea desde cada posicin?

El debate que se produce entre Garcia Hector y Recalde versa sobre la personalidad gremial que el Ministerio de Trabajo no le ha otorgado a la CTA (Central de Trabajadores de la Argentina, nacida en 1991 a partir de la separacin de la CGT, Confederacin General del Trabajo de la Repblica Argentina, durante el gobierno menemista). Claramente ambos autores se encuentran en posiciones muy diferenciadas, teniendo cada uno una interpretacin distinta, que abarca desde el pedido de la personalidad gremial de la CTA, pasando por los Tratados Internacionales y la legislacin nacional, culminando en las disposiciones de la Organizacin Internacional del Trabajo (en adelante la OIT).

Para Hector Garcia la personalidad gremial que ha solicitado la CTA es acotada, es decir, que no existe un conflicto de personera con la CGT, ya que el fin no es ampliar la representacin, sino que se le reconozca a nivel confederal de la personera gremial que ya posee en los grados inferiores de su estructura organizativa.El autor sostiene que tanto el Estado como la CGT lo nico que tienen en mira es trabar mediante medidas dilatorias la solicitud de la CTA, como por ejemplo el llamado cotejo del nmero de afiliados entre ambas centrales sindicales (CTA y CGT) ya que la ley 23,551 prohbe la existencia de dos confederaciones generales o de multiactividad con personera gremial. Este procedimiento se da cuando dos sindicatos pretenden la amplitud de representacin dentro de un mismo mbito personal y territorial; sin embargo, Garcia indica: () que entre la CGT y la CTA no existe disputa ni superposicin de mbitos pretendidos, porque como ya seal la CTA solicita personera para los mbitos en que "ya poseen personera gremial sus sindicatos adheridos" y no pretende obtener representacin "para actuar en la misma zona y actividad o categora" en las cuales tienen personera los sindicatos integrados a la CGT (requisito establecido por el propio art. 28, LAS)Aqu acabamos de marcar un punto relevante en contraposicin entre los dos autores: para H. Garcia el planteo de la CTA no se debe manifestar como una disputa por la personera gremial contra la CGT. En cambio para Recalde, lo que solicita la CTA es la amplitud de la personera, proceso contradictorio que la pone en pugna contra la CGT; sealando que es responsabilidad de la CTA que la misma no se le otorgue ya que no se cumplimentan los requisitos formales y de fondo que exige la ley para reconocerle la personera gremial, y no como dice Garcia, que el Ministerio y la CGT impiden su obtencin. Por ende mientras un autor habla de amplitud de la personera gremial, el otro indica que se trata de una solicitud de personera gremial acotada, teniendo ambos institutos consecuencias diferentes. Sin embargo la confrontacin de ideas contina.

En cuanto al porcentaje de representacin que la ley exige para otorgar la personera (minimamente que cada una de estas organizaciones afilie a ms del 20% de los trabajadores, siendo la ms representativa; art. 25, ley 23.551), en palabras de Garcia, el Ministerio de Trabajo le ha otorgado personera gremial a los sindicatos de primer y segundo grado que integran la CTA, por lo cual, se constatado en su momento el debido cumplimiento de dicho requisito. Sin embargo para Recalde, la CTA no resulta ser la ms representativa, estimando que: desde un punto de vista cuantitativo, la CTA representa a un porcentaje nfimo de trabajadores en relacin con su cantidad total. De la propia presentacin efectuada en el Ministerio de Trabajo por la CTA, surge que solamente estn adheridos a esa central 62 asociaciones sindicales sobre un total que supera las 1.400 en todo el pas. O sea, la CTA rene apenas el 4% de los sindicatos. Por ende la Cta no cumplira el requisito, ya que no llegara a agrupar el minimo exigido por ley.

Garcia hace hincapi en que el proceso incoado por la CTA versa sobre una personera gremial acotada, que no es un proceso contradictorio, sino un mero trmite unilateral, en el cual la entidad de grado superior reclama que se le reconozca, en su respectivo nivel, la proyeccin de la personera gremial que poseen los sindicatos de grado inferior que la integran,por lo que pierde sentido el procedimiento del cotejo anteriormente indicado.

Para finalizar, otro punto bajo anlisis, debe ser la mirada que le dan los autores a las normas Internacionales y a la legislacin nacional. Para Garcia, la ley 23,551 se encuentra en posicin contradictoria con el art. 14 Bis de la Constitucin Nacional cuando el mismo menciona como derecho de los sindicatos la organizacin libre y democrtica, ya que la normativa sobre asociaciones sindicales obstaculiza con numerosos requerimientos el otorgamiento de la personera gremial, y por ende el cumulo de derechos que pasan a poseer estas organizaciones una vez obtenida la misma. Por ende el Estado argentino no se ajusta tampoco a los diferentes tratados internacionales que a partir de la reforma de 1994 tienen jerarqua constitucional, y garantizan en modo amplio el derecho de libertad sindical. Ms precisamente, el autor analiza una recomendacin hecha por la OIT hacia el Estado Argentino. Segn su opinin la Comisin de Expertos de la Organizacin, solicit al Gobierno la conclusin favorable de la peticin de la CTA, y cita un fragmento que transcribo a continuacin: () observaciones emitidas en el informe de 2007, la Comisin de Expertos expres enfticamente que "lamenta el largo plazo transcurrido ms de dos aos segn el Gobierno sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado al respecto. La Comisin insta al Gobierno a que se pronuncie sin demora sobre la solicitud de personera gremial por parte de la CTA".(Vase. OIT, Conferencia Internacional del Trabajo, Informe de la Comisin de Expertos en Aplicacin de Convenios y Recomendaciones, Informe III (Parte 1 A), OIT, Ginebra, 2007, p. 44.)Adems, otro rganos pertenecientes a la OIT, a partir del informe realizado en 2007 por la comisin de expertos, se han manifestado negativamente para con el Estado Argentino, por su omisin en el otorgamiento de la personera gremial a la CTA, como son: Comisin de Aplicacin de Normas de la Conferencia anual de la OIT; Comit de Libertad Sindical, en vista de que el Estado se exprese favorablemente ante la solicitud de la CGT.Recalde seala en este punto, que la OIT no cuestiona el sistema de personera gremial, y que en las recomendaciones nunca exigi al Estado Argentino que le otorgue personera gremial a la CTA, sino que se expida sobre la misma, ya que el expediente se encontraba demorado sin resolucin alguna. Para el autor el hecho de la demora es precisamente por la falta de cumplimiento de los requisitos por parte de la CTA para que se le pueda otorgar lo solicitado y no por disposiciones arbitrarias del Ministerio de Trabajo, y la falta de voluntad de realizar el cotejo con la CGT.

b) Contextualice el debate dialctico que se produce entre ambos autores y relacinelo con la actual situacin nacional en la que conviven 5 centrales sindicales. Justifique su opinin.

El debate se contextualiza en el ao 2008. Mismo ao en que la Corte se expide en el conflicto ocurrido entre la Asociacin de Trabajadores del Estado (ATE, perteneciente a la CTA) y el sindicato de Union del Personal Civil de las Fuerzas Armadas (PECIFA, perteneciente a la CGT); la disputa se inicio cuando ATE llam a eleccin de delegados del personal civil del Estado Mayor del Ejrcito y del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. El sindicato mayoritario del sector, la Unin del Personal Civil de las Fuerzas Armada (Pecifa, de la CGT), se opuso fundamentando que slo l tena condiciones para convocar a elecciones, ya que posea la personera gremial. Por lo cual la Corte se expidi sobre la inconstitucionalidad del artculo 41 de la ley 23,551, que permita ser delegados slo a quienes pertenecieran a un sindicato con personera; sealando que resultaba: una limitacin innecesaria en una sociedad democrtica. Este fallo es relevante ya que era la primera vez que la Corte, luego de la modificacin sufrida en su integracin, se expeda sobre el tema, a favor del pluralismo sindical.Pero lo que es importante resaltar es que actualmente la CTA se encuentra dividida desde el ao 2010. Esta divisin fue validada por el Ministerio de Trabajo reci{en en el ao 2014, por ende hoy cuando hablamos de CTA debemos tener en cuenta que esta se encuentra dividida en : CTA Autnoma, liderada por Pablo Micheli, y la CTA de los Trabajadores, conducida por Hugo Yasky, la cual se encuentra ms prxima al gobierno. Adems la CGT tambin se encuentra subdividida: CGT oficialista de Antonio Calo; la CGT opositora liderada por Hugo Moyano; y la CGT azul y blanca de Luis Barrionuevo.En mi opinin esto no es ms que una pequea muestra de lo que durante la historia de la vida sindical ha sucedido continuamente. La divisin siempre fue ms frecuente que la unidad de los sindicatos, de acuerdo a las cercanas de los distintos gobiernos de turno que influencian su actuar cotidiano. A mi parecer lo nico que genera la fragmentacin es la perdida de poder de los trabajadores que integran los sindicatos en busca de la defensa del inters colectivo. Pero al pasar de los aos esto parece inevitable.

c) Vincule libremente la obra Les batteurs de pieuxentre, 1902, del artista plstico Maximilien Luce (se encuentra fcilmente en la visita virtual al Muse d'Orsay, Paris, France)La realizacin de un puente siempre es significativa, ya que el mismo tiene la finalidad UNIR. A travs de la unin es que los trabajadores, siempre vulnerados por el sistema, comienzan a concentrar poder. Un poder necesario para equilibrar la desigualdad, fruto del hecho simple: los que ms tienen, los que concentran los medios de produccin conducen la vida de aquellos que por necesidad deben relegarse.El derecho colectivo es lo que muestra la imagen: la unin de los obreros, de los trabajadores, que los vincula una meta en comn: la defensa de sus derechos: la unin hace la fuerza.