09 castaneda

6
1 Demandas judiciales de las esclavas en el siglo XIX cubano. Historiadora. Universidad de La Habana Digna Castaæeda F Digna Castaæeda F Digna Castaæeda F Digna Castaæeda F Digna Castaæeda Fuertes uertes uertes uertes uertes Demandas judiciales Demandas judiciales Demandas judiciales Demandas judiciales Demandas judiciales de las esclavas de las esclavas de las esclavas de las esclavas de las esclavas en el siglo XIX cubano en el siglo XIX cubano en el siglo XIX cubano en el siglo XIX cubano en el siglo XIX cubano no. 5: , eneromarzo, 1996. D urante los œltimos veinticinco aæos, los estudios destinados a mostrar el papel desempeæado por las esclavas de origen africano en las colonias caribeæas han aportado publicaciones cardinales, de carÆcter puntual, o terico-metodolgico, referidas fundamentalmente a las posesiones inglesas o francesas. 1 Sin embargo, en el Caribe hispano-antillano la produccin historiogrÆfica dedicada al tema aœn no ha alcanzado esa envergadura. En Cuba, la esclava de origen africano no ha sido objeto de estudio particular. Su vida se conoce a travØs de obras literarias como Francisco, de Anselmo SuÆrez y Romero; Petrona y Rosala , de FØlix Tanco, y la excepcional Cecilia ValdØs , de Cirilo Villaverde. 2 Asimismo, existen estudios histricos o sociolgicos que tangencialmente analizan aspectos de la vida de esas mujeres. 3 Por esta razn, el trabajo que a continuacin presento, y que adelanta otro mÆs amplio, tiene por objetivo comenzar a cubrir el vaco existente en la historiografa cubana respecto al tema. La esclava en Cuba frente a la opresin Durante los primeros siglos de la trata en Cuba, las esclavas en los ingenios eran escasas. Aunque desde el 5 de mayo de 1528, los procuradores de las ciudades que ya haban sido fundadas expresaron su interØs en introducir negras africanas, los hacendados se negaban sistemÆticamente a ello, debido a la relativa facilidad con que obtenan esclavos en las costas de Africa, lo que haca innecesaria la reproduccin natural de la esclavitud. Solamente en Baracoa, los monjes belemitas admitieron negras en su ingenio y las casaron con sus esclavos. 4 Sin embargo, a principios del siglo XIX, despuØs de la restriccin de la trata negrera, se comenz a valorar la posibilidad de traer hembras de Africa para incrementar las dotaciones de esclavos mediante la reproduccin. En esta lnea de accin se destac el economista criollo Francisco de Arango y Parreæo, quien propuso como sndico del Consulado de la Habana 5 incrementar el nœmero de esclavos mediante la introduccin de hasta un tercio de negras en cada dotacin, y que para facilitar el proceso se eximiese de todo pago de derechos la entrada de estas a la isla. Con similares propsitos los diputados propusieron, entre otros aspectos, que el amo de negro de campo casado con esclava de otro sea obligado a venderlo por tasacin siempre que el dueæo de la esclava lo quiera comprar, contando tambiØn con la voluntad del negro, y entendiØndose con el amo del negro que no tenga un

Upload: olondono

Post on 13-Sep-2015

218 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Literatura, musica, cuba

TRANSCRIPT

  • 1Demandas judiciales de las esclavas en el siglo XIX cubano.

    0

    Historiadora. Universidad de La Habana

    Digna Castaeda FDigna Castaeda FDigna Castaeda FDigna Castaeda FDigna Castaeda Fuertesuertesuertesuertesuertes

    Demandas judicialesDemandas judicialesDemandas judicialesDemandas judicialesDemandas judicialesde las esclavasde las esclavasde las esclavasde las esclavasde las esclavas

    en el siglo XIX cubanoen el siglo XIX cubanoen el siglo XIX cubanoen el siglo XIX cubanoen el siglo XIX cubano

    no. 5: , eneromarzo, 1996.

    Durante los ltimos veinticinco aos, los estudiosdestinados a mostrar el papel desempeado por lasesclavas de origen africano en las colonias caribeas hanaportado publicaciones cardinales, de carcter puntual,o terico-metodolgico, referidas fundamentalmente alas posesiones inglesas o francesas.1 Sin embargo, en elCaribe hispano-antillano la produccin historiogrficadedicada al tema an no ha alcanzado esa envergadura.

    En Cuba, la esclava de origen africano no ha sidoobjeto de estudio particular. Su vida se conoce a travsde obras literarias como Francisco, de Anselmo Surez yRomero; Petrona y Rosala , de Flix Tanco, y laexcepcional Cecilia Valds , de Cirilo Villaverde.2

    Asimismo, existen estudios histricos o sociolgicos quetangencialmente analizan aspectos de la vida de esasmujeres.3

    Por esta razn, el trabajo que a continuacinpresento, y que adelanta otro ms amplio, tiene porobjetivo comenzar a cubrir el vaco existente en lahistoriografa cubana respecto al tema.

    La esclava en Cuba frente a la opresin

    Durante los primeros siglos de la trata en Cuba, lasesclavas en los ingenios eran escasas. Aunque desde el 5

    de mayo de 1528, los procuradores de las ciudades queya haban sido fundadas expresaron su inters enintroducir negras africanas, los hacendados se negabansistemticamente a ello, debido a la relativa facilidad conque obtenan esclavos en las costas de Africa, lo que hacainnecesaria la reproduccin natural de la esclavitud.Solamente en Baracoa, los monjes belemitas admitieronnegras en su ingenio y las casaron con sus esclavos.4

    Sin embargo, a principios del siglo XIX, despus dela restriccin de la trata negrera, se comenz a valorar laposibilidad de traer hembras de Africa para incrementarlas dotaciones de esclavos mediante la reproduccin. Enesta lnea de accin se destac el economista criolloFrancisco de Arango y Parreo, quien propuso comosndico del Consulado de la Habana5 incrementar elnmero de esclavos mediante la introduccin de hastaun tercio de negras en cada dotacin, y que parafacilitar el proceso se eximiese de todo pago dederechos la entrada de estas a la isla.

    Con similares propsitos los diputados propusieron,entre otros aspectos, que el amo de negro de campocasado con esclava de otro sea obligado a venderlo portasacin siempre que el dueo de la esclava lo quieracomprar, contando tambin con la voluntad del negro,y entendindose con el amo del negro que no tenga un

  • 2Digna Castaeda Fuertes

    tercio de hembras en su hacienda, y tambin cuando elamo del negro no le permita casarse.6

    En ese marco fue promulgada la Real Cdula del 27de abril de 1804, la cual ordenaba:

    ...que en los ingenios y haciendas donde solo hubiesenegros, se pusieran tambin negras, limitndose el permisopara introducir negros en esas fincas a ese solo sexo hastaque estuviesen casados todos los negros que lo desearan.7

    Aunque esto no se cumpli totalmente, a mediadosdel siglo XIX ya se encontraban negras esclavas en todaslas haciendas, compartiendo las rudas faenas de lasplantaciones con sus congneres masculinos. Eldesempeo de las labores que aquellas estaban obligadasa ejecutar fue realizado con tal efectividad que algunosmayorales llegaron a decir: las negras son de msresistencia y de ms consistencia que los hombres...8

    Esa aseveracin se basaba en que los deberes de lamujer esclava no se limitaban a las labores agrcolas, sinoque adems, acometan otras, tanto en la ciudad comoen el campo, pues eran utilizadas directamente por susamos o alquiladas para servir de nodrizas o para realizartareas domsticas (cocineras, planchadoras, costureras,etc.). Tambin las dedicaban a parteras o comadronas.9

    Muchas de estas labores, fundamentalmente las dosltimas, les sirvieron incluso para adquirir su libertad,la que tambin obtenan mediante la vida sexual comncon un blanco, caso bastante frecuente.10

    Adems del rigor del trabajo a que estaban sometidaslas esclavas, en campos y ciudades, tambin fueronvctimas de los ms crueles y ultrajantes castigos, es decir,se las azotaba, se las enviaba al cepo y al bocabajo, auncuando estuvieran en estado de gestacin.11 Asimismo,eran objeto del sadismo de algunos dueos, quienesmanifestaban su aberracin sexual a travs de medidasinconcebibles en mentes sanas.

    Ejemplo de esto ltimo fue, en La Habana, donRamn Saz, quien prometi a la mulata esclavaFlorencia Rodrguez o Hernndez12, de catorce aos deedad, otorgarle la libertad si le prestaba su cuerpo,que en trminos actuales quiere decir si sostenarelaciones sexuales con l. Logrado su objetivo no solono la liber, sino que la castigaba frecuentemente y laobligaba a trabajar en una herrera. Incluso, segnpalabras de la esclava, trat de ponerle argollas de plataen la parte ms secreta de la naturaleza.

    Ante esta situacin, en octubre de 1834, la esclava sequej al Alcalde. A pesar de ello, el Alcalde no actu yse limit a decirle que hablara con el amo, y que volvierapara la casa. Ante esta situacin la esclava continu susdemandas en otras instancias, pues en la villa nadie lehaca caso, segn declar, porque el amo tena dinero;agreg que peda ayuda porque si la entregaban, ellamorira.13

    Tambin las esclavas eran vctimas de abusos, talescomo el robo de sus pertenencias por sus amos. As,por ejemplo, en la villa de Guanabacoa, en marzo de1828, fue presentada una denuncia al Alcalde primerode la villa, por Mara del Carmen Gang, africana, contra

    su amo, porque este le haba robado 21 onzas de oro yvarias joyas que, segn la esclava, eran producto de losahorros de su marido. Aunque el amo fue citado ennumerosas ocasiones, nunca compareci, segn constaen los oficios y dems diligencias que integran elexpediente.14 Mientras tanto, la esclava permanecidepositada en manos del sndico, lo que indica laparcialidad de las autoridades coloniales.

    Las demandas de las esclavas y los procesosjudiciales

    En la batalla legal efectuada por las esclavas,predominaban tres tipos de demandas judiciales, lascuales revelan los atropellos ms lacerantes a que eransometidos los esclavos. Los principales objetivos de esasdemandas eran: evitar la disgregacin familiar, reclamarel derecho de coartacin15 e impedir la venta de negroslibres como esclavos. A continuacin se ilustran algunoscasos.

    Evitar la disgregacin de la familia

    Ultraje muy comn en la poca pues, sin lugar adudas, a mediados del siglo XIX, en Cuba exista unafamilia esclava, con caractersticas sui generis, porqueaunque esta era propiciada16, reconocida tericamente yprotegida por la legislacin hispana aplicada a estacolonia17, su situacin era realmente dramtica alsobrevivir en condiciones infrahumanas.

    En este contexto colonial esclavista, el papel de lamujer negra, esclava o liberta, fue relevante. Ella luch,en la medida de sus posibilidades, incluso por medioslegales, para proteger a sus familiares, ayudarlos a obtenersu libertad o recuperarla, y mantenerlos unidos. Batallaardua y compleja, pues habitualmente el ncleo familiarestaba disperso, a merced de diferentes amos, quienesimpunemente violaban las leyes, casi siempre con laanuencia de las autoridades coloniales encargadas,supuestamente, de defender a los esclavos.

    Uno de los mtodos utilizados por los dueos deesclavos para violar las leyes que protegan a estos y a laintegridad de su familia, fue enviar a los esclavos urbanosal campo, para all esconderlos. As, por ejemplo, endocumento de la Secretara de Gobierno Superior de laIsla de Cuba, del 12 de septiembre de 1837, iniciado en1828, por Mara Dolores Fras, natural de Africa y vecinadel barrio de Guadalupe extramuros consta, segn relatode la demandante, que su hija Ana Mara, esclava deMarcos Padrn, se present ante ella quince das antes,quejndose de que su amo la maltrataba, por lo cualpidi al sndico licencia para buscar un nuevo dueo.Sin embargo, cuando fueron a comprarla, el amo la acusde ser una cimarrona y de poseer mltiples defectos,con lo que desalent al comprador. Una vez logrado suobjetivo, la esclava fue enviada a Alquzar dondecontinu siendo igualmente maltratada y, aunque estabacoartada en 350 pesos, el amo obstaculiz por todos los

  • 3Demandas judiciales de las esclavas en el siglo XIX cubano.

    2

    medios su venta. En consecuencia, cuando en 1838 se leorden a Padrn permitirle a la esclava ir a la capital abuscar un nuevo amo, pues tena un aspirante acomprador, el amo argument que haca das la tenavendida al administrador del ingenio Dolores.18

    Otro ejemplo de los atropellos sufridos por la familiaesclava lo ofrece el matrimonio de los morenos Hilarioe Ins, pertenecientes a la dotacin del ingenio Nazareno,propiedad de Juan de Dios Larrinaga, situado en elpartido de Guanajay. Dicha pareja, en 1852, reclam anteel sndico que le fuera devuelto su pequeo hijo de cuatroaos, Juan Criollo. Explicaron que don Juan Bentez seautotitul dueo del negrito, y se lo llev a otro lugar,y que sin l no deseaban seguir viviendo, pues esteconstitua toda su felicidad. El sndico, basndose en elReglamento de esclavos de 1842, argument que estetenda, en todos sus artculos, a fomentar los principiosde moralidad y de familia entre la clase esclava, y que elartculo 31 deca:

    Cuando el amo del marido comprare la muger (sic), debercomprar tambin con ella los hijos que tuviere menoresde tres aos en razn que segn derecho hasta que cumplaesa edad deben las madres nodrescerlos y criarlos.19

    Por esta razn le pidi a don Juan Bentez que sepresentara en la capitana acompaado del negrito Juan,para firmar con el seor Larrinaga, previa tasacin delsndico, la escritura de venta, pues los padres queranque Larrinaga comprase a Juan. Bentez se neg,argumentando que haba criado al negrito como a supropio hijo, de manera que no lo venda por ningndinero, pues con l estaba mejor alimentado y cuidadoy que, adems, l quera entregarle la carta de libertadpara que, cuando arribara a la mayora de edad, loheredase. En definitiva, todo parece indicar que huboun arreglo entre los dueos, pues las autoridades le dieronla posibilidad a Bentez de comprar al prvulo, a quienle dio la carta de libertad, y se decidi que quedara alabrigo de este, que adems estaba obligado a alimentarlo.En resumen, la familia qued desmembrada.20

    Una prctica que tambin conduca a la disgregacinde la familia, era el alquiler de los esclavos, lo que enocasiones conduca a la separacin temporal o definitivade la familia.

    Validar el derecho de coartacin.

    Obtener la libertad por medios legales era muy difcilpara los esclavos pues deban sortear numerososobstculos, debido a que los procesos eran fraudulentos,dilatorios y generalmente no se solucionaban susdemandas. Existen numerosas pruebas que as loatestiguan.

    En La Habana (1837), la negra Jacinta, criolla esclavade don Jacinto Ferrer, present su caso a las autoridades.Ella argument que por su avanzada edad pretendaliberarse con el dinero que haba podido adquirir 200pesos ms cien que le haba ofrecido un individuo desu color, siempre que fuese tasada en 300 pesos, como

    ella aspiraba. Esta demanda fue desestimada. Por estemotivo, el sndico Procurador General se quej de ladeterminacin tomada por el Alcalde, pero el caso nose solucion.21

    En otros casos la entrega del documento decoartacin se dilataba. As le sucedi a Mara FranciscaCaero, morena libre cuya hija estaba en poder de doaLoreto Garca, desde haca 22 aos, de los cuales llevabams de 12 como coartada, faltndole para obtener sulibertad solamente cinco onzas. La esclava enferm y lefue entregada a su madre durante dos aos para quela curase. En ese lapso, la liberta, con su peculio y sinrecibir ayuda del ama, la atendi y cur; adems le criun hijo a dicha seora, lo cual le hizo suponer que, enconsideracin a la poca cantidad que restaba por abonary a los servicios prestados, le sera entregada la carta delibertad a su hija.

    En lugar de esto, una vez curada la esclava, se laarrebataron y la condujeron al cafetal Malverde, ubicadoen el partido de Quivicn, donde se encontraba en 1849,cuando su madre present el caso a las autoridadescoloniales para demandar el pago de los serviciosprestados y que su hija fuese puesta en depsito. Endefinitiva la coartaron en 85 pesos, pero el proceso nocontinu pues la esclava no se present a exhibir supatrocinio. No poda hacerlo, naturalmente, porqueestaba cautiva.22

    Tambin para obstaculizar la venta de los esclavoscoartados, sus dueos utilizaron el mtodo deincrementar continuamente el precio de estos. Por estemotivo, los familiares generalmente femeninos:madres, esposas, hijas acudan a los tribunales parahacer que se cumpliesen las leyes. En 1849, la negraDamiana Montalvo se quej ante el sndico, porque donFrancisco Baos, amo de su hijo, Jos VictorianoMontalvo, lo maltrataba, razn por la cual este querabuscar un nuevo amo. Segn explic la madre, haca unmes que dicho seor lo haba comprado en 400 pesos.Sin embargo, en ese momento haba un comprador queofreca 500; pero el amo exiga 700, lo cual erainadmisible, pues en tan breve lapso el precio de dichoesclavo no poda haber aumentado tanto.

    Como resultado del proceso judicial, el dueo fueobligado a comparecer ante las autoridades, pero alacudir, lo hizo en calidad de apoderado del legtimodueo, a quien, segn expres, se lo haba vendido en425. Adems neg que castigase al esclavo ni que hubiesepedido 700 pesos por l; y que por esta razn, en suopinin, la reclamacin de la negra Damiana no tenalugar. Ante esta situacin el sndico decidi desestimarla peticin por falta de pruebas y porque el esclavo habalogrado su deseo: cambiar de dueo.23

    Impedir el plagio o venta de negros libres comoesclavos.

    Este tipo de violacin tambin fue padecido por lasesclavas en su persona o en la de sus hijos y demsfamiliares. En este sentido, las madres debieron soportar

  • 4Digna Castaeda Fuertes

    que sus hijos nacidos libres fueran ilegalmente vendidoscomo esclavos.

    As lo atestigua la situacin que enfrent la esclavaMara Dolores Espaol, propiedad de don Juan Peraza,quien en 1851 present una queja al sndico por la injustaservidumbre a que estaba sometida su hija, la parda MaraFrancisca Librada. Esta joven haba nacido libre enMadrid en 1832, ao en que su madre viaj a la pennsulaen donde fue bautizada la nia. Al regresar a Cuba lehurtaron su hija a Mara Dolores y la vendieron comoesclava por seis onzas de oro, lo que descubri la madreal cabo de cierto tiempo. Aunque efectu todas lasdiligencias pertinentes para que le enviasen la Fe deBautismo desde la capital espaola, nunca lo logr. Asmismo, a pesar de que durante cuatro aos el sndico deBejucal estableci demanda contra don IsidroHernndez, quien haba comprado a la liberta, solamentelogr que esta fuera enviada en depsito a la Real Casade Beneficencia, donde la alquilaban como a otrosesclavos; decisin que no solucion su situacin, puesno le devolvi la libertad.24

    Quizs el caso de plagio ms notable del siglo XIXfue el de Plassy Laurence, el cual lleg a convertirse enun litigio de derecho internacional, con visos de novelade aventuras. Esta morena, conocida en La Habana comoMara del Carmen, era esclava de don Pedro Pino cuandose inici la reclamacin por el Cnsul ingls, el 15 defebrero de 1851. La negra argumentaba que haba sidosometida impropiamente a la esclavitud, durante treintaaos, pues era nativa de la isla Nevis, perteneciente a lacorona britnica.

    Segn relat, en 1819 o 1820 aconsejada por JuanScabraugh huy de su madre, que era esclava de unafinca. Este hombre la condujo a la isla de Saint Thomas,en aquel momento colonia danesa, donde fuerondetenidos y entregados por el gobernador para queregresaran a Nevis; pero como ella no deseaba volver,se le escap a los oficiales que la tenan retenida y seocult en casa de una nativa llamada Jane Huggins, quienla entreg a una negra, desde cuya casa fue puesta en unbote que la condujo a Puerto Rico. De all fue trasladadaa otro punto llamado Cadgoa. De este lugar tambin seevadi y ella misma se present a los jueces de la villa.No hall clemencia y fue encarcelada bajo custodia delAlcalde don Victoriano Sancalo, quien la vendi por200 pesos a don Joaqun Delgado. Como este queradedicarla al trabajo del campo, y ella se opuso, fuecambiada por un cocinero francs. El nuevo dueo laesclaviz durante dos aos.

    Ante la negativa de Plassy a trabajar como esclava,pues ella insista en que era libre, el amo la envi haciaLa Habana, a bordo de un bergantn con un grupo denegros africanos, con la advertencia de que no deba decirde dnde vena. Durante varios aos fue pasando dedueo en dueo, unas veces vendida, otras cedida oheredada, siempre bajo protesta de su condicin de libre.

    Mara del Carmen, Plcida Lorenza, o PlassyLaurence como indistintamente aparece en losdocumentos deseaba regresar a Nevis con su familia.

    Por esa razn acudi al Cnsul General de Inglaterra enCuba, quien se hizo cargo del caso y present la demandaante el gobierno de la Isla. Como era costumbre,mientras se realizaban las averiguaciones, la esclava fuedepositada en el Hospital de Paula, obligada a asistir alos enfermos y expuesta a contraer cualquier enfermedad.Con estos argumentos el Cnsul le escribe al CapitnGeneral solicitndole que la sacara de all y la liberara,pues ella no haba cometido ningn crimen.

    Seis meses despus de iniciados los trmites,nuevamente le escribe al Capitn General para que seponga fin al caso, pues en su opinin, ya ha pasadosuficiente tiempo como para haber hecho lasaveriguaciones pertinentes. Aadi que en esosmomentos (2 de febrero de 1852), Plassy se hallaba en laReal Casa de Beneficencia, pero que intentaban restituirlaal Hospital de San Lzaro, para que trabajara como losesclavos que se alquilaban. El diplomtico insiste en quese aceleren los trmites, y que no se sujetase a Plassy altrabajo esclavo, pues deba considerarse una personalibre, sbdita de Su Majestad Britnica.

    En mayo de 1852 lleg a La Habana, procedente deNevis, el negro Fippo Laurence familiar de Plassycon el objetivo de reconocerla. As lo hizo, y declarque conoca a la madre de la negra, llamada Elsie.Mientras tanto, el Cnsul ingls recibi ladocumentacin que acreditaba todo lo expresado porPlassy. Incluso haban sido revisadas las listas de lahacienda propiedad de William Laurence, y en la del 14de julio de 1817 apareci, con el nmero 70, el nombrede Plassy, de catorce aos. En el registro de esclavos deNevis, del l de enero de 1825, Plassy apareca comoausente de la isla.

    El diplomtico britnico envi las pruebas alGobierno espaol de Cuba, y explic que, siendo anesclava, Plassy fue sacada de Nevis y vendida ilegalmente,y que, por nacimiento, era sbdita de Inglaterra, dondeya no exista la esclavitud. Tambin qued comprobadopor las marcas en su cuerpo que Plassy y Mara delCarmen eran la misma persona. El Cnsul solicit parasu defendida una compensacin monetaria, por habersido mantenida, por ms de treinta aos, como esclavaen Cuba y Puerto Rico. Con un clculo de diez pesosmensuales aunque ella haba ganado ms para susamos tal compensacin ascendera a 3 500 pesos, perol estaba en disposicin de aceptar solo dos mil.

    En las investigaciones realizadas en Cuba, algunosamos negaron que Plassy hubiera sido su esclava; otroshaban fallecido. Por su parte, el Gobernador de SaintThomas, la isla danesa, envi un informe en el cualaseguraba no tener indicios que mostraran que dichaesclava hubiera estado all.

    Vistas todas estas circunstancias, el Cnsul inglsenvi una nueva carta al Capitn General, el 15 de juniode 1852, en la que expresaba que habiendo sidodebidamente identificada Plassy Laurence como tal ycomo natural de Nevis, le solicitaba fuese puesta enlibertad y se le permitiera regresar en el vapor que saldradel puerto de La Habana el 22 de ese mes. No obtuvo

  • 5Demandas judiciales de las esclavas en el siglo XIX cubano.

    4

    respuesta ni a esa ni a otras comunicaciones dirigidas alCapitn General hasta finales de diciembre de 1852.

    Mientras el Cnsul se quejaba al gobierno colonialde Cuba de lo dilatado del proceso, Plassy hua a bordode la fragata inglesa La Vestal. En investigacionesposteriores se evidenci que el diplomtico britnico sehaba entrevistado con Plassy en ingls poco antesde su escapada de la Casa de Beneficencia, en dondeestaba depositada.

    Este acontecimiento constituy un verdaderoescndalo internacional, reflejado por la prensa dedistintos pases. El Morning Post de Londres public unartculo sobre el caso, que fue reproducido por La Gacetade La Habana, el 23 de febrero de 1853. En uno de susprrafos deca:

    El 1 de diciembre haba en La Habana gran excitacin acausa de haber sido llevada furtivamente (kidnapped) de laisla de Nevis, perteneciente a la Gran Bretaa a un sbditode S. M. B., la negra Plassy Laurence, y vendindose comoesclava en La Habana. El gobierno ingls haba reclamadola entrega de la pobre mujer (poor woman) la cual se habarefugiado a bordo de la fragata de S. M. B. La Vestal, dondesu bizarro capitn (Gallant captain) no obstante hallarsedebajo de los caones de las bateras y rodeado por laescuadra espaola, la tena segura bajo la proteccin de labandera inglesa sin escuchar ninguna proposicin paradevolverla a sus amos.

    El periodista de La Gaceta de La Habana, peridicooficial del gobierno espaol en la Isla, adujo que el retrasoen responder por parte de las autoridades espaolas era

    no solo justo, sino indispensable en un pas donde el sagradoderecho a la propiedad est garantizado por las leyes y bajola custodia de autoridades celosas, que antes de obsequiarlos deseos del Gobierno de S. M. B. relativos a la entregade la citada Plcida Lorenza, se averiguase primeramentela verdad de los hechos en que tal reclamacin se fundaba;y era tambin preciso an despus de comprobada laprocedencia y nacimiento de aquella esclava, resolver unacuestin de derecho internacional de suma trascendenciapara los intereses de esta Antilla.

    Ms adelante reiteraba:

    No menos digna de elogio creemos la acertadadeterminacin de nuestro gobierno de someter lasactuaciones a la resolucin de S.M., pues como hemos dichoantes tratbase de resolver una cuestin de derechointernacional, y en cuestiones de esta clase solo al podersupremo toca decidir.

    En otro prrafo acusa a los del barco de cometer unacto indigno, al favorecer la evasin de una personadepositada por los tribunales, pendiente de resolucinsoberana. El periodista se pregunta qu poda esperarsede una mujer capaz de escaparse de su casa a los diecisieteaos.

    La noticia fue publicada tambin por peridicosfranceses y norteamericanos como el Journal des DbatsPolitiques et Litteraire, del 18 de enero de 1853, el MorningCourier y el New York Enquirer . Las dos ltimaspublicaciones, bajo el ttulo Importante de La Habanarelatan la huida de Plassy, y caracterizan a La Vestal almando del Capitn Cospabrick Baillie Hamilton comoun buque que serva en el apostadero de Norteamricay las Indias Occidentales. La posicin de estos peridicoses favorable a Plassy, e incluso refieren que esta fueobligada a prostituirse y que sus hijos fueron vendidoscomo esclavos.

    Como consecuencia del escndalo internacional queprovoc el caso Plassy a partir de su huida, el CapitnGeneral de la Isla sugiere al Presidente del Consejo deMinistros de Ultramar, la conveniencia de declarar lalibertad de la citada negra, para as dar patente muestrade desapasionamiento y de respeto a la ms severa yestricta justicia Tambin critica la conducta del Cnsulingls, el cual dice infiere ofensas a la dignidad ybuena fe del Gobierno espaol, y abusa de lasinmunidades y ventajas que le proporciona su posicin.

    Aun a mediados del ao 1853, el gobierno espaolen La Habana se interesaba por el paradero de Plassy,como lo prueba una carta enviada desde el Consuladode Espaa en Nassau, el 29 de agosto de ese ao, en laque se informa no haber podido hallarla ni en Nevis nien ninguna otra de las islas inmediatas.25

    En resumen, esta mujer infeliz, pero decidida yosada fue posesin de nueve personas, tuvo ochodueos, fue vendida cuatro veces, cambiada una yheredada otra. Todo ejecutado de manerafraudulenta en cuatro islas del Caribe. Su caso alcanzcierta notoriedad en su momento no tanto por suconnotacin humana, sino fundamentalmente porqueera un magnfico expediente para el hostigamiento a laEspaa esclavista, por parte de Inglaterra y Francia, queen esa fecha ya haban abolido la esclavitud.

    Las demandas judiciales de mujeres esclavas realizadas encondiciones totalmente adversas sugieren que aquellas estabandispuestas a utilizar cualquier resquicio legal para tratar deproteger la integridad de su familia, obtener o mantener el statusde persona libre para ella o sus familiares, y reclamar otrosderechos contemplados en la Legislacin espaola sobre laesclavitud.

  • 6Digna Castaeda Fuertes

    Conclusiones

    La batalla judicial librada en Cuba por las esclavasdurante el siglo XIX, permite focalizar un ngulonovedoso e importante de la esclavitud africana en laIsla. Los documentos analizados indican cmo, ademsde aportar su trabajo en las plantaciones y residenciasde sus amos, en dismiles y casi siempre rudas tareas, lamujer esclava era el centro de una familia organizadaen condiciones de precariedad y dependencia, amenazadaconstantemente con la disgregacin de la que tenanplena conciencia, y por la que lucharon en la medidade sus posibilidades en distintas esferas de la vida social.

    Por su condicin de ncleo de ese tipo deorganizacin familiar, la mujer esclava contribuy quizs ms que el hombre a preservar y trasmitir sucultura ancestral y, de ese modo, a evitar que el esclavofuera reducido a mero combustible biolgico, sino quepudiera sembrar su huella tnica y cultural en el contextocubano.

    Las demandas judiciales de mujeres esclavas realizadas en condiciones totalmente adversas sugierenque aquellas estaban dispuestas a utilizar cualquierresquicio legal para tratar de proteger la integridad desu familia, obtener o mantener el status de persona librepara ella o sus familiares, y reclamar otros derechoscontemplados en la Legislacin espaola sobre laesclavitud.

    Aunque pocas veces lograron sus propsitos, lasesclavas libraron lo que se puede caracterizar como unaverdadera batalla judicial en la Cuba del siglo XIX. Ladocumentacin sobre ello, adems de aportar nuevosdatos sobre los horrores, abusos, injusticias, de lainstitucin esclavista, permiten considerar a esas mujerescomo precursoras de las luchas femeninas por sus

    derechos.

    Notas

    1. Son ejemplos notables: Hilary McD. Beckles, Naturals Rebels: A SocialHistory of Enslaved Black Women in Barbados, New Brunswick, N. J.:Rutgers University Press, 1989; y Marietta Morrissey, Slaves Womenin the New World, Kansas City, University Press of Kansas, 1989.

    2. Anselmo Surez y Romero, Francisco, La Habana, Direccin deCultura, Ministerio de Educacin, 1947; Flix Tanco Bosmeniel, Petronay Rosala, La Habana, Ed. Letras Cubanas, 1980; Cirilo Villaverde,Cecilia Valds, La Habana, I. C. L., 1972.

    3. Entre ellos destacan Fernando Ortiz, Los negros esclavos, La Habana,Ed. Ciencias Sociales, 1975; y Pedro Dechamps Chapeaux, El negro enla economa habanera del siglo XIX, La Habana, Ed. UNEAC, 1971.

    4. Fernando Ortiz, op. cit.:196.

    5. Funcionario facultado, en las ciudades, para tutelar los derechos delos esclavos y administrarles justicia.

    6. Fernando Ortiz, op. cit.:197.

    7. Ibdem:198.

    8. Anselmo Surez y Romero, citado por F. Ortiz, op. cit.:198-199.

    9. Cf. Pedro Dechamps Chapeaux, op. cit.:169-184.

    10. Fernando Ortiz: Op. cit.:285.

    11. Ibdem:230-231.

    12. En los documentos aparece indistintamente con esos apellidos.

    l3. Archivo Nacional de Cuba (A. N. C.), Fondo Gobierno SuperiorCivil, legajo 936, n. 33047.

    l4. Ibdem, legajo 938, n. 33109.

    15. Segn Fernando Ortiz, la coartacin consista en el derecho queadquira un esclavo, entregando una cantidad de dinero a su amo, de noser vendido sino por un precio prefijado del cual se descontaba dichacantidad, pudiendo libertarse entregando al amo la diferencia en dineroque mediaba entre la entregada por la coartacin y el precio prefijado.Para mayor informacin Cf. Fernando Ortiz, op. cit.:285-290.

    16. La Real Provisin del Emperador Carlos V y el Cardenal Cisneros,del 11 de mayo de 1527, reiterada posteriormente, propiciaba la familiaesclava. Cf. Fernando Ortiz, op. cit.:401.

    17. La Real Cdula e Instruccin circular de Indias, sobre la educacin,trato y ocupacin de los esclavos, y el Reglamento de esclavos, artculos29, 30 y 31, protegan legalmente a la familia esclava. Cf. FernandoOrtiz, op. cit.:411 y 446.

    18. A. N. C., Fondo Gobierno Superior Civil, legajo 938, n. 33087.

    19. Ibdem. legajo 948, n. 33487

    20. Ibdem. legajo 947, n. 33431

    21. Ibdem. legajo 938, n. 33094

    22. Ibdem. legajo 946, n. 33365

    23. Ibdem. legajo 946, n. 33351

    24. Ibdem. legajo 946, n. 33376

    25. Ibdem. legajo 947, n. 33381

    ' , 1996.