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APLICACIÓN Y EVALUACION DE LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL AMBIENTAL (ECA – LMP – IGAC)

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Diapositiva 1

APLICACIN Y EVALUACION DE LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL AMBIENTAL (ECA LMP IGAC)

Artculo 123.- Acciones para la prevencin y el control de la contaminacin de los cuerpos de agua

123.1 La Autoridad Nacional del Agua ejerce de manera exclusiva acciones de control, supervisin, fiscalizacin y sancin para asegurar la calidad del agua en sus fuentes naturales y en la infraestructura hidrulica pblica.

123.2 La Autoridad Administrativa del Agua ejerce acciones de vigilancia y monitoreo del estado de la calidad de los cuerpos de agua y control de los vertimientos, ejerciendo la potestad sancionadora exclusiva por incumplimiento de lascondiciones establecidas en las resoluciones que autorizan vertimientos o por aquellos vertimientos no autorizados.

123.3 De acuerdo con la Ley General del Ambiente, Ley N 28611, las autoridades ambientales sectoriales ejercen control, fiscalizacin, supervisin y sancin de las actividades que se encuentran dentro de sus respectivos mbitos por incumplimiento de obligaciones ambientales.

123.4 A fin de evitar conflictos de competencia y posible duplicidad de sanciones, la Autoridad Nacional del Agua y el Ministerio del Ambiente coordinarn de manera permanente sus acciones.

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IDENTIFICACION DE ACTORES EN EL DISEO, APLICACIN Y CONTROL DE ECAS Y LMPDISEAN LA NORMAAPLICAN LA NORMAMINAMSECTOREMPRESASPUBLICAS Y PRIVADASCONTROLAN LA NORMAOEFA, ANA ALASECTORESR E T R O A L I M E N T A C I O N

GESTIN INTEGRAL DE LOS RECURSOS HDRICOS

Estndar de Calidad Ambiental ECAEl Estndar de Calidad Ambiental (ECA) es la medida de la concentracin o del grado de elementos, sustancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, en el aire, agua o suelo, en su condicin de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. Lmite Mximo Permisible LMPEs la medida de la concentracin o del grado de elementos, sustancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, que caracterizan a un efluente o a una emisin, que al ser excedida causa o puede causar daos a la salud, al bienestar humano y al ambiente. Su cumplimiento es exigible legalmente por el MINAM y las instituciones que forman el SGA.

Estndar de Calidad Ambiental ECA

Clasificacin de Cuerpos de Agua Superficiales y Marino Costeros. RJ-202-2010- ANA (24/MARZ/2010)PLAZOS DE IMPLEMENTACION DE ECASEstablece los ECAS AGUAD.S. N 002-2008-MINAM(31/07/2008)D.S. N 023-2009-MINAM(19/12/2009)Implementacin de ECAS AGUALos titulares de las Actividades que cuenten con instrumentos de gestin ambiental aprobados por la autoridad competente, los cuales hayan tomado como referencia los valores limite establecidos en el Reglamento de la Ley General de Aguas, debern actualizar sus Planes de Manejo Ambiental en concordancia con el ECA para Agua, en un plazo no mayor de 01 ao. Y el plazo para la implementacin de las medidas contenidas en el plan de manejo ambiental no deber ser mayor a 05 aos a partir de sus aprobacin.D.S. N 010-2011-MINAM(15/06/2011)Plan Integral par la adecuacin e implementacin de sus actividades a los LMP, para las descargas de efluentes lquidos de descargas minero metalrgicas, 31/08/201211

mg/LDECRETO SUPREMO N 003-2010-MINAM17/MARZO/2010Los titulares de la PTAR que se encuentren en operacin a la dacin del presente D.S. y que no cuente con certificacin ambiental tendrn un plazo no mayor 02 aos, para presentar ante al MVCS su PAMA.Vencio: 17/MARZO/2012Los titulares de la PTAR que se encuentren en operacin a la dacin del presente D.S. y que cuente con certificacin ambiental tendrn un plazo no mayor de 03 aos, para presentar ante al MVCS la actualizacin de los PAMA.Vencio: 17/MARZO/2013FISCALIZAN: MVSC

DECRETO SUPREMO N 010-2010-MINAM21/Agosto/2010Los titulares mineros que al entrar en vigencia el presente D.S. cuenten con estudios ambientales aprobados o se encuentren desarrollando actividades minero metalrgicas debern adecuar sus procesos en un plazo mximo de 20 meses (1ao y 8 meses)

Venci el 21 de Abril del 2012FISCALIZA: MINEM

PTAR*VALORES MAXIMOS ADMISIBLELMP: LIMITES MAXIMOS PERMISIBLESECA`s: ESTANDARES DE CALIDAD AMBIENTALD.S. N 021-2009-VIVIENDAD.S. N 003-2010-MINAMD.S. N 002-2010-MINAMAceites y GrasasColiformes TermotolerantesDBO5DQOpHSlidos Totales en Suspensin.Temperatura

Prestador de ServiciosEPS**, PES***, Operador Especializado, etc.Ministerio de Vivienda Saneamiento y ConstruccinAceites y GrasasDBO5DQOpHSlidos Totales en Suspensin.

AluminioArsnicoBoro.Cadmio. Cianuro.Cobre.Cromo Hexavalente.Cromo Total.ManganesoMercurioNquelPlomoSulfatosSulfuros.ZincNitrgeno AmoniacalpH Slidos SedimentablesTemperatura REUSOMINAG: Uso AgrarioMVSC: Riego de Parque y JardinesCATEGORIA 1Aguas Superficiales destinadas a la produccin de agua potable. A1, A2, y A3Aguas Superficiales destinadas para recreacin. B1 y B2.CATEGORIA 2Agua de Mar. C1, C2 y C3CATEGORIA 3Riego de Vegetales y Bebida de Animales.CATEGORIA 4Conservacin del Ambiente Acutico.*PTAR: PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALESAutoridad Nacional del AguaCUERPO RECEPTORAutoridad Nacional del AguaTRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS***PES: PEQUEA EMPRESA DE SANEAMIENTO**EPS: ENTIDAD PRESTADORA DE SERIVICIOS RELACION ECA Y LMP AGUAS RESIDUALES DOMESTICASUnidad MineraLMP: LIMITES MAXIMOS PERMISIBLESECA`s: ESTANDARES DE CALIDAD AMBIENTALD.S. N 010-2010-MINAMD.S. N 002-2008-MINAMpHSlidos Totales en Suspensin.Aceites y GrasasCianuro totalArsnico Total Cadmio TotalCromo HexavalenteCobre TotalHierro DisueltoPlomo MercurioZinc Total

CATEGORIA 1Aguas Superficiales destinadas a la produccin de agua potable. A1, A2, y A3Aguas Superficiales destinadas para recreacin. B1 y B2.CATEGORIA 2Agua de Mar. C1, C2 y C3CATEGORIA 3Riego de Vegetales y Bebida de Animales.CATEGORIA 4Conservacin del Ambiente Acutico.Autoridad Nacional del AguaCUERPO RECEPTORRELACIN ECA Y LMP MINERO - METALURGICASDemanda de AguaMINEMANA - ALAOEFA

ABINSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL COMPLEMENTARIO - IGAC

INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTALEIA-dEIA-sdDIAIGACS E I A

INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGACadecuar las actividades de la pequea minera y de la minera artesanal en curso a las obligaciones legales ambientales vigentes.Adoptar las medidas ambientales para prevenir, controlar, mitigar y remediar los impactos ambientales de su actividad, segn correspondanmetas graduales, cronograma de inversiones, y resultados ambientales los que son objeto de fiscalizacin y sancin.Formalizacin de Actividades de Pequea Minera y Minera Artesanal en curso18

INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGACGOBIERNO REGIONALSECTORES COMPETENTES()SERNANPANAPresentacinOpininOpinin FavorableAprobacin

INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGACOBLIGACIONESEjecutar todas las medidas dispuestas y compromisos incluidos en el IGAC correspondiente, en los plazos y trminos aprobados por el Gobierno RegionalAdoptar medidas para prevenir, controlar, monitorear, mitigar, restaurar, rehabilitar o reparar, segn corresponda, los impactos y efectos ambientales negativos generados por su actividad.Ejecutar las medidas de cierre y post cierre correspondientes.

INSTRUMENTO DE GESTION AMBIENTAL CORRECTIVO - IGACFISCALIZACINGOBIERNO REGIONALOEFA

ACTORES: ROLES Y FUNCIONES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL JUNTA DE USUARIOSPoltica Nacional del AmbienteECAs LMPSistema de Gestin Integral Recursos HdricosControlan ECAs LMPControlan EPSsPolticas RegionalesEvaluacin ECAs LMPInstrumentos de Gestin AmbientalAUTORIDADES LOCALES DE AGUAResponsables de la Mantenimiento y Operacin de Sistemas de TratamientoCumplimiento de LMP y ECAsGORESBlg Juan Carlos Castro Vargas [email protected]