0637 22 de abril de - rosario.gob.ar · decreto n" 0637 rosario, "cuna de la...
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DECRETO N" 0637
Rosario, "Cuna de la Bandera", 22 de a b r i l de 2019. -
VISTO,
El Decreto No 1276/2017, por el que se le acepta la renuncia a la agente Ana María
Suiffet, quien ocupaba el cargo de Directora de la Escuela Superior de Museología
dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación por acogerse a los beneficios de la
Jubilación Ordinaria,
Que el actual Coordinador General, Nicolás Santiago Charles, designado por decreto
No 189012017, resultó ganador del Concurso Interno de Director del Museo de la Ciudad
"Wladimir Mikie1ievich"cuyas actuaciones constan en Expediente N" 1694612018 C;
CONSIDERANDO,
Que la Escuela Superior de Museología se vincula desde el año 2017 con la órbita
educativa formal del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, a través de la
asignación de número CUE (Código Único de Establecimiento) No 8204625-00,
Que esta situación le otorga gran relevancia y jerarquía por lo cual resulta
indispensable cubrir e l cargo de Director de dicha Escuela.
Que para tal fin, la Secretaría de Cultura y Educación, promueve organizar el
llamado a Selección Interna de Personal para cubrir el cargo de Directorla de la Escuela
Superior de Museología, dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
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uy3ejda3e el e~!ldw! uo!3d!~3su! el 'ajuelnjsod lap e3!leuolne ug!3eu!w!la el e3!ldu! ejsay!uew
uo!3e3y!s(e4 epol anb 01 ~od epe~nl uo!3e~epaa aip ~ape~e~ eJpual epeluasa~d u9!3ejuawn3op el
e( ap ajua~edsue~j la ua 'ajuaweunuodo epe~!lqnd eJelsa sajuelnjsod sol ap sajuapa3ajue
sol ap u?!3da3a~ ñ uo!r>d!~3su! el ap ~e6nl ñ so!Jelloq 'ey~a) el u03 ojun! 'os~n~uo3 e opeuell 13
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ap o6~e3 la J!J~~ZJ e~ed ~ed!>!unm leuouad ap eiuaaul uo!>>alaS e 3swp~ml :,T. 01n311'tlw
La totalidad de los requisitos enunciados a continuación deberán ser presentados por los
postulantes al momento de la inscripción.
En una primera carpeta el interesado deberá presentar:
Currículum Vitae, con el formato disponible en la página web oficial de la Municipalidad de
Rosario, donde consignará datos personales y nómina escrita de sus antecedentes que
hagan a sus méritos.
m Fotocopia de original del título terciario y10 universitario, autenticada por autoridad
competente.
Fotocopia de DNI, anverso y reverso.
- Certificado de conducta actualizado, expedido por autoridad competente.
= Certificado de libre deuda del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Informe (con firma del Secretario del Juzgado) de antecedentes de Procesos Concursales y10
falencias (Quiebras).
m Certificación de la Dirección General de Personal que acredite la no posesión de sanciones
disciplinarias en los últimos cinco ( 5 ) años, y además, adjuntar fotocopia del último recibo
de haberes.
En una segunda carpeta el interesado deberá presentar:
= Las fotocopias que acrediten los antecedentes invocados en la nómina escrita de
antecedentes, presentadas en el mismo orden.
Los títulos y certificaciones podrán presentarse en fotocopia certificada ó en dos (2) juegos
compuestos por originales y copias
Solo serán considerados aquellos antecedentes laborales y de capacitación que se acompañen con
documentación respaldatoria.
En una tercera carpeta el interesado deberá presentar:
Proyecto de gestión: Presentar por escrito1 un proyecto de gestión para la Escuela Superior de
Museología y para los próximos cinco (5) añac que contenga entre doce mil (12.000) y quince mil
(15.000) caracteres sin espacio, foliado y firrriado en todas sus fojas.
Dicho proyecto deberá contemplar los siguierrtes aspectos:
- La articulación de la Escuela Superior de Museología con el sistema educativo de
educación superior de la Provincia de Santa Fe, del cual forma parte. Ello implica un
conocimiento del marco regulatorio administa3tivo y legal;
- La consideración de las tres funciones de la educación superior: docencia, investigación
y extensión desde la especificidad del área disciplinar y de la institución;
- La consideración de la estructura orgánica interna de la Escuela, su propuesta formativa,
sus departamentos, etc.
- La vinculación con el conjunto de Las Escuelas Municipales dependientes de la
Subsecretaría de Fortalecimiento Instituciorial en el marco de las políticas educativas del
Municipio;
- La articulación con las instituciones museológicas y de gestión patrimonial de la
ciudad, de la región, el país y el extranjero.
El contenido de las tres carpetas deberán ser numeradas y firmadas en todas y cada una de sus
fojas. En el momento de la inscripción, toda la documentación se incorporará a un sobre que será
cerrado en presencia del postulante, detallando al dorso nombre y apellido.
Bajo ningún concepto se permitirá agregar doaumentación a posteriori de la fecha de cierre de la
inscripción.
Los mismos serán remitidos a la Junta Examinadora, con carácter de trámite reservado,
dentro las veinticuatro (24) horas contadas desde la fecha de cierre de inscripción.
Toda la documentación presentada será devuelta a partir de los dos (2) días de finalización
del concurso.
ARTICULO 5": Publicación de la nómina de inscriptos
Durante los dos (2) días hábiles administrativos posteriores al cierre de la Inscripción, la
Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Cultura y Educación exhibirá y10 pondrá
a disposición de los interesados la nómina de inscriptos al Concurso.
ARTICULO 6": Junta Examinadora
La Junta Examinadora estará integrada por:
Dos representantes titulares y dos suplentes de la Secretaría de Cultura y Educación.
Un representante titular y uno suplente experto del ámbito de la educación.
Un representante experto titular y uno suplente del ámbito de la museologia y la
gestión cultural.
Un representante titular y uno suplente del Sindicato de Trabajadores Municipales.
Los nombres de los miembros del jurado serán exhibidos conjuntamente con la nómina de
los inscriptos en el transparente de la Dirección de Recursos Humanos en la Secretaría de
Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario.
Cualquier integrante del jurado podrá excusarse de intervenir y10 ser recusado por
cualquiera de los aspirantes por las causales previstas en el Código Procesal Civil y
Comercial de la Provincia de Santa Fe, acompañando las pruebas de la causal invocada,
dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la publicación.
De la objeción formulada se correrá traslado al recusado, quien deberá formular su descargo
acompañando las pruebas dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a su publicación.
La cuestión será resuelta por la Secretaria )Je Cultura y Educación dentro de los dos (2) días
hábiles posteriores al vencimiento del plazo ,anterior, siendo su resolución inapelable, la que se
notificará mediante su publicación en el transparente de la Dirección de Recursos Humanos de la
Secretaría de Cultura y Educación con la confccrmación definitiva del Jurado.
ARTICULO 7": Perfil del puesto: Director de la Escuela Superior de Museología
Misión
Planificar, coordinar y ejecutar la gestión pú ttlica académica, institucional, cultural y de recursos
(patrimoniales, humanos, económicos, finan)iieros) de la Escuela Superior de Museología en
consonancia con las políticas educativas y culburales del municipio.
Responsabilidad fundamental de la funcidn
Gestión Pedaaóaica e institucional:
Conducir y garantizar el funcionamiento coordinado de los diferentes dispositivos y
propuestas de formación de la Escuela Superior de Museología desde una perspectiva de
política publica.
Convocar y coordinar el Consejo Académico Institucional, destinado a la toma de decisiones
referidas a las diferentes dimensiones dkl funcionamiento institucional.
Proveer a la formación de estudianb-S en las áreas de la museología y la gestión
patrimonial y cultural, a partir del reconocimiento de su libertad y responsabilidad, en tanto
sujetos de derechos.
Asegurar mecanismos inclusivos de irrgreso, permanencia y egreso de los estudiantes,
acorde con criterios de justicia, solidaridad y el respeto por los valores de la vida
democrática en el funcionamiento institiicional.
Supervisar las planificaciones ypropues'tas de los docentes.
Organizar instancias de encuentro, planificación, socialización de experiencias entre los
docentes de la institución.
Promover el perfeccionamiento y la actualización de egresados, docentes y personal
administrativo de la escuela.
Proponer acciones conducentes a enriquecer el debate académico en el campo social
sobre la profesionalización de las disciplinas involucradas.
lnstrumentar mecanismos participativos de evaluación permanente de la calidad
educativa de los cursos, talleres i trayectos de formación que se brindan en la
Escuela.
Fortalecer, dentro de los programas pedagógicos de la Escuela, la integración con
otros organismos y áreas de la Secretaría y la difusión del patrimonio museal y
artístico de la ciudad.
Promover y difundir las expresiones de la cultura local, regional y nacional.
Promover la relación con instituciones académicas y culturales locales, nacionales y
extranjeras.
Promover la conservación preventiva de las colecciones dependientes de la Escuela
con su respectiva investigación y puesta en valor.
Contribuir con la producción y la divulgación del conocimiento mediante la
investigación.
Proyectar las actividades de extensión de la comunidad educativa en sintonía con los
objetivos de la gestión de la Secretaría de Cultura y ~ducación, de modo de
garantizar instancias más amplias de participación de la ciudadanía.
Integrar el Consejo de Escuelas Municipales, coordinado por la Dirección de
Educación
Municipal, junto a los Directores de las demás escuelas de arte de la Municipalidad a
los fines de planificar, acordar y coordinar acciones conjuntas, tendientes a una
gestión integral e integrada de las políticas educativas.
Gestión de la administración de un oraanismo núblico:
Trabajar según un programa de gestión1 ejecutiva acordado previamente con la Secretaría
de Cultura y Educación.
Asesorar a la Secretaría de Cultura y Educación sobre aquellos aspectos vinculados con la
museología y gestión patrimonial de la ciudad.
Planificar el anteproyecto anual de pr~supuesto, supervisar la gestión administrativa y
disponer la optimización de la estructura orgánica de la Escuela.
Mantener actualizado el inventario, registro y documentación de sus bienes.
Disponer la organización interna para el tfuncionamiento de los servicios generales y
administrativos conforme con la modalidlad y los requerimientos específicos.
Aprobar los horarios de clases y exámenes y los horarios y licencias del personal docente,
administrativo y de servicio.
Instrumentar mecanismos de evaluación de desempeño del personal a su cargo.
Elevar a consideración de las autoridade!; las propuestas formuladas, cuando los temas
considerados así lo requieran.
Competencias
Competencias Ético-institucionales
Compromiso con el ciudadano: es la actittud de ayuda y servicio a los vecinos de la ciudad,
con la intención de comprender y satisfacer sus necesidades. Implica esforzarse por
conocer y resolver los problemas de los ciudadanos en todo momento y asegurar un trato
cordial y eficiente en cualquier situación.
Conciencia organizacional integrada: es; el compromiso de la labor de cada agente del
Estado para con el trabajo en colaboración hacia dentro y fuera de la organización. Exige
compartir recursos, información, ser soliicito en la ayuda y colaboración con sus pares y
poder funcionar bajo la modalidad de proyectos transversales e interorganizacionales.
Requiere una mirada amplia del propio trabajo, superando la visión burocrática y
compartamentalizada, características de las administraciones tradicionales, lo que
exige integrar el desempeño profesional propio con otras áreas y puestos de la
organización. De igual manera, requiere una tendencia al trabajo en red, la
vinculación con organizaciones de la sociedad civil que se relacionen con los
objetivos organizacionales.
Ética: es el sentir y obrar en todo momento consecuentemente con los valores
morales y las buenas costumbres y prácticas profesionales, respetando las políticas
organizacionales. Es una actitud que debe sostenerse tanto en la vida profesional
como en la privada, aun en forma contraria a supuestos intereses propios o del
sector al que pertenece.
Competencias Técnico-profesionales:
Conocimientos de la estructura municipal y de la organización y funcionamiento de la
Secretaría de Cultura y Educación.
Conocimiento de los instrumentos normativos imprescindibles para la gestión'
técnico-administrativa: Ley Provincial N-286 "Estatuto de Personal de
Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe"; Ley Provincial N" 9256
"Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias para el personal de las
Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe"; Ordenanza Municipal N"
7899; Decreto Municipal NQ438/98 y SUS modificatorias; Ordenanza de Contabilidad
N* 19957/57; Decreto Municipal N* 143/99; Decreto Municipal No 1491116 y Decreto
Municipal No 1331/13.
Capacidad para crear e implementar un plan estratégico de la Escuela fijando
políticas claras, alineadas con la visión del organismo.
Capacidad para definir políticas y esbrategias interactuando con instancias individuales y
colectivas de gobierno y de decisión política.
Capacidad de adecuar su propia cctnducta para alcanzar los objetivos institucionales
cuando surgen dificultades, cambios en el entorno y la organización.
Contribuir a crear capacidad organizacional durante la gestión con el objetivo de atraer y
valorar al personal clave y asegurar las necesidades futuras de personal.
Tener integridad y proceder de acuerda a las políticas y normas establecidas.
Acreditar una conducta honesta y prctesional y disposición para dar a conocer de forma
clara y precisa la gestión del área a su )cargo.
Practicar un estilo de liderazgo suficientemente flexible como para adaptarse a las
circunstancias cambiantes de la Escuela.
Poseer conocimientos y capacidad )de comprensión de los alcances de las tareas
correspondientes a las áreas técnicas di- la Institución.
Capacidad para elaborar planes de negociación articulados y complejos, específicos para la
consecución de los objetivos.
Disposición y capacidad para mantener y crear relaciones de colaboración con la
comunidad.
Demostrar manifiesta comprensión de las políticas de la Municipalidad de Rosario en lo
referente a la defensa de los derechm culturales, la educación como herramienta de
construcción de una sociedad con equictad de oportunidades, y el patrimonio artístico como
bien de toda la comunidad.
competencias actitudinales
Liderazgo: Es la habilidad para coordinar las acciones de grupos humanos, inspirando
valores de acción y anticipando escenarios de desarrollo. Incluye tener un profundo
conocimiento de la realidad y la capaaidad de fijar objetivos, seguirlos y participar a los
colaboradores del grado de consecución de los mismos.
Potenciación: Es la capacidad de definir objetivos claros y estratégicos de la propia
función y trabajo y orientar esfuerzos para su consecución, logrando de esta manera
autonomía y motivación en la labor.
Desarrollo estratégico de los recursos humanos: Es la capacidad para analizar y
evaluar en forma global la situación actual y potencial de los colaboradores y definir
e instrumentar acciones de desarrollo de las personas y equipos en el marco de las
estrategias de la organización, desde el rol de guía y facilitador.
Orientación al logro: es la tendencia al logro de resultados, asegurando el correcto
accionar cotidiano y fijando metas desafiantes y superadoras cuando sea posible,
asegurando siempre el mismo nivel de rendimiento y productividad. Requiere
también una clara orientación a la resolución de problemas, operando de forma
efectiva e inmediata frente a dificultades posibles en la labor a realizar.
Relaciones públicas: es la habilidad para generar y sostener redes complejas de
trabajo efectivo y contacto con actores diversos y algunas veces contrapuestos que
determinan y definen las variables y condicionantes del medio específico en el cual
se desarrolla la repartición.
Formación
Excluyente:
Título terciario y10 universitario.
Con preferencia:
Título terciario y10 universitario en el campo de la museología y la gestión patrimonial
Formación pedagógica, ya sea en profesorados de nivel terciario, de grado universitaria o
pos título o carrera de especialización ern gestión de instituciones educativas.
Experiencia:
Excluyente:
El postulante deberá acreditar:
- Experiencia laboral en museos o un área afín, como así también, en gestión de organismos
públicos;
- Experiencia en coordinación de áreas municipales afines;
Con preferencia:
- En dirección o conducción exitosa de grupos humanos en la realización de tareas complejas, que
requieran la intervención de especialistas en caimpos ajenos a la formación específica del director.
- En gestión y promoción de iniciativas corniplejas, que requieran movilizar de manera poco
convencional recursos importantes y diversos.
ART~CULO 8": Evaluación de competencias
El Concurso será de Antecedentes y Oposición,, asignándose cuarenta (40) puntos y sesenta (60)
puntos respectivamente.
Solamente serán evaluados los aspirantes que cumplan con los requisitos mínimos exigidos para
la postulación al Concurso.
ARTICULO 9": Metodología
La metodología para la evaluación de las corrrpetencias adecuadas al perfil del puesto que se
adjunta formando parte del presente Decreto, es la siguiente:
1. Evaluación de Antecedentes. Tendrá una puntuación máxima de cuarenta (40) puntos
y serán valorados de la siguiente manera:
Factores Puntaje máximo 1. Títulos obtenidos en el área de la museología y la gestión cultural. 6
2. Títulos de estudios terciarios y10 universitarios en campo disciplinar 5
afín a la función concursada. (No se computarán los títulos que hayan
dado lugar a la obtención de puntaje indicado en el punto uno anterior.)
3. Estudios formales cursados (cinco años) o que cursa. (No se 4
computarán los títulos que hayan dado lugar a la obtención de
puntaje indicado en los puntos uno y dos anteriores.) 4. Actividades de capacitación y10 perfeccionamiento profesional,
docente y en el campo de la gestión. (Últimos cinco años) 5. Funciones y cargos desempeñados y que desempeña. Se valorara
particularmente la experiencia laboral en escuelas municipales y10 del
sistema educativo formal, la gestión patrimonial o en espacios culturales
6. Producciones, investigaciones y10 trabajos realizados exclusivamente
por el candidato o en colaboración referidos al área de incumbencia. 7. Menciones obtenidas (becas, premios, reconocimientos), en relación
al área.
8. Antigüedad total de servicio en la Administración Pública Nacional y10
Provincial.
9. Antigüedad total de servicio en la Administración Pública Municipal
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL 40
Los concursantes que alcancen al menos el 50 % del valor máximo previsto para los
Antecedentes (20 puntos), pasarán a la instancia de la Oposición.
2. Evaluación de la Oposición. Tendrá una puntuación máxima de sesenta (60) puntos, y
se realizará de la siguiente manera:
a. Evaluación de competencias técnico profesionales. Se evalúa el proyecto de gestión
presentado por escrito. Tendrá una puntuacióii máxima de veintiocho (28) puntos. Se evaluará
teniendo en cuenta los siguientes tópicos:
Factores 1. Expresión escrita (lenguaje, ortografía, sintaxis, etc.)
2. Claridad expositiva (claridad de las ideas, c:onsistencia lógica,
coherencia, etc)
3 . Integridad, amplitud y coherencia de los dictintos componentes
del proyecto de gestión
4. Pertinencia del proyecto en función de la hi8storia institucional, las
políticas municipales,
el sistema educativo y su articulación interins-iitucional
5. Viabilidad y factibilidad.
6. Innovación y creatividad
PUNTAJE MAXIMO TOTAL
Puntaje máximo 3
3
Los concursantes que obtengan al menos el EiO % del valor máximo previsto para esta fase (14
puntos), pasarán a la fase siguiente de entrevista personal.
b. Entrevista personal: tendrá un puntu~ición máxima de treinta y dos (32) puntos y
comprenderá tanto la defensa oral del proyecto presentado, como la entrevista personal
propiamente dicha. La Junta Examinadora valorará el desempeño de cada postulante en base a los
siguientes criterios:
Factores
1. Competencias técnico-profesionales: vinculadas a la gestión
institucional, la administración y gestión de recursos humanos de la
Escuela Superior de Museología; los conocimientos específicos en la
disciplina y en la función docente; y la articulación interinstitucional.
2. Claridad expositiva (claridad de las ideas, consistencia lógica,
coherencia).
3. Escucha activa y capacidad de diálogo.
4. Capacidad para la generación, la coordinación y el sostenimiento
del trabajo colaborativo.
5. Conocimientos acerca de la gestión de instituciones municipales.
lnstitucionalidad Municipal.
6. Ley 9256 cap III sección 4ta, Cap IV, Cap V, VI y VI1
Ley 9286 cap III, cap iv arts 15,16,17 y 18, art 40,41,42,43, cap V
Ordenanza 789912005 y Decreto Reglamentario 184012006.-
7. Competencias ético institucionales (compromiso con el
ciudadano, conciencia organizacional
integrada, ética).
Puntaje máximo
8
8.Competencias actitudinales (liderazgo, potenciación, orientación al
logro,desarrollo estratégico de los recursos humanos).
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL
Serán incorporados al Orden de Mérito aquell»s candidatos que hayan alcanzado, al menos el 65%
del puntaje total (65 puntos). En el caso de que no haya ningún candidato que alcance o supere
dicho puntaje, el Concurso será declarado desierto.
El Orden de Mérito deberá ser publicado denttro de los quince (15) días posteriores al término de
todas las instancias evaluativas. El mismo será publicado en el Transparente de la Secretaría de
Cultura y Educación.
El postulante que resulte primero en el orden de mérito deberá cumplimentar con carácter previo
y en forma satisfactoria una evaluación psicotécnica de aptitud como requisito indispensable
para su designación en el cargo, todo ello lde conformidad a los perfiles establecidos para la
función.
ART~cULO 10": La junta Examinadora decidirá y dará a conocer oportunamente los días, horarios
y lugares que se efectivizarán las pruebas de oposición y entrevistas personales, garantizando en
todo caso el carácter ininterrumpido y la mayor agilidad en los lapsos y tiempos de la selección de
personal. Los aspirantes serán convocadoc; fehacientemente por la Dirección de Recursos
Humanos de la Secretaría de Cultura y Educaaión.
ARTICULO 11": Notificaciones:
La Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Cultura y Educación será la encargada de
publicar los resultados de todas las etapas, el lugar y la fecha de realización de las evaluaciones y
entrevistas y el Orden de Mérito Final, siendn éste el mecanismo de notificación fehaciente en
todas las instancias y para todos los interesados.
ARTíCULO 12": Impugnaciones. Las irmpugnaciones al llamado al Concurso deberán
interponerse dentro de los dos días hábiles administrativos siguientes a la fecha de notificación y10
de la última comunicación.
El concursante disconforme con el orden de mérito o puntaje obtenido podrá recurrir ante la
junta Examinadora dentro de los cinco (5) días hábiles administrativos posteriores a la
exhibición del dictamen, lo que interrumpirá el desarrollo del concurso por el término de diez
(10) días.
ARTICULO 13": Difusión
La Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Cultura y Educación a través de la
Dirección de Comunicación será la encargada de dar amplia difusión al presente.
ARTICULO 14": Si la cobertura del cargo de Dirección de la Escuela Superior de Museología
no hubiera podido concretarse a través de la presente Selección lnterna de Personal
Municipal por haberse declarado desierta, el presente Decreto autoriza a la Secretaría de
Cultura y Educación a implementar automáticamente el concurso abierto de antecedentes y
oposición. En este nuevo llamado podrán participar, juntamente con todos los agentes de la
administración pública municipal, cualquiera sea su situación de revista, las personas ajenas
a la misma que reúnan los requisitos generales de admisión establecidos en el Estatuto para
el Personal de las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe, detalladas en el
artículo 14" del presente Decreto. En este caso, se deja expresamente establecido que el
postulante seleccionado revistará en la planta de Personal No Permanente, en la modalidad
de Transitorio, debiendo percibir una retribución mensual equivalente a la categoría 2 1 de la
Planta de Personal Permanente y todas sus modificatorias.
ARTICULO 15": Para el Concurso de Antecedentes y Oposición se mantendrán los mismos
miembros de la Junta Examinadora, al igual que el resto de las condiciones, requisitos,
instancias evaluativas, modalidad de difusión y de los resultados previstos para la Selección
lnterna de Personal Municipal.