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EXPEDIENTE Nº: 2009/0001435 Ref. Int. 2SE09PA-RA CONTRATACION DE: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS DOCUMENTACION: Anuncio de la licitación. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, con el modelo de oferta económica. PERSONAS DE CONTACTO: EN EL CASO DE QUE SE PRESENTE ALGUNA DUDA O DESEEN MAS INFORMACION SOBRE ESTA CONTRATACION PUEDEN DIRIGIRSE A LAS PERSONAS Y TELEFONOS QUE SE INDICAN: UNIDAD TÉCNICA DE OBRAS Y MANTENIMIENTO: cuestiones técnicas. [email protected] SERVICIO DE GESTIÓN DE RECURSOS: cuestiones administrativas. Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91 624.58.08 Correo electrónico: [email protected] FAX: 91 624.97.02 Ante la dificultad de ponerse en contacto con alguno de los teléfonos que se indican, se ruega traten de realizar las consultas que necesiten sobre el concurso por vía de correo electrónico a las direcciones que arriba se indican según el tema de que se trate.

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EXPEDIENTE Nº: 2009/0001435Ref. Int. 2SE09PA-RA

CONTRATACION DE:

SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS

DOCUMENTACION:

Anuncio de la licitación.

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, con el modelo de oferta económica. PERSONAS DE CONTACTO:

EN EL CASO DE QUE SE PRESENTE ALGUNA DUDA O DESEEN MAS INFORMACION SOBRE ESTA CONTRATACION PUEDEN DIRIGIRSE A LAS PERSONAS Y TELEFONOS QUE SE INDICAN:

UNIDAD TÉCNICA DE OBRAS Y MANTENIMIENTO: cuestiones técnicas.

[email protected]

SERVICIO DE GESTIÓN DE RECURSOS: cuestiones administrativas.

Jesús Romero Cuesta Tlf.: 91 624.58.08 Correo electrónico: [email protected]

FAX: 91 624.97.02

Ante la dificultad de ponerse en contacto con alguno de los teléfonos que se indican, se ruega traten de realizar las consultas que necesiten sobre el concurso por vía de correo electrónico a las

direcciones que arriba se indican según el tema de que se trate.

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Expt. nº: 2009/0001435Ref. Int. 2SE09PA-RA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES RECTOR DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Cláusula 1. Régimen jurídico.El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares.Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo establecido en la LCSP. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.

Cláusula 2. Objeto del contrato.El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución de los trabajos descritos en el apartado 1 de su anexo I. La descripción y características de los trabajos y la forma de llevar a cabo la prestación por el adjudicatario serán las estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y a los factores de todo orden a tener en cuenta.El contenido de los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares revestirá carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato.

Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado 1 del anexo I de este pliego.

Cláusula 3. Presupuesto base de licitación y precio del contrato.El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad expresada en el apartado 3 del anexo I al presente pliego, distribuido en las anualidades previstas en él. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole. El Impuesto sobre el Valor Añadido es igualmente de cuenta del adjudicatario, pero se hará constar en la oferta como partida independiente.El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especifica igualmente en el apartado 3 del anexo I.El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación definitiva, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse en la adjudicación definitiva dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas.

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Cláusula 4. Existencia de crédito.La ejecución del servicio está amparada por los créditos que se indican en el apartado 3 del Anexo I al presente pliego.

Cláusula 5. Perfil de contratante.El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la página web de la Universidad Carlos III de Madrid: http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante.En el perfil del contratante del órgano de contratación se publicará las adjudicaciones provisional y definitiva del contrato, así como otros datos e informaciones referentes a su actividad contractual, de acuerdo con lo establecido en el art. 42 de la LCSP.

CAPÍTULO II

LICITACIÓN

Cláusula 6. Procedimiento de adjudicación.El contrato se adjudicará por procedimiento abierto mediante un solo criterio o una pluralidad de criterios, según resulte de lo especificado en el apartado 5 del anexo I, en aplicación de los artículos 122.2, 141, y 134 de la LCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.

Cuando sólo se utilice un criterio de valoración, éste será el del precio más bajo. Si se utilizase una pluralidad de criterios, su fijación y el procedimiento a seguir se determinan en la cláusula siguiente.

Cláusula 7. Pluralidad de criterios de adjudicación.7.1 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los establecidos, con su correspondiente ponderación o, en su defecto, por orden decreciente de importancia, en el apartado 6 del anexo I al presente pliego.Cuando el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, de entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado de dicho anexo se especifican, en su caso, los que se valorarán en una primera fase, siendo necesario obtener, como mínimo, en cada uno de ellos la puntuación que asimismo se indica para que la oferta pueda ser valorada en la fase decisoria. Igualmente, se señalarán, en su caso, en este apartado.De entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado 6 del anexo I se señalan, en su caso, los parámetros objetivos en función de los cuales se apreciará que la proposición no pude ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. A tal efecto se fijan los límites que permitirán apreciar en las proposiciones presentadas dicha circunstancia.7.2 En el apartado 6 del anexo I se determinará también cuáles de los criterios hacen referencia a características del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas y cuáles, en su caso, hacen depender su cuantificación de un juicio de valor, así como la preponderancia dada a unos o a otros, a efectos de la presentación separada de la documentación que les sirva de soporte y del procedimiento para su valoración.

Cláusula 8. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.

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Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 49 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su clasificación o su solvencia económica, financiera y técnica, de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I al presente pliego, en el que se indican asimismo los criterios que se aplicarán para la selección de las empresas, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican.Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifique en el apartado 8 del Anexo I al presente pliego.Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 44 de la LCSP.

Cláusula 9. Garantía provisional.Para tomar parte en la licitación, los licitadores deberán constituir previamente, a disposición del órgano de contratación, una garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del anexo I al presente pliego, cuando así se exija en dicho apartado.Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida en el apartado 9 del anexo I y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.Cuando el empresario licite a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantía provisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 9 del mencionado anexo I.En cuanto a la forma y requisitos de las garantías, se estará a lo previsto en la Sección 2ª delCapítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP así como a lo dispuesto en los artículos 55, 56, 57 y 58 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en dicha Ley.Esta garantía deberá constituirse, cuando se trate de garantía en efectivo, en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, y ante el propio órgano de contratación cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.

La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación definitiva del contrato, acordándose su devolución en dicha adjudicación. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.El adjudicatario podrá optar, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva.En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación provisional y de la proposición del adjudicatario hasta la adjudicación definitiva.

Cláusula 10. Presentación de proposiciones.Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.En el perfil de contratante de la Universidad Carlos III de Madrid (http://www.uc3m.es/portal/page/portal/perfil_contratante) se ofrecerá la información

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relativa a la convocatoria de licitación de este contrato, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y documentación complementaria, en su caso. Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación. Esta información se facilitará seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes, cuando así esté previsto, o mejoras. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.

La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.En lo que concierne a las variantes o mejoras, se estará a lo dispuesto en el apartado 11 delanexo I al presente pliego.

Cláusula 11. Forma y contenido de las proposiciones.Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES (Nº 1, Nº 2 y Nº 3), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres serán los siguientes:

11.1 SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:1.- Capacidad de obrar.1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. 1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, para los contratos de servicio. Tendrán capacidad para contratar con la Universidad Carlos III de Madrid las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas

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exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.Igualmente deberá acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP.1.5.- Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato, en su caso, conforme a lo requerido en el apartado 8 del anexo I al presente pliego.1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.

2.-Apoderamiento.Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder bastante (legal, suficiente y subsistente) acreditativo de su representación, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.

3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo III al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 49 de la LCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.

4.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo IV al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista

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está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1, de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 de abril. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del contrato, o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida.

5.- Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

5.1 Para los contratos de servicios de presupuesto igual o superior a 120.202,42 euros , los licitadores deberán presentar:Certificación acreditativa en original o copia compulsada o autenticada, de poseer la clasificación exigida en el apartado 8 del anexo I al presente pliego.Si la empresa se encuentra pendiente de clasificación, deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo establecido en la cláusula 12 del presente pliego para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.En el caso de que una parte de la prestación objeto del contrato tenga que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de esta porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesarias, siempre que el importe de la parte que debe ser ejecutada por éstos no exceda del 50 por ciento del precio del contrato.Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, caso de no hallarse clasificados en España, deberán presentar, en sustitución de la clasificación, la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 64 y 67 de la LCSP, o de las que, dentro de las previstas en dichos artículos, se exija por el órgano de contratación en el apartado 8 del anexo I al presente pliego, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 73 de la LCSP sobre los certificados comunitarios de clasificación.

5.2 Para los contratos de servicios de presupuesto inferior a 120.202,42 euros, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y que se relacionan en el apartado 8 del anexo I al presente pliego. En el mismo apartado se especifican los criterios de selección en función de los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.

6.- Uniones temporales de empresarios.Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada

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uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP.Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación como contratistas de servicios y los últimos, su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.

7.- Jurisdicción de empresas extranjeras.Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

8.- Registro de Licitadores.El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, apoderamiento, de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad. No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso del órgano y mesas de contratación a él por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción.El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo V al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.

9.- Garantía provisional.Justificante, en su caso, de haber constituido la garantía provisional por el importe señalado en el apartado 9 del Anexo I al presente pliego, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 9.

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10.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición.También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

11.2 SOBRE Nº 2. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”.Deberá presentarse en el caso de que exista una pluralidad de criterios de adjudicación. En el caso de que haya criterios que hacen referencia a características del contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas y criterios que hacen depender su cuantificación de un juicio de de valor, en este sobre se incluirán otros dos sobres: (2-A y 2-B) con la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 7 del anexo I al presente pliego, en orden a la aplicación de los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes especificados en el apartado 6 del mismo anexo I.- SOBRE 2-A: En el sobre 2-A se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el apartado 6 del anexo I, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar.- SOBRE 2-B: En el sobre 2-B se incluirá la documentación relativa a los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes.

No existiendo duplicidad de criterios, se presentará un único Sobre 2 con la documentación técnica que se exija en el apartado 7 del anexo I.

11.3 SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA”.La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

Cláusula 12. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.Constituida la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.

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Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los criterios de selección que se establecen en el apartado 8 del anexo I al presente pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Estas circunstancias se pondrán en conocimiento de los licitadores en el acto público de apertura de las proposiciones económicas.Seguidamente, la Mesa abrirá, en su caso, el sobre número 2. “Documentación técnica”, evaluando, en su caso, en primer lugar la documentación contenida en el sobre 2-A. Si fuese necesaria una valoración técnica se enviará el sobre 2-A al servicio correspondiente al objeto de emitir informe de valoración, que se remitirá a la Mesa que dejará constancia de dicho informe en acta. Posteriormente, se procederá a evaluar la documentación contenida en el sobre 2-B, levantando acta de todo lo actuado. Igualmente si fuese necesaria una valoración técnica se enviará el sobre 2-B al servicio correspondiente al objeto de emitir informe de valoración, que también se remitirá a la Mesa que dejará constancia de dicho informe en acta. En acto público, celebrado en la fecha indicada en el anuncio de licitación, la Mesa abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica”, de las empresas admitidas, dando lectura a las ofertas y posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, las elevará con las actas y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 6 del anexo I, al órgano de contratación.Adjudicado definitivamente el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones se remitirá por correo o quedará a disposición de los interesados, lo que se les comunicará oportunamente. Si, quedando a su disposición, éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación definitiva, la Administración no estará obligada a seguir custodiándola.

Cláusula 13. Efectos de la propuesta de adjudicación.La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato por acuerdo del órgano de contratación.

CAPÍTULO IIIADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓNCláusula 14. Adjudicación provisional y definitiva del contrato.El órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que, en su conjunto, presente la oferta económicamente más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos establecidos en el apartado 6 del anexo I al presente pliego, o declarará desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación.Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 33 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes establecidos para la adjudicación del contrato. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

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Si varias empresas licitadoras que hayan empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.El adjudicatario provisional deberá acreditar ante el órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el perfil de contratante del órgano de contratación en Internet.

Dicha acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

Obligaciones tributarias:

a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes.

b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.

Además, el adjudicatario provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas.

Obligaciones con la Seguridad Social:

Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.

Asimismo, en el citado plazo de quince días hábiles se presentará la documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva así como los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

El contrato se adjudicará provisionalmente en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 96.2 b) de la

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LCSP para los expedientes calificados de urgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas.Una vez presentada la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo para la presentación de los citados documentos la adjudicación provisional se elevará a definitiva, sin perjuicio de la eventual revisión de aquélla en vía de recurso especial en materia de contratación.

Cláusula 15. Garantía definitiva.El adjudicatario provisional estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del presupuesto base de licitación, IVA excluido, según lo previsto en el apartado 12 del anexo I al presente pliego.La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el adjudicatario en el plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante del órgano de contratación en Internet. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP.La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección 1ª delCapítulo I del Título IV del Libro I de la LCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid. Si la garantía provisional se hubiese constituido en metálico o valores de Deuda Pública, será potestativo para el adjudicatario aplicar su importe a la garantía definitiva o proceder a la nueva constitución de esta última.En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su costa el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.En cuanto a la garantía complementaria prevista en el artículo 83.2 de la LCSP, se estará, en su caso, a lo dispuesto en el apartado 13 del anexo I al presente pliego, teniendo, a todos los efectos, la consideración de garantía definitiva. Podrá alcanzar, en su caso, el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato.

Cláusula 16. Seguros.El contratista, estará obligado a suscribir, con compañías que hayan sido previamente aceptadas por el órgano de contratación, las pólizas de seguros que se indican en el apartado 14 del anexo I al presente pliego, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.

Cláusula 17. Perfección y formalización del contrato.El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el órgano de contratación, formalizándose en documento administrativo dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de su adjudicación definitiva.El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar

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a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.

CAPÍTULO IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 18. Principio de riesgo y ventura.La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto por el artículo 199 de la LCSP.

Cláusula 19. Programa de trabajo.En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el apartado 15 del anexo I al presente pliego.El contratista, si procede, en el plazo que se indica en el apartado 15 del anexo I, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario del pliego de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego.El órgano de contratación resolverá sobre él, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato.Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación.Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa.

Cláusula 20. Dirección de los trabajos.La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el órgano de contratación.Son funciones del responsable del contrato o del representante del órgano de contratación:a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del contrato en cada una de sus fases.c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.d) Proponer las modificaciones que convenga introducir.e) Expedir, en su caso, las certificaciones parciales y conformar las facturas correspondientes a los trabajos realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del contrato.g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del contrato.

Cláusula 21. Plazo de ejecución.

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El plazo total y los parciales de ejecución de los trabajos a que se refiere este pliego serán los que figuran en el apartado 16 del anexo I o el que se determine en la adjudicación definitiva del contrato, siendo los plazos parciales los que se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo, en su caso.Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales pertinentes.

Cláusula 22. Prórroga del contrato.Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el contrato podrá prorrogarse, si así está previsto en el apartado 16 del Anexo I de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su término, sin que las prórrogas, consideradas aislada o conjuntamente, puedan exceder del plazo fijado originariamente, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 279 de la LCSP.La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar al período de prórroga sin que sea necesario reajustar su cuantía, salvo que junto con la prórroga se acuerde la modificación del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del RGCPCM.

Cláusula 23. Cumplimiento del plazo, y penalidades por demora y ejecución defectuosa.El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.Si los trabajos sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP.Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, para lo que se estará al apartado 16 del anexo I al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP.Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato.Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 17 del anexo I al presente pliego.Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato, o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los

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medios personales y materiales suficientes, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 17 del anexo I al presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196.1 de la LCSP.La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

Cláusula 24. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 de la LCSP.Igualmente, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

Cláusula 25. Modificación del contrato.El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el mismo cuando sean consecuencia de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 194, 195, 202 y 282 de la LCSP.

Cláusula 26. Suspensión del contrato.La Administración podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 200.5 de la LCSP. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 203 de la LCSP así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.

Cláusula 27. Cesión del contrato.Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 209 de la LCSP.

Cláusula 28. Subcontratación.El adjudicatario del contrato podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 210 de la LCSP quedando obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 211 del mismo texto legal. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.El contratista deberá comunicar a la Administración su intención de subcontratar, las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, salvo si el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación.Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra

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inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 49 de la LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.

Si así se requiere en el apartado 18 del anexo I al presente pliego, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. En este caso, si los subcontratos difieren de lo indicado en la oferta, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que efectúen la notificación y aportación de las justificaciones referidas en el párrafo anterior, salvo autorización expresa con anterioridad por la Administración o situación de emergencia justificada, excepto si la Administración notifica en ese plazo su oposición.En el apartado 18 del anexo I al presente pliego se establece, en su caso, el porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar, sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar con terceros no vinculados a él, siempre que en este caso se trate de partes del contrato susceptibles de ejecución separada. Esta obligación tendrá la consideración de condición especial de ejecución del contrato a los efectos previstos en los artículos 196.1 y 206.g) de la LCSP.La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.

CAPÍTULO V

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Cláusula 29. Abonos y relaciones valoradas.El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la Administración, a través del responsable del contrato, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 19 del anexo I al presente pliego.El responsable del contrato o el representante del órgano de contratación, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones. Las valoraciones se efectuarán siempre al origen, concretándose los trabajos realizados en el período de tiempo de que se trate, observándose, en cuanto a la audiencia del contratista, lo dispuesto en el artículo 149 del RGLCAP.Las certificaciones para el abono de los trabajos efectuados se expedirán tomando como base la valoración correspondiente y se tramitarán por el representante del órgano de contratación dentro de los diez días siguientes al período de tiempo a que correspondan, no pudiendo omitirse la redacción de la valoración por el hecho de que, en algún período, la prestación realizada haya sido de escaso volumen e incluso nula, a menos que se hubiese acordado la suspensión del contrato.Las partidas señaladas en el presupuesto a tanto alzado, se abonarán conforme se indica en el pliego de prescripciones técnicas particulares.El contratista, en la forma indicada en el apartado 19 del anexo I, previa petición escrita, tendrá derecho a percibir a la iniciación del contrato abonos a cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias para la ejecución del mismo, como instalaciones y adquisición de equipo y medios auxiliares.

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Los referidos pagos serán asegurados mediante la prestación de la garantía que se especifica en el apartado 19 del anexo I al presente pliego. Los criterios y la forma de valoración de las operaciones preparatorias, así como el plan de amortización de los abonos a cuenta se encuentran recogidos en el mencionado apartado.En el supuesto de valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, a que se refiere el artículo 200 del RGLCAP, se estará a lo dispuesto en el apartado 19 del anexo I al presente pliego.Conforme a lo dispuesto en el artículo 201 de la LCSP, y en los términos establecidos en él, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Administración conforme a Derecho.

Cláusula 30. Revisión de precios.En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 20 del anexo I del presente pliego, todo ello de conformidad con los artículos 77 a 82 de la LCSP y 104 a 106 del RGLCAP.

Cláusula 31. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.Cuando, en función del objeto del contrato, resulte obligatorio por la normativa al respecto, el contratista habrá de subrogarse como empleador de los trabajadores que se encuentren prestando el servicio objeto del contrato. En el apartado 21 del anexo I se especifica la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, en su caso. Asimismo, y a estos efectos, el contratista deberá proporcionar al órgano de contratación, a requerimiento de éste y antes de la finalización del contrato, la citada información.Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 22 del anexo I al presente Pliego.Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 14 del anexo I al presente pliego.El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 23 del anexo I al presente pliego, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

Cláusula 32. Obligaciones y responsabilidades del contratista en el supuesto de elaboración del proyecto.A los efectos de subsanación de errores y corrección de deficiencias, indemnizaciones y responsabilidades por defectos o errores de los proyectos de obras, se estará a lo dispuesto en los artículos 286 a 288 de la LCSP.

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Cláusula 33. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 de abril.La asunción de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 11 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego, sobre nº 1 “Documentación administrativa”, apartado 4 “Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”.El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la referida obligación. La acreditación del cumplimiento de la referida obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

Cláusula 34. Obligaciones laborales y sociales.El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, deseguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y la normativa reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción LRSSC y R. D.1109/2007, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.

CAPÍTULO VI

EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Cláusula 35. Forma de presentación.El adjudicatario, si procede, queda obligado a presentar los ejemplares completos del trabajo objeto del contrato que se determinan en el pliego de prescripciones técnicas particulares, con, el formato y dimensión de los documentos y planos, en su caso, que se determinan en las especificaciones de dicho pliego.En los contratos cuyo objeto consista en la elaboración de proyectos técnicos, el adjudicatario estará obligado a presentar aquéllos en el formato que se indique el citado pliego y en soporte de disco compacto CD o DVD.

Cláusula 36. Entrega de los trabajos y realización de los servicios.El contratista deberá entregar los trabajos dentro del plazo estipulado, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación

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presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción.En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas.Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular.Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligado a corregir o remediar los defectos observados.La forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación por parte de la Administración se especifica, en su caso, en el apartado 24 del anexo I.A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del organismo contratante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277.4 de la LCSP.

Cláusula 37. Cumplimiento del contrato y recepción del servicio.El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.Una vez cumplidos los trámites señalados en la cláusula anterior, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá mediante acto formal a su recepción, que tendrá lugar dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, levantándose al efecto el acta correspondiente.La forma de recepción del contrato se determina, en su caso, en el apartado 25 del anexo I.

Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el responsable del contrato o los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan.Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

Cláusula 38. Liquidación del contrato.Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción del contrato la Administración podrá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.

Cláusula 39. Propiedad de los trabajos y protección de datos de carácter personal.

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Todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad de la Universidad Carlos III de Madrid quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos.El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, éste será cedido por el contratista a la Universidad Carlos III de Madrid.El contratista, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley y especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12 y adoptará las medidas de seguridad que le correspondan según el Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.

Cláusula 40. Plazo de garantía.El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de recepción y será el establecido en el apartado 26 del anexo I al presente pliego.Durante dicho plazo la garantía definitiva responderá del concepto señalado en el artículo 88.d) de la LCSP.En el supuesto de que hubiere recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las respectivas recepciones parciales.Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado la denuncia a que se refiere el apartado anterior, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 286, 287 y 288 de la LCSP.El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.

Cláusula 41. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía que, en su caso, se determina en el apartado 26 del anexo I al presente pliego, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del RGCPCM.Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 88 de la LCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP.En el supuesto de que se hubiesen establecido recepciones parciales, se estará a lo indicado en el apartado 16 del anexo I al presente pliego respecto de la cancelación parcial de la garantía.

Cláusula 42. Resolución del contrato.

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Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, así como las siguientes:

- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.

- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer, conforme a lo establecido en la cláusula 23.

- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración.

- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, que se indican en el apartado 23 del anexo I al presente pliego.

La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 207 dela LCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 208 y 285 de la LCSP.

Cláusula 43. Prerrogativas de la Administración y Tribunales competentes.De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera del pliego, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.De acuerdo con lo previsto en el artículo 37 de la LCSP, si el contrato está sujeto a regulación armonizada o si se trata de servicios de las categorías 17 a 27 de cuantía igual o superior a la establecida para los contratos sujetos a regulación armonizada, los pliegos reguladores de la licitación, la adjudicación provisional y los demás actos y trámites adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, debiendo interponerse éste con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo.Las demás resoluciones que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas serán inmediatamente ejecutivas, poniendo fin a la vía administrativa. Contra éstas, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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El presente Pliego de Cláusulas Administrativas que ha de regir la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS ha sido aprobado por Resolución del Órgano de Contratación de esta fecha.

Getafe, a de 6 de mayo de 2009

EL RECTOR

Fdo.: Daniel Peña Sánchez de Rivera

El adjudicatario de esta contratación, (nombre o razón social)______________________________________, declara que conoce y acepta en su totalidad el contenido de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Técnicas y los Anexos que rigen esta contratación, comprometiéndose a su cumplimiento dado su carácter de documentos contractuales.

En Getafe, a______de___________________de 2009.

Fdo:

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Expt. nº: 2009/0001435Ref. Int. 2SE09PA-RA

ANEXO I

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATOTÍTULO: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS

1.- Definición del objeto del contrato.SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS

El objeto del presente contrato se define en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

Código CPV: 50720000 50730000

Categoría del contrato (Anexo II de la LCSP): 1

2.- Dirección del Órgano contratante:Universidad Carlos III de Madrid.Dirección postal: Calle Madrid, 12628903- Getafe- MADRID

3.- Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara.1) Oferta económica:Base imponible: 728.000,00 €Importe del I.V.A.: 116.480,00 €Importe total: 844.480,00 €

2) Precios unitarios:

2.1.- Precio cambio de filtro:

Precio Campus de Getafe: Base imponible: 5.000,00 €Importe del I.V.A.: 800,00 €Importe total: 5.800,00 €

Precio Campus de Leganés: Base imponible: 6.000,00 €Importe del I.V.A.: 960,00 €Importe total: 6.960,00 €

Total Campus de Getafe y Leganés: Base imponible: 11.000,00 €Importe del I.V.A.: 1.760,00 €Importe total: 12.760,00 €

2.2.- Precio hora extra: Base imponible: 24,00 € Importe del I.V.A.: 3,84 € Importe total: 27,84 €

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Crédito:El abono de las facturaciones correspondientes a los servicios se realizará con cargo a las siguientes Claves Orgánicas del Presupuesto de la Universidad:

ANUALIDAD ORGANICA PROGRAMA ECONOMICA GASTO A IMPUTAR

2009 GA20 121A 227.08 58.565,33 €2009 LA20 121A 227.08 51.893,33 €2009 LA21 121C 227.08 7.784,00 €2009 LA23 323A 227.08 11.600,00 €2009 PA20 541A 227.08 5.000,00 €TOTAL ANUALIDAD 134.842,67 €2010 GA20 121A 227.08 175.696,00 €2010 LA20 121A 227.08 155.680,00 €2010 LA21 121C 227.08 23.352,00 €2010 LA23 323A 227.08 34.800,00 €2010 PA20 541A 227.08 15.000,00 €TOTAL ANUALIDAD 404.528,00 €2011 GA20 121A 227.08 117.130,67 €2011 LA20 121A 227.08 103.786,67 €2011 LA21 121C 227.08 15.568,00 €2011 LA23 323A 227.08 23.200,00 €2011 PA20 541A 227.08 10.000,00 €TOTAL ANUALIDAD 269.685,33 €TOTAL IMPORTE 809.056,00 €

El importe de TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (35.424,00 €) correspondiente al IVA DEDUCIBLE se imputará al concepto no presupuestario 390001

Valor estimado del contrato (art. 76 LCSP): 1.456.000,00 euros (I.V.A. excluido)

4.- Contrato sujeto a regulación armonizada: Si

5.- Procedimiento de adjudicación.Tramitación: ordinariaProcedimiento: abiertoPluralidad de criterios de adjudicación

6.- Criterios de adjudicación que pueden valorarse:

6.- Criterios de adjudicación que pueden valorarse:

A) RESUMEN GENERAL.La adjudicación del presente concurso se realizará de acuerdo con los criterios y puntuaciones que se indican en el Resumen General y que se desglosan y explican en los siguientes apartados.

Nº CRITERIO VALORACION

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1 Oferta económica 57 puntos2 Oferta económica precios 8 puntos3 Mejoras pliego técnico 3 puntos4 Plan de trabajo 32 puntos

B) EXPLICACION INDIVIDUALIZADA DE CADA CRITERIO.

6.1 Criterios basados en cifras o porcentajes:

Criterio 1 Oferta económica. (0-57 puntos).

Cada una de las ofertas que haya sido admitida a licitación, se valorará cuantitativamente en función del porcentaje de baja respecto al Presupuesto de licitación.

El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se realizará interpolando linealmente las mismas en una recta definida por los siguientes puntos: La oferta más económica, a la que se otorgarán 57 Puntos. Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la

siguiente fórmula:

Puntuación OV = 57 x OB . OV + (1,5 x (OV-OB))

OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

A efectos de cálculo de la proposición económica, las bajas se expresarán en porcentaje. Todas las puntuaciones se redondearán al primer decimal.

Las ofertas situadas a una distancia superior a la de la media de bajas menos diez puntos porcentuales pueden ser consideradas proposiciones desproporcionadas o anormales, y se les dará el tratamiento legal previsto en la L.C.S.P. al objeto de determinar si dichas ofertas pueden o no ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.

Criterio 2 Oferta económica precios (0-8)

2.1 Precios de Cambio de filtros 0 a 4 puntos.Se utilizará para el cálculo la oferta de precio “Total para Campus de Getafe y Leganés”.

El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas de precios de cambio de filtros se realizará interpolando linealmente las mismas en una recta definida por los siguientes puntos: La oferta más económica, a la que se otorgarán 4 Puntos. Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la

siguiente fórmula:

Puntuación OV = 4 x OB . OV + (1,5 x (OV-OB))

OV: Oferta que se valora

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OB: Oferta más económica

A efectos de cálculo de la proposición económica, las bajas se expresarán en porcentaje. Todas las puntuaciones se redondearán al primer decimal.

2.2 Precio de hora extraordinaria 0 a 4 puntos

El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas de precios de hora extraordinaria se realizará interpolando linealmente las mismas en una recta definida por los siguientes puntos: La oferta más económica, a la que se otorgarán 4 Puntos. Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la

siguiente fórmula:

Puntuación OV = 4 x OB . OV + (1,5 x (OV-OB))

OV: Oferta que se valoraOB: Oferta más económica

A efectos de cálculo de la proposición económica, las bajas se expresarán en porcentaje. Todas las puntuaciones se redondearán al primer decimal.

Criterio 3 Mejoras pliego técnico. (0-3 puntos). Se entienden por mejoras aquellas actuaciones adicionales a las presentes en el pliego de prescripciones técnicas, que presente la empresa ofertante para ejecutarlas a su costa, con objeto de complementar el pliego adjunto.No se puntuarán aquellas mejoras sin su correspondiente valoración ni sin indicación de la fecha en que se harán efectivas.En ningún caso se aceptarán unidades que sustituyan a las descritas en el pliego técnico adjunto.Estas mejoras deberán presentarse valoradas, no puntuándose aquellas mejoras cuyo coste supere un 3% del presupuesto de licitación, ni aquellas que no respondan a lo expresado en este criterio (prestaciones distintas a las contenidas en el PPTP o que complementen el pliego adjunto, mejorando sus prestaciones).

En el caso de que, cumplido el plazo señalado en la oferta, el adjudicatario no hubiese hecho efectiva la mejora, la Universidad exigirá que se haga efectivo a su favor el importe en que se valoraron.

Las mejoras que sean procedentes respecto al objeto del contrato, según lo indicado, se valorarán de cero a tres puntos (0-3), de modo proporcional al precio de licitación, según se especifica a continuación:

Porcentaje de valor de las mejoras respecto del precio de licitación

Puntos

3 % 30% -3% ProporcionalmenteSin mejoras (0 %) 0

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6.2 Criterios basados en juicios de valor:

Criterio 4 Plan de trabajo (0-32 puntos).

Describirá los procesos de ejecución de todas las actividades del servicio de mantenimiento de instalaciones de climatización y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realistas del mismo, tanto en su planificación espacial como temporal, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos y las prescripciones establecidas por la Universidad en este pliego.Deberá explicitar las bases legales y técnicas que fundamentan el Plan y su concreta aplicación a las instalaciones objeto del servicio.El Plan contendrá un análisis completo del proceso de realización de todo el Servicio de mantenimiento de instalaciones de climatización.Como mínimo, se debe explicitar lo siguiente:

4.1.- Organización del servicio Total 8 Puntos: Organización del Servicio. Concepción global. Descripción de todas las actividades a ejecutar. Bases legales, técnicas y económicas que fundamentan el Plan. Justificación de

cumplimiento de la Normativa. Memoria y justificación de la oferta económica Planificación de las actividades según su frecuencia. Sistema de trabajo, equipos y

rendimientos. Medios materiales y humanos empleados. Instalaciones de la empresa en la Comunidad de Madrid. Existencia de Delegación.

Descripción de su organización, composición y sistemas de trabajo. Descripción del apoyo al Servicio desde los Servicios Centrales y Provinciales de la empresa. Sistema de control de calidad del servicio y su documentación, justificación y seguimiento ante la Universidad. Nivel de rotación del personal de la empresa. Descripción del Plan de fidelización y carrera profesional del personal.

4.2.- Transición y puesta en marcha del servicio Total 8 Puntos:Al objeto de asegurar una perfecta transición entre la actual empresa prestadora del servicio y la nueva, en caso de que resultase adjudicataria otra diferente, se valorará:

Procedimiento previsto tendente a garantizar la continuación de la prestación del servicio por el nuevo titular.

Experiencia del personal asignado a la prestación del servicio en equipos e instalaciones iguales o similares a los instalados en la Universidad. A tal efecto deberá indicar: responsables y mandos del Servicio aportando su C.V. y personal responsable del mantenimiento: C.V. y cualificación profesional.

4.3.- Planificación del servicio Total 8 Puntos: Plan de seguridad y salud específico para el Servicio. Análisis de la necesidad de acopio. Relación de fuentes de suministro. Relación de las unidades o partes del Servicio que realizará bajo subcontratación,

indicando la o las empresas con las que se prevé suscribir dicha subcontratación, aportando compromiso.

Se valorarán las propuestas que incrementen la automatización y flexibilidad del Servicio y propongan sistemas de trabajo que se amolden a la actividad de la Universidad e incre-menten la calidad de la prestación y su autocontrol, documentación, justificación y segui-miento.

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4.4.- Control del servicio Total 8 Puntos: Sistema de control de los trabajos realizados. Documentación, justificación y seguimiento

ante la Universidad Sistemas que generen indicadores de calidad de servicio Programas encaminados a la mejora continua. Implementación de sistemas de gestión de incidencias.Se valorarán las propuestas que incrementen la fiscalización y control de calidad del servicio prestado. Mediante encuestas de satisfacción a usuarios

7.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación del contrato:

El contratista presentará la documentación que acredite el cumplimiento de lo requisitos mínimos contenidos en el pliego, quedando excluidos aquellos licitadores cuyas ofertas no cumplan las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.Igualmente presentará documentación sobre los aspectos incluidos en los criterios de adjudicación y ponderación. Se acompañará cualquier documentación que considere necesaria en relación con los criterios de adjudicación.

En concreto, debe presentar:

- SOBRE 2: Sobre 2-A:

o La documentación que contenga el Plan de Mantenimiento.

Sobre 2-B:o La documentación en que se recojan las mejoras ofertadas.

- SOBRE 3: La oferta económica conforme al Anexo II.

8.-CLASIFICACIÓN O SOLVENCIAS ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA.Clasificación exigida: P, 3, C.

9.- Garantía provisional.Procede: NO.

10.- Obtención de los pliegos y documentación complementaria.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de los pliegos y documentación complementaria: al menos, con un día de antelación.Número de días de antelación a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas para solicitud de información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: al menos, con antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación.

11.- Admisibilidad de variantes.Procede: NO.

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12.- Garantía definitiva.Procede: SÍImporte: 5 % del importe de adjudicación

13.- Garantía complementaria (artículo 83.2 de la LCSP).Procede: NO.

14.- Pólizas de seguros.Procede: Las que se exijan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

15.- Programa de trabajo.Obligación de presentar un programa de trabajo: Se indica, en su caso, en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

16.- Plazo de ejecución.Plazo total: 24 meses

Plazos parciales: NO

Procede la prórroga del contrato: SÍ

Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 48 meses

17.- Penalidades.Además de las previstas con carácter general en la Cláusula 23, serán aplicables las que, en su caso, se establezcan en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

18.- Subcontratación.PROCEDE: Sí

19.- Régimen de pagos.Pagos parciales: NOAbonos a cuenta por operaciones preparatorias: no proceden.El importe del contrato se abonará una vez realizadas las prestaciones que constituyen el objeto del mismo, en los términos que a continuación se expresan:

Se presentará una factura por Campus. La facturación será mensual.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a favor del adjudicatario, previa presentación de las facturas correspondientes, una vez conformadas por el Servicio correspondiente.

20.- Revisión de precios.Procede: SíMétodo o sistema para la aplicación del índice de revisión: a partir del segundo año de ejecución del contrato y ejecutado en un 20 %, de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al Consumo del año anterior publicado por el Instituto Nacional de Estadística, no pudiendo ser esta revisión superior al 85 % de variación experimentada por el IPC, siempre que se haya dado cumplimiento a lo previsto en el art. 77 de la LCSP.

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21.- Información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación:No procede.

22.- Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación: 2.500,00 euros.

23.- Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista:El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este documento, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación.

24.- Forma de constatación por la Universidad de la correcta ejecución del contrato:La Universidad se reserva la facultad de supervisión del contrato durante su ejecución.

25.- Forma de recepción del contrato:De conformidad con lo establecido en el artículo 205 LCSP.

26- Plazo de garantía: Dos meses.

ANEXO II

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MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª............................................................................., con DNI número .................................... [en nombre propio] [actuando en representación de (empresa)…........................], con CIF/NIF ............................., domicilio en ……..................................................................... calle/plaza .............................................................................., número.................., consultado el anuncio de licitación del contrato de: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS, publicado en el BOE Nº ............. del día................. de.............. de............. y enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las siguientes condiciones:

1) Oferta económica:

-PARA EL PLAZO DE DURACIÓN TOTAL DEL CONTRATO: 2 AÑOS-

Precio total (BASE IMPONIBLE):____________________________________EUROS IMPORTE DEL I.V.A: ____________________________________________ EUROS IMPORTE TOTAL (base imponible más I.V.A.): ______________________ EUROS

2) Precios unitarios (IVA excluido):

2.1 Precio cambio de filtro Precio Campus de Getafe: Base imponible: __________________ €

Importe del I.V.A.: ________________ €

Precio Campus de Leganés: Base imponible: ___________________ €Importe del I.V.A.: _________________ €

Total Campus de Getafe y Leganés: Base imponible: __________________ €Importe del I.V.A.: _______________ €

2.2 Precio hora extra (BASE IMPONIBLE) ___________________________ EUROS Importe del I.V.A. _____________________________________________ EUROS

En estas cantidades se incluyen todos los posibles gastos así como cualquier impuesto, tasa o gravamen que sea de aplicación al presente contrato, excluido el Impuesto del Valor añadido que se reflejará como partida independiente.

(lugar, fecha, sello y firma del apoderado de la empresa).

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA OFERTA ECONÓMICA

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1ª) LAS EMPRESAS RELLENARAN LA OFERTA ECONOMICA DE ACUERDO CON ESTE MODELO.

2ª) LA OFERTA ECONOMICA SE REALIZA A LA BAJA Y NO PODRÁ SUPERAR EL IMPORTE DEL PRECIO TIPO DE LICITACIÓN, NI DE LOS PRECIOS UNITARIOS DE LICITACIÓN.

3ª) DEBEN INDICARSE TODAS LAS CANTIDADES EN LETRA Y NÚMERO Y EN EUROS, CON INCLUSIÓN DE LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A CUALQUIER IMPUESTO, TASA O GASTO QUE SEA DE APLICACIÓN AL PRESENTE CONTRATO TENIENDO LA CONSIDERACIÓN DE PRECIOS TOTALES, EXCLUIDO EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.) QUE SE REFLEJARÁ COMO PARTIDA INDEPENDIENTE,.

4ª) LOS EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA QUE CONCURSEN, CUMPLIMENTARÁN SUS OFERTAS ECONOMICAS CONFORME A ESTE MODELO INCLUYENDO EN EL MISMO O EN DOCUMENTO APARTE SU DECLARACIÓN SOLEMNE DE SOMETERSE A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA TODAS LAS INCIDENCIAS QUE DE MODO DIRECTO O INDIRECTO PUDIERAN SURGIR DEL CONTRATO.

5º) EL NO PRESENTAR LA OFERTA ECONÓMICA AJUSTADA A ESTE MODELO Y A LAS INSTRUCCIONES QUE EN EL MISMO FIGURAN, PODRÁ DAR LUGAR A SU DESESTIMACIÓN.

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ANEXO IIIMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS

EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE ………..………en nombre propio o en representación de la empresa …………………..…………………,con CIF nº ….……………, en calidad de ……………………...…………………....……

DECLARA:I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en la misma, en la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid.

II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.

En ……………………………………, a …….. de …………………….. de ….

Fdo.:

Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 62 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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ANEXO IVMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE

TENER CONTRATADOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

D./Dña………………… , en nombre propio o en representación de la empresa ………… con C.I.F. nº ….………………, en calidad de ………………………………………….....

DECLARA:

Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril.

Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.

En .............................,a ....... de ....................de 2.......

Firmado:

Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.

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ANEXO V

MODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DEVIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES 1

D./D.ª .................................................................... en calidad de 2 ..........................................con DNI / NIE n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de laempresa ................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en elRegistro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, con el n.º .......,al objeto de participar en la contratación denominada …......................……………………, convocada por la Universidad Carlos III de Madrid,

DECLARA:3

A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.

B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.

Datos que han sufrido variación:Documentación justificativa que se adjunta:

En ................................., a ....... de .......................... de 200...

Fdo:1 1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación para empresas inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid.2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.3 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN Y OFICIOS VARIOS

PARA LOS CAMPUS DE GETAFE Y LEGANÉS

1. REQUISITOS GENERALES2. VISITA3. RELACIÓN DE EQUIPOS A MANTENER4. RELACIÓN DE ELEMENTOS CONSUMIBLES INCLUIDOS EN EL

CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO MÍNIMO DEL PERSONAL.

5. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO

1.- REQUISITOS GENERALES.

- Están incluidos en este contrato todos los edificios de la Universidad Carlos III de Madrid en los Campus de Getafe y Leganés (incluidos en este último Parque Tecnológico de Leganés y Avda. del Mediterráneo en Leganés), a excepción de las cafeterías y de los polideportivos

Los plazos y contenidos de las actuaciones de mantenimiento en este ámbito están basados en los contenidos del Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE).

- Presencia continua en turnos de mañana y tarde, en los campus, de acuerdo con los siguientes turnos y horarios:

Campus de Getafe

Horario de prestación del servicio de 07:00 a 22:00 de lunes a Viernesde 07:00 a 15:00 Sábados

Dotación de personal 1 jefe de equipo jornada de 8 horas4 Oficiales en jornada de 8 horas

Mes de agostoHorario de prestación del servicio de 07:00 a 17:00 de lunes a Viernes

de 07:00 a 15:00 SábadosDotación de personal 1 jefe de equipo jornada de 8 horas

3 Oficiales en jornada de 8 horas

Campus de Leganés

Horario de prestación del servicio de 07:00 a 22:00 de lunes a Viernesde 07:00 a 15:00 Sábados

Dotación de personal 1 jefe de equipo jornada de 8 horas5 Oficiales en jornada de 8 horas

Mes de agostoHorario de prestación del servicio de 07:00 a 17:00 de lunes a Viernes

de 07:00 a 15:00 Sábados

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Dotación de personal 1 jefe de equipo jornada de 8 horas3 Oficiales en jornada de 8 horas

El servicio en el edificio de la Avda. del Mediterráneo y en el edificio del Parque Tecnológico se concretará dependiendo de las necesidades de dichos edificios a criterio de la Universidad Carlos III de Madrid.Estos horarios pueden ser modificados según necesidades del servicio a criterio de los Responsables de Mantenimiento.

- Uno de los oficiales de mantenimiento ejercerá como Jefe de Equipo y será el contacto entre el Jefe de Mantenimiento del campus y los oficiales de mantenimiento. Coordinará y supervisará todos los trabajos de los oficiales

- Estos horarios podrán ser modificados por el Responsable de Campus previo aviso a la empresa adjudicataria.

- El período de disfrute de las vacaciones anuales de los oficiales de mantenimiento destacados en la instalación, estará comprendido entre el uno de junio y el treinta de septiembre de cada año. En el mes de mayo se presentará un cuadrante de vacaciones al coordinador de mantenimiento, que deberá ser aprobado por este antes de ser aplicado. Una vez aprobado, la empresa comunicará con 15 días de anticipación al comienzo de las vacaciones del primer oficial, el currículum de el/los sustitutos que cubrirán dichos periodos. Los oficiales sustitutos cumplirán con los requisitos indicados en el punto 12, permaneciendo estables en la instalación mientras la necesidad de sustitución no desaparezca. Hay que tener en cuenta que al menos el 50% de la plantilla durante los meses de vacaciones tiene que ser conocedora de la instalación.

Las vacaciones, permisos, licencias y demás beneficios sociales de los trabajadores, correrán a cargo de la empresa adjudicataria, debiendo esta cubrir estas plazas en el mínimo tiempo posible.

El servicio no cubierto por ausencias de corta duración, pasará a engrosar la bolsa de horas para trabajos extraordinarios

- En los meses de invierno, el horario de entrada de uno de los oficiales de mantenimiento del turno de mañana se adecuará a una posible ampliación del horario de calefacción. El Jefe de Mantenimiento de Campus podrá requerir a este oficial que arranque la instalación de calefacción los domingos por la noche, si las condiciones termo-higrométricas lo aconsejaran.

- En caso de puesta en marcha nuevas instalaciones en la Universidad la empresa mantenedora tendrá que colaborar para realizar dicha puesta en marcha. Esta labor se realizará con personal externo y realizará los protocolos de puesta en marcha pactados con el coordinador de mantenimiento.

OBLIGACIONES DE LOS OFICIALES DE MANTENIMIENTO

Las obligaciones del personal de mantenimiento de la contrata de climatización, destacado en la Universidad Carlos III, serán las siguientes:

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1. Conducción diaria de las instalaciones realización de rutas diarias por las instalaciones a su cargo desde el puesto central de control, atendiendo los horarios y consignas provenientes del Jefe de Mantenimiento de Campus.

1. Cumplimiento del Plan de Mantenimiento Integral en los capítulos siguientes:Instalación de Climatización.

Instalaciones hidráulicas (Agua Caliente Sanitaria saneamiento y PCI).

2. Actuaciones de mantenimiento correctivo indicadas por el Jefe de Mantenimiento de Campus sobre las instalaciones mencionadas en el punto 2, además de incluir las de Oficios Varios. Además de las actuaciones que vienen las reflejadas en el plan de mantenimiento de campus.

3. Ejecución del parte diario de incidencias, y cuantas medidas de los distintos parámetros fueran requeridas por el Jefe de Mantenimiento de Campus.

4. Ejecución de las incidencias de oficios varios (cerrajería, carpintería etc…) según partes de incidencias remitidos por el centro de atención de usuarios CASO de mantenimiento

5. Realización de ejercicios periódicos de PCI, evacuación etc. Según marque las necesidades de la Universidad

2. Atención a los avisos de avería provenientes del equipo de seguridad y del centro de resolución de incidencias de mantenimiento dentro de la jornada laboral a través del teléfono móvil, que será suministrado por la Universidad Carlos III de Madrid.

3. Los oficiales de mantenimiento tendrán la obligación de colaborar con las empresas externas que vengan a hacer trabajos en el campus siguiendo las directrices de los jefes de Mantenimiento, prestando especial atención a los equipos de producción de frió y calor

4. Los oficiales de mantenimiento tendrán que recoger los datos de concentración de biocida de las torres de refrigeración

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

Las obligaciones de la empresa adjudicataria del servicio serán las siguientes:

1. Comunicar semestralmente los precios de hora normal extra, nocturna y festiva, para la realización de los trabajos de mantenimiento correctivo o conducciones intempestivas que se pudieran presentar, de acuerdo con el Convenio Colectivo en vigor.

2. El interlocutor responsable de la instalación por parte de la empresa adjudicataria del servicio será un titulado de grado medio, que visitará con una frecuencia como mínimo mensual la instalación, despachando con el Responsable de Mantenimiento del Campus. Con carácter bimensual elaborará un informe, que deberá incluir los siguientes temas:

- Consumos eléctricos, gas, etc.- Mejoras, reformas etc. Estas mejoras y reformas se valorarán económicamente.- Estado y parámetros de funcionamiento.

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- Relación de avisos de usuarios, sistematizándolos.- Otros.

Este informe será entregado tanto al Coordinador de Mantenimiento como al Responsable de Mantenimiento del Campus de correspondiente. Estos informes se adjuntarán a la factura mensual correspondiente y serán pasados por el Registro General del Campus. Será condición indispensable haber presentado estos informes para poder presentar esas facturas, y para su posterior certificación.

3. La empresa adjudicataria del servicio suscribirá un contrato de mantenimiento con la empresa fabricante de los equipos de producción calor y vasos de expansión automáticos. Los trabajos especificados en este contrato harán referencia a regulación y puestas a punto. Este contrato será presentado al coordinador de mantenimiento de la Universidad Carlos III en un plazo no superior a 60 días, contados tras la fecha de adjudicación del contrato. La limpieza de calderas lo realizará la empresa adjudicataria de este pliego, con personal externo al de la instalación, durante el mes de agosto. A la finalización de esta operación se redactará un albarán. Las operaciones de regulación de las calderas se realizará durante el mes de agosto y se redactará un albarán que deberá ser conformado por el Jefe de Mantenimiento de Campus. Estos albaranes se adjuntarán en la factura de septiembre Será condición indispensable el adjuntar dichos albaranes en la factura de septiembre para su posterior certificación y abono. La fecha límite para la ejecución de estas tareas será anterior al 15 de septiembre.

4. La empresa adjudicataria contratará un servicio de mantenimiento con una empresa autorizada para manipular instalaciones de gas. Esta empresa realizará dos revisiones de la instalación de gas, una a principio de temporada en el mes de septiembre y otra al final en el mes de mayo. Durante estas revisiones se repararán las anomalías detectadas previa información a los Jefes de Mantenimiento. Se entregarán albaranes de las revisiones y serán necesario presentarlos para el abono de las facturas de septiembre y mayo.

5. La empresa adjudicataria del servicio suscribirá un contrato de mantenimiento con la empresa mantenedora de bombas de achique. Tendrán la obligación de una revisión anual incorporando al informe del mes correspondiente detalle de dicha revisión así como una albarán que justifique dicha revisión

6. Aunque la Universidad contratará aparte el mantenimiento y puesta a punto de las unidades de producción de frío, la empresa adjudicataria de este servicio, esta obligada a prestar colaboración en aquellas tareas que los Jefes de Mantenimiento estimen oportunas, para el correcto funcionamiento de los equipos de producción de frío. Tanto en las revisiones como en las tareas diarias.

7. El cambio de filtros de climatizadores fancoil y demás unidades de tratamiento de aíre no está incluido en el precio del contrato de mantenimiento valorándolo mediante oferta independiente (la valoración de este punto se incluirá en los criterios de valoración del contrato) Todo ello sin menoscabo de proceder a realizar cambios de filtros en aquellas situaciones donde sea aconsejable Para la valoración de este punto se tendrá en cuenta el siguiente desglose:

Leganés:Unas 260 horas (por cambio)

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6 ROLLOS FINOS PARA FAN-COIL DE 1,5 m X 40 m8 ROLLOS GRUESOS PARA CLIMATIZADORES DE 2 m X 30 mLos filtros de bolsa que utilizamos son los siguientes:Filtros de Climatizadores BOLSAS 90% DRI-PAK 24X24X25"Filtros de Climatizadores BOLSAS 90% DRI-PAK 12X24X25

Getafe: Unas 300 horas (por cambio)8 ROLLOS FINOS PARA FAN-COIL DE 1,5 m X 40 m10 ROLLOS GRUESOS PARA CLIMATIZADORES DE 2 m X 30 m

Para el control de ejecución de este trabajo se realizará mediante albaranes firmados por los responsables de Campus Este trabajo tendrá factura aparte

8. El Jefe de Mantenimiento de Campus podrá modificar el calendario de cualquier actuación de mantenimiento, en caso de que afecte a actividades académicas o sea incompatible con el normal funcionamiento de la Universidad.

9. La Universidad Carlos III considerará incluida en la oferta la cantidad de Trescientas (300 horas bianuales) horas extras en dos años para atender los períodos de prestación del servicio de climatización e instalaciones hidráulicas fuera de los horarios establecidos o realización de otros trabajos. La gestión de estas horas se realizará por parte del Jefe de Mantenimiento de Campus. Se dará aviso previo a la empresa adjudicataria. Cada vez que se utilicen estas horas se deberá redactar un albarán, que será conformado por el Jefe de Mantenimiento de Campus. La empresa adjudicataria estará obligada a informal mensualmente al Jefe de Mantenimiento de Campus del saldo restante de horas extras. Una vez superadas las Trescientas (300 horas bianuales) horas, se procederá a su facturación mensual. Las horas extras no facturadas en el mes posterior a su ejecución no serán certificadas por el Jefe de Mantenimiento de Campus.

10. La empresa adjudicataria pondrá a disposición de la Universidad Carlos III un teléfono móvil de atención continua (24 horas, 365 días), atendido por uno de los oficiales destacados en este Campus, para los avisos urgentes en los ámbitos de mantenimiento objetos del presente pliego. El tiempo de respuesta garantizado ha de ser inferior a una (1) hora.

11. La empresa adjudicataria está obligada a dar la formación necesaria a los oficiales de mantenimiento con el objeto de cumplir la normativa, incluida la referente al control de biocida en agua de torres además de la que se modifique durante la vigencia del presente pliego. Para ello presentará un programa de formación.

La empresa adjudicataria equipará a los oficiales de mantenimiento destacados en la Universidad Carlos III de cuantos equipos, herramientas, útiles, aparatos de medida, etc. fueran necesarios para realizar las operaciones descritas en este Plan de Mantenimiento que fueran de su competencia. Se adjunta un anexo con la relación mínima de herramientas. También se adjunta una relación de consumibles incluidos en el contrato de mantenimiento

12. La empresa adjudicataria deberá certificar que los operarios de mantenimiento destacados en la Universidad tienen la siguiente cualificación mínima:

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Jefe de Equipo:

.- Oficial de 1ª Electricista con 4 años de experiencia

.- Experiencia de 4 años en sistema de control Honeywell con equipos serie Excel o similar

.- Experiencia de 3 años demostrable en dirigir equipos humanos

.- Carnet de instalador o de mantenedor electricista

Oficial electricista

.- Oficial de 1ª Electricista con 2 años de experiencia

.- Experiencia de 2 años en sistema de control Honeywell con equipos serie Excel o similar

.- Carnet de instalador o de mantenedor electricista

Oficial Frigorista

.- Oficial de 1ª Electricista con 2 años de experiencia

.- Experiencia de 2 años en sistema de control Honeywell con equipos serie Excel o similar

.- Carnet de instalador o de mantenedor frigorista

Oficial Fontanero

.- Oficial de 1ª Fontanero con 3 años de experiencia

.- Experiencia de 3 años en sistema de control Honeywell con equipos serie Excel o similar

.- Carnet de instalador fontanero

Todos ellos tendrán, conocimientos de ofimática a nivel de usuarios y cuenta de correo electrónico

La universidad se reserva el derecho de admitir al personal. Una vez ofertado se tiene que garantizar durante al menos 6 meses el mantenimiento de la plantilla ofertada. La sustitución del personal tendrá que cumplir los requisitos de la oferta

La experiencia se demostrará mediante contratos

13. Incorporaciones y bajas del personal de mantenimiento:- El personal destacado en la Universidad Carlos III sólo podrá ser cambiado

con la aprobación del coordinador de Mantenimiento.- Cualquier baja en la plantilla deberá ser comunicada por la empresa con

suficiente anticipación al Coordinador de Mantenimiento.- La incorporación de nuevo personal de mantenimiento cumplirá con lo

especificado en el punto 12, para lo cual se hará llegar el currículum del candidato con suficiente anticipación al Coordinador de Mantenimiento.

14. La empresa adjudicataria del contrato estará obligada a prestar todos los servicios solicitados por la Universidad Carlos III de Madrid con motivo de la celebración de actos en el Auditorio Padre Soler. Para poder realizar dichas tareas se establece un

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número de 325 horas extra/ año para tal fin. Estas horas destinadas a actos se realizan fuera de los horarios habituales generalmente durante los fines de semana y festivos

15. La empresa adjudicataria entregará un plan de mantenimiento de las instalaciones en un plazo inferior a 3 meses, para cada uno de los campus. Este plan tendrá que tener soporte informático y se colgará dentro de las aplicaciones de la unidad Técnica de Obras y Mantenimiento. Este plan tendrá que estar aprobado por el coordinador de mantenimiento para su aplicación posterior siguiendo las directrices de los jefes de Mantenimiento de Campus. En el plan figurará:

a) fichas de revisión diarias (Personas y turnos)b) Check-point de los equipos (semanal) c) Cumplimentación de las gamas de revisión quinquenal, mensual y bimensual o

semestral.Toda esta información puede ser vista en fichero informático por la UTOM y debe

ser cumplimentada, con periodicidad diaria y/o semanal en los dos primeros casos y en los restantes no podrá tener un retraso mayor a una semana para los quinquenales, mensuales y bimensuales ni mayor de 15 días para el semestral.

El incumplimiento de este punto puede suponer una penalización del 20 % de la facturación del mes correspondiente

16. La empresa adjudicataria de este servicio estará obligada a tomar medida de todos los parámetros que marque la ley en referencia a la cantidad de biocida en agua de torres informando de sus valores, quedando reflejado en el parte diario de mantenimiento.

17. La empresa adjudicataria pondrá a disposición de la Universidad un encargado de instalaciones cuya presencia será de una visita mensual y de una duración mínima de tres horas elaborando un parte de visita que se entregará al Responsable del Campus Este encargado tendrá una experiencia demostrable en otros servicios similares a este con conocimientos expresos en instalaciones de climatización

18. Todos los operarios de mantenimiento están obligados a realizar un control diario de presencia. La empresa adjudicataria está obligada a instalar un sistema de control o fichaje electrónico de presencia del personal. Este sistema debe generar informes (diarios y también con la periodicidad que determine la Universidad), así como sobre las horas extras que se realicen y su motivo. Los informes se generarán en los ordenadores del Responsable de Mantenimiento de la Universidad. La empresa concesionaria deberá informar inmediatamente a la Universidad de los cambios que se produzcan en el personal. La empresa está obligada a cubrir con otra persona las bajas por enfermedad superiores a dos días. El resto de bajas se cubrirá de forma inmediata.

CUADRANTE DE DOCUMENTOA ADJUNTOS A LA FACTURA

Mes Documentación Mes DocumentaciónENERO Precio de hora JULIO Precio de horaFEBRERO Informe

mantenimientoAGOSTO Informe

mantenimientoMARZO Informe

mantenimientoSEPTIEMBRE Albaranes de gas y

limpieza de calderas

ABRIL Informe OCTUBRE Informe

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mantenimiento mantenimientoMAYO Albaranes de gas y

de filtrosNOVIEMBRE Albarán de filtros

JUNIO Informe mantenimiento junto con el de bombas de achique

DICIEMBRE Informe mantenimiento

REQUISITOS

La empresa adjudicataria tendrá que certificar un cumplimiento del 95% de las órdenes de trabajo correctivo dentro de los plazos fijados por el Responsable del campus El incumplimiento de este punto supondrá una penalización del 2% del importe de facturación del mes y del campus correspondiente

La empresa adjudicataria tendrá que certificar un cumplimiento del 95% del plan de mantenimiento entregado según punto 15 de las obligaciones de la empresa adjudicataria. El incumplimiento de este punto supondrá una penalización del 2% del importe de facturación del mes y del campus correspondiente

Redacción y entrega por registro dentro de los diez primeros días laborales del mes siguiente, de un informe de seguimiento del estado de los trabajos (véase contenido mínimo en el anexo I). Cada día de retraso en la entrega del informe significará un 0,5 % de reducción de la factura del mes y campus correspondiente

En caso de que no se cumplan los requisitos respecto al perfil de los oficiales de mantenimiento o a la no presencia de los mismos se penalizaría en función de la parte proporcional del servicio no prestado

Cualquier otro incumplimiento se aplicará la clausula 23 del pliego administrativo

2.- Visita

1.1. Se realizará una visita a cada Campus con objeto de que los concursantes interesados puedan ver la parte de las instalaciones y equipos incluidos en este concurso que no estén a la vista en una visita libre a la zona pública. La duración de esta visita será la estrictamente necesaria para su realización y, en todo caso, no sobrepasará una hora.

1.2. Posteriormente a estas visitas, se celebrará una reunión con los concursantes para atender dudas, cuya duración se limitará a un máximo de 1 hora.

1.3. En ambos casos, las visitas y la asistencia a reunión se limita a una persona por empresa concursante interesada.

1.4. Las fechas, lugares y horas de convocatoria de visitas y reuniones se anuncian en la página web de la Unidad Técnica de Obras y Mantenimiento de la Universidad Carlos III (TABLÓN DE ANUNCIOS)

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http://turan.uc3m.es/uc3m/serv/OM/tablonanuncio.html, posteriormente a la publicación del concurso en el BOE.

1.5. No se podrán tomar fotos.

1.6. Los concursantes interesados deben solicitar la visita al correo indicado en el concurso ([email protected]). También deben identificar en el correo y en la reunión la persona que asistirá, presentando su acreditación (DNI y tarjeta de empresa con cargo u otra justificación suficiente).

3.- Relación de equipos a mantener

CAMPUS DE GETAFE

CENTRAL TERMICA- Una (1) planta enfriadora de agua condensada por agua, marca CARRIER, modelo

30HR 280, de referencia PE-1, incluyendo panel remoto de control.- Una (1) planta enfriadora de agua condensada por agua, marca CARRIER, modelo

30HR 250, de referencia PE-2, incluyendo panel remoto de control.- Seis (6) calderas de calefacción de hogar en sobrepresión, marca CEDIC, modelo

BTR-435, de referencia C1 a C6, incluyendo panel de control.- Seis (6) rampas de gas para las calderas anteriores, formado cada uno de ellos por:

o Electro-válvula de gaso Estabilizador de presión de gaso Manómetro de presión de gaso Filtro de gas y llave de bolao Aparato de control de estanqueidad.

- Una (1) torre de refrigeración, marca APAREL, modelo MSI 25, de referencia T-1.- Una (1) torre de refrigeración, marca APAREL, modelo MSI 23, de referencia T-2.- Dos (2) vasos de expansión, cerrados, con compresor de aire, marca REFLEX,

modelo R-100 de 1000 l. de capacidad, para el circuito de agua caliente, de referencia VEL 1/2.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, sin compresor de aire bajo plenun de nitrógeno, marca REFLEX, modelo E-1000, de 1000 l. de capacidad, para el circuito de agua refrigerada, de referencia LEF-1.

- Seis (6) vasos de expansión, cerrados para calderas, marca REFLEX, modelo H-12 de 10 l. de capacidad, de referencia VE 1/2.

- Dos (2) bombas sobre bancada para agua de condensación, referencia BT-1, marca WILO, modelo N-100/26-19/4.

- Una (1) bomba sobre bancada para agua de condensación, referencia BT-2, marca WILO, modelo N-100/20-11/4.

- Doce (12) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140R, para circuito anillo caliente, referencia BAC1/6.

- Tres (3) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA9054 B5 DOS-50/140R de 1,1 kw, para circuito primario calor, ref. BPF 1/3.

- Dos (2) bombas sobre bancada, para anillo de frío, de referencia BAF-1, marca WILO modelo N-100/20-7,5/4.

- Dos (2) bombas sobre bancada, para anillo de frío, de referencia BAF-2 marca WILO mod. N-100/120-7,5/4.

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- Cuatro (4) bombas sobre bancada, para circuito secundario de frío, ref. B5F113, marca WILO, mod. N80/26-7,5/4, con variador de frecuencia.

- Tres (3) bombas sobre bancada, para circuito secundario de calor, ref. B5F112, marca WILO, mod. N80/26-7,5/4, con variador de frecuencia.

- Siete (7) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de recuperación en unidades UTA, marca WILO, mod. AS-30/100 R.

- Un (1) detector de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo válvula solenoide de corte.

- Seis (6) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Un (1) sistema de distribución de agua fría y caliente, formado por tubería negra soldada DIN 2440 (y tubería galvanizada en circuito de torres), miniada, incluyendo soportes y accesorios, de diámetros comprendidos entre 8" y 1/2", incluyendo colectores de 10" y depósito tapón.

- Dilatadores, redes de desaire y desagüe, redes de recogida de condensados, acometida de llenado de circuitos.

- Válvulas de mariposa, válvulas de bola, detentores, válvulas de no retorno.- Aislamiento del sistema de tuberías (incluyendo válvulas), realizado en coquilla de

fibra de vidrio de varios diámetros, venda de gasa y emulsión asfáltica (en salas de máquinas terminada en chapa de aluminio).

- Un (1) extractor de aire, ref. Centros de Transformación.

EDIFICIO 2- Un (1) extractor de aire, ref. VE-2.- Un (1) extractor TERMOVEN, Ref. E-2 mod. FTS-1.- Un (1) extractor de aire, ref. Centros de Transformación.- Un climatizador Termoven Bloc 400- 23 Fancoils modelo FL 300 TFV- 3 equipos autónomos General- 2 bombas circuito calor sedical SP40/12T- 2 bombas circuito frio sedical SP40/12T

EDIFICIO 3- Un (1) vaso de expansión, cerrado para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo UMF-200, de 200 l. de capacidad.- Un (1) vaso de expansión, cerrado para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo AMRC, de 140 l. de capacidad.- Dos (2) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140, para

circuitos secundarios suelo radiante, ref. BI-1/9.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Cuatro (4) acondicionadores ROCA, bomba de calor.- Diecinueve (19) acondicionadores ROCA, mod. CCS-25-21/C, sólo frío.- Tres (3) acondicionadores ROCA, mod. CCS-50-21/B, sólo frío. - Un (1) extractor de aire, ref. VE-3.- Un (1) extractor TERMOVEN, Ref. E-3 mod. FTS-1.- Dos (2) acondicionadores autónomos, sistema partido, condensación por aire, marca

MITSUBISHI, sólo frío, modelo PU 6Y65.- Dos (2) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación

por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 403 ES.

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- Seis (6) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo PUH-4YKSA de 2,2 Kw.

- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, marca MITSUBISHI, modelo PUH-1,6V.

- Tubería de cobre frigorífico, con aislamiento tipo armaflex, para interconexión entre las unidades condensadoras y las evaporadoras descritas anteriormente.

EDIFICIO 4- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo UMF-200, de 200 l. de capacidad.- Cuatro (4) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140,

para circuitos secundarios suelo radiante, ref. BI-1/9.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

ITUR, mod. CD-65ª125/2T.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Ocho (8) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca WOLFF, Tipo KG-40.- Veintiséis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-440.- Veintiséis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-660.- Dos (2) fan-coils tipo pared, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. NVC-600.- Un (1) extractor de aire, ref. VE-4.- Un (1) extractor TERMOVEN, Ref. E-4 mod. FTS-1.- Tres (3) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido,

condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 403 ES.

EDIFICIO 5- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo UMF-200, de 200 l. de capacidad.- Cuatro (4) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140,

para circuitos secundarios suelo radiante, ref. BI-1/9.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

ITUR, mod. CD-65ª125/2T.- Dos (2) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca WOLFF, Tipo KG-40.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-440.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-660.- Un (1) fan-coils tipo pared, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. NVC-600, en intercambiador.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Un (1) extractor de aire, ref. VE-5.

EDIFICIO 6- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo UMF-200, de 200 l. de capacidad.- Cuatro (4) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140,

para circuitos secundarios suelo radiante, ref. BI-1/9.

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- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca ITUR, mod. CD-65ª125/2T.

- Dos (2) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca WOLFF, Tipo KG-40.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-440.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-660.- Dos (2) fan-coils tipo pared, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. NVC-600, en intercambiador.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Un (1) extractor de aire, ref. VE-6.- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por

aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 303 HEN.

EDIFICIO 7- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo UMF-200, de 200 l. de capacidad.- Cuatro (4) grupos de bombas, rotor húmedo, marca WILO, modelo DOS-50/140,

para circuitos secundarios suelo radiante, ref. BI-1/9.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

ITUR, mod. CD-65ª125/2T.- Dos (2) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca WOLFF, Tipo KG-40.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-440.- Veintiseis (26) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. VHS-660.- Uno (1) fan-coils tipo pared, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. NVC-600.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Un (1) extractor de aire, ref. VE-7.

EDIFICIO 8- Dos (2) bombas, rotor seco, para fan-coils, marca WILO mod. DPN 65/125-2,2/2 de

ref. BF-E.- Dos (2) bombas, rotor seco, para fan-coils, marca WILO mod. DPN 65/125-2,2/2 de

ref. BF-0.- Dos (2) climatizadores de ref. UTA D-1 y UTA D-2, marca TROX, mod. TKM-48,

incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.- Dos (2) climatizadores de ref. UTA D-3 y UTA D-4, marca TROX, mod. TKM-65,

incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.- Ochenta y cuatro (84) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-

GOTARDO, batería a dos tubos, con filtro mod. 400, incluyendo equipo de regulación.- Treinta y siete (37) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO,

batería a dos tubos, con filtro mod. 800, incluyendo equipo de regulación.- Cincuenta y cuatro (54) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-

GOTARDO, batería a dos tubos, con filtro mod. 400-R, incluyendo equipo de regulación.

- Once (11) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a dos tubos, con filtro mod. 1100, incluyendo equipo de regulación.

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- Dos (2) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a dos tubos, con filtro mod. VCA-15, gran capacidad, incluyendo equipo de regulación.

- Un (1) extractor de aire, ref. VE-8.

EDIFICIO 8BIS- Un (1) climatizador de ref. UTA R1, marca TROX, modelo TKM-110, incluyendo

sistema de regulación y conexionado hidráulico.- Un (1) climatizador de ref. UTA R2, marca TROX, modelo TKM-135, incluyendo

sistema de regulación y conexionado hidráulico.- Dos (2) climatizadores de ref. UTA R3 y UTA R4, marca TROX, modelo TKM-135,

incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.- Cuarenta (40) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO,

batería a dos tubos, con filtro mod. 600, incluyendo equipo de regulación.- Tres (3) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

dos tubos, con filtro mod. 200-R, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) fan-coil tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a dos

tubos, con filtro mod. 300-R, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) climatizador de ref. UTA AULA MAGNA, marca TROX, modelo TKM-65,

incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

EDIFICIO 9- Una (2) plantas enfriadoras de agua condensada por aire, marca TOPAIR, modelo

RAE 462 de 48,4 Kw de potencia, 380 V., intercambiador interior 113,2Kw; intercambiador exterior 14,66 m3/seg., incluyendo panel remoto de control.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para bombas de climatizadores, marca IBAIONDO, modelo 100 CMF, de 100 l. de capacidad.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para bombas de climatizadores, marca IBAIONDO, modelo 200 CMF, de 200 l. de capacidad.

- Cuatro (4) bombas, marca Marelli, modelo MA 100LB4B5, para climatizadores.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

WILO, mod. DPN 65/224-3/4, de 3 Kw.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

WILO, mod. DPN 50/250-2/2,4, de 3 Kw.- Doce (12) climatizadores TROX, serie TKM. Caudal 4342 m3/h. Incluyen

interruptor de seguridad.- Cinco (5) climatizadores TROX, serie TKM. Caudal 2712 m3/h. Incluyen interruptor

de seguridad.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Dos (2) extractores de garaje.- Dos (2) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, Tipo FAT-

4.- Cuarenta y seis (46) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería

a dos tubos, con filtro mod. 330.- Dos (2) intercambiadores de placas marca SIGMACAL, modelo UF12/C, 27 placas.- Un (1) sistema de distribución de agua fría y caliente, formado por tubería negra

soldada DIN 2440 (y tubería galvanizada en circuito de torres), miniada, incluyendo soportes y accesorios, de diámetros comprendidos entre 8" y 1/2", incluyendo colectores de 10" y depósito tapón.

- Un (1) extractor de aire, ref. VE-9.

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- Dos (2) fan-coils tipo techo ROCA, mod. RFC430-MV, caudal máximo de aire 750 m3/h.

- Dos (2) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 403 ES.

- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 502 HEA.

- Cuatro (4) fan-coils TERMOVEN, mod. FL-200-TF 4T (2+1) 1.101 Frig/h, 1.044 Kcal/h.

EDIFICIO 10- Una (2) plantas enfriadoras de agua condensada por aire, marca TOPAIR, modelo

RAE 462 de 48,4 Kw de potencia, 380 V., intercambiador interior 113,2Kw; intercambiador exterior 14,66 m3/seg., incluyendo panel remoto de control.

- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para bombas de climatizadores, marca REFLEX, modelo REFLEX N, de 200 l. de capacidad.

- Dos (2) bombas, marca Ebara, modelo EL 100-200, para climatizadores.- Dos (2) bombas, marca Ebara, modelo EL 80-160, para climatizadores.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

WILO, mod. DPN 65/224-3/4, de 3 Kw.- Dos (2) grupos de bombas de rotor húmedo, para circuitos de fan-coils de frío, marca

WILO, mod. DPN 50/250-2/2,4, de 3 Kw.- Doce (12) climatizadores TROX, serie TKM 37R. Caudal 4491 m3/h. Incluyen

interruptor de seguridad.- Cuatro (4) climatizadores TROX, serie TKM 30R. Caudal 3163 m3/h. Incluyen

interruptor de seguridad.- Red de suelo radiante completo y terminado, incluyendo colectores, detentores,

válvulas y equipos de medida.- Dos (2) extractores de garaje.- Tres (3) fan-coils potenciados techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, Tipo FAT-

4.- Doce (12) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. 880.- Once (11) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. 440.- Dieciocho (18) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, con filtro mod. 330.- Dos (2) intercambiadores de placas marca SIGMACAL, modelo UF12/C, 27 placas.- Un (1) sistema de distribución de agua fría y caliente, formado por tubería negra

soldada DIN 2440 (y tubería galvanizada en circuito de torres), miniada, incluyendo soportes y accesorios, de diámetros comprendidos entre 8" y 1/2", incluyendo colectores de 10" y depósito tapón.

- Tres (3) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC 403 ES.

EDIFICIO 11- 1 Grupo de frio. Marca: York Serie: BDRMO30986 Modelo: YAESO 9855A 50Y

Refrigerante: R-134ª- 2 Calderas. Marca: ADISA Tipo: Duplex Modelo: EVO 400- 2 Bombas de calor. Marca: WILO Tipo: IPL 80/130-0,75/4- 2 Bombas de frio. Marca: WILO Tipo: IL 125/210-5,5/

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- Dos (2) bombas, rotor húmedo, para fan-coils circuito de frío, marca WILO mod. IPN 80/1 40-4/2-K4S.

- Dos (2) bombas, rotor húmedo, para fan-coils circuito de calor, marca WILO mod. IPN 65/1 25-2.2/2-K4S.

- Dos (2) bombas, rotor húmedo, para fan-coils circuito de calor, marca WILO mod. 5 50/140 R.

- Un (1) climatizador de ref. UTA-1, marca TROX, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. UTA-2, marca TROX, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-1, marca TROX, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-2, marca TROX, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. VT-1, marca TROX, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Dos (2) extractores de aire.- Un extractor (1) de cocina, cafetería.- Siete (7) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 1000, iNcluyendo equipo de regulación.- Diecinueve (19) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO,

batería a cuatro tubos, con filtro mod. 800, incluyendo equipo de regulación.- Quince (15) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería

a cuatro tubos, con filtro mod. 600, incluyendo equipo de regulación.- Cuatro (4) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería

a cuatro tubos, con filtro mod. 400, incluyendo equipo de regulación.- Tres (3) fan-coils tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 200, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) fan-coil tipo suelo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 300, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) detectores de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo

válvula solenoide de corte.- Dos (2) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento

interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Dos (2) acondicionadores autónomos especiales para CPD, sistema partido de condensación por aire, impulsión por falso suelo, marca ITISA Liebert, incluyendo sistema de regulación y control.

- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC-301 HEA.

EDIFICIO 12- Una (1) planta enfriadora ROCA-YORK, modelo YCAS 0775 EB de 782 Kw de

potencia, 380 V, de referencia GF-01.- Una (1) caldera de calefacción, marca ADISA, modelo ROOF TOP 360/R2, de

referencia C-01, incluyendo panel de control.- Dos (2) bombas, rotor húmedo, para fan-coils, circuito de frío, marca WILO mod.

IPN 65/1 25-2.2/2-K4S.- Dos (2) climatizadores de ref. TVS 1, marca TROX, mod. TKM 86, incluyendo

sistema de regulación y conexionado hidráulico.

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- Un (1) climatizador de ref. UTA B0, marca TROX, mod. TKM-216, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador ref. UTA B1, marca TROX, mod. TKM-172, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador ref. UTA B2, marca TROX, mod. TKM-453, incluyendo sistema de regulación y conexionado hidráulico.

- Tres (3) extractores de aire.- Tres (3) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 1000, incluyendo equipo de regulación.- Nueve (9) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 800, incluyendo equipo de regulación.- Veinticinco (25) Fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO,

batería a cuatro tubos, con filtro mod. 600, incluyendo equipo de regulación.- Diez (10) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 400, incluyendo equipo de regulación.- Dos (2) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca GOULD-GOTARDO, batería a

cuatro tubos, con filtro mod. 300, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) detectores de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo

válvula solenoide de corte.- Dos (2) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento

interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Un (1) extractor de aire, ref. VE-12.

EDIFICIO 14- Dos (2) plantas enfriadoras de agua condensada por aire, marca CARRIER, modelo

30GHO 85, de referencia GF-1/2, incluyendo panel remoto de control.- Dos (2) calderas de calefacción de hogar en sobrepresión, marca ROCA, modelo

TECNO 28-G-3783263, de referencia C1/2, incluyendo panel de control.- Dos (2) rampas de gas para las calderas anteriores, formado cada uno de ellos por:

o Electro-válvula de gaso Estabilizador de presión de gaso Manómetro de presión de gaso Filtro de gas y llave de bolao Aparato de control de estanqueidad.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para enfriadora, marca SEDICAL, modelo Termopress S80.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para circuito de frío, marca SEDICAL, modelo Termopress S80.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para circuito de calor, marca SEDICAL, modelo Termopress S200.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado para suelo radiante, marca SEDICAL, modelo Termopress S60.

- Cinco (5) intercambiadores de placas marca SEDICAL, modelo UF6187C, 45 placas, ref. I-115.

- Cuatro (4) intercambiadores de placas marca SEDICAL, modelo UF618/C, 41 placas, ref. I-6/9.

- Un (1) intercambiador de placas marca SEDICAL, modelo UF618/C, 23 placas, referencia I-10.

- Un (1) intercambiador de placas marca SIGMACAL, modelo UF12/C, 27 placas.

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- Un (1) intercambiador de placas marca SEDICAL, modelo UFX-12C, para suelo radiante.

- Dos (2) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA 100LB4B5 de 3 kw, para circuitos secundarios calor aulario, ref. BSA-1/2.

- Dos (2) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA 100LA4B5 de 2,2 kw, para circuitos secundarios calor cafetería, ref. BSC-1/2.

- Dos (2) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA 90L4B5 de 1,5 kw, para circuitos secundarios calor suelo radiante, ref. BSSR-1/2.

- Tres (3) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA100B4 B5 DOS-50/140R de 3 kw, para circuito primario frío, ref. BPC 1/3.

- Dos (2) grupos de bombas, rotor seco, marca ABB, modelo M2AA 132 SBB-2 de 9,2 kw, para circuitos secundarios frío aulario, ref. BSA-1/2.

- Dos (2) grupos de bombas, rotor seco, marca Marelli, modelo MA 100LB4B5 de 3 kw, para circuitos secundarios frío cafetería, ref. BSC-1/2.

- Un (1) detectores de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo válvula solenoide de corte.

- Dos (2) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para calderas, marca IBAIONDO, modelo AMRC, de 300 l. de capacidad.

- Un (1) extractor de aire, ref. VE-14.- Dos (2) extractores TERMOVEN, Ref. E-5/1y2 mod. FTS-21.- Dieciséis (16) fan-coils TERMOVEN, mod. FL-450-TF 4T (2+1) 2.224 Frig/h,

2.008 Kcal/h.- Ochenta y cuatro (84) fan-coils TERMOVEN, mod. FL-650-TF 4T (2+1) 2.722

Frig/h, 2.451 Kcal/h.- Veintiséis (26) fan-coils TERMOVEN, mod. FL-900-TF 4T (2+1) 3.778 Frig/h,

3.300 Kcal/h.- Un (1) fan-coil tipo techo ROCA, mod. FB-3, caudal máximo de aire 2474 m3/h.- Tres (3) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FB-2, caudal máximo de aire 1593 m3/h.- Cuatro (4) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FB-1, caudal máximo de aire 1113

m3/h.- Siete (7) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FQE 531, caudal máximo de aire 1163

m3/h.- Dos (2) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FQE 522, caudal máximo de aire 1163

m3/h.- Treinta y seis (36) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FQE 421, caudal máximo de

aire 706 m3/h.- Cuatro (4) fan-coils tipo suelo ROCA, mod. FQE 421, caudal máximo de aire 706

m3/h.- Un (1) fan-coil tipo suelo ROCA, mod. FQE 331, caudal máximo de aire 608 m3/h.- Cuatro (4) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FQE 321, caudal máximo de aire 330

m3/h.- Cinco (5) fan-coils tipo suelo ROCA, mod. FQE 321, caudal máximo de aire 330

m3/h.- Dos (2) fan-coils tipo techo ROCA, mod. FQE 231, caudal máximo de aire 605

m3/h.

EDIFICIO 15- Una (1) planta enfriadora CARRIER, modelo 30GH-160.

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- Dos (2) calderas: ROCA mod. G-400/325.- Un (1) vaso de expansión, cerrado para caldera, marca IBAIONDO, modelo AMR,

de 700 l. de capacidad.- Un (1) vaso de expansión, cerrado para agua refrigerada, marca IBAIONDO, modelo

CMF, de 140 l. de capacidad.- Un (1) vaso de expansión, cerrado para subcentrales de suelo radiante, marca

IBAIONDO, modelo CMF, de 50 l. de capacidad.- Cinco (5) intercambiadores de placas marca SEDICAL, modelo UF6187C, 45

placas, ref. I-115.- Cuatro (4) intercambiadores de placas marca SEDICAL, modelo UF618/C, 41

placas, ref. I-6/9.- Un (1) intercambiador de placas marca SEDICAL, modelo UF618/C, 23 placas,

referencia I-10.- Un (I) intercambiador de placas marca SIGMACAL, modelo UF12/C, 27 placas.- Un (1) intercambiador de placas marca SEDICAL, modelo UFX-12C, para suelo

radiante.- Tres (3) bombas EBARA EMICA, modelo ENORM 65-160.- Dos (2) bombas EBARA EMICA, modelo ENORM 65-315.- Dos (2) bombas EBARA EMICA, modelo ENORM 80-400.- Dos (2) bombas EBARA EMICA, modelo ENORM 32-200.- Un (1) climatizador TERMOVEN mod. 2015/1. Ref. CL-1. Caudal 6264 m3/h.

Aislamiento 50 mm. Skin Plate. Bancada.- Un (1) climatizador TERMOVEN mod. 2015/1. Ref. CL-2. Caudal 7200 m3/h.

Aislamiento 50 mm. Skin Plate. Bancada.- Un (1) climatizador TERMOVEN mod. 2025/2. Ref. CL-3. Caudal 26000 m3/h.

Aislamiento 50 mm. Skin Plate. Bancada. Incluye sistema de recuperación con baterías.- Un (1) climatizador TERMOVEN mod. 2025/1. Ref. CL-4. Caudal 22200 m3/h.

Aislamiento 50 mm. Skin Plate. Bancada. Incluye sistema de recuperación con baterías.- Un (1) climatizador TERMOVEN mod. 2012/9. Ref. CL-5. Caudal 4464 m3/h.

Aislamiento 50 mm. Skin Plate. Bancada.- Un (1) detectores de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo

válvula solenoide de corte.- Dos (2) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento

interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Dos (2) vasos de expansión, cerrados para agua refrigerada, marca IBAIONDO, modelo AMRC, de 100 l. de capacidad.

EDIFICIO 17- 1 Grupo de frio. Marca: York Modelo: YCASO27EB30YF Refrigerante: 407C- 2 Calderas. Marca: ADISA Tipo: Duplex Modelo: EVO 360- 4 Bombas de calor. Marca: SALMSON Tipo: JRC 405-19/1,1-IB- 2 Bombas de calor. Marca: SALMSON Tipo: JRC 406-16/0,75-Ib- 2 Bombas de calor. Marca: WILO Tipo: TOP-SD32/7- 2 Bombas de frio. Marca: SALMSON Tipo: JRC 408-21/3-IB- 2 Bombas de frio. Marca: SALMSON Tipo: JRC 410-21/4-IB- Un (1) intercambiador de placas marca SEDICAL, modelo UFX-6L, para suelo

radiante.- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para enfriadora, marca WILO, modelo DPn

150/200-5,5/4.

Page 54: 05-AT-27  · Web view2009-05-15 · Precio Campus de Getafe: ... marca ITISA Liebert, incluyendo sistema de regulación y control. Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor,

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para UTAS de frío, marca WILO, modelo DPn 125/200-4/4.

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para fan-coils de frío, marca WILO, modelo DPn 80/200-3/4.

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para UTAS de calor, marca WILO, modelo DPn 65/180-1,5/4.

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para fan-coils de calor, marca WILO, modelo DPn 65/160-0,75/4.

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para cajas VAV, marca WILO, modelo DPn 50/160-0,55/4.

- Una (1) bomba de rotor húmedo, para primario del suelo radiante, marca WILO, modelo TOP-SD 32/7 3.

- Una (1) bomba de rotor húmedo, para secundario del suelo radiante, marca WILO, modelo TOP-SD 40/10 3.

- Un (1) grupo de bombas de rotor seco, para circuito ROOF TOP, marca WILO, modelo DPn 80/160-1,1/4.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-160. Ref. CL-01. Caudal 14367 m3/h, para aulas del sur.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-160. Ref. CL-02. Caudal 15805 m3/h, para aulas del norte.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-250. Ref. CL-03. Caudal 27457 m3/h, para salas de redacción y web.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-100. Ref. CL-04. Caudal 9584 m3/h, para plató.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-40. Ref. CL-05. Caudal 3078 m3/h, para sala de reuniones 2ª planta.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-100. Ref. CL-06. Caudal 7564 m3/h, para estudios de radio.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-63. Ref. CL-07. Caudal 8966 m3/h, para aire primario planta 2ª.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-40. Ref. CL-08. Caudal 3078 m3/h, para aire primario planta baja.

- Un (1) climatizador WOLF mod. KG-40. Ref. CL-09. Caudal 3275 m3/h para administración planta baja.

- Un (1) extractor de aire para Centro de Transformación.- Un (1) extractor de garaje, ref. EX-1.- Un (1) extractor de garaje, ref. EX-2.- Un (1) extractor de aire, aseos sur, ref. EX-3.- Un (1) extractor de aire, aseos norte, ref. EX-4.- Cuatro (4) extractores de lucernario.- Un (1) detectores de fugas marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo

válvula solenoide de corte.- Dos (2) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento

interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 400 mm de diámetro interior, longitud aproximada de 9 m. cada una.

- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca MITSUBISHI, modelo FDC-301 HEA.

TODOS LOS EDIFICIOS- Conductos construidos en chapa galvanizada de espesores entre 0,6 y 1 mm.,

incluyendo soportes, accesorios, emboquillados y aislamiento con manta IBR-45 mm.,

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sellado y malla metálica y/o aluminio, para red de impulsión, retorno, extracciones y cuartos de climatizadores.

- Rejillas de retorno de varios tipos y medidas.- Difusores circulares regulables de varios tipos y medidas.- Difusores lineales de 2 m. de longitud, marca TROX, mod. A5/D5 con plenum.- Difusores radiales rotacionales, marca SCHAKO.- Toberas de alta inducción, marca SCHAKO.- Tomas de aire exteriores, compuertas de regulación, y compuertas cortafuegos de

varios tipos y medidas.- Bocas y rejillas de extracción.

CAMPUS DE LEGANES

- Tres (3) plantas enfriadoras de agua condensada por aire, marca MCQUAY, modelo ALR-130, de 397.490 frig/h. de capacidad, de cuatro etapas, incluyendo panel remoto de control.

- Dos (2) plantas enfriadoras de agua, condensadas por agua, marca Carrier mod. 30 HT-225 de 582.000 Fr/h.

- Una (1) planta enfriadora de agua, condensada por agua, marca Carrier mod. 30 SM-036 de 94.900 Fr/h.

- Dos (2) plantas enfriadoras CRV agua 750Kw 30 l/s.- Dos (2) plantas enfriadoras CRV RTA-EW-IS-1180, de 1180 KW.- Tres (3) calderas de calefacción de hogar en sobrepresión, marca SADECA, modelo

EM-652, de 650.000 kcal/h. de capacidad.- Tres (3) quemadores para acoplar a las calderas anteriores, marca ELCO, mod.

EG4A.1350 R-2P, usando como combustible gas natural, de dos escalones de potencia, incluyendo cuadro de fuerza y maniobra.

- Tres (3) rampas de gas para los quemadores anteriores, formado cada uno de ellos por:

o Electroválvula de gas.o Estabilizador de presión de gas.o Manómetro de presión de gas.o Filtro de gas y llave de bola.o Aparato de control de estanqueidad.

- Un (1) detector de fugas de gases, marca TECNO CONTROL, mod. SE-126B, incluyendo válvula solenoide de corte.

- Una (1) caldera de gasóleo C, marca FERROLI, de 277,78 Kcal/h, en Avda. del Mediterráneo.

- Un (1) quemador para caldera de gasóleo C, marca FERROLI, en Avda. del Mediterráneo.

- Tres (3) chimeneas construidas en doble pared de acero inoxidable, aislamiento interior, homologadas por el Ministerio de Industria, de 350 mm. de diámetro interior, longitud aproximada de 20 m. cada una, con un tramo horizontal de 3 m.

- Cuatro (4) calderas marca Adisa mod. Duplex 500 de 434.000 Kcal/h.- Dos (2) calderas VIESMANN 930-1.070 Kw.- Un (1) caldera VIESSMAN PAROMAT-TRIPLEX 1120 Kw.- Un (1) quemador MONARCH G/71 - DMD- Un (1) Grupo Térmico ROCA CPA-600 697,7 KW.- Dos (2) torres de enfriamiento marca Indumec mod. TC-241 de 731.000 Fr/h.- Una (1) torre de enfriamiento marca Indumec mod. TC-101 de 121.000 Fr/h.- Una (1) torre de enfriamiento APAREL AX-05 PFV 0,55 KW.

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- Cuatro (4) vasos de expansión, cerrados, marca IBAIONDO, modelo AMRC, de 100 l. de capacidad, para calderas.

- Dos (2) vasos de expansión, cerrados, marca IBAIONDO, modelo CMF, de 100 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Un (1) vaso de expansión, cerrados, marca CIMM, modelo FAR-2502, de 50 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Tres (3) vasos de expansión, cerrados, marca IBAIONDO, modelo FAR-2043, de 1.000 l. de capacidad, para calderas.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca IBAIONDO, modelo CMR, de 150 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Dos (2) vasos de expansión, cerrados, marca IBAIONDO, modelo CMR, de 140 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca REFLEX, modelo 1000 MAT, para calderas.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca SEDICAL, modelo FAR-3149, para instalación de suelo radiante.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca IBAIONDO, modelo AMRCA, de 220 l. de capacidad para calderas.

- Tres (3) vasos de expansión, cerrados, marca IBAIONDO, modelo CMF, de 80 l. de capacidad para calderas.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca SEDICAL, modelo FAR-3149, de 500 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Un (1) vaso de expansión, cerrado, marca IBAIONDO, modelo AMR, de 500 l. de capacidad, para circuito de agua fría.

- Tres (3) grupos de bombas, rotor seco, marca GRUNDFOSS, modelo LM-200/210, para circuito primario de agua fría.

- Tres (3) grupos de bombas, rotor seco, marca GRUNDFOSS, modelo LM-160/162, para circuito primario de calderas.

- Tres (3) grupos de bombas, rotor seco, marca GRUNDFOSS, modelo UMC-50/60, para circuito de anticondensación en caldera.

- Un (1) grupo de bombas tipo duplex (una en reserva), marca GRUNDFOSS, modelo CDM-150/242, para el circuito secundario de talleres.

- Un (1) grupo de bombas tipo duplex (una en reserva), marca GRUNDFOSS, modelo CDM-125/225, para el circuito secundario de zona 1.

- Un (1) grupo de bombas tipo duplex (una en reserva), marca GRUNDFOSS, modelo CDM-150/248, para el circuito secundario de zona 2.

- Un (1) grupo de bombas tipo duplex (una en reserva), marca GRUNDFOSS, modelo CDM-150/242, para el circuito secundario de zona 3.

- Un (1) grupo de bombas tipo duplex (una en reserva), marca GRUNDFOSS, modelo CDM-200/278, para el circuito secundario de zona 4.

- Sistema de distribución de agua frío y caliente, formado por tubería negra soldada DIN 2440, miniada, incluyendo soportes y accesorios, de diámetros comprendidos entre 5" y 1/2", incluyendo colectores de 12".

- Dilatadores, redes de desaire y desagüe, redes de recogida de condensados, acometida de llenado de circuitos.

- Válvulas de mariposa, válvulas de bola, detentores, válvulas de regulación de caudal marca TA.

- Aislamiento del sistema de tuberías (incluyendo válvulas), realizado en coquilla de fibra de vidrio de varios diámetros, venda de gasa y emulsión asfáltica (en salas de máquinas terminada en chapa de aluminio).

- Cuatro (4) bombas en línea marca GRUNDFOSS mod. UPT-50/120 de 0,75 Kw.

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- Dos (2) bombas en línea marca GRUNDFOSS mod. CMD-150/214 de 4 Kw.- Dos (2) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 100/315 de 25 CV.- Dos (2) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 80/315 de 12,5 CV.- Dos (2) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 65/315 de 7,5 CV.- Dos (2) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 35/250 de 2 CV.- Cuatro (4) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 100/250 de 12,5 CV.- Cuatro (4) bombas de bancada marca ZEDA mod. ZN 40/250 de 3 CV.- Dos (2) electrobombas BP-1 BP-2 30 l/s 100 KPa 5,5 Kw.- Una (1) electrobomba BS-1 3,32 l/s 100 KPa.- Una (1) electrobomba BS-2 2,49 l/s 140 KPa.- Una (1) electrobomba BS-3 13,71 l/s 150 KPa.- Una (1) electrobomba BS-4 16,97 l/s 160 KPa.- Una (1) electrobomba BS-6 34,47 l/s 320 KPa.- Dos (2) electrobombas BP-1 BP-2 25,50 l/s 60 KPa.- Una (1) electrobomba BS-1 3,10 l/s 100 KPa.- Una (1) electrobomba BS-2 1,79 l/s 140 KPa.- Una (1) electrobomba BS-3 12,40 l/s 150 KPa.- Una (1) electrobomba BS-4 12,95 l/s 160 KPa.- Una (1) electrobomba BS-5 3,12 l/s 160 KPa.- Una (1) electrobomba BS-6 36,38 l/s 320 KPa.- Una (1) electrobomba BS-7 1,80 l/s 60 KPa.- Una (1) electrobomba BS-8 3,60 l/s 120 KPa.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD-126-126/121 4 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD 126-126/134 7,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD-100-160/136 5,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD- 80-125/128 3 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LP-50-200/186 4 KW.- Dos (2) bombas GRUNDFOS LPD -125-125/134 7,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS CDM-210/256 22 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS CDM-210/268 30 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD -100-160/136 5,5 KW.- Tres (3) bombas GRUNDFOS LP - 65 -125/104 1,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 80-160/164 4 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 65-125/142 1,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 65-125/132 1,1 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 65-125/142 1,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 65-125/142 1,5 KW.- Una (1) bomba GRUNDFOS LPD - 65-125/132 1,1 KW.- Dos (2) bombas GRUNDFOS CR2 -20 0,37 KW.- Un (1) intercambiador de calor 75 Kw.- Un (1) climatizador de ref. CL-1, marca TECNIVEL, modelo CHF-7-ME,

incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-2, marca TECNIVEL, modelo CHF-21-ME, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-3, marca TECNIVEL, modelo, CHF-15-ME, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

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- Un (1) climatizador de ref. CL-4, marca TECNIVEL, modelo CHF-13-ME, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-5, marca TECNIVEL, modelo CHF-7-BE, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-6, marca TECNIVEL, modelo CVF-9-BE, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-7, marca TECNIVEL, modelo CHF-2-B, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-8, marca TECNIVEL, modelo CVF-3-BE, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Un (1) climatizador de ref. CL-9, marca TECNIVEL, modelo CVF-6-BE, incluyendo sistema de regulación, bomba de re-circulación entre las baterías, depósito de expansión y conexionado hidráulico.

- Conductos construidos en fibra de vidrio de 25 mm de espesor, con velo interior de protección, incluyendo soportes, accesorios y emboquillados, para red de impulsión y retorno.

- Conductos construidos en chapa galvanizada de espesores entre 0,6 y 1 mm, incluyendo soportes, accesorios, emboquillados y aislamiento con manta IBR-70 mm, sellado y malla metálica y/o aluminio, para red de retorno, extracciones y cuartos de climatizadores.

- Rejillas de impulsión de varios tipos y medidas.- Difusores cuadrados de varios tipos y medidas.- Rejillas de retorno de varios tipos y medidas, incluyendo filtros.- Tomas de aire exteriores, compuertas de regulación, y compuertas cortafuegos de

varios tipos y medidas.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-1 DEP. 30.200 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-2 DEP. 27.000 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-3 DEP. 30.900 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-4 DEP. 35.000 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-5 DEP. 30.300 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-6 DEP. 28.700 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-7 DEP. 17.400 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-8 DEP. 34.300 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-9 DEP. 47.900 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-10 DEP. 33.900 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-11 DEP. 10.800 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-12 DEP. 13.600 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-13 DEP. 43.100 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-14 DEP. 17.800 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-15 DEP. 10.700 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-16 DEP 16.200 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-17 DEP. 6.200 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-18 DEP. 10.200 m3/h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-1 POLID 26.500 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-3 POLID 1.928 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-4 POLID 1.368 m3 /h.

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- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-5 POLID 1.764 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-6 POLID 1.375 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-7 POLID 4.868 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-8 POLID 3.820 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-9 POLID 21.700 m3 /h.- Un (1) climatizador KOOLAIR UTA-10 POLID 2.000 m3 /h.- Una (1) UTA-1 ventilador de impulsión 17.300 m3/h. 30 mm. 10 CV. Ventilador de

retorno 17.300 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Dos (2) UTA-2 y UTA-12 ventilador de impulsión 17.300 m3/h. 30 mm. 10 CV;

Ventilador de retorno 17.300 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Una (1) UTA-3 ventilador de impulsión 1.900 m3/h 25 mm. 0,75 CV.- Una (1) UTA-4 ventilador de impulsión 4.450 m3/h. 25 mm. 2 CV. Ventilador de

retorno 4.450 m3/h. 20 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-4 ventilador de impulsión 7.530 m3/h. 25 mm. 3 CV. Ventilador de

retorno 7.530 m3/h. 20 mm. 2 CV.- Una (1) UTA-5 ventilador de impulsión 17.300 m3/h. 30 mm. 10 CV. Ventilador de

retorno 17.300 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Dos (2) UTA-6 y UTA-17 ventilador de impulsión 17.300 m3/h. 30 mm. 10 CV.

Ventilador de retorno 17.300 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Una (1) UTA-8 ventilador de impulsión 2.600 m3/h. 20 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-9 ventilador de impulsión 3.000 m3/h. 20 mm. 1,5 CV.- Una (1) UTA-11 ventilador de impulsión 17.300 m3/h. 30 mm. 10 CV. Ventilador de

retorno 17.300 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Tres (3) UTA-13A, 13B y 13C ventilador de impulsión 3.300 m3/h. 20 mm. 3 CV.- Una (1) UTA-13D ventilador de impulsión 4.500 m3/h. 25 mm. 3 CV.- Tres (3) UTA-7A, 7B y 7C ventilador de impulsión 3.300 m3/h. 20 mm. 3 CV.- Una (1) UTA-7D ventilador de impulsión 4.500 m3/h. 25 mm. 3 CV.- Una (1) UTA-15 ventilador de impulsión 3.000 m3/h. 20 mm. 1,5 CV.- Una (1) UTA-16 ventilador de impulsión 2.400 m3/h. 25 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-18 ventilador de impulsión 18.000 m3/h. 30 mm. 10 CV. Ventilador de

retorno 18.000 m3/h. 22 mm. 5,5 CV.- Una (1) UTA-19 ventilador de impulsión 4.450 m3/h. 25 mm. 2 CV. Ventilador de

retorno 4.450 m3/h. 20 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-19A ventilador de impulsión 7.530 m3/h. 25 mm. 3 CV. Ventilador de

retorno 7.530 m3/h. 20 mm. 2 CV.- Una (1) UTA-20 ventilador de impulsión 8.500 m3/h. 25 mm. 3 CV.- Una (1) UTA-21 ventilador de impulsión 5.800 m3/h. 8 mm. 1,5 CV. Ventilador de

retorno 5.800 m3/h. 15 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-22 ventilador de impulsión 5.800 m3/h. 15 mm. 2 CV. Ventilador de

retorno 5.800 m3/h. 15 mm. 1 CV.- Una (1) UTA-23 ventilador de impulsión 4.000 m3/h. 15 mm. 1,5 CV.- Una (1) UTA-24 ventilador de impulsión 6.200 m3/h. 25 mm. 3 CV.- Una (1) UER-1 ventilador retorno 11.800 m3/h. 30 mm. 5,5 CV.- Una (1) UER-2 ventilador retorno 6.300 m3/h. 30 mm. 3 CV.- Una (1) UER-3 ventilador retorno 6.700 m3/h. 30 mm. 3 CV.- Una (1) UER-4 ventilador retorno 9.800 m3/h. 30 mm. 4 CV.- Una (1) UER-23 ventilador retorno 4.200 m3/h. 15 mm. 1,5 CV.- Diecinueve (19) UTA fan-coil VCA-TSE-FV-35.- Cuatro (4) UTAS fan-coil.- Cuatro (4) UTA 865 Kw frío 970 Kw.- Dos (2) UTAS fan-coil VCA-TSE-F.

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- Dos (2) UTAS 314,2 Kw frío 491,3 Kw calor.- Una (1) UTA 20,4 Kw frío 22,2 Kw calor.- Una (1) UTA 80,9 Kw frío 129,9 Kw calor.- Una (1) UTA 62,6 Kw frío 75,1 Kw calor.- Una (1) UTA 142,5 Kw frío 179,2 Kw calor.- Dos (2) UTAS 59,8 Kw frío 87,1 Kw calor.- Una (1) UTA 140,5 Kw frío 160,1 Kw calor.- Una (1) UTA 84,3 Kw frío 69,3 Kw calor.- Una (1) UTA 61 Kw frío calor.- Un (1) extractor de aire, ref. Sala SAI, marca TECNIVEL, modelo FMA-10.- Un (1) extractor de aire, ref. Cuadro B.T., marca TECNIVEL, modelo FMA-25.- Un (1) extractor de aire, ref. Cuarto de Transformación, marca TECNIVEL, modelo

FMA-25.- Un (1) extractor de aire, ref. Aseos Zona Informática, marca TECNIVEL, modelo

FMA-25.- Un (1) extractores de aire, ref. Cocina, marca TECNIVEL, modelo FTS-5E/C.- Un (1) extractor de aire, ref. Grupo Electrógeno, marca TECNIVEL, modelo CHE-

50-BDE.- Bocas de extracción.- Un (1) extractor EC1 3.600 132 Pa 0,4 Kw.- Un (1) extractor EC2 3.600 136 Pa 0,4 Kw.- Un (1) extractor EC3 3.600 164 Pa 0,4 Kw.- Un (1) extractor EC4 720 139 Pa 0,2 Kw.- Un (1) extractor EC5 1.872 175 Pa 0,2 Kw.- Un (1) extractor EC1 576 101 Pa 0,1 Kw.- Un (1) extractor ECU1 576 100 Pa 0,1 Kw.- Cuatro (4) extractores 1.900-4.000 m3/h 100 Pa.- Un (1) extractor EC-9 4.428 m3/h.- Un (1) extractor EC-10 5.184 m3/h 220 Pa 0,75 Kw.- Un (1) extractor EC-11 1.728 m3/h 174 Pa 0,4 Kw.- Un (1) ventilador extracción 4.560 m3/h.- Un (1) extractor EC-13 1.872 m3/h 175 Pa 0,4 Kw.- Un (1) extractor EC-14 1.080 m3/h 171 Pa 0,2 Kw.- Un (1) extractor EC-15 1.728 m3/h 174 Pa 0,4 Kw.- Un (1) extractor EC-16 900 m3/h 164 Pa 0,2 Kw.- Un (1) extractor EC-17 1.080 m3/h 171 Pa 0,2 Kw.- Un (1) extractor EC-18 972 m3/h 160 PA 0,2 Kw.- Un (1) extractor EX-7 1.868 m3/h.- Un (1) extractor EX-2 3.820 m3/h.- Un (1) extractor EX-2.1 (Seta) 1.170 m3/h.- Un (1) extractor EX-2 .2 540 m3/h.- Un (1) extractor EX-3 3.296 m3/h.- Un (1) extractor Mural 321 m3/h.- Un (1) extractor Mural 1.375 m3/h.- Un (1) extractor Aparcamiento 40.500 m3/h.- Un (1) extractor Seta 3.900 m3/h.- Un (1) extractor Seta 4.000 m3/h.- Un (1) extractor Seta 5.100 m3/h.- Un (1) extractor Seta 2.600 m3/h.- Un (1) extractor cocina 8.000 m3/h. 40 mm. 3 CV.- Un (1) extractor cafetería 4.700 m3/h. 40 mm. 1,5 CV.

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- Cuatro (4) unidades ventilación escalera 4.200 m3/h. 30 mm. 1,5 CV.- Dos (2) unidades CT y cuadro general 7.000 m3/h. 10 mm. 1,5 CV.- Tres (3) bombas aceleradoras 6.000 l/h. 6 m.c.a. 0,75 CV.- Dos (2) bombas aceleradoras 10.000 l/h. 6 m.c.a. 1 CV.- Diecinueve (19) uds. terminales c. constante STOC FATUR 2 X 12.- Dieciocho (18) uds. terminales c. constante STOC FATUR 2 X 10.- Dieciséis (16) uds. terminales c. constante STOC FATUR 12.- Una (1) ud. terminal c. constante STOC FATUR 10.- Una (1) ud. terminal c. constante STOC FATUR 08.- Nueve (9) uds. terminales c. variable STOC EUROBOX T-14.- Cuatro (4) uds. terminales c. variable STOC EUROBOX T-12.- Cinco (5) uds. terminales c. variable STOC EUROBOX T-10.- Dos (2) uds. terminales c. variable STOC EUROBOX T-06.- Treinta (30) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos

tubos, sin filtro mod. 880, incluyendo equipo de regulación.- Un (1) fan-coil tipo suelo, con envolvente, marca TECNIVEL, batería a dos tubos,

con filtro mod. 880, incluyendo equipo de regulación.- Veinticuatro (24) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a

dos tubos, sin filtro mod. 660, incluyendo equipo de regulación.- Sesenta y siete (67) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a

dos tubos, sin filtro mod. 440, incluyendo equipo de regulación.- Cincuenta y cuatro (54) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL,

batería a dos tubos, sin filtro mod. 330, incluyendo equipo de regulación.- Ciento doce (112) fan-coils tipo techo, sin envolvente, marca TECNIVEL, batería a

dos tubos, sin filtro mod. 220, incluyendo equipo de regulación.- Cuarenta y un (41) fan-coils tipo apartamento, marca TECNIVEL, con envolvente y

filtro, batería a dos tubos, mod. FAT-1, incluyendo equipo de regulación.- Nueve (9) fan-coils mod. FAT-2, incluyendo equipo de regulación.- Catorce (14) fan-coils mod. 650.- Ciento setenta y un (171) fan-coils mod. 450.- Veinticuatro (24) fan-coils mod. 300.- Once (11) fan-coils mod. 200.- Trece (13) fan-coils OTEDISA NVC-400-TSV.- Sesenta y ocho (68) fan-coils OTEDISA NVC-600-TSV.- Dieciocho (18) fan-coils OTEDISA NVC-801-TSV.- Un (1) fan-coil OTEDISA NVC-15-TVE.- Cuatro (4) humificadores 17 kg/h vapor 13,5 Kw.- Siete (7) cajas caudal variable TV-Z-T14.- Ocho (8) cajas caudal variable TV-Z-T16.- Quince (15) cajas caudal variable TV-Z-T20.- Treinta y siete (37) cajas caudal variable TV-Z-T25.- Cuarenta y nueve (49) cajas caudal variable TV-Z-T31.- Dieciséis (16) cajas caudal variable TV-Z-T40.- Treinta y dos (32) cajas caudal variable TVJ-600X407.- Dos (2) aerotermos marca GALLETTI, montaje horizontal para cortina de puerta de

almacén, mod. P-324, incluyendo equipo de regulación.- Treinta y cuatro (34) aerotermos marca GALLETTI, montaje horizontal, para naves

Talleres I y II, mod. P-316, incluyendo equipo de regulación.- Dos (2) acondicionadores autónomo especial para CPD, sistema partido de

condensación por aire, impulsión por falso suelo, marca CIAT, mod. SCRIB-DDA-8000-SI, incluyendo sistema de regulación y control.

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- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca CIATESA, modelo ISM-50/ICB-50.

- Cinco (5) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca CIATESA, modelo ISM-40/ICB-40.

- Dos (2) acondicionadores autónomos, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca CIATESA, modelo ISM-35/ICB-35.

- Un (1) acondicionador autónomo, bomba de calor, sistema partido, condensación por aire, marca CIATESA, modelo RSD-15/RCD-15.

- Un (1) acondicionador autónomo, sistema partido, condensación por aire, sólo frío, marca CIATESA, modelo RSM-25/RCB-25.

- Cinco (5) acondicionadores autónomos, aire acondicionado, marca CARRIER, en Avda. del Mediterráneo.

- Tubería de cobre frigorífico, con aislamiento tipo armaflex, para interconexiones entre las unidades condensadoras y las evaporadoras descritas anteriormente.

- Un (1) acondicionador de aire 3.000 W.- Una (1) bomba de calor Multisplit-2 circuitos 12 Kw.

- PARQUE TECNOLÓGICO LEGANES 1 Kit de calderas adisa bt inox con grupo de presión incluido. 1 Deposito de acs 3000 litros. 1 Termo Lapesa de 500 litros. 1 Caldera mural ferroli divatop hf 32 1 Vaso de expansión ibaiondo 300 cmf 1 Extractor de aseos termoven tve-9 0,55 kw 1 Extractor de vestuarios termoven tvma-0 – 73w 1 Extractor cocina sodeca cjtx-c – 12/12-3 2 Extractores de garaje 1 Uta termoven cla – 2012/1-e 1 Uta termoven cla – 2018/1-e 2 Utas termoven cla – 2015/2 2 Grupos de frio daikin ewaq150dayncf – 150 kw con grupo de presion grundfos tpd

65-230 incorporado. 2 Grupos de frio daikin ewaq130dayncf – 130 kw con grupo de presion grundfos tpd

65-230 incorporado. 1 Grupo de frio daikin con bomba de calor ewyq100dayncf – 100 kw con

grupo de presion grundfos tpd 65-230 incorporado. 1 Vaso de expansion ibaiondo de 100 litros 9 Paneles solares viessmann vitosol 200-f sv 2 1 Aerotermo termoclub 17,3 kw 2 Bombas acs espa multi35 6n – 2,7 kw 1 Acumulador ibaiondo 200 amr 1 Acumulador ibaiondo 500 amr 1 Deposito de 1000 litros de polipropileno. 2 Fan-coil termoven cf-11 17 Fan-coil termoven cf-21 18 Fan-coil termoven cf-31 4 Fan-coil termoven cf-41 3 Fan-coil termoven cf-51 3 Fan-coil termoven fl-450 6 Fan-coil termoven fl-650 6 Fan-coil termoven fl-1100

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2 extractores de garaje urt 18/18 2,2 kw

AVDA. DEL MEDITERRANEO LEGANES

1 caldera marca FERROLLI de 277.780 cal/h 1 Quemador BALTUR de gas natural. 6 bombas de impulsión GRUNDFOS Type UPS 32-80. 12 autónomos marca CARRIER.

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4.- RELACIÓN DE ELEMENTOS CONSUMIBLES INCLUIDOS EN EL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y EQUIPAMIENTO

MÍNIMO DEL PERSONAL.

RELACIÓN DE ELEMENTOS CONSUMIBLES INCLUIDOS EN EL CONTRATO DE MANTENIMIENTO.

- Gases refrigerantes excluido el amoniaco.- Filtros de cualquier tipo en equipos de equipos producción y bombeo y

tuberías.- Filtros desidratadores- Aceites, grasas, vaselinas, etc.- Juntas de estanqueidad de todo tipo.- Empaquetaduras.- Manómetros, termómetros, inferiores a 1”- Poleas y correas de transmisión.- Pintura de elementos de instalaciones (bombas, tuberías, etc)- Productos anti-humedad, lubricantes.- Tornillos, tuercas, bridas, tacos varilla roscadas, etc. y demás elementos

de fijación y sujeción para tubería y cables- Silenblocks- Llaves de corte de menos de 1/2”, arandelas y pequeño material de

fontanería, incendios y climatizaciónPegamentos, colas, cintas aislantes y cinta de aluminio demás pequeño material necesario para la correcta sustitución o reparación de piezas.

RELACIÓN DE ELEMENTOS CONSUMIBLES INCLUIDOS PARA MANTENIMIENTO OFICIOS VARIOS

- Varilla roscada, tirafondos, roscachapa, tuercas, tornillos, arandelas y otros elementos de sujeción.

- Malla galvanizada, malla plástica.- Tacos nylon estándar y fisher.- Escuadras, bisagras, pestillos- Remaches, electrodos, brocas, coronas,- Candados, cadenas.- Silicona, selladores bicomponente.- Pasta pladur, yeso, cemento, pegolán, aguaplast.- Listones madera, tablas, cola.- Guantes de latex.- Disolvente, aguarrás, decapante.- Desincrustante limpiador oxido.- Pinturas esmalte, plástica y oxirón.- Recambios rodillo varias medidas.- Bolsas recambio aspirador.

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RELACIÓN DE EQUIPAMIENTO MÍNIMO PARA EL PERSONAL FIJO PARA LABORES DE MANTENIMIENTO DE CLIMATIZACIÓN.

Pinza amperimétrica. Calibre. Flexómetro. Juego de destornilladores planos. Juego de destornilladores Phillips. Juego de llaves de vaso. Juego de llaves planas (6-7 a 30-32). Juego de llaves Allen. Juego de llaves inglesas: grande, mediana y pequeña. Juego de llaves grifa: idem. idem. Juego de extractores para rodamientos. Extractor magnético flexible. Martillo de bola. Martillo de nylon 35 mm. Tenaza poliaisladora 9 1/2". Tenaza grip, baca curva 10". Alicate universal 8". Alicate de boca plana. Alicate de puntas de cigüeña. Alicate de corte. Navaja de electricista. Tijera de electricista. Alicate de circlips de exterior de puntas intercambiables. Idem. idem. interior de puntas intercambiables. Cortafríos. Juego de botadores cilíndricos. Mordaza de cadena para tubos. Bomba de engrasar. Aceitera. Soldador de estaño. armario metálico móvil. Juego de manómetros. Termómetro con sondas ambiente y de contacto. Escaleras telescópicas de aluminio varias medidas.

RELACIÓN DE EQUIPAMIENTO MÍNIMO PARA EL PERSONAL FIJO DE MANTENIMIENTO PARA LABORES DE OFICIOS VARIOS:

Juego de destornilladores de bola. ( de 6 a 11 mm.) Juego de destornilladores torx. ( de 6 a 11 mm.) Juego de destornilladores de tubo ( de 6 a 11 mm.) Juego de llaves acodadas. Tenazas de cremallera. Alicates de puntas cónicas. Tornillo de banco (guía cuadrada) Tijera cortachapas. Amoladora.

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Cuchilla de seguridad. Alargador enrollable de 25m. Taladradora y equipo de brocas (Hormigón, metal, madera) Equipo de coronas con husillo cilíndrico. Remachadora. Escaleras telescópicas de aluminio varias medidas. Soldador de botella campingaz. Guía de 25m. Aspirador. Equipo de limas (plana,redonda,triangular) Arco de sierra para corte de metal. Linterna halógena. Portátil eléctrica. Tijeras portafiltros. Pistola de silicona. Maceta. Llana, paleta, gaveta goma 20l. Cinceles octogonal y puntero. Escuadra y nivel. Karcher con guía desatrancadora. Equipo de soldadura por arco portátil. Bomba de agua sumergible con flotador de nivel. Ventosas dobles para superficies planas. Equipo de desatascadotes. Equipo de formones. Martillo de carpintero. Paletinas diversas medidas, rodillo, cubeta para rodillo

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5.- OPERACIONES ELEMENTALES DE MANTENIMIENTO

CLIMATIZACIÓN

INDICE

1.- PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE FRÍO

1.1.- Plantas frigoríficas. 1.2.- Bombas primarias frío.1.3.- Bombas secundarias de zona.1.4.- Vasos de expansión.1.5.- Fan-coils y equipo auxiliar.1.6.- Unidades de Tratamiento de aire.1.7.- Difusores y rejillas.1.8.- Grupos autónomos partidos.

2.- PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE CALOR

2.1.- Calderas.2.2.- Bombas primarias de calor.2.3.- Bombas secundarias de zona.2.4.- Depósitos de expansión.2.5.- Chimeneas.

3.- VENTILACION Y EXTRACCION

4.- REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA CALIENTE Y FRIA.

5.-GRUPOS DE PRESIÓN

6.- AGUA FRIA Y CALIENTE SANITARIA

7.-CARPINTERIA

7.1.- Puertas interiores7.2.- Puertas exteriores7.3.-Ventanas (incluyendo persianas).7.4.-Mamparas y carpintería interior de madera.7.5.-Pizarras.

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1.- PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE FRÍO.

1.1.- MANTENIMIENTO PLANTAS ENFRIADORAS

DIARIAMENTE.

- Comprobación del correcto funcionamiento del equipo.

MENSUALMENTE

- Toma de consumos eléctricos según plantilla facilitada por la Universidad Carlos III.- Verificar nivel y estado del aceite de los compresores.- Verificación del nivel de refrigerante, verificando fugas con emulsión.- Verificación y ajuste del interruptor de flujo.- Comprobación y ajuste de termostatos y presostatos de mando y seguridad.- Verificación del control de capacidad de los compresores.- Verificación resistencias de cárter.

SEMESTRALMENTE (O ANTES DE LA TEMPORADA ESTIVAL)En este capitulo solo serán apoyo a la empresa mantenedora del grupo de frio.

1.2.- TORRES DE REFRIGERACION.

DIARIAMIENTE

- Comprobar el funcionamiento de las unidades.- Análisis de biocida. Realizado por el personal preparado para tal fin.

MENSUALMENTE

- Engrasar los rodamientos del ventilador, comprobando la inexistencia de ruidos anormales y calentamiento de cojinetes.- Comprobar el funcionamiento de la válvula de flotador de la balsa.- Contraste y regulación de termostatos escalonados y restantes elementos de control y maniobra.- Comprobación de las correas de transmisión motor ventilador.- Comprobación de la estanqueidad del circuito.

SEMESTRALMENTE (O ANTES DE LA TEMPORADA ESTIVAL)ESTA ACTUACION SE REALIZARÁ POR PERSONAL EXTERNO AL DESCRITO COMO FIJO EN LA INSTALACIÓN

- Comprobación del correcto funcionamiento de las toberas.- Vaciado de la balsa, eliminando cuerpos extraños y limpiándola.- Drenaje y limpieza de todo el circuito, filtro incluido.- Comprobación del material de relleno y separador de gotas.- Después de la temporada estival, vaciar el circuito.

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- Repaso de pintura.- Limpieza y observación desgaste turbina.- Limpieza cuerpo de bomba.- Revisión de cojinetes.- Reposición de espárragos, tuercas y tornillos que sean necesarios.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

1.3.- MANTENIMIENTO DE BOMBAS SECUNDARIO AGUA FRIA

DIARIAMENTE

- Comprobar funcionamiento de las unidades.

MENSUALMENTE

- Comprobar la inexistencia de ruidos anormales y calentamiento en cojinetes, engrasándolos si procede.- Comprobación del alineamiento motor-bomba.- Comprobación y maniobra de válvulas de aspiración e impulsión.- Verificación entrada en funcionamiento de las diferentes bombas.- Verificación funcionamiento dispositivos de variación de caudal.

SEMESTRALMENTE (ANTES DE LA TEMPORADA ESTIVAL)

- Comprobar vibraciones y estado de los anclajes.- Repaso de pintura si procede.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Limpieza u observación desgastes turbina.- Limpieza cuerpo de bomba.- Revisión de eje y comprobación desgaste.- Revisión de cojinetes.- Reposición de juntas.- Reposición espárragos, tuercas y tornillos que sean necesarios.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

1.4.- MANTENIMIENTO VASOS DE EXPANSION DE AGUA FRÍA.

MENSUALMENTE

- Revisar tapones llenado y vaciado de aceite, revisar juntas.- Comprobar alarmas de exceso y defecto de agua.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Comprobar tarado válvula de seguridad de la instalación (lado-agua).

1.5.- MANTENIMIENTO FAN-COILS

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MENSUALMENTE

- Purgar la batería y comprobar drenaje de la bandeja de condensación.- Comprobar funcionamiento del selector de velocidad.- Comprobación de fugas.- Comprobación de temperaturas de entrada y salida de la batería.

TRIMESTRALMENTE

- Cambiar filtros de aire.- Comprobar el funcionamiento de la válvula automática de tres vías y termostato.- Verificación del grupo motor-ventilador.- Comprobación del acoplamiento con la red de conductos (unidades tipo apartamento).

SEMESTRALMENTE

- Cambiar filtros de aire. ESTA ACTUACION SE REALIZARÁ POR PERSONAL EXTERNO AL DESCRITO COMO FIJO ENLA INSTALACIÓN.

ANUALMENTE

- Limpieza química y mecánica de la batería.

1.6.- MANTENIMIENTO UNIDADES DE TRATAMIENTO DE AIRE

MENSUALMENTE

- Toma de datos según plantilla de control.- Comprobar correas ventiladores y tensar en caso necesario.- Verificar sistemas de control.- Verificar ausencia de fugas en puertas y registros.- Limpieza bandeja de condensanción.- Limpieza de filtros.

SEMESTRALMENTE

- Cambiar filtros de aire. ESTA ACTUACION SE REALIZARÁ POR PERSONAL EXTERNO AL DESCRITO COMO FIJO EN LA INSTALACIÓN.- Inspeccionar soportes antivibratorios, anclajes y tornillería.- Engrasar cojinetes compuertas.- Limpieza general, verificación del estado de las baterías, limpiándolas si procede. ESTA ACTUACION SE REALIZARÁ POR PERSONAL EXTERNO AL DESCRITO COMO FIJO EN LA INSTALACION.

ANUALMENTE

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- Limpieza general, verificación del estado de las baterías, limpiándolas si procede.- Comprobar funcionamiento válvulas de tres vías, contraste y ajuste.- Verificar circuito de recuperación.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

1.7.- MANTENIMIENTO DIFUSORES Y REJILLAS

CADA DOS MESES

- Comprobar que la distribución de aire se hace de forma uniforme y sin ruidos.- Comprobar la correcta colocación de los filtros en las rejillas.- Comprobar estado de compuertas cortafuegos y compuertas de regulación.

ANUALMENTE- Comprobar el estado de pintura.- Comprobar soportación y conexión al conducto.

1.8.- MANTENIMIENTO DE GRUPOS AUTONOMOS PARTIDOS

MENSUALMENTE

- Limpieza de filtros (o reposición según estado), comprobación presostato diferencial (cuando exista).- Comprobación de termostatos.- Comprobar obstrucciones en bandeja y línea de condensados.- Comprobación programador horario.- Verificación de toberas móviles de impulsión de aire.

SEMESTRALMENTE

- Limpieza bandeja de condensación.- Verificación grupo motor-ventilador.- Comprobación del inversor frío-bomba de calor.- Comprobación de presostatos de alta, baja y aceite.- Revisión y corrección de fugas en el circuito frigorífico.- Limpieza exterior de evaporadores y condensadores.- Comprobación de equipos de regulación de presión de condensación (cuando exista).- Verificación y limpieza (si procede) de circuitos intercambiables.

2.- PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE CALOR.

2.1.- MANTENIMIENTO CALDERAS

QUINCENALMENTE

- Comprobación del temperatura de los gases de combustión.- Medida del contenido de CO2 en los humos.- Medida del contenido de CO.

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- Tiro en la salida de la caja de humos de la caldera.- Comprobación de la estanqueidad del cierre de la caldera de la unión al quemador.- Control del consumo de energía en relación con la potencia del equipo.- Limpieza.

TRIMESTRALMENTE (Y SIEMPRE CON ANTELACION A LA TEMPORADA DE CALEFACCION)

- Extracción del quemados, realizando una limpieza mecánica interior y exterior.- Verificación del funcionamiento de los electrodos de encendido y de ionización.- Verificación del funcionamieto del equipo de control y protección de la caldera.- Comprobación del correcto funcionamiento de la bomba anticondensación.

SEMESTRALMENTE (O ANTES DE LA TEMPORADA INVERNAL)ESTA ACTUACION SE REALIZARÁ POR PERSONAL EXTERNO AL DESCRITO COMO FIJO EN LA INSTALACIÓN

- Extracción del intercambiador, limpiado las aletas.- Comprobación circuitos de gas.- Comprobación circuitos hidráulicos.- Revisión juntas y aislamientos.

2.2.- MANTENIMIENTO BOMBAS PRIMARIO CALOR

DIARIAMENTE

- Comprobación de las unidades.

MENSUALMENTE

- Comprobar la correcta refrigeración del motor.- Comprobar la inexistencia de ruidos anormales y calentamiento de cojinetes.- Comprobación de la entrada en servicio de la bomba en reserva.- Comprobación y maniibra de válvulas de aspiración e impulsión.- Comprobación del enclavamiento bombas de anillo-calderas.- Comprobación del enclavamiento calderas-interruptor de flujo.- Comprobar conexión velocidad de la bomba.

SEMESTRALMENTE

- Comprobar vibraciones y estado de los tornillos de anclaje.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Limpieza y observación desgastes turbina.- Limpieza cuerpo de la bomba.

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- Reposición de juntas.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

2.3.- MANTENIMIENTO BOMBAS SECUNDARIO AGUA CALIENTE

DIARIAMENTE

- Comprobar funcionamiento de las unidades.

MENSUALMENTE

- Comprobar la inexistencia de ruidos anormales y calentamiento en cojinetes, engrasándolos si procede.- Comprobación del alineamiento motor-bomba.- Comprobación y maniobra de válvulas de aspiración e impulsión.- Verificación entrada en funcionamiento de las diferentes bombas.- Verificación funcionamiento dispositivos de variación de caudal.

SEMESTRALMENTE (ANTES DE LA TEMPORADA DE CALEFACCION)

- Comprobar vibraciones y estado de los anclajes.- Repaso de pintura si procede.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Limpieza u observación desgaste turbina.- Limpieza cuerpo de bomba.- Revisión de eje y comprobación desgaste.- Revisión de cojinetes.- Reposición de juntas.- Reposición espárragos, tuercas y tornillos que sean necesarios.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

2.4- MANTENIMIENTO VASOS DE EXPANSION DEL CIRCUITODE CALOR.

MENSUALMENTE

- Verificar válvulas de llenado y vaciado.- Limpieza filtro de aspiración de aire.- Revisar tapones llenado y vaciado de aceite, revisar juntas.- Cambiar aceite cada 400 horas.- Comprobar alarmas de exceso y defecto de agua.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Comprobar tarado válvula de seguridad de la instalación (lado-aire).

2.5.- CHIMENEAS.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

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- Comprobación de la estanqueidad de la chimenea, especialmente de la acometida de la caldera a la chimenea.- Idem idem compuerta de registro.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO EN LAS INSTALACIONES CUYA EJECUCION SEA ANTERIOR A 2005

- Limpieza de la chimenea.

3.- MANTENIMIENTO VENTILADORES Y EXTRACTORES

MENSUALMENTE

- Comprobar la no existencia de calentamientos anormales.- Comprobar tensión de las correas de transmisión (si procede).- Verificar la inexistencia de ruidos y vibraciones.- Comprobar que los equipos giran libremente con la mano.- Comprobar los enclavamientos con los termostatos.

ANUALMENTE

- Inspección de soportes antivibradores, anclajes y tornillería en general. (*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

4.- MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE DISTRIBUCION DE AGUA FRIA Y CALIENTE

ANUALMENTE

- Revisión general de fugas en tramos galería.- Revisión aislamientos.- Revisión y accionamiento de todas las válvulas, incluidas las automáticas.- Revisión de la posible existencia de corrosiones.- Revisión de filtros.- Revisión aparatos de medida.

5.-GRUPO DE PRESIÓN

SEMANALMENTE- Comprobación de la puesta en funcionamiento del grupo de presión.- Comprobación de la rotación entre las bombas del grupo de presión.

SEMESTRALMENTE

- Comprobación del estado de las válvulas de aspiración e impulsión en bombas.- Comprobación estado de cierres mecánicos de bombas.- Verificación del funcionamiento de sondas de presión y autómata, comprobando la entrada en funcionamiento en secuencia de las bombas.- Comprobación del funcionamiento en manual.

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- Comprobación de la parada de las bombas por bajo nivel del depósito acumulador.- Comprobación del funcionamiento de las válvulas de llenado de los depósitos de acumulación, así como de la renovación de los mismos.- Comprobar funcionamiento válvula reductora presión del anillo.

ANUALMENTE

- Limpieza y observación desgastes turbina.- Limpieza cuerpo de bomba.- Revisión de eje y comprobación desgaste.- Revisión de cojinetes.- Reposición de juntas.- Reposición espárragos, tuercas y tornillos que sean necesarios.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO

- Limpieza de los depósitos de acumulación.(*) A los motores eléctricos les será ejecutado su mantenimiento específico.

6.-AGUA FRIA, CALIENTE Y SANITARIOS

TRIMESTRALMENTE

- Revisión de los calentadores eléctricos de agua sanitaria distribuidos por el Campus..- Revisión de redes de distribución, comprobando estanqueidad, goteo y humedades en juntas y soldaduras.- Revisión de grifos, válvulas y llaves de paso, comprobando hermeticidad y prensas.- Revisión y comprobación de válvulas de retención y fluxómetros.- Revisión del estado de soportes y aislamientos.- Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones.- Comprobación del funcionamiento del termo eléctrico de cafetería.- Idem idem duchas vestuarios personal.

ANUALMENTE

- Limpieza y engrase de válvulas generales al tiempo que se procede a su apertura y cierre.- Reapriete de prensas o sustitución de empaquetaduras de dichas válvulas.

7.- CARPINTERIA Y CERRAJERÍA BASICAS

7.1.-MANTENIMIENTO DE PUERTAS INTERIORES

DIARIAMENTE

- Comprobación del estado exterior de puertas (chapado de formica, cristal superior, rotulación, etc.).

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SEMESTRALMENTE

- Revisión, limpieza y engrase de los elementos móviles, cerraduras y manillones.- Revisión y mantenimiento de junquillos metálicos o de madera.- Reposición de cristales deteriorados.

ANUALMENTE

- Comprobación de la perfecta nivelación de la hoja.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO Y SEGÚN NECESIDAD

- Pintado de precerco, cerco y hoja por ambas caras (sólo cara interior en despachos).

7.2.-MANTENIMIENTO DE PUERTAS EXTERIORES

DIARIAMENTE- Comprobación del estado exterior y perfecto funcionamiento de las puertas.- Comprobación de la inexistencia de obstáculos que impidan la apertura de puertas hacia el exterior.

SEMESTRALMENTE

- Previsión, limpieza y engrase de los elementos móviles, guías y herrajes de seguridad y cerraduras.- Revisión y mantenimiento de junquillos metálicos.- Revisión y comprobación del líquido de frenos retenedores.- Revisión y reposición (en su caso) de sellados de silicona y reposición de cristales deteriorados.

ANUALMENTE

- Comprobación de la perfecta nivelación de la hoja.- Comprobación de anclajes.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO Y SEGÚN NECESIDAD

- Si existen indicios de oxidación, tratarlos con tres capas de minio y acabado en pintura oxirón.

7.3.-MANTENIMIENTO VENTANAS

DIARIAMENTE

- Comprobación del estado exterior de ventanas.

SEMESTRALMENTE

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- Revisión, limpieza y engrase de los elementos móviles, guías y cerraduras, comprobando su funcionamiento.- Revisión y reposición (en su caso) del sellado de silicona.- Revisión y mantenimiento de junquillos metálicos.- Revisión, reparación, limpieza y engrase de las guías, elementos y mecanismos de giro de las persianas.- Reposición de cristales deteriorados.

ANUALMENTE

- Comprobación de la perfecta nivelación de las hojas.- Comprobación de anclajes.- Comprobación del estado de seguridad de los cierres especiales de pasarela y biblioteca.

7.4.-MANTENIMIENTO DE MAMPARAS Y RECUBRIMIENTO INTERIORDE LINOLEUM.

DIARIAMENTE

- Comprobación del estado exterior de mamparas y carpintería interior de linoleum.

ANUALMENTE

- Comprobación y ajuste de la presión de tensores en las mamparas autoportantes, así como de los elementos de ensamblaje.

UNA VEZ DURANTE EL PERIODO DE CONTRATO Y SEGÚN NECESIDAD

- Actuación sobre los defectos de la carpintería interior de linoleum.

7.5.-MANTENIMIENTO PIZARRAS

DIARIAMENTE

- Comprobación del estado exterior de las pizarras.

SEMESTRALMENTE

- Revisión, limpieza y engrase de los elementos móviles, guías y cadenas de las pizarras móviles. Comprobación de la nivelación de la pizarra.- Revisión elementos de anclaje y fijación.- Revisión y reparación de las bandejas de tizas.