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7/23/2019 00001151.pdf http://slidepdf.com/reader/full/00001151pdf 1/4 REQUISITOS GENERALES Y DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITAR EL BENEFICIO JUBILATORIO ANEXO I (LEY 24018) PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS 1) Requisitos generales Edad:  Hombres y mujeres 60 años. Años de servicios: 30 años. Antigüedad en los cargos del PJN: 5 o 10 años según situación particular. Porcentaje de la jubilación: 82%. 2) Documentación a presentar * DNI (LC/LE) original y fotocopia de las páginas 1 y 2 incluyendo las del domi-/ cilio actualizado. Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traer constancias de domicilio actualizado (certificado policial). * Fotocopia certificada de la aceptación de la renuncia condicionada. en los términos del Dto. 8820/62 y 9202/62 (este requisito no debe cumplimen-/ tado por los magistrados, solo funcionarios)  * Constancia de opción al régimen previsional. * Formulario de certificación de servicios y remuneraciones confeccionado por la habilitación correspondiente, con certificación de firmas ante autoridad bancaria, judicial o previsional. Se certifica la última remuneración.  * Fotocopia del último recibo de haberes. * Si tuviera otros sevicios que declarar al momento de iniciar el trámite deberá consultar con nuestros gestores. * Acción judicial manteniendo la vigencia de la ley 24018 (fotocopia certificada) para el que la hubiera iniciado. * Si denuncia hijos discapacitados a cargo deberá presentar la documentación pertinente. * Documentos del cónyuge o conviviente (DU/LC/LE), fotocopia de acta o libreta de casamiento. N° de CUIT/CUIL o CDI y último recibo de haberes si hubiere jubilación. Email del departamento: previsió[email protected] ***************** ANEXO II y III (LEY 24241) PAT / POM (PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO y PERSONAL OBRERO Y MAESTRANZA) 1) Requisitos generales: Edad: Hombres: 65 / Mujeres: 60 Años de servicios: 30 Porcentaje estimativo de la jubilación:  50%  

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REQUISITOS GENERALES Y DOCUMENTACIÓNPARA TRAMITAR EL BENEFICIO JUBILATORIO

ANEXO I (LEY 24018) PARA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS

1) Requisitos generales

Edad: Hombres y mujeres 60 años.Años de servicios: 30 años.Antigüedad en los cargos del PJN: 5 o 10 años según situación particular.Porcentaje de la jubilación: 82%. 

2) Documentación a presentar * DNI (LC/LE) original y fotocopia de las páginas 1 y 2 incluyendo las del domi-/cilio actualizado. Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traerconstancias de domicilio actualizado (certificado policial). 

* Fotocopia certificada de la aceptación de la renuncia condicionada.en los términos del Dto. 8820/62 y 9202/62 (este requisito no debe cumplimen-/

tado por los magistrados, solo funcionarios) 

* Constancia de opción al régimen previsional. 

* Formulario de certificación de servicios y remuneraciones confeccionado por lahabilitación correspondiente, con certificación de firmas ante autoridad bancaria,judicial o previsional. Se certifica la última remuneración. 

* Fotocopia del último recibo de haberes. 

* Si tuviera otros sevicios que declarar al momento de iniciar el trámite deberáconsultar con nuestros gestores. 

* Acción judicial manteniendo la vigencia de la ley 24018 (fotocopia certificada)para el que la hubiera iniciado. 

* Si denuncia hijos discapacitados a cargo deberá presentar la documentaciónpertinente. 

* Documentos del cónyuge o conviviente (DU/LC/LE), fotocopia de acta o libretade casamiento. N° de CUIT/CUIL o CDI y último recibo de haberes si hubierejubilación. 

Email del departamento: previsió[email protected]

***************** 

ANEXO II y III (LEY 24241) PAT / POM (PERSONAL ADMINISTRATIVO YTECNICO y PERSONAL OBRERO Y MAESTRANZA) 

1) Requisitos generales:Edad: Hombres: 65 / Mujeres: 60Años de servicios: 30

Porcentaje estimativo de la jubilación: 50% 

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2) Documentación a presentar * DNI (LC/LE) original y fotocopia de las páginas 1 y 2 incluyendo las del domi-/cilio actualizado. Si el domicilio no coincide con el del documento, debe traerconstancias de domicilio actualizado (certificado policial). 

* Fotocopia certificada de la aceptación de la renuncia condicionada en los

términos del Dto. 8820/62 y 9202/62. 

* Constancia de opción al régimen previsional (Reparto/Capitalización). 

* Formulario de certificación de servicios y remuneraciones confeccionado por lahabilitación correspondiente, con certificación de firmas ante autoridad bancaria,judicial o previsional. Se certifica los últimos 120 meses. 

* Fotocopia del último recibo de haberes. 

* Si tuviera otros sevicios que declarar al momento de iniciar el trámite deberá

consultar con nuestros gestores. 

* Si denuncia hijos menores de 18 años o discapacitados a cargo deberápresentar la documentación pertinente. 

* Documentos del cónyuge o conviviente (DU/LC/LE), fotocopia de acta o libretade casamiento. N° de CUIT/CUIL o CDI y último recibo de haberes si hubierejubilación. 

Email del departamento: previsió[email protected]

***************** 

REQUISITOS GENERALES Y DOCUMENTACIÓNPARA TRAMITAR EL BENEFICIO DE PENSION 

1)Requisitos generales pensión directa de magistrados o funcionarios (ley 24018) Se denomina pensión directa aquella que tramita el viudo/a o conviviente de un magis-trado o funcionario que fallece estando en actividad. También tienen derecho al beneficiolos hijos menores(hasta 18 años) o hija/o discapacitado sin límite de edad, con la debi-da representación. Otras probanzas, consultar. 

El porcentaje de la pensión es el 70% de la jubilación que le hubiere correspon-dido al causante.

2) Documentación requerida: *Partida de defunción, original y fotocopia.*Partida de matrimonio (actualizada con fecha posterior al fallecimiento) original y foto-/copias.*Si es conviviente información judicial. Original y fotocopia. Otras probanzas a consultar. 

* La misma documentación requerida para la trámitación del beneficio jubilatorio.Acciónjudicial manteniendo la vigencia de la ley 24018 para el que la hubiere iniciado (fotocopiacertificada).* Mientras se gestiona el trámite de la pensión podrá solicitarse el anticipo previsto enel art. 11 de la mencionada ley.

 

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1) Requisitos generales para tramitar una pensión derivada (ley 24018) Se denomina pensión derivada aquella que tramita el viudo/a o conviviente de un/a jubi-/lado/a. También tienen derecho al beneficio los hijos menores (18 años) o hijos disca-/pacitados sin límite de edad, con la debida representación. Otras pruebas, consultar. 

El porcentaje de la pensión es igual al 70% de la jubilación del causante. 

2) Documentación requerida: * Partida de defunción, original y fotocopia. 

* Partida de matrimonio (actualizada con fecha posterior al deceso) original y fotocopia. 

* Ultimo recibo previsional del causante. 

* DU/ LC/ LE, CUIT/CUIL/CDI del viudo/a o conviviente y último recibo de haberes sihubiere jubilación. 

*Si es conviviente información judicial. Original y fotocopia. Otras probanzas a consultar. 

* Mientras se gestiona el trámite de la pensión podrá solicitarse el anticipo previsto enel art. 11 de la mencionada ley. 

Email del departamento: previsió[email protected]

 ***************** 

1) Requisitos generales para tramitar una pensión directa (ley 24241) Se denomina pensión directa aquella que tramita el viudo/a o conviviente de un agente(anexos II y III) que fallece estando en actividad. También tienen derecho al beneficio loshijos menores (hasta 18 años) o hijo/a discapacitado/a sin limite de edad con la debidarepresentación.

El porcentaje de la pensión es el 70% de la jubilación que le hubiere correspon-dido al causante.

2) Documentación requerida: *Partida de defunción, original y fotocopia. 

*Partida de matrimonio (actualizada con fecha posterior al fallecimiento) original y foto-/copias. 

*Si es conviviente información judicial. Original y fotocopia. Otras probanzas a consultar. 

* La misma documentación requerida para la trámitación del beneficio jubilatorio. Secertifican los últimos 60 meses.

1) Requisitos generales para tramitar una pensión derivada (ley 24241) Se denomina pensión derivada aquella que tramita el viudo/a o conviviente de un/a jubi-/lado/a. También tienen derecho al beneficio los hijos menores (18 años) o hijos disca-/pacitados sin límite de edad con la debida representación. Otras probanzas, consultar. 

El porcentaje de la pensión es igual al 70% de la jubilación del causante. 

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2) Documentación requerida: * Partida de defunción, original y fotocopia.* Partida de matrimonio (actualizada con fecha posterior al deceso) original y fotocopia.* Ultimo recibo previsional del causante.* DU/ LC/ LE, CUIT/CUIL/CDI del viudo/a o conviviente y último recibo de haberes sihubiere jubilación. 

Email del departamento: previsió[email protected]