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I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo PROYECTO EDUCATIVO INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ANDRÉS DE VANDELVIRA BAEZA Baeza, octubre 2011 Página | 1

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I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

PROYECTO EDUCATIVO

INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ANDRÉS DE VANDELVIRA

BAEZA

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 1

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

ÍNDICE

1. Análisis de contexto

2. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo

3. Líneas generales de actuación pedagógica

4. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial

5. Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente del centro y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones

6. Los procedimientos y criterios de evaluación, promoción del alumnado y titulación del alumnado

7. La forma de atención a la diversidad del alumnado y la organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva

8. El plan de orientación y acción tutorial

9. El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias

10. El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar

11. El plan de formación del profesorado

12. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar

13. En el caso de las enseñanzas de formación profesional, los criterios para la elaboración de los horarios, teniendo en cuenta las características específicas de cada módulo en cuanto a horas, espacios y requisitos. Asimismo, se incluirán los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto

14. Los procedimientos de evaluación interna

15. Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado

16. Los criterios para determinar la oferta de materias optativas y, en su caso, el proyecto integrado. En el caso del bachillerato, además, los criterios para la organización de los bloques de materias en

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cada una de las modalidades impartidas, considerando su relación con las universidades y con otros centros que imparten la educación superior

17. En el caso de la formación profesional inicial, los criterios para la organización curricular y la programación de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y proyecto de cada uno de los ciclos formativos que se impartan

18. Los criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las enseñanzas

19. Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el instituto

20. Asignación de enseñanzas y criterios para la elaboración del horario lectivo del alumnado y del horario individual del profesorado

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1. ANÁLISIS DE CONTEXTO

El Instituto de Educación Secundaria “Andrés de Vandelvira” es uno de los dos Institutos donde se imparten ESO y enseñanza postobligatoria de la localidad de Baeza, provincia de Jaén, ciudad Patrimonio de la Humanidad, con una población de, aproximadamente, 16.000 habitantes y una actividad económica basada en el cultivo del olivar.

Situado en sus inicios en la periferia de la ciudad, hoy en día, se encuentra inmerso en una de las zonas de mayor expansión urbanística de la misma.

Nuestro Instituto comienza su andadura en el año 1976 como sección delegada de la Escuela de Maestría Industrial de Úbeda, no siendo hasta el año 1979 cuando pasó a ser Centro de Formación Profesional. El edificio que actualmente ocupamos, fue construido para albergar el Instituto de Bachillerato de la ciudad y que nunca ocupó. No obstante, y durante algún tiempo, se compartió el edificio con un centro de capacitación agraria.

Las ventajas e inconvenientes que el edificio tenía en sus comienzos eran varias. Fundamentalmente y, en lo referente al aulario, estaba bien dotado (existían aulas vacías sin ninguna utilización), pero en lo referente a los talleres necesarios para impartir la Formación Profesional era insuficiente, por lo que fue necesario, un tiempo después, la construcción de un taller para albergar el Segundo Grado de Electricidad.

Con la transformación, desde el curso 98/99, en centro LOGSE, y ante las necesidades imperiosas de espacio para ubicar las cuatro líneas autorizadas de la E.S.O., la dirección del Centro, no con pocas dificultades y con la colaboración del Ayuntamiento de Baeza a través del Plan Aula 2000, se construye un nuevo edificio. Ya desde su inicio éste nace con notables carencias de espacio, al no contemplar las necesidades originarias de este Centro, como son los espacios requeridos para la Formación Profesional, ya que estos fueron habilitados, en su mayoría, para las enseñanzas de la E.S.O.

Este Centro ha pasado en relativamente poco tiempo de ser un Instituto con 30 profesores/as y 300 alumnos/as, aproximadamente, cuando se impartía solamente la Formación Profesional, a estar albergando en la actualidad a más de 700 alumnos/as y alrededor de 70 Profesoras/es. Es decir, ha triplicado su ocupación, no siendo ésta correspondida en sus infraestructuras, estando distante de lo contemplado en el Real Decreto 132/2010 de 12 de febrero, donde se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de secundaria, y el decreto 777/1998 de 30 de abril sobre los espacios mínimos formativos para impartir la Formación Profesional Específica.

Proyectos del Centro:Proyecto TICProyecto BilingüismoProyecto Escuelas DeportivasProyecto Plan de familiaProyecto de mejora de la convivencia escolar

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Proyecto de Lectura y BibliotecaPARCES

CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

La zona en la que está ubicado el centro está habitada fundamentalmente por trabajadores del sector agrícola, de los sectores de comercio y servicios y alumnado procedente de familias de la Academia de la Guardia Civil.

El nivel cultural y económico de las familias que traen a sus hijos/as al Instituto es de tipo bajo-medio.

El alumnado de la E.S.O. procede casi exclusivamente de Baeza y fundamentalmente de los dos centros de Educación Primaria ubicados en la zona de influencia del Centro (C.E.I.P. Ángel López Salazar y C.E.I.P. Antonio Machado). Sin embargo, el alumnado de los distintos Bachilleratos y Ciclos Formativos es más diverso; no solo procede de Baeza, sino de las localidades de la comarca educativa donde no existen las enseñanzas de Bachilleratos y Ciclos Formativos, a excepción de Úbeda.

El alumnado que no procede de Baeza, es fundamentalmente:- Alumnado de transporte, proveniente de El Puente del Obispo, Sotogordo,

Ibros, Las Escuelas, La Yedra.- Alumnado inmigrante procedente de Marruecos, Rumanía, Pakistán, Perú y

Venezuela, aunque en un número poco significativo, alrededor de 15.- Alumnado de Centros de acogida y temporeros.

También contamos con alumnas/os con necesidades educativas especiales.

Durante el curso académico 2010-2011 el número de alumnas y alumnos matriculados es de alrededor de 700 en régimen de Enseñanza Presencial y además el alumnado de Educación a distancia, estando asignados a las siguientes etapas educativas:

ENSEÑANZA SECUNDARIA OBLIGATORIA:- 4 grupos de Primer curso (106 alumnos/as).- 4 grupos de Segundo curso (118 alumnos/as).- 4 grupos de Tercer curso (95 alumnos/as).- 3 grupos de Cuarto curso (107 alumnos/as).

BACHILLERATOS:- 1 grupo de 1º Científico-Tecnológico: 30 alumnos/as.- 2 grupos de 1º De Humanidades y C. sociales: 57 alumnos/as.- 1 grupo de 2º Científico-Tecnológico: 32 alumnos/as.- 1 grupo de 2º De Humanidades y C. sociales: 30 alumnos/as.

CICLOS FORMATIVOS:- 27 Alumnos/as en 1º G.M. de Gestión Administrativa.- 21 Alumnos/as en 1º G.M. de Instalaciones de Mantenimiento de Frío y Calor.- 8 Alumnos/as en 2º G.M. de Gestión Administrativa.- 18 Alumnos/as en 2º G.M. de Instalaciones de Mantenimiento de Frío y Calor.- 18 Alumnos/as en 1º de G.S. de Asistencia y guía turística.

PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL (PCPI):

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- 16 Alumnos/as en 1º de Auxiliar de oficina.- 11 Alumnos/as en 2º de Auxiliar de oficina.

ENSEÑANZA A DISTANCIA:- 87 Alumnos/as matriculados en diferentes módulos del ciclo de grado superior

de Información y Comercialización Turística.

2. OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR Y LA CONTINUIDAD DEL ALUMNADO EN EL SISTEMA EDUCATIVO

2.1. OBJETIVOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR2.1.1. Atender a la diversidad teniendo en cuenta los distintos ritmos de trabajo del

alumnado, realizando: Adaptaciones curriculares tanto significativas como no significativas cuando sea

necesario. Programas de refuerzo educativo en las materias instrumentales matemáticas,

lengua castellana e inglés. Apoyos pedagógicos de una hora semanal para el alumnado con un desfase

grande en las materias instrumentales. En 2º ESO programas de recuperación de pendientes en la hora de libre

configuración. Propuestas de alumnado para los PCD y los PCPI.

2.1.2. Utilizar una metodología activa y participativa, replanteándose los recursos metodológicos en los casos necesarios.

2.1.3. Fomentar en el alumnado de educación secundaria el desarrollo de las competencias recogidas en el Anexo I del Real Decreto 1631/2006 de 29 de diciembre.

2.1.4. Estimular al alumnado en el interés y en el compromiso con el estudio, en la asunción de sus responsabilidades y en el esfuerzo personal en relación con la actividad escolar.

2.1.5. Fomentar la correcta expresión oral y escrita, promoviendo el hábito de la lectura dedicando un tiempo a la misma desde todas las materias, tal y como se establece en sus programaciones didácticas.

2.2.1.2.2. OBJETIVOS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA Y DEL CLIMA ESCOLAR

2.2..1.Seleccionar las normas básicas de convivencia y trabajarlas en el aula.2.2..2.Difundir las normas de convivencia, así como las razones de las mismas y las

sanciones por su incumplimiento.2.2..3.Plantear un seguimiento más exhaustivo del cumplimiento de las normas de

convivencia especialmente durante los primeros meses del curso.2.2..4.Utilizar a los mediadores/as del centro en la resolución de conflictos.

2.3. OBJETIVOS REFERIDOS A LA IMPLICACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS2.3..1.Mantener reuniones trimestrales entre el tutor/a del grupo y los padres y

madres de su grupo.2.3..2.Mantener reuniones entre el tutor/a del grupo y el delegado/a los padres y

madres de su grupo.2.3..3.Establecer, cuando sea necesario, compromisos educativos y/o de convivencia

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con las familias del alumnado.2.3..4.Establecer un canal de información con las familias sobre las sanciones

impuestas a sus hijos/as.

2.4. OBJETIVOS REFERIDOS A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO2.4..1.Fomentar la coordinación entre el profesorado:

De cada equipo docente, para la detección de alumnado con necesidades específicas, tanto educativas como de convivencia.

De cada área de competencias, para coordinar la temporalización de contenidos de las distintas materias.

De los miembros de los departamentos didácticos, para coordinar las materias que son impartidas por distintos profesores en un mismo nivel.

2.4..1.2.4..2.Difundir las normas de funcionamiento del Aula de Convivencia.

2.5. OBJETIVOS REFERIDOS A LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO2.5..1.Promover la formación del profesorado en aquellas temáticas demandadas por

los departamentos en sus programaciones.

3. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA

Entre los objetivos educativos propuestos por la Unión Europea y la UNESCO se encuentran los siguientes: mejorar la capacitación docente, desarrollar aptitudes para la sociedad del conocimiento, garantizar el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, construir un entorno de aprendizaje abierto, hacer el aprendizaje atractivo, promocionar la ciudadanía activa, la igualdad de oportunidades y la cohesión social y mejorar el aprendizaje de idiomas extranjeros.

Así mismo Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y por otro la reciente Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía se hacen eco de los mismos, por tanto el Instituto de Enseñanza Secundaria Andrés de Vandelvira de Baeza ha de adoptar las indicaciones que los citados organismos proponen y las antedichas leyes publican, especificando las líneas generales de actuación pedagógica que se especificarán posteriormente.

Este es un documento del Proyecto Educativo de Centro que contiene los fines básicos o metas que el centro se propone alcanzar. Nace con la vocación de ser un documento de consenso de toda la comunidad educativa del centro, ya que es uno de los apartados más importantes del Proyecto de Centro.

El éxito de este documento estará en ser asumido por todos y todas como el marco de referencia de toda actividad del centro.

Consideramos esencial potenciar todos aquellos aspectos que pueden incidir positivamente en el desarrollo de los alumnos y alumnas durante su andadura en el IES Andrés de Vandelvira y, por supuesto, establecer otras líneas de actuación de tipo organizativo para favorecer la consecución de ese objetivo primordial.

Las Líneas de Actuación Pedagógica deben definir los rasgos de identidad del centro, su carácter singular y su propio estilo educativo, por tanto, deben ser el primer elemento

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del proyecto de un centro y deben desarrollarse para ser efectivas a través del Proyecto Educativo de Centro y el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

El I.E.S. “Andrés de Vandelvira”, como centro público, se manifiesta pluralista y democrático, entendiendo que la democracia escolar es imprescindible para una enseñanza y una convivencia eficaz, y se basa en la participación de todos los sectores de la comunidad educativa a través de sus representantes.

Pretendemos ser un Instituto abierto a toda la ciudad, comprometido con ella y manteniendo unas relaciones de comunicación fluidas con los distintos estamentos e instituciones.

En base a las premisas establecidas anteriormente, consideramos que las finalidades educativas más adecuadas a nuestra realidad actual deben ser las siguientes:

3.1. FOMENTAR Y VALORAR EL ESFUERZO PERSONAL, Y LA CAPACIDAD DE SUPERACIÓN DE DIFICULTADES, AYUDÁNDOLES A PLANIFICAR Y ORGANIZAR EL TIEMPO

El principio y el valor del esfuerzo, recogido en el preámbulo de la LOE, resulta indispensable para lograr una educación de calidad, debe aplicarse a todos los miembros de la comunidad educativa. Cada uno de ellos tendrá que realizar una contribución específica. Por ello, exigimos a nuestro alumnado el máximo empeño y esfuerzo por conseguir una formación plena y de calidad. Las familias habrán de colaborar estrechamente y deberán comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes. Los centros y el profesorado deberán esforzarse por construir entornos de aprendizaje, ricos, motivadores y exigentes. Las Administraciones educativas tendrán que facilitar a todos los componentes de la comunidad escolar el cumplimiento de sus funciones, proporcionándoles los recursos que necesitan y reclamándoles al mismo tiempo su compromiso y esfuerzo. La sociedad, en suma, habrá de apoyar al sistema educativo y crear un entorno favorable para la formación personal a lo largo de toda la vida. Solamente el compromiso y el esfuerzo compartido permitirán la consecución de objetivos tan ambiciosos.

3.2. CONTRIBUIR AL DESARROLLO INTEGRAL DEL ALUMNADO

Para ello se potenciará el desarrollo de su inteligencia y su madurez social, con el fin de lograr que los alumnos y las alumnas sean individuos autónomos y capaces de relacionare positivamente con los demás. Al mismo tiempo se introducirán contenidos dirigidos a la vida cotidiana y práctica, que despierten honestidad e ilusión por el trabajo bien hecho.

Para la consecución de esta meta se hace necesario potenciar el desarrollo de la personalidad, el respeto a la dignidad de la persona, la autoestima, el sentido de la responsabilidad, la autonomía y la libertad.

También es necesario fomentar la formación en valores y capacidades como la creatividad, afectividad y actitud crítica a través de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanos y estéticos

Esta Línea de actuación demanda una educación que favorezca la formación de juicios personales, la capacitación de alumnado para resolver problemas, el hábito de realizar por sí mismos reflexiones, análisis y toma de posturas razonadas ante hechos y situaciones de la vida.

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3.3. DESARROLLAR UNA EDUCACIÓN COMPRENSIVA Y DIVERSA TENIENDO EN CUENTA LAS NECESIDADES Y CARACTERÍSTICAS PROPIAS DEL ALUMNADO

Con esta actuación no sólo pretendemos que el Proyecto Educativo de Centro se adapte a las características propias del contexto social y cultural que nos rodea, sino que además dé respuesta a las diferencias de los alumnos y alumnas en función de las capacidades, necesidades, dificultades, intereses, motivaciones y estilos de aprendizaje que éstos manifiestan, tomándolos como punto de referencia para la acción educativa, prestando una especial atención a aquellos que presentan dificultades derivadas de su situación socio-cultural.

Las medidas que se utilizarán para atender a la diversidad de nuestro alumnado son la optatividad, opcionalidad, y cuando el caso lo requiera, refuerzo educativo, medidas de ampliación, adaptación curricular y diversificación.

En cuanto al alumnado con necesidades educativas especiales, transitorias o permanentes asociadas a limitaciones físicas, sensoriales, intelectuales, sociales afectivas, logopédicas, motóricas o de sobredotación, se tomarán medidas de refuerzo educativo, de ampliación, de adaptación curricular o, en su caso, de diversificación curricular.

Para alcanzar este objetivo será necesaria una estrecha colaboración entre el Departamento de Orientación y los Departamentos Didácticos, así como la ayuda de los Equipos de Orientación Educativa y las familias.

3.4. PROPORCIONAR A LOS ALUMNOS UNA FORMACIÓN QUE ESTIMULE LA INVESTIGACIÓN, LA REFLEXIÓN Y EL ESTUDIO, LA CREATIVIDAD Y LA VALORACIÓN CRÍTICA

Esta actuación se alcanzará mediante procesos de enseñanza que permitan a los alumnos: Entender, explicar racionalmente y actuar sobre los fenómenos naturales y sociales. Expresarse y comunicarse con los demás, no sólo de forma intelectual sino también emotiva.

Así mismo demandará huir de la pura transmisión de conocimientos y planteará la utilización de procedimientos que logren la motivación o predisposición favorable del alumnado para comprender y encontrar sentido a lo que aprende. Esto implica establecer relaciones entre los nuevos contenidos y los conocimientos previos y experiencias personales de los jóvenes.

Asumir esta actuación requiere la definición de una línea metodológica coherente con el modelo que en ella se propone, así como el compromiso de llevarla a la práctica diaria en el aula.

Corresponde al Claustro de Profesores y Profesoras, a través del Proyecto Educativo de centro, adaptado a las necesidades del entorno y del alumnado, definir y concretar acciones encaminadas al logro de esta Línea de actuación pedagógica.

3.5. FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE TODOS LOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y POTENCIAR LAS RELACIONES ENTRE ELLOS

Con esta línea de actuación se pretende estimular la participación de los distintos sectores que componen la comunidad educativa a través de sus representantes (alumnado, profesorado, padres y madres y personal de administración y servicios) en la organización y funcionamiento del centro, así como el impulsar las relaciones y la comunicación existente entre ellos.

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Crear un entorno que favorezca la formación de convivencia democrática y que desarrolle actitudes de tolerancia, solidaridad y responsabilidad.

3.6. EDUCAR EN LOS PRINCIPIOS Y VALORES DEMOCRÁTICOS DE CONVIVENCIA

Educar para la convivencia implica un esfuerzo formativo en dos direcciones, respeto a la autonomía de los demás y diálogo como forma de solucionar diferencias, evitando actitudes violentas, promoviendo actitudes solidarias y comprometidas con la defensa de los Derechos Humanos.

Para formar a los alumnos y las alumnas como ciudadanos y miembros de una comunidad es necesario promover un talante democrático y tolerante, basado en el respeto de las personas individualmente y como grupo, rechazando cualquier tipo de discriminación. Esto implica aceptar las diferentes formas de pensar respetando la pluralidad social, lingüística y cultural, trabajando simultáneamente la coeducación como eje transversal en nuestras aulas.

Para el logro de este propósito es necesaria la acción conjunta y comprometida de todos los sectores de la comunidad educativa, mediante un modelo organizativo de participación que será preciso contemplar en el R.O.F.

3.7. FAVORECER EL DIÁLOGO Y LA COMUNICACIÓN ENTRE LOS DIFERENTES SECTORES QUE FORMAN LA COMUNIDAD ESCOLAR Y OTRAS INSTITUCIONES NO ESTRICTAMENTE EDUCATIVAS DEL ENTORNO

Este objetivo intenta dar respuesta a la falta de coordinación de los distintos niveles educativos con el mundo empresarial e institucional, proponiendo las siguientes líneas de actuación:

Potenciar las relaciones interdisciplinares y de coordinación entre los distintos Departamentos, fomentando en el profesorado el trabajo en equipo y la distribución racional de responsabilidades.

Poner a los padres en contacto con la realidad educativa y favorecer su participación.

Agilizar los controles de asistencia del alumnado para favorecer una respuesta inmediata al absentismo escolar.

Racionalizar las tareas del personal no docente y la integración en la vida educativa.

Mantener un diálogo constante con los miembros de los diversos estamentos, puesto que sus sugerencias pueden revertir en un mejor funcionamiento del Centro. Esto supone aceptar las críticas siempre que éstas sean constructivas.

Mantener la colaboración en la realización de actividades y otras propuestas tanto de Departamentos como de asociaciones de padres y alumnos.

Integrar al Centro en la comunidad a la que pertenece, colaborando con instituciones como el Ayuntamiento, los Servicios Sociales, el Centro de Salud y otros.

3.8. FOMENTAR EL CONOCIMIENTO DEL MEDIO SOCIAL, NATURAL Y CULTURAL, DESARROLLANDO VALORES, COMPORTAMIENTOS Y ACTITUDES QUE CONTRIBUYAN A LA DEFENSA Y MEJORA DE LOS MISMOS

Con esta línea de actuación pretendemos potenciar la intervención del alumnado en la mejora de su entorno a través del conocimiento, valoración y respeto de los bienes naturales, artísticos y culturales más cercanos a ellos.

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Mediante el conocimiento de nuestra realidad socio-cultural inmediata (ciudad, comarca, patrimonio, etc.), estableceremos relaciones con les restantes realidades sociales, culturales, económicas, etc.

La educación ambiental, tema transversal en la práctica educativa, permite abrir las puertas a un profundo conocimiento del medio socio-natural, para desarrollar actitudes responsables y comprometidas en la defensa y conservación del medio ambiente.

3.9. CAPACITAR AL ALUMNADO PARA SU INCORPORACIÓN A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL Y PARA ACCEDER A ESTUDIOS UNIVERSITARIOS O CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR

Para llevar a cabo esta actuación consideramos prioritario:

Atender preferentemente a la orientación vocacional y profesional del alumnado.

Informar al alumnado de las materias optativas que oferta la administración educativa, y en función de sus intereses y de las posibilidades del Centro, realizar una oferta ajustada.

Facilitar al alumnado una información completa de los distintos bachilleratos y ciclos formativos de grado medio y superior.

Realizar una amplia oferta de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, intentando cubrir el mayor número posible de familias profesionales.

Potenciar y favorecer la acción tutorial haciendo que se desarrollen las relaciones de alumno/a y tutor/a, con la colaboración decidida de las familias.

Mejorar la infraestructura y ampliar los recursos del centro.

Es evidente que nuestra comunidad educativa por sí sola no puede dar respuesta a toda esta serie de prioridades, pero sí ha de adquirir el compromiso de emprender acciones pertinentes en defensa de ellas ante los órganos y entidades correspondientes.

3.10. FOMENTAR EN NUESTRO ALUMNADO HÁBITOS SALUDABLES, POTENCIANDO LA EDUCACIÓN PARA LA SALUD

Las líneas de actuación que proponemos para conseguir este objetivo son:

Desarrollar actitudes que favorezcan la higiene personal y colectiva, permitan la consecución de hábitos de orden y limpieza en sus tareas diarias.

Trabajar en programas que combatan abiertamente el tabaquismo y el alcoholismo, favoreciendo las actividades deportivas como alternativa para una vida sana.

Elaborar programas de prevención e información en temas como el SIDA, drogas, sexualidad, delincuencia, etc.

4. COORDINACION Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES, ASI COMO EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS MATERIAS O MÓDULOS DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS ENSEÑANZAS, INTEGRANDO LA IGUALDAD DE GÉNERO COMO UN OBJETIVO PRIMORDIAL

El art. 6.1 del R.D. 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la educación secundaria obligatoria define que: "Se entiende por currículo de la educación secundaria obligatoria el conjunto de objetivos,

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competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa".

En el apartado 4 de este mismo artículo, se prevé que: "Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo de la educación secundaria obligatoria establecido por las administraciones educativas, concreción que formará parte del proyecto educativo al que hace referencia el artículo 121.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación".

En línea con lo precedente, el art. 5.1 de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación secundaria obligatoria en Andalucía, establece: "Los centros docentes dispondrán de autonomía pedagógica y de organización para el desarrollo y concreción del currículo de la educación secundaria obligatoria y su adaptación a las necesidades de su alumnado y a las características específicas del entorno social y cultural en el que se encuentren".

En consecuencia, el currículo de las diferentes materias o áreas debe ser desarrollado, concretado y adaptado por los centros en el proyecto educativo, atendiendo a lo dispuesto en los Anexos I y II del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la educación secundaria obligatoria, y en el Anexo I de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación secundaria obligatoria en Andalucía.

4.1. CONCRECIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES

El currículo por materias e itinerarios puede verse en el apartado O sobre la optatividad.

Al principio de cada curso escolar, cada Departamento entregará a Jefatura de Estudios la programación didáctica de las distintas materias, asignaturas o módulos que tuviera asignados, siguiendo las orientaciones metodológicas expuestas en el artículo 4 de la Orden de 10 de agosto de 2007 para la ESO, en el artículo 7 del Decreto 416/2008 para el Bachillerato; así como las propias de cada Ciclo Formativo de Formación Profesional y del PCPI.

El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP) tiene como función principal asegurar la adecuada coordinación de las distintas programaciones. A tal efecto, se reunirá a principios de cada curso para establecer las directrices generales para la elaboración de las programaciones departamentales.

Dado que nuestro instituto cuenta con una sección bilingüe, corresponde a ala persona que ejerza la Coordinación de dicha sección coordinar a los distintos departamentos implicados en la elaboración del currículo integrado.

Además existen las figuras de Coordinador de proyectos educativos y coordinadores de área. Estos últimos realizarán un estudio para analizar la coherencia en la secuenciación de los contenidos de las diferentes materias afines (por ejemplo, matemáticas-física y química) dentro de un mismo nivel, así como dentro de niveles consecutivos. Además, sugerirán propuestas para la realización de los trabajos monográficos interdisciplinares.

4.2. EDUCACIÓN EN VALORES

La igualdad entre hombres y mujeres se presenta como un principio básico y un derecho fundamental dentro del marco legal de la Comunidad Europea, la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Andaluza.

Es por ello que desde nuestro centro, sentimos la necesidad de aportar todo nuestro trabajo para mejorar estas situaciones que creemos que pueden ser cambiadas,

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e involucrarnos lo más activa y positivamente posible para hacer realidad una forma de vida más igualitaria y más justa para todas las personas que conocemos y que nos preocupan.

Siendo conscientes de esta realidad, nuestro centro siempre se ha sentido como un espacio de cambio y de progreso social en cuanto al aprendizaje de nuevas actitudes de ciudadanía, convivencia e igualdad. No podemos, pues, olvidar que la formación integral que persigue la educación secundaria obligatoria ha de estar fundamentada en todo momento en la educación en valores.

Dentro de los contenidos que se relacionan a continuación, el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres será fundamental:

Cultura andaluza. Educación para la paz. Educación para la salud. Educación para la igualdad entre los sexos. Educación ambiental. Educación del consumidor.

La presencia de este tipo de contenidos obedece a la necesidad que tiene el sistema educativo de dar respuesta a las demandas explícitas, problemas o necesidades fundamentales de la sociedad en un período o contexto concreto.

Se trata de contenidos de enseñanza - aprendizaje que no hacen referencia directa a ninguna materia concreta ni a ninguna edad o etapa educativa sino que deben estar presenten en todas las materias y a lo largo de toda la escolaridad.

Son las fuentes sociológicas las responsables de que la sociedad, sus demandas, sus valores, sus necesidades, sus aspiraciones, su modelo de interrelaciones, impregnen el currículo y se introduzcan en el Centro educativo a través de los contenidos de carácter transversal. Su importancia, por tanto, es esencial para que la educación cumpla su sentido pleno de contribuir a la formación integral del ser humano para que se incorpore a la sociedad de su tiempo de forma autónoma y participativa. En consecuencia, la planificación de la actividad educativa empapada de estos contenidos no puede quedar a la improvisación de actividades o trabajos puntuales o descontextualizados. Si las necesidades de la sociedad van cambiando, la determinación de estos contenidos no debe ser rígida, inflexible, sino que será nuestra capacidad de analizar las demandas de esta sociedad la que determine aquellos contenidos más adecuados en un período concreto.

Por otra parte, entendemos que la contemplación de los contenidos de carácter transversal a lo largo de todo el currículo mediante su integración en las materias permite que se desarrollen los valores y actitudes que se contemplan tanto en nuestros objetivos como en las capacidades generales a desarrollar en esta etapa educativa como, por ejemplo, el respeto a la diversidad, el pensamiento crítico, la transformación de la realidad, la solidaridad, la tolerancia, la aceptación personal, la democracia, el pluralismo, la autonomía personal, la cooperación, la coeducación, el rechazo al racismo y la xenofobia, el pacifismo..

Adoptando como base esta conceptualización, cada Departamento Didáctico incluirá los temas transversales en sus respectivas programaciones. Igualmente, como también se contempla en el Plan de Orientación y Acción Tutorial, en los programas de intervención del Departamento de Orientación y las tutorías, los temas transversales ocuparán un lugar permanente a la hora de enfocar las diferentes propuestas de trabajo.

4.3. CRITERIOS GENERALES PARA ABORDAR ESTA PRESENCIA DE LOS CONTENIDOS DE CARÁCTER TRANSVERSAL EN LAS MATERIAS:

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4.3.1. Integración de la temática en el trabajo curricular de manera normalizada, en vez de puntual

4.3.2.Impregnación de los contenidos propios de cada materia con los principios de los contenidos transversales: selección y organización de contenidos

4.3.3.Organización de las actividades concretas de los valores y actitudes propias de este tipo de contenidos.

4.3.4.Elección de materiales y recursos Didácticos que integren estos contenidos.4.3.5.Integración de contenidos transversales cuando se elaboren materiales

curriculares propios.Para su programación se contará con las posibles sugerencias de toda la

comunidad educativa. Como norma, los contenidos transversales no se programarán en paralelo al resto de contenidos curriculares sino que estarán inmersos en las actividades diseñadas. Cada Departamento dará prioridad, dependiendo de sus características específicas, a aquellos contenidos transversales que le afecten más directamente.

Aunque el modelo de tratamiento que daremos a los contenidos transversales será su integración en las materias, seremos también sensibles a un conjunto de conmemoraciones (día del árbol, día de la mujer, día de la paz, día del medio ambiente...) que nos permitirán reforzar nuestra atención y favorecer la sensibilización de toda la comunidad educativa hacía los mencionados contenidos.

En este sentido se abordarán:

Realización de actividades específicas en las que los temas transversales sean objeto especial de estudio.

Celebración de actividades extraescolares y/o complementarias con motivo de efemérides, conmemoraciones, que afecten directamente a estos temas.

- Día Internacional contra la violencia hacia las mujeres (25 de noviembre, de cada curso escolar.) Se tratará en las tutorías, en Alternativa y Religión, así como en la optativa “Cambios sociales y nuevas relaciones de Género”. Algunas de las actividades serán dirigidas por el Centro de Información de la Mujer de la localidad y también con el asesoramiento del Instituto de la Mujer,

- El 6 de diciembre se resaltarán aquellos artículos de nuestra Constitución que mencionen expresamente la igualdad de todos los españoles y españolas ante la ley. Resaltaremos el papel de algunas mujeres en la consecución de objetivos democráticos, tanto en las tutorías, como en Alternativa y Religión, así como en la optativa “cambios sociales y nuevas relaciones de Género”.

- 3 de diciembre, Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Actividades de reflexión sobre la doble discriminación que sufren las mujeres discapacitadas. Se convocará a mujeres con discapacidades, algunas de ellas antiguas alumnas del centro, para que hagan llegar al alumnado sus propias experiencias.

- El 30 de enero, Día Internacional de la No Violencia y la Paz. Destacar a las mujeres que han sido Premio Nóbel de la Paz. Destacaremos el papel tradicional y actual de las mujeres en los conflictos bélicos.

- En el día de Andalucía se darán a conocer, a través de diferentes actuaciones, exposiciones fotográficas…etc. la contribución de las mujeres andaluzas a diversos ámbitos culturales, artísticos, políticos y económicos.

- El día Internacional de la Mujer (8 de marzo), se promoverán una serie de actividades que promuevan y difundan principios como la conquista de las libertades sociales y políticas y la aspiración a la independencia personal y económica.

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- Día del medioambiente (5 de junio), se realizarán actividades enfocadas a la mejora por el respeto al medio que nos rodea.

Organización de actividades en las que participen diferentes sectores de la comunidad que se engloben en torno a estos temas.

Finalmente, para orientar el trabajo de programación de los diferentes Departamentos, procedemos a resaltar los aspectos u objetivos básicos de los contenidos transversales de manera que cada materia incida de forma más específica en algunos de ellos:

CULTURA ANDALUZA

• Afianzamiento de la identidad andaluza mediante la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos y culturales del pueblo andaluz.

• Identificación de las realidades, tradiciones, problemas y necesidades de Andalucía

EDUCACIÓN PARA LA PAZ

• Desarrollo de actitudes, estados de conciencia y conductas prácticas que permitan la comprensión internacional, la tolerancia, el desarme, la no violencia, el desarrollo, la cooperación con los países subdesarrollados.

• Desarrollo de procedimientos que permitan la solución dialogada de conflictos.• Respeto a la autonomía de los demás.• Uso del diálogo como forma de solucionar los conflictos.• Educación multicultural e intercultural: rechazo de actitudes racistas y

xenófobas.• Desarrollo de actitudes de educación para la convivencia en el pluralismo y la

diferencia.

EDUCACIÓN PARA LA SALUD

• Adquisición de un concepto integral de la salud como bienestar físico y mental, individual, social y medioambiental.

• Adquisición de conocimientos sobre el cuerpo, sus anomalías y enfermedades, así como el modo de prevenirlas y curarlas.

• Desarrollo de hábitos de salud como la higiene corporal y mental, la alimentación correcta, la prevención de accidentes,...

EDUCACIÓN PARA LA IGUALDAD ENTRE LOS SEXOS

Incluir en las programaciones contenidos que conciencien sobre el papel de la mujer en la sociedad y sensibilicen al alumnado respecto a la discriminación, los estereotipos machistas y la violencia de género, buscando con ello el:

• Desarrollo de una actitud que identifique y rechace la discriminación de la mujer y favorezca la educación para la igualdad.

• Desarrollo de la autoestima y aceptación del cuerpo como expresión de la personalidad.

• Análisis crítico de la realidad y corrección de prejuicios sexistas y sus manifestaciones en el lenguaje, publicidad, juegos, mundo profesional y laboral.

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• Adquisición de hábitos y recursos que permitan el desempeño de cualquier tipo de tareas, incluidas las domésticas.

• Desarrollo de un espíritu crítico ante actitudes de "posesión" masculina y comportamientos o sentimientos negativos como "los celos".

EDUCACIÓN AMBIENTAL

• Adquisición de experiencias y conocimientos que permitan la comprensión de los principales problemas ambientales.

• Desarrollo de la responsabilidad respecto al medio ambiente global.• Adquisición de hábitos individuales de protección del medio ambiente en el

entorno cercano.

EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR

• Conocimiento de los mecanismos del mercado, los derechos del consumidor...• Creación de conciencia de consumidor responsable con una actitud crítica ante

el consumismo y la publicidad.

5. LOS CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO Y DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS PARA LA REALIZACIÓN DE SUS FUNCIONES

5.1. LAS JEFATURAS DE DEPARTAMENTO

5.1.1.Nombramiento

La dirección hará propuesta, oído el Claustro, de las Jefaturas de los Diferentes Departamentos a la persona titular de la Delegación de Educación.

Las jefaturas de Departamento recaerán sobre el profesorado con destino definitivo en el centro y desempeñarán su cargo por dos cursos académicos, siempre que durante dicho período continúen prestando servicio en el instituto.

Las Jefaturas de Departamento de coordinación didáctica y de Orientación serán ejercidas preferentemente por profesorado funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

La propuesta procurará la participación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos de coordinación docente. A estos efectos, se entiende por participación equilibrada aquella situación que garantice la presencia de hombres y mujeres al menos en un cuarenta por ciento del total de las Jefaturas Departamentales propuestas. Si el número de miembros no permitiera alcanzar este porcentaje se garantizará, en todo caso, la presencia de ambos sexos en el mismo.

En caso de no ponerse de acuerdo el departamento, la dirección nombrará al Jefe/a de Departamento de entre las personas interesadas y que acompañen un proyecto de departamento que contemple las líneas básicas de actuación para el periodo de gestión y se tendrá en cuenta un orden rotativo.

5.2.1. Criterios pedagógicos para establecer los órganos de coordinación docente

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Según dispone el artículo 82 del decreto 327/2010, se constituirán los siguientes Órganos de coordinación docente.a) Equipos docentes. Uno por cada grupo.b) Áreas de competencias.

1. Área Socio-Lingüística2. Área Científico-Tecnológica3. Área Artística.4. Área de Formación Profesional

c) Departamento de orientación.d) Departamento de formación, evaluación e innovación educativa.e) Equipo técnico de coordinación pedagógica.f) Tutorías. Una por cada grupog) Departamentos de coordinación didáctica que se determinen hasta un máximo de quince.h) Departamento de actividades complementarias y extraescolares.i) Departamento de Proyectos Educativos.j) Departamentos de Familias Profesionales.1) Familia Profesional de Administración y Gestión.2) Familia Profesional de Instalación y Mantenimiento.3) Familia Profesional de Hostelería y Turismo.

En el IES Andrés de Vandelvira Los Departamentos didácticos se constituirán en función de los siguientes criterios:

1. El Departamento ha de tener profesorado titular de algunas de las materias que puedan formar parte del mismo.

2. Tendrán un mínimo de materias con una carga lectiva de doce horas en adelante. Por debajo de 12 horas las enseñanzas podrían ser absorbidas por otro Departamento.

Los Departamentos de Coordinación Didáctica establecidos para el curso 2011-12 en el IES Andrés de Vandelvira son los siguientes, de acuerdo con el Decreto 327/2010:

1 Matemáticas 9 Educación Física

2 Biología y Geología 10 Francés

3 Física y Química 11 Inglés

4 Plástica y Visual 12 Filosofía

5 Tecnología e Informática 13 Cultura Clásica

6 Geografía e Historia 14 Instalación y Mantenimiento

7 Lengua Castellana y Literatura 15 Administración y Gestión

8 Música 16 Hostelería y Turismo

Además de estos, existirán los siguientes Departamentos como órganos de coordinación docente:

Departamento de Formación, evaluación e innovación educativa.

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Departamento de Orientación. Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares. Departamento de Proyectos Educativos. (PARCES, Coeducación, Plan de Familia y

Escuelas Deportivas, etc.)Competencias:

Son competencias de las jefaturas de los departamentos:1. Coordinar y dirigir las actividades del departamento, así como velar por su

cumplimiento.2. Convocar y presidir las reuniones del departamento y levantar acta de las mismas.3. Coordinar la elaboración y aplicación de las programaciones didácticas de las

materias, módulos o, en su caso, ámbitos que se integrarán en el departamento.4. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición

del material y el equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento.

5. Colaborar con la secretaría en la realización del inventario de los recursos materiales del departamento.

6. Representar al departamento en las reuniones de las áreas de competencias y ante cualquier otra instancia de la Administración educativa.

7. Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

5.2.1. Horario de reducción: (Orden de 20 de agosto de 2010).

El número total de horas de dedicación para la realización de las funciones de coordinación docente son las siguientes:

Departamentos didácticos: 39 horas. Jefaturas de áreas de Competencias: 8 horas. Departamento de Orientación: 3 horas. Departamento de Formación, evaluación e innovación educativa: 3 horas. Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares: 4 horas. Departamento de Proyectos Educativos: 3 horas.Se reparten 36 horas entre 16 departamentos didácticos.

Se establece como criterio pedagógico un reparto basado en los conceptos que a continuación se relacionan:

Número de profesores/as que han de coordinarse en el departamento.o Con 1 profesor/a: 0 – 1 h. (según disponibilidad)o Con 2 profesores/as: 2 h. o Con 3 profesores/as: 2 – 3 h. (según disponibilidad)o Con 4 y más profesores/as: 3 h.

El número máximo de horas de reducción será de 3 h. para las jefaturas de departamentos didácticos y de 4 h. para el Dto. que acumule la Coordinación de Área.

Si tras aplicarse estos criterios existiese disponibilidad horaria éstas se administrarían atendiendo a la siguiente variable:

o A los Departamentos con menos horas de reducción horaria y siguiendo el criterio de número de profesores/as.

Reducciones aplicadas a las Jefaturas de Departamento para el Curso 2011-12:

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DEPARTAMENTOS HORAS DEDICACIÓN

1 Matemáticas 3

2 Biología y Geología 2

3 Física y Química 3

4 Plástica y Visual 2

5 Tecnología e Informática 2

6 Geografía e Historia 3

7 Lengua Castellana y Literatura 3

8 Música 2

9 Educación Física 2

10 Francés 2

11 Inglés 3

12 Filosofía 2

13 Cultura Clásica 1

14 Instalación y Mantenimiento 3

15 Administración y Gestión 3

16 Hostelería y Turismo 3

TOTAL DEPARTAMENTOS COORDINACIÓN DIDÁCTICA 39 h

17 Actividades Complementarias y Extraescolares 4

18 Formación, evaluación e innovación educativa 3

19 Proyectos Educativos (parces, plan familia, coeducación, escuelas deportivas) 3

20 Orientación 3

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21 Área de competencia Socio-Lingüística 2

22 Área de competencia Científico-Tecnológica 2

23 Área de competencia Artística 2

24 Área de competencia Formación Profesional 2

TOTAL ASIGNADAS 60 h

5.2. LAS ÁREAS DE COMPETENCIA

5.2.1. Nombramiento

La designación de las Jefaturas de las Áreas de Competencia corresponderá a la dirección de centro de entre las jefaturas de departamentos de coordinación didáctica que pertenezcan al área. El Claustro ratificará a los/as coordinadores/as de área propuestos pos la Dirección. En el caso de que haya desacuerdo entre los coordinadores/as propuestos por el Director y el Claustro, la decisión del Claustro será vinculante.

Funciones de las jefaturas de áreas de competencias.1. Coordinar las actuaciones para que las programaciones didácticas de las

materias, ámbitos o módulos profesionales asignados a los departamentos de coordinación didáctica que formen parte del área de competencias proporcionen una visión integrada y multidisciplinar de sus contenidos.

2. Impulsar la utilización de métodos pedagógicos y proponer actividades que contribuyan a la adquisición por el alumnado de las competencias asignadas a cada área.

3. Favorecer el trabajo en equipo del profesorado perteneciente al área de competencias para el desarrollo de las programaciones didácticas.

4. Establecer las directrices generales para la elaboración de los aspectos educativos del Plan de Centro y sus modificaciones.

5. Fijar las líneas generales de actuación pedagógica del proyecto educativo.6. Asesorar al equipo directivo en la elaboración del Plan de Centro.7. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las

programaciones didácticas de las enseñanzas encomendadas a los departamentos de coordinación didáctica.

8. Asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias y velar porque las programaciones de los departamentos de coordinación didáctica, en las materias que les están asignadas, contribuyan al desarrollo de las competencias básicas, a cuyos efectos se establecerán estrategias de coordinación.

9. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado, incluidos los programas de diversificación curricular y los programas cualificación profesional inicial.

10. Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.11. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos educativos del

Plan de Centro.12. Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del instituto o

por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

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5.2.2. Horario de reducción: (Orden de 20 de agosto de 2010).

El horario de dedicación para la realización de las funciones de coordinación docente de las Jefaturas de las Áreas de Competencia será de dos horas que se añaden a las que tenga asignada la propia Jefatura.

Jefaturas de áreas de Competencias: 2 horas por Jefatura, sin rebasar, por acumulación, el tope de cuatro horas establecido anteriormente.

Constitución de las Áreas de Competencias. Los departamentos que se autoricen cada curso académico se agruparán en las siguientes áreas:

ÁREA SOCIO-LINGÜÍSTICA ÁREA CIENTÍFICO-TECNOLÓGICA ÁREA ARTÍSTICA ÁREA DE FORMACIÓN

PROFESIONAL

Lengua Castellana y Literatura Física y Química Educación Plástica y Visual Instalación y Mantenimiento

Geografía e Historia Biología y Geología Música Administración y Gestión

Inglés Matemáticas Educación Física Hostelería y Turismo

Francés Tecnología

Filosofía Informática

Cultura Clásica

Economía

6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO

6.1. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO

6.1.1.EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la ESO)

Alumnado 1º, 2º y 3º ESO: Se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias, como máximo, y se repetirá curso con evaluación negativa en tres o más materias.

Alumnado 3º Diversificación: El equipo docente del alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde tercer curso decidirá si éste promociona a cuarto curso en régimen ordinario o si continúa un año más en el programa. Podrán acceder a cuarto curso aquellos alumnos o alumnas que, habiendo superado los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico del

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programa, tengan evaluación negativa, como máximo, en una o dos materias, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado los objetivos correspondientes al tercer curso.

Alumnado 4º ESO: El alumnado que al terminar la educación secundaria obligatoria haya alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el alumnado que supere todas las materias de la etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, podrá obtener dicho título aquel alumno o alumna que haya finalizado el curso con evaluación negativa en una o dos materias, y, excepcionalmente, en tres, siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas, en el conjunto de la etapa, no le ha impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

Alumnado 4º Diversificación: Obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si supera todos los ámbitos y materias que integran el programa. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos alumnos y alumnas que, habiendo superado los dos ámbitos, tengan evaluación negativa en una o dos materias y, excepcionalmente, en tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.La decisión sobre la obtención de la titulación será adoptada de forma colegiada por el equipo docente, con el asesoramiento del departamento de orientación.

Alumnado de 2º PCPI:Obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si ha superado los módulos a los que hace referencia el artículo 22.5.c) del Decreto 231/2007, de 31 de julio.

Repetición de curso:El alumnado podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en cursos anteriores de la etapa.De conformidad con lo establecido en el artículo 21.8 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, el alumnado que, al finalizar un programa de diversificación curricular, no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y cumpla los requisitos de edad establecidos en el artículo 2.a) del Decreto 231/2007, de 31 de julio, podrá permanecer un año más en el programa.

6.1.2. BACHILLERATO (Orden de 15 de diciembre de 2008 sobre evaluación en Bachillerato)

Alumnado 1º de Bachillerato:

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Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo.Las decisiones resultantes sobre el proceso de evaluación del alumnado serán

adoptadas por el equipo docente, con el asesoramiento del departamento de orientación, atendiendo a la consecución de los objetivos de las materias cursadas.

Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior, así como realizar un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y superar la evaluación correspondiente a dicho programa.

Corresponde a los departamentos de coordinación didáctica la organización de estos programas de refuerzo. De su contenido se informará al alumnado y, en su caso, a sus padres, madres o tutores al comienzo del curso escolar. A tales efectos, se elaborará para cada alumno o alumna que lo requiera, un programa anual de refuerzo con expresión de los contenidos mínimos exigibles y de las actividades recomendadas.

Asimismo, programarán pruebas parciales para verificar la recuperación de las dificultades que motivaron, en su día, la calificación negativa. La evaluación y calificación de las materias pendientes de primer curso se realizarán antes que las de segundo, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria.

Permanencia de un año más en el mismo curso.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto416/2008, de 22 de

julio, el alumnado que no promocione a segundo curso deberá permanecer un año más en primero, que deberá cursar de nuevo en su totalidad si el número de materias con evaluación negativa es superior a cuatro.

El alumnado que al finalizar el primer curso haya obtenido evaluación negativa en tres o cuatro materias podrá tomar una de estas opciones:

a) Matricularse de nuevo en primer curso de bachillerato en su totalidad, renunciando a todas las calificaciones obtenidas.

b) Matricularse de nuevo en primer curso de bachillerato en su totalidad, de forma que tenga la oportunidad de consolidar su formación en las materias ya aprobadas y mejorar la calificación de éstas. En el caso de que la calificación fuera inferior, se mantendría la obtenida en el curso anterior.Esta opción conlleva la obligación del alumnado de asistir a clase de todas las materias de primero, con regularidad y dedicación, y de ser objeto de evaluación continua en todas las materias.

c) Matricularse en las materias en las que haya obtenido evaluación negativa. En función de las disponibilidades organizativas de los centros, también podrán cursar voluntariamente aquellas otras materias que la Dirección del Centro considere más adecuadas para su formación. Esta opción conlleva la obligación del alumnado de asistir a clase de las tres o cuatro materias pendientes, así como de aquellas a las que voluntariamente haya optado, con regularidad y dedicación. Las calificaciones tenidas en las materias elegidas de forma voluntaria no

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tendrán efectos académicos ni serán recogidas en los documentos oficiales de evaluación del alumnado.

La opción elegida será la indicada en el ANEXO de las Instrucciones de 16 de junio de 2009, que será presentado junto con el impreso de formalización de matrícula.

La evaluación final de las materias de segundo, para este alumnado, se realizará una vez finalizada la evaluación de las materias de primer curso y una vez constatado que dicho alumnado se encuentre en condiciones de promocionar a segundo curso.

Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias, podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas.

Alumnado 2º de Bachillerato: Titulación

Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato.

6.1.3. FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL (Orden de 29 de septiembre de 2010 sobre evaluación en Formación Profesional Inicial)

PromociónEl alumnado que supere todos los módulos profesionales del primer curso

promocionará a segundo curso.

Con los alumnos y alumnas que no hayan superado la totalidad de los módulos profesionales de primer curso, se procederá del modo siguiente:

a) Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados es superior al 50% de las horas totales del primer curso, el alumno o alumna deberá repetir sólo los módulos profesionales no superados y no podrá matricularse de ningún módulo profesional de segundo curso.

b) Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados de primer curso es igual o inferior al 50% de las horas totales, el alumno o alumna podrá optar por repetir sólo los módulos profesionales no superados, o matricularse de éstos y de módulos profesionales de segundo curso, utilizando la oferta parcial, siempre que la carga horaria que se curse no sea superior a 1.000 horas lectivas en ese curso escolar y el horario lectivo de dichos módulos profesionales sea compatible, permitiendo la asistencia y evaluación continua en todos ellos.

TitulaciónPara obtener el título se tendrán que superar todos los módulos

profesionales que constituyen el ciclo formativo.Una vez superados todos los módulos profesionales, se determinará la

calificación final del mismo. Para ello, se calculará la media aritmética simple de las calificaciones de los módulos profesionales que tienen valoración numérica; del resultado se tomará la parte entera y las dos primeras cifras decimales, redondeando por exceso la cifra de las centésimas si la de las milésimas resultase ser igual o superior a 5. En dicho cálculo no se tendrán en cuenta las calificaciones de «Apto», «Convalidado» o «Exento». Si como resultado de convalidaciones o

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exenciones, todos los módulos profesionales hubieran sido calificados con expresión literal, la nota final del ciclo formativo será de 5,00.

6.2. PROCEDIMIENTO POR EL QUE SE HARÁN PÚBLICOS LOS CRITERIOS E INSTRUMENTOS DE CALIFICACIÓN COMUNES Y LOS PROPIOS DE CADA MATERIA (PARA TODAS LAS ETAPAS EDUCATIVAS).

Familias: tendrán acceso a esta información a través de la página web del instituto, así como a través de la Jefatura de estudios. Para hacer posible esto, los departamentos didácticos entregarán a la jefatura de estudios los criterios e instrumentos de calificación, los cuales, se recopilarán en un archivo para colgar en la página web y en papel para dejarlo a disposición de cualquier miembro de la comunidad educativa en jefatura. Esto se llevará a cabo antes de que finalice el mes de octubre.

Alumnado: antes de la finalización del mes de septiembre, cada profesor/a informará en clase a su alumnado de los criterios e instrumentos de calificación que aplicará en su materia de forma general. Esta información se les dará por escrito para su archivo por parte del alumnado, o bien, se les hará copiar quedando reflejados en sus respectivos cuadernos.

6.3. CRITERIOS, PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN INICIAL

6.3.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Durante las dos primeras semanas de septiembre se coordinarán y elaborarán las pruebas iniciales para cada uno de los niveles de esta etapa educativa. En 1º ESO se elaborarán tres pruebas que midan las distintas competencias. De cada una de ellas se encargará el área correspondiente: área social-lingüística, área científico-tecnológica y área artística. Los encargados de pasar dichas pruebas serán tres miembros del equipo educativo del grupo, designados por cada una de las áreas de competencia, y pertenecientes a la misma, y el calendario de aplicación será durante la primera semana de clase. Para complementar esta información, desde el departamento de orientación se solicitarán a los colegios de primaria los informes individualizados de este alumnado, así como toda información que pueda ser relevante en cuanto a alumnado DIS, DIA y DES, alumnado propuesto para refuerzo. Esta información se pasará a los distintos tutores/as de los grupos de 1º, así como a los correspondientes equipos educativos, durante la primera semana de clase. En 2º, 3º y 4º ESO, los departamentos didácticos elaborarán las pruebas iniciales que midan el dominio de los contenidos de las distintas materias que componen el currículum. Los encargados de pasar dichas pruebas serán los profesores de la materia en cuestión, y el calendario de aplicación será durante la primera semana de clase. Para complementar esta información, también durante la primera semana de clase, los tutores de los distintos grupos recopilarán la información pertinente sobre el grado de desarrollo de las competencias básicas, mediante la revisión de los informes individualizados de su alumnado.

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Al término de este período se convocará una sesión de evaluación con el fin de conocer y valorar la situación inicial del alumnado en cuanto al grado de desarrollo de las competencias básicas y al dominio de los contenidos de las distintas materias. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.

El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de refuerzo de materias instrumentales básicas para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

6.3.2. BACHILLERATO

Durante las dos primeras semanas de septiembre se coordinarán y elaborarán las pruebas iniciales para cada uno de los niveles de esta etapa educativa. En 1º y 2º de Bachillerato, todo el profesorado realizará una evaluación inicial del alumnado que tendrá como objetivo fundamental indagar sobre el nivel de desarrollo que presenta el alumnado en relación con las capacidades y los contenidos de las distintas materias del currículo. Éstas serán coordinadas por los departamentos didácticos correspondientes a cada una de las materias de estas enseñanzas y se llevarán a cabo durante la primera semana de clase. En este mismo período, el profesorado que ejerza la tutoría analizará los informes personales del último curso de educación secundaria obligatoria correspondientes al alumnado de su grupo, lo que permitirá un mayor conocimiento de la evolución de cada alumno y alumna y de sus circunstancias personales y contextuales. Al término de este período se convocará una sesión de evaluación con el fin de conocer y valorar la situación inicial del alumnado en cuanto al dominio de los contenidos de las distintas materias. La evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente y, en su caso, del departamento de coordinación didáctica, para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y su adecuación a las características y conocimientos del alumnado. El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

6.3.3. FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

Durante las dos primeras semanas de septiembre se coordinarán y elaborarán las pruebas iniciales para el primer curso de esta etapa educativa. En los CICLOS FORMATIVOS de cada una de las familias profesionales existentes en el Centro, todo el profesorado de los distintos módulos realizará una evaluación inicial que tendrá como objetivo fundamental indagar sobre las características y el nivel de competencias que presenta el alumnado en relación con los resultados de aprendizaje y contenidos de las enseñanzas que va a cursar. Éstas serán coordinadas por el área de Familias Profesionales y el calendario de aplicación será durante la primera semana de clase. Al término de este periodo se convocará una sesión de evaluación inicial, en la que el profesor o profesora que se encargue de la tutoría del grupo facilitará al equipo docente la información disponible sobre las características generales del mismo y sobre las

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circunstancias específicamente académicas o personales con incidencia educativa de cuantos alumnos y alumnas lo componen. Esta información podrá proceder de:

a) Los informes individualizados de evaluación de la etapa anteriormente cursada que consten en el centro docente o que aporte el alumnado.

b) Los estudios académicos o las enseñanzas de formación profesional previamente cursadas, tanto en el sistema educativo como dentro de la oferta de formación para el empleo.

c) El acceso mediante prueba para el alumnado sin titulación.d) Los informes o dictámenes específicos del alumnado con discapacidad o con

necesidades específicas de apoyo educativo que pertenezcan al grupo.e) La experiencia profesional previa del alumnado.f) La matrícula condicional del alumnado pendiente de homologación de un título

extranjero.g) La observación del alumnado y las actividades realizadas en las primeras semanas del

curso académico.

La evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente y, en su caso, del departamento de familia profesional, para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y su adecuación a las características, capacidades y conocimientos del alumnado. Esta evaluación en ningún caso conllevará calificación para el alumnado y los acuerdos que adopte el equipo docente se recogerán en un acta según el modelo que figura como Anexo V de la orden de 29 de septiembre de 2010.

6.4. NÚMERO DE SESIONES DE EVALUACIÓN

Evaluación inicial al inicio del curso, cuya sesión se celebrará entre la última semana de septiembre y primera de octubre.

Tres evaluaciones trimestrales:• 1ª Evaluación al finalizar el primer trimestre coincidiendo con las vacaciones de

navidad.• 2ª Evaluación al finalizar el segundo trimestre coincidiendo con las vacaciones de

semana santa, salvo que éstas caigan en fechas muy tardías, en cuyo caso, se repartirían los días lectivos de forma equitativa para la 2ª y 3ª evaluaciones.

• 3ª Evaluación coincidiendo con las vacaciones de verano y que, por tanto, se realizará en los últimos días de clase del mes de junio para toda la etapa de la ESO y 1º de Bachillerato. En 2º de Bachillerato y Ciclos Formativos, esta última evaluación se realizará en la última semana del mes de mayo.

Sesión de evaluación final, tanto para el 1º curso como el 2º de los Ciclos Formativos que se corresponderá siempre con la finalización del régimen ordinario de clase.

Evaluación extraordinaria, que se realizará en los cinco primeros días hábiles del mes de septiembre, para las etapas de ESO y Bachillerato.

Evaluación final excepcional a la finalización del 1º trimestre del curso para el alumnado de ciclos que hayan agotado las cuatro convocatorias.

6.5. PROCEDIMIENTO PARA TRASLADAR LA INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS SOBRE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

Después de la evaluación inicial, los tutores/as junto con el departamento de orientación, informarán a los padres del alumnado que se haya detectado con alguna necesidad educativa especial, ya sea de refuerzos, adaptaciones o apoyos educativos.

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Después de la primera y segunda sesión de evaluación, los tutores/as entregarán, de forma personal, un boletín de notas generado por la aplicación SÉNECA a las familias, acompañado de un informe oral y/o escrito de aquel alumnado que tenga algo que mejorar y en qué. Esta información será recogida por el tutor/a en la sesión de evaluación de su grupo y aportada por el equipo educativo. Después de la evaluación ordinaria de junio, los tutores/as entregarán, de forma personal, un boletín de notas generado por la aplicación SÉNECA a las familias, acompañado de un informe de las materias que el alumno/a debe superar en septiembre. Cada materia suspensa llevará su informe correspondiente, en el que se incluirán objetivos, contenidos y actividades de recuperación, y será aportado por el profesorado de dicha materia. Después de la evaluación extraordinaria de septiembre: los tutores/as de ESO entregarán personalmente las calificaciones a las familias, mientras que al alumnado de Bachillerato les serán entregados los boletines en la oficina del centro. En cualquier momento del curso, las familias podrán solicitar una entrevista con el tutor/a de su hijo/a. Ésta lo hará a través de su hijo/a, solicitándola al propio tutor/a vía telefónica o solicitándola personalmente en el centro a través de jefatura de estudios. El tutor atenderá a la familia preferentemente en su horario de atención a los padres y madres del martes por la tarde, no obstante, se podrán utilizar otras horas del horario complementario de la mañana, siempre que éstas se ajusten mejor a las necesidades de la familia a atender. Del mismo modo y por las mismas vías, la familia podrá solicitar una entrevista con cualquier miembro del equipo educativo del grupo de su hijo/a. Dicha entrevista se llevará a cabo en el Centro a una hora acordada por ambas partes.

6.6. NORMATIVA SOBRE EVALUACIÓN: ALGUNOS OTROS ASPECTOS A TENER EN CUENTA

Orden de 10 de agosto de 2007 sobre evaluación en la ESO

Artículo 4. Evaluación continua.

1. La evaluación continua será realizada por el equipo docente, que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinado por quien ejerza la tutoría. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del departamento de orientación. El profesor o la profesora responsable de cada materia decidirá la calificación de la misma.

2. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa.

3. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan, de acuerdo con lo previsto en el capítulo V del Decreto 231/2007, de 31 de julio. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

Artículo 5. Sesiones de evaluación.

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1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por quien ejerza la tutoría para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora.

2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, además de la establecida en el artículo 3, y sin perjuicio de lo que a estos efectos los centros docentes puedan recoger en sus proyectos educativos.

3. El profesor tutor o la profesora tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. Los resultados de la evaluación de cada materia se expresarán por medio de calificaciones, en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. Estas calificaciones irán acompañadas de una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, aplicándose en este caso las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10.

5. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación. Artículo 6. Evaluación a la finalización del curso.

Artículo 6. Evaluación a la finalización del curso.

1. Al término de cada curso se valorará el progreso global de cada alumno y alumna en las diferentes materias, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo.

2. La valoración del progreso del alumnado, expresada en los términos descritos en el artículo anterior, se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, al historial académico de educación secundaria obligatoria a que se refiere el artículo 12.4 de la presente Orden.

3. Para el alumnado con evaluación negativa, el profesor o profesora de la materia elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación.

4. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán durante los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre. Las calificaciones correspondientes a la prueba extraordinaria se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, en el historial académico de educación secundaria obligatoria. Si un alumno o alumna no se presenta a la prueba extraordinaria de alguna materia, se reflejará como No Presentado (NP), que tendrá, a todos los efectos, la consideración de calificación negativa.

5. Las calificaciones de las materias pendientes de cursos anteriores se consignarán, igualmente, en el acta de evaluación, en el expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que sean positivas, en el historial académico de educación secundaria obligatoria.

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6. El alumnado y sus familias podrán formular reclamaciones sobre los resultados de la evaluación final y de la prueba extraordinaria de acuerdo con el procedimiento que se recoge en la disposición adicional primera de la presente Orden.

Artículo 7. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

1. La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria con adaptaciones curriculares será competencia del equipo docente, asesorado por el departamento de orientación. Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas.

2. En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes sobre competencias lingüísticas que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención.

Artículo 8. Evaluación del alumnado que cursa programas de diversificación curricular y de cualificación profesional inicial.

La evaluación del alumnado que se haya incorporado a un programa de diversificación curricular o que curse los módulos de carácter voluntario de los programas de cualificación profesional inicial se realizará tomando como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación específicos de cada programa.

Orden de 15 de diciembre de 2008 sobre evaluación en Bachillerato

Artículo 2. Normas generales de ordenación de la evaluación.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Decreto 416/2008, de 22 de julio, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y diferenciada según las distintas materias, se llevará a cabo por el profesorado, teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo, la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna en el conjunto de las materias y su madurez y rendimiento académico a lo largo del curso, en relación con los objetivos del Bachillerato, así como, al final de la etapa, sus posibilidades de progreso en estudios superiores.

2. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

3. La evaluación será diferenciada según las distintas materias del currículo, por lo que observará los progresos del alumnado en cada una de ellas y tendrá como referente los criterios de evaluación de las materias para valorar el grado de consecución de los objetivos previstos para cada una de ellas.

4. La evaluación del alumnado de segundo curso en aquellas materias que se imparten con idéntica denominación en los dos cursos de Bachillerato estará condicionada a la superación de la asignatura cursada en el primer año.

5. Del mismo modo se procederá en la evaluación de las materias cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos, a saber: Física o Química de segundo en relación a Física y Química de primero; Ciencias de la Tierra y Medioambientales de

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segundo respecto a Biología y Geología de primero; Biología de segundo respecto a Biología y Geología de primero, y Electrotecnia de segundo en relación a Física y Química de primero.

6. Las materias no calificadas como consecuencia de la aplicación de lo establecido en los apartados 4 y 5, se computarán como pendientes. Esta circunstancia se hará constar en los documentos de evaluación con pendiente de calificación (PC).

7. Los proyectos educativos de los centros docentes establecerán el sistema de participación del alumnado y de sus padres, madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación.

8. Según el artículo 2 del Decreto 416/2008, de 22 de julio, la permanencia en el Bachillerato, en régimen ordinario, será de cuatro años, consecutivos o no, sin perjuicio de lo que se establezca para el alumnado que curse el Bachillerato en el régimen de enseñanzas de personas adultas o a distancia.

Artículo 5. Evaluación continua.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Decreto 416/2008, de 22 de julio, la evaluación será realizada por el equipo docente, coordinado por quien ejerza la tutoría, que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, para lo cual se tomará en consideración la valoración realizada por el profesorado de cada materia en cuanto a su superación. Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del departamento de orientación. La toma de decisiones en el proceso de evaluación se realizará en la forma en que se determine en el proyecto educativo.

2. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requiere, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 85/1999, de 6 de abril, sobre derechos y deberes del alumnado, su asistencia regular a clase y su participación en las actividades de las diferentes materias.

Artículo 6. Sesiones de evaluación.

1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente, coordinada por quien ejerza la tutoría, para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado dirigidas a su mejora.

2. A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, además de la establecida en el artículo 3, sin perjuicio de lo que a estos efectos los centros docentes puedan recoger en sus proyectos educativos.

3. El tutor o la tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. Los resultados de la evaluación se expresarán mediante calificaciones numéricas de 0 a 10 sin decimales, considerándose negativas las calificaciones inferiores a 5. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. En la convocatoria de la prueba extraordinaria, cuando el alumnado no se presente a dicha prueba, se consignará no presentado (NP) que tendrá, a todos los efectos, la consideración de calificación negativa.

5. Aquellos alumnos y alumnas que hubieran obtenido en el segundo curso de Bachillerato una nota media igual o superior a nueve puntos, se les podrá consignar

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la mención de «Matrícula de Honor» en el expediente y en el historial académico de Bachillerato. Dicha mención, se concederá a un número de alumnos o alumnas no superior al 5% del total del alumnado de este curso. En caso de empate se considerarán también las calificaciones del primer curso de la etapa.

6. En el caso de traslado de un alumno o alumna desde una Comunidad Autónoma con lengua propia cooficial con el español a un centro de ámbito de competencia de esta Consejería, las calificaciones obtenidas en esa materia tendrán la misma validez, a efectos académicos, que las restantes materias del currículo. No obstante, si la calificación en dicha materia hubiera sido negativa, no se computará como pendiente, ni tendrá efectos académicos en Andalucía.

7. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna o, en caso de que sean menores de dieciocho años, a su padre, madre o tutores legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

Artículo 7. Evaluación a la finalización del curso.

1. Al término de cada curso, en la última sesión de evaluación, se formulará la calificación final de las distintas materias del curso. Dicha calificación tendrá en cuenta, junto con la valoración de los aprendizajes específicos de la materia, la apreciación sobre la madurez académica del alumno o alumna en relación con los objetivos del Bachillerato, así como, la capacidad para aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y para aplicar métodos de investigación apropiados.

2. En la evaluación correspondiente al segundo curso, al formular la calificación final, el profesorado deberá considerar, junto a los elementos mencionados en el punto anterior, las posibilidades de los alumnos y alumnas para proseguir estudios superiores, de acuerdo con lo establecido en los criterios de evaluación comunes recogidos en el proyecto educativo del centro.

3. Para el alumnado con evaluación negativa, el profesor o profesora de la materia elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y una propuesta de actividades de recuperación. Este informe junto con los objetivos alcanzados en el marco de la evaluación continua, serán los referentes para la superación de la materia en la prueba extraordinaria a la que se refiere el apartado siguiente.

4. El alumnado con evaluación negativa podrá presentarse a la prueba extraordinaria de las materias no superadas que los centros docentes organizarán en los cinco primeros días hábiles del mes de septiembre.

Artículo 8. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

1. La evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales o con altas capacidades intelectuales se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la presente Orden, sin perjuicio, en su caso, de las adaptaciones curriculares que en determinadas materias se pudieran establecer, siempre con el asesoramiento del departamento de orientación del centro. En este caso, la evaluación se realizará tomando como referencia los objetivos y criterios de evaluación establecidos en las adaptaciones curriculares que, para ellos, se hubieran realizado.

2. Asimismo, en la celebración de las pruebas que se convoquen para el alumnado con necesidades educativas especiales, la duración y condiciones de realización habrán de adaptarse a las características de este alumnado.

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3. El fraccionamiento de las materias del currículo y, en su caso, la exención en determinadas materias, se regirá mediante lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía.

Orden de 29 de septiembre de 2010 sobre evaluación en Formación Profesional Inicial

Artículo 2. Normas generales de ordenación de la evaluación.

1. La evaluación de los aprendizajes del alumnado que cursa ciclos formativos será continua y se realizará por módulos profesionales.

2. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requerirá, en la modalidad presencial, su asistencia regular a clase y su participación en las actividades programadas para los distintos módulos profesionales del ciclo formativo.

3. En la modalidad a distancia, la evaluación continua del alumnado requerirá la realización y entrega en el plazo establecido de las tareas obligatorias, la participación activa en las diferentes herramientas de comunicación del aula virtual, así como la realización de las pruebas de evaluación on-line de cada módulo profesional y la superación de la prueba presencial de evaluación.

4. La evaluación del alumnado será realizada por el profesorado que imparta cada módulo profesional del ciclo formativo, de acuerdo con los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y contenidos de cada módulo profesional así como las competencias y objetivos generales del ciclo formativo asociados a los mismos. En la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo, la persona designada por el centro de trabajo para tutelar el periodo de estancia del alumnado en el mismo, colaborará con el profesor o profesora encargado del seguimiento.

5. El departamento de familia profesional, a través del equipo educativo de cada uno de los ciclos formativos, desarrollará el currículo mediante la elaboración de las correspondientes programaciones didácticas de los módulos profesionales. Su elaboración se realizará siguiendo las directrices marcadas en el proyecto educativo del centro, prestando especial atención a los criterios de planificación y a las decisiones que afecten al proceso de evaluación, especialmente en lo referente a:a) Los procedimientos y criterios de evaluación comunes para las enseñanzas de

formación profesional inicial reflejados en el proyecto educativo del centro.b) Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación que se vayan a

aplicar para la evaluación del alumnado, en cuya definición el profesorado tendrá en cuenta el grado de consecución de los resultados de aprendizaje de referencia, así como la adquisición de las competencias y objetivos generales del título.

c) La determinación y planificación de las actividades de refuerzo o mejora de las competencias, que permitan al alumnado matriculado en la modalidad presencial la superación de los módulos profesionales pendientes de evaluación positiva o, en su caso, mejorar la calificación obtenida en los mismos. Dichas actividades se realizarán en primer curso durante el periodo comprendido entre la última evaluación parcial y la evaluación final y, en segundo curso durante el periodo comprendido entre la sesión de evaluación previa a la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo y la sesión de evaluación final.

d) Las actividades programadas para realizar en las horas de libre configuración de acuerdo con la finalidad a la que estén destinadas. La finalidad de dichas horas debe proponerse, para la oferta completa, en la sesión de evaluación final del

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primer curso. Para ello, en dicha sesión de evaluación el equipo educativo emitirá un informe en el que se reflejarán las posibles necesidades y/o posibilidades de mejora con respecto al proceso de enseñanza-aprendizaje proponiendo el uso de las horas de libre configuración para favorecer la adquisición de la competencia general del título o implementar formación relacionada con las tecnologías de la información y la comunicación y/o los idiomas. Este informe se anexará al acta de la sesión de evaluación final y deberá ser tenido en cuenta por el departamento de familia profesional correspondiente para la determinación del objeto de dichas horas en el curso académico siguiente. En la oferta parcial será el departamento de familia profesional el que decida sobre la finalidad y vinculación de las horas de libre configuración.

e) La adecuación de las actividades formativas, así como de los criterios y los procedimientos de evaluación cuando el ciclo formativo vaya a ser cursado por alumnado con algún tipo de discapacidad, garantizándose el acceso a las pruebas de evaluación. Esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de resultados de aprendizaje y objetivos generales del ciclo que afecten a la adquisición de la competencia general del título.

Artículo 10. Sesiones de evaluación.

1. La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente, coordinado por quien ejerza la tutoría, para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado, dirigidas a su mejora.

2. Para cada grupo de alumnos y alumnas de primer curso, dentro del periodo lectivo, se realizarán al menos tres sesiones de evaluación parcial. Para los alumnos y alumnas de segundo curso, se realizarán al menos dos sesiones de evaluación parcial. Además de éstas, se llevará a cabo una sesión de evaluación inicial y una sesión de evaluación final en cada uno de los cursos académicos, sin perjuicio de lo que a estos efectos los centros docentes puedan recoger en sus proyectos educativos.

3. El tutor o la tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones en la que se harán constar los acuerdos adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.

4. En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna o, en caso de que sean menores de edad, también a sus representantes legales, de acuerdo con lo recogido en el proyecto educativo del centro, en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación. Esta comunicación se hará por escrito y se podrá facilitar, además, mediante el sistema de información SÉNECA, tras la finalización de cada sesión de evaluación parcial o final, utilizando para ello el modelo del Anexo IV.

5. Las calificaciones de cada uno de los módulos profesionales serán decididas por el profesorado responsable de impartirlos. El resto de las decisiones resultantes del proceso de evaluación serán adoptadas por acuerdo del equipo docente. Si ello no fuera posible, se adoptarán por mayoría simple del profesorado que imparta docencia en el grupo.

Artículo 12. Sesiones de evaluación parciales.

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1. Siempre que los módulos profesionales en los que el alumnado se encuentre matriculado se impartan a lo largo de todo el curso escolar, además de la sesión de evaluación inicial, se realizarán al menos tres sesiones de evaluación parcial, la última de las cuales se desarrollará en la última semana de mayo.

2. En las sesiones de evaluación parcial se harán constar las calificaciones de los alumnos o alumnas en cada uno de los módulos profesionales en los que se encuentren matriculados.

3. En la sesión de evaluación parcial previa a la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo, el equipo docente acordará el acceso o la exención total o parcial del alumnado a dicho módulo profesional. Esta sesión de evaluación se realizará, cuando el alumnado esté matriculado en oferta completa y se hayan impartido, al menos, 110 jornadas lectivas.

4. Las actas de las evaluaciones parciales de módulos profesionales tanto de primer curso como de segundo, en oferta completa, se ajustarán al modelo del Anexo VI. Este mismo modelo de acta se utilizará para el alumnado matriculado en oferta parcial, reflejándose en este caso las calificaciones de los módulos profesionales en los que cada alumno y alumna se encuentre matriculado.

5. El alumnado de primer curso de oferta completa que tenga módulos profesionales no superados mediante evaluación parcial, o desee mejorar los resultados obtenidos, tendrá obligación de asistir a clases y continuar con las actividades lectivas hasta la fecha de finalización del régimen ordinario de clase que no será anterior al día 22 de junio de cada año.

6. Igualmente, el alumnado de segundo curso de oferta completa que tenga módulos profesionales no superados mediante evaluación parcial y, por tanto, no pueda cursar los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y, si procede, proyecto, continuará con las actividades lectivas hasta la fecha de finalización del régimen ordinario de clase que no será anterior al día 22 de junio de cada año. Con este fin, el profesorado del equipo docente, junto con el equipo directivo del centro, establecerá, para este periodo del curso escolar, un horario para el profesorado que posibilite atender tanto las actividades de refuerzo destinadas a superar los módulos profesionales pendientes de evaluación positiva como el seguimiento de los alumnos y alumnas que están realizando el módulo profesional de formación en centros de trabajo. La dedicación horaria del profesorado a las actividades de refuerzo no podrá ser inferior al 50% de las horas semanales asignadas a cada módulo profesional.

7. Para el alumnado matriculado en oferta parcial y modalidad presencial, cuando el periodo lectivo no coincida con el curso escolar, se realizarán las sesiones de evaluación parciales recogidas en el proyecto educativo del centro.

8. Cuando el alumnado se encuentre matriculado en la modalidad a distancia, el profesorado del equipo docente realizará una sesión de evaluación parcial tras la realización de cada una de las pruebas presenciales. Si el periodo establecido para el régimen ordinario de clases coincide con el curso académico, se realizarán dos pruebas presenciales: una de carácter voluntario en el mes de febrero y otra obligatoria en junio. Si los periodos referenciados son diferentes, la prueba presencial obligatoria deberá realizarse en febrero o en junio.

Artículo 13. Sesión de evaluación final.

1. Con carácter general, la fecha de la sesión de evaluación final se corresponderá siempre con la finalización del régimen ordinario de clase.

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2. En oferta completa, tanto en el primer curso como en segundo, existirá una única sesión de evaluación final. El acta de esta sesión de evaluación final se ajustará al modelo establecido en el Anexo VII.

3. El alumnado que no haya cursado las horas de libre configuración, no podrá superar el módulo profesional al que se encuentren asociadas dichas horas a efectos de evaluación y matriculación.

4. En oferta parcial, tanto en la modalidad presencial como en la modalidad a distancia, la sesión de evaluación final se realizará, con carácter general, a la finalización del régimen ordinario de clase, empleándose como acta de dicha sesión de evaluación el modelo establecido en el Anexo VII.

5. Excepcionalmente, cuando el periodo del régimen ordinario de clase de los módulos profesionales no coincida con el curso académico, será el propio centro docente a través de su proyecto educativo el que establezca la fecha de la sesión de evaluación final haciéndola coincidir siempre con el final de un trimestre.

6. En la modalidad a distancia, la evaluación final favorable de los módulos profesionales requerirá la superación de las pruebas presenciales y se armonizará con procesos de evaluación continua. Las pruebas presenciales se entenderán superadas cuando la calificación obtenida en ellas sea igual o superior a cinco.

7. En las Actas de Evaluación final se hará constar la propuesta de expedición de los títulos y la fecha de la misma para lo que se considerará lo establecido en la normativa que regula la obtención y expedición de títulos no universitarios.

Artículo 14. Evaluación final excepcional.

1. La evaluación final excepcional es la que se realiza, para el alumnado que cumple los requisitos de obtener el título, fuera de los periodos establecidos para la evaluación final.

2. Al final de cada uno de los trimestres del curso académico se celebrará, si procede, una sesión de evaluación final excepcional en la que se evaluará y calificará al alumnado que esté realizando el módulo profesional de formación en centros de trabajo y, en su caso, el de proyecto, en periodo diferente al establecido como ordinario. En esta sesión se adoptará la decisión de propuesta de título para el alumnado que reúna los requisitos establecidos en la normativa vigente, empleándose para ello el modelo que figura como Anexo VII.

7. FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN PARA EL ALUMNADO CON MATERIAS PENDIENTES DE CALIFICACIÓN POSITIVA

De conformidad con lo establecido en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, los centros dispondrán las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que les permitan, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades.

A tales efectos, se establecerán los mecanismos adecuados y las medidas de apoyo y refuerzo precisas que permitan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales.

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Se garantizará la coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza básica, mediante el departamento de orientación, el profesorado y los centros docentes que imparten la educación primaria y la educación secundaria obligatoria, con tutorías compartidas entre el instituto y los colegios de educación primaria que estén adscritos, por medio del tutor de 1º ESO, el departamento de orientación y el del 6º Primaria.

7.1. ESTRATEGIAS DE APOYO Y REFUERZO

1. Organizar los grupos y las materias, fomentando medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad entre sexos.

2. Realizar durante toda la enseñanza básica apoyo y refuerzo de las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera y Matemáticas.

3. Considerar en las programaciones de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las características específicas del alumnado, en el apartado dedicado a la atención a la diversidad.

4. Atender al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, sin que suponga discriminación o exclusión de dicho alumnado. El Departamento de Orientación organizará el aula de apoyo con un horario y una distribución del alumnado que facilite su atención en el aula. Jefatura de estudios en colaboración con el Departamento de Orientación organizar las horas de apoyo por parte del profesorado que ha de completar horario y de aquel que voluntariamente lo solicite.

7.2. ACTUACIONES PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD PARA LA ENSEÑAN CARÁCTER GENERAL Y ESPECÍFICO PARA LA ENSEÑANZA OBLIGATORIA

1. Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico. Esta

medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo.

2. Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza, siempre y cuando no suponga un aumento de horas lectivas.

3. Programación de actividades para las horas de libre disposición de los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria. A tales efectos, además de facilitar el desarrollo de los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas, se ofrecerá actividades programadas que proporcionarán el complemento educativo más adecuado a las necesidades e intereses del alumnado, entre las que se podrán considerar la promoción de la lectura, laboratorio o documentación. La duración de estas actividades puede variar a lo largo del curso, de modo que el alumnado pueda realizar más de una de ellas. Como mínimo se ofertarán:

1º ESO (2 horas alumnado no bilingüe, 1 hora alumnado bilingüe): - Refuerzo de Matemáticas.- Refuerzo de Lengua castellana y literatura.- Refuerzo de Inglés.- Taller de Inteligencia emocional.

2º ESO (1 hora alumnado no bilingüe):- Refuerzo de Matemáticas.- Refuerzo de Lengua castellana y literatura.- Refuerzo de Inglés.- Taller de Inteligencia emocional.

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4. Oferta de asignaturas optativas propias, que tendrán un marcado carácter práctico o aplicado y podrán contemplar una duración diferente a la anual para acomodarse mejor a los intereses del alumnado.

Optativas propias: informática en 3º ESO5. Agrupaciones de materias opcionales de cuarto curso. La agrupación de materias en

diferentes opciones deberá estar relacionada con la continuidad de los estudios de bachillerato y ciclos formativos, dado el carácter orientador de estos estudios, y facilitar la obtención de la titulación de acuerdo con los intereses y necesidades del alumnado del centro.

Biología y Geología Física y Química Ed. PlásticaFísica y Química Tecnología MúsicaFrancés/Informática Francés/Informática Francés/Informática

Latín Latín Biología y GeologíaMúsica Ed. Plástica TecnologíaFrancés/Informática Francés/Informática Francés/Informática

7.3. PROGRAMAS DE REFUERZO

7.3.1.Programas de refuerzo de materias instrumentales básicas (en horas de libre disposición)

Los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas.

Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas están dirigidos al alumnado de primero o segundo de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, además de aquellos que voluntariamente lo soliciten en matrícula:

a) El alumnado que no promociona de curso.b) El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las

áreas o materias instrumentales del curso anterior.c) Quienes acceden al primer curso de educación secundaria obligatoria y

requieren refuerzo en las materias instrumentales básicas según lo recogido en el informe a que hace referencia el artículo 20.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

d) Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera.

El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado.

El profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias bien directamente o a través del tutor/a.

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A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

El alumnado de primero, segundo y tercero de la educación secundaria obligatoria que curse los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedar exento de cursar la materia optativa correspondiente al curso en el que esté matriculado.

7.3.2.Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos

El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa.Los departamentos recogerán en su programación didáctica, el apartado de programas de refuerzo educativo para la recuperación de materias pendientes:

1. Asignatura y alumnos/as a los que van dirigidos el programa.2. Profesores responsables del seguimiento, recepción de materiales y evaluación

del programa. Si la materia tiene continuidad en el curso siguiente, el profesorado encargado de dicho programa será aquel que imparta la materia no superada.Si la materia no tiene continuidad en el curso siguiente el programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos se asignará a un profesor o profesora del departamento correspondiente.

3. Objetivos.4. Contenidos.5. Metodología: propuesta de actividades y trabajos a realizar, reuniones y

entrevistas de seguimiento del programa, asesoramiento personalizado para resolver sudas, pruebas o exámenes.

6. Criterios de evaluación y calificación.7. Calendario: Fecha de entrega del programa al alumnado con información a las familias. Fecha y horarios de atención al alumnado. Fecha y horario de entrega de trabajos. Fecha y horario para la realización de las pruebas escritas.

El alumnado de educación secundaria obligatoria que no obtenga evaluación positiva en el programa de recuperación a la finalización del curso podrá presentarse a la prueba extraordinaria de la materia correspondiente. A tales efectos, el profesor o profesora que tenga a su cargo el programa elaborará un informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación.

Del contenido de los programas de refuerzo para la recuperación de las materias no superadas se informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales antes del 15 de octubre. Con acuse de recibo, se remitirá un extracto del programa, junto al calendario de actuaciones, a las familias mediante los cauces habituales (entrega en mano o correo).

7.3.3.Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso

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El alumnado que no promocione de curso seguirá un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior.

Estos planes podrán incluir la incorporación del alumnado a un programa de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas, así como un conjunto de actividades programadas para realizar un seguimiento personalizado del mismo y el horario previsto para ello.

Del contenido de los planes específicos se informará al alumnado y a sus padres y madres o tutores legales al comienzo del curso escolar o, en su caso, en el momento de incorporación del alumnado a los mismos.

7.3.4.Programas de adaptación curricular

La adaptación curricular es una medida de modificación de los elementos del currículo, a fin de dar respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.Están dirigidos al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

a) Alumnado con necesidades educativas especiales.b) Alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo.c) Alumnado con dificultades graves de aprendizaje.d) Alumnado con necesidades de compensación educativa.e) Alumnado con altas capacidades intelectuales.

La escolarización del alumnado que sigue programas de adaptación curricular se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza.Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro.

La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico.Cuando presenten graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal.Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio.

7.3.5.Adaptaciones curriculares no significativas

Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado en las siguientes condiciones:

a) Alumnado con desfase poco importante en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado.

b) Alumnado con dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta.

c) Alumnado en situación social desfavorecida.d) Alumnado con incorporación tardía al sistema educativo.

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Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales o individuales.

Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios.En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado.

Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, asimismo, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular, que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

7.3.6.Adaptaciones curriculares significativas

Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo.Las adaptaciones curriculares significativas se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas; con la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.La evaluación y la promoción tomarán como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones.

Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado. De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados:

a) Datos personales y escolares.b) Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta.c) Entorno familiar y social del alumnado.d) Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales.e) Valoración del nivel de competencia curricular.f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación.

Las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidas en un documento, que estará disponible en la aplicación informática «Séneca», y que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

a) Informe de evaluación psicopedagógica al que se refiere el apartado 3 de este artículo.

b) Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo.

c) Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular.

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d) Organización de los apoyos educativos.e) Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con

información al mismo y a la familia.

La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo.

Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o departamento de orientación.

7.3.7.Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales

Están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización.

Dichas adaptaciones curriculares requieren una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o no de la aplicación las mismas. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

a) Datos personales y escolares del alumnado.b) Diagnóstico de la alta capacidad intelectual.c) Entorno familiar y social del alumnado.d) Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo.e) Valoración del nivel de competencia curricular.f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado.

Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales establecerán una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización.La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

La Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado:

a) Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria.

b) Reducción de un año de permanencia en la educación primaria.c) Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria.

7.3.8.Programas de diversificación curricular en la E.S.O.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, se organizarán programas de diversificación curricular para el alumnado que, tras la oportuna evaluación, precise de una organización de los contenidos, actividades prácticas y materias del currículo diferente a la establecida con carácter general y de una metodología específica, para alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

7.3.8.1. Perfil del alumnado.

Podrá participar en los programas de diversificación curricular el alumnado desde el tercer curso de la educación secundaria obligatoria que concurra las siguientes circunstancias:

a) Haber realizado el segundo curso de la educación secundaria obligatoria, no estar en condiciones de promocionar a tercero y haber repetido alguna vez en esta etapa educativa o haber realizado por primera vez el tercer curso y no estar en condiciones de promocionar al cuarto curso.

b) Existir posibilidades de que, con la incorporación al programa, el alumnado pueda desarrollar las capacidades necesarias para acceder al cuarto curso o, en su caso, realizar el mismo en el programa de diversificación curricular, con posibilidades de obtener el título de graduado en educación secundaria obligatoria, superando así las dificultades que hubiera tenido siguiendo el currículo con la estructura general de la etapa.

c) Haber sido objeto de otras medidas de atención a la diversidad en etapas educativas o cursos anteriores, incluida, en su caso, la adaptación curricular significativa, sin que las mismas hayan resultado suficientes para la recuperación de las dificultades de aprendizaje detectadas.

Podrá cursar los programas de diversificación curricular en el cuarto curso el alumnado en el que concurran las siguientes circunstancias:

a) Haber realizado el tercer curso, promocionar a cuarto con materias pendientes y presentar dificultades evidentes para alcanzar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa.

b) Haber cursado cuarto curso, presentar dificultades evidentes para alcanzar la titulación siguiendo el currículum con la estructura general de la etapa, y existir posibilidades de que con la incorporación al programa pueda alcanzar los objetivos y competencias básicas de la etapa y el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

7.3.8.2. Duración de los programas de diversificación curricular.

La duración de estos programas será de un año para el alumnado que se incorpore una vez cursado cuarto curso de educación secundaria obligatoria.Para el alumnado que se incorpore a estos programas una vez cursado segundo o tercero, los centros docentes decidirán la duración de los mismos en función de su edad, de sus circunstancias académicas y de su evolución durante el primer año del programa, previo informe del departamento de orientación y una vez oído el alumno o alumna y su familia.

El alumnado que al finalizar el programa no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y cumpla los requisitos de edad establecidos en el artículo 2.a) del Decreto 231/2007, de 31 de julio, podrá permanecer un año más en el programa.

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7.3.8.3. Procedimiento para la incorporación al programa.

El procedimiento a seguir para realizar la propuesta de incorporación del alumnado a un programa de diversificación curricular será el siguiente:

a) En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, el equipo educativo, coordinado por quien ejerza la tutoría, valorará la conveniencia de proponer su incorporación a un programa de diversificación curricular.

b) La incorporación al programa requerirá el informe correspondiente del departamento de orientación del centro y se realizará una vez oído el alumno o alumna y su familia.

c) A la vista de las actuaciones realizadas, la persona titular de la jefatura de estudios, con el visto bueno del director o directora del centro, adoptará la decisión que proceda.

7.3.8.4. Estructura del programa de diversificación curricular.

El currículo de los programas de diversificación curricular deberá incluir en su estructura para cada curso académico, los siguientes elementos:

a) Ámbito lingüístico y social, que incluirá los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias de Ciencias sociales, geografía e historia y Lengua castellana y literatura.

Esta selección se realizará teniendo en cuenta su relevancia social y cultural, y su idoneidad para que el alumnado pueda alcanzar los objetivos generales y las competencias básicas de la etapa.

b) Ámbito científico-tecnológico, que incluirá los aspectos básicos de las materias de Matemáticas, Ciencias de la naturaleza y Tecnologías. Esta selección se realizará teniendo en cuenta su relevancia social y cultural, y su idoneidad para alcanzar los objetivos generales y las competencias básicas de la etapa.

c) Tres materias obligatorias u opcionales, al menos, de las establecidas para la etapa, entre aquéllas que no han sido incluidas en los ámbitos anteriores, y que serán cursadas por el alumnado en su grupo ordinario. Entre estas materias se deberá incluir, en todo caso, la Primera lengua extranjera. Asimismo, el alumnado cuyo grupo ordinario sea de tercero cursará la materia Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

d) Tutorías con su grupo clase, desarrolladas por el profesorado tutor, y de carácter específico, desarrolladas por el orientador o la orientadora del centro.

e) Se podrán incluir materias optativas de las que componen la oferta de tercero o cuarto curso de la etapa.

7.3.8.5. Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.

El horario lectivo semanal del alumnado que sigue un programa de diversificación curricular será de treinta horas. La distribución de estas horas entre los diferentes elementos que forman el programa será realizada por el centro de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico tendrán quince horas semanales. En cualquier caso, se deberá procurar que exista el mayor equilibrio posible entre el número de horas semanales dedicadas a cada uno de ellos.

b) Las tres materias obligatorias u opcionales tendrán entre siete y diez horas semanales, en función de las horas semanales asignadas a las materias que elija el

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alumnado y que figuran en el Anexo III de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación secundaria obligatoria.

c) Las actividades de tutoría tendrán hasta tres horas semanales, de las que una corresponderá a la de tutoría con el grupo de referencia del alumnado y el resto a la tutoría específica que imparta el orientador o la orientadora del centro al grupo que sigue el programa de diversificación curricular.

d) Las materias optativas tendrán hasta un máximo de cinco horas.

7.3.8.6. Agrupamiento de los alumnos y las alumnas.

El alumnado que sigue un programa de diversificación curricular se integrará en grupos ordinarios del tercer o cuarto curso de la etapa, con el que cursará las tres materias obligatorias u opcionales, las materias optativas que haya elegido y realizará las actividades formativas propias de la tutoría de su grupo de referencia.

La inclusión de quienes cursan diversificación curricular en los grupos ordinarios se realizará de forma equilibrada entre todos ellos y procurando que se consiga la mayor integración posible de este alumnado.

El currículum de los ámbitos lingüístico y social y científico- Tecnológico así como las actividades formativas de la tutoría específica, se desarrollarán en el grupo de diversificación curricular, el cual, con carácter general, no deberá superar el número de quince alumnos y alumnas.

7.3.8.7. Elaboración del programa de diversificación curricular.

El programa, en sus aspectos generales, será redactado por el departamento de orientación que, asimismo, coordinará las tareas de elaboración de la programación de los ámbitos, en cuya concreción deberán participar los departamentos de las materias que los integran.

El programa de diversificación curricular deberá incluir, al menos, los siguientes elementos:

a) La estructura del programa de diversificación curricular para cada uno de los cursos.

b) Los criterios y procedimientos seguidos para el acceso y selección del alumnado.

c) La programación de los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico, y, en su caso, del ámbito práctico, con especificación de la metodología, contenidos y criterios de evaluación.

d) La planificación de las actividades formativas propias de la tutoría específica.e) Los criterios y procedimientos para la promoción y titulación del alumnado del

programa.

7.3.8.8. Evaluación y promoción del alumnado que curse programas de diversificación curricular.

La evaluación del alumnado que curse un programa de diversificación curricular tendrá como referente fundamental las competencias básicas y los objetivos de la educación secundaria obligatoria, así como los criterios de evaluación específicos del programa.

La evaluación de los aprendizajes del alumnado será realizada por el equipo educativo que imparte el programa.

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Los resultados de la evaluación final serán recogidos en las Actas de Evaluación de los grupos ordinarios del tercer o cuarto curso de la etapa en los que estén incluidos. Cuando el programa de diversificación curricular se prolongue a un segundo curso académico, los resultados de la evaluación final serán los que correspondan a la última sesión de evaluación del segundo año.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.9 de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el equipo docente del alumnado que se incorpora al programa desde tercer curso decidirá si el alumnado promociona a cuarto curso en régimen ordinario o si continúa un año más en el programa. Podrán acceder a cuarto curso quienes habiendo superado los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico del programa, tengan evaluación negativa, como máximo, en una o dos materias y, en su caso, en el ámbito práctico, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado los objetivos correspondientes al tercer curso, oído el propio alumno o alumna y su padre, madre o tutores legales.

7.3.8.9. Materias o ámbitos no superados.

Dado el carácter específico de los programas de diversificación curricular, el alumnado no tendrá que recuperar las materias no superadas de cursos previos a su incorporación a dicho programa.

El alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde tercer curso y no promocione a cuarto en régimen ordinario, continuará un año más en el programa.

Los ámbitos no superados del primer año del programa de diversificación curricular se recuperarán superando los ámbitos del segundo año.

En el caso de las materias no superadas que tengan continuidad en el curso siguiente, se procederá conforme al apartado anterior. En otro caso, el alumnado seguirá un programa de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa.

Titulación del alumnado que sigue programas de diversificación curricular.De conformidad con lo establecido en el artículo 10.4 de la Orden de 10 de agosto

de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el alumnado que se ha incorporado a un programa de diversificación curricular desde cuarto curso o que está en el segundo año de realización del mismo obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si supera todos los ámbitos y materias que integran el programa.

Asimismo, podrán obtener dicho título quienes, habiendo superado los ámbitos lingüístico y social y científico-tecnológico del programa, tengan evaluación negativa en una o dos materias y, excepcionalmente, en tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.El alumnado que, al término del programa de diversificación curricular, no haya alcanzado los objetivos generales de la etapa, recibirá un certificado de escolaridad en el que consten los años y materias cursados.

7.4. Programas de cualificación profesional inicial

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Con el fin de favorecer la inserción social, educativa y laboral de los jóvenes mayores de dieciséis años, la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con el artículo 22 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, regulará, organizará y, en su caso, autorizará los programas de cualificación profesional inicial. Asimismo, establecerá los procedimientos que permitan reconocer los aprendizajes adquiridos por el alumnado, tanto en la escolarización ordinaria en la educación secundaria obligatoria como en el resto de los módulos del programa, para aquellos jóvenes que vayan a cursar los módulos conducentes a título.

7.5. Actividades de refuerzo y apoyo en horario de tardeLos centros docentes públicos podrán desarrollar actividades de refuerzo y apoyo

en horario de tarde dirigidas al alumnado que presente retraso escolar. La Consejería competente en materia de educación regulará esta actividad que será tutelada o impartida voluntariamente por el profesorado del centro, con objeto de trabajar de forma específica las carencias detectadas en el alumnado.

7.6. ACTUACIONES Y MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN BACHILLERATO

7.6.1.Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos

Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior, así como realizar un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y superar la evaluación correspondiente a dicho programa.

A tales efectos los departamentos de coordinación didáctica elaborarán, dicho programa para cada alumno o alumna que lo requiera, a través del cual el alumnado pueda profundizar en el conocimiento de la materia y el profesorado evaluar los conocimientos adquiridos. En el caso de que la materia pendiente tenga igual denominación o incluya conocimientos de la materia de segundo, el seguimiento de dicho plan será responsabilidad del profesor o profesora que imparte la materia en segundo curso en el grupo al que pertenece el alumno o la alumna.

7.6.2.Plan anual de seguimiento de las materias vinculadas a las PAU, para el alumnado de segundo con materias de segundo evaluadas positivamente

Para el alumnado que cursa materias no superadas de segundo curso, los centros docentes, a través de los departamentos de coordinación didáctica, elaborarán planes anuales de seguimiento de las materias que el alumnado tenía evaluadas positivamente en cursos anteriores con objeto de que pueda preparar adecuadamente las pruebas de acceso a la universidad, siempre que se trate de materias vinculadas a dichas pruebas de acceso.

7.6.3.Adaptaciones curriculares

La adaptación curricular es una medida de atención a la diversidad que implica una actuación sobre los elementos del currículo, modificándolos, a fin de dar respuestas al alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales o por sus altas capacidades intelectuales.

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Serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del departamento de orientación. En dichas adaptaciones constarán las materias en las que se van a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos y los criterios de evaluación.

Los resultados de las evaluaciones se consignarán en el historial académico de este alumnado, donde se especificará con una «x» en la columna «AC» aquellas materias que hayan sido objeto de adaptación curricular. Asimismo, se hará constar esta circunstancia en la relación certificada de alumnos y alumnas que concurren a las pruebas de acceso a la Universidad, que los centros han de enviar a la Universidad, con antelación a la realización de dichas pruebas.

7.6.4. Fraccionamiento del bachillerato

Cuando se considere que las adaptaciones curriculares no son suficientes para alcanzar los objetivos, el alumnado podrá cursar el bachillerato fraccionando en dos partes las materias que componen el currículo de cada curso.

El fraccionamiento se podrá solicitar mediante la remisión de la solicitud del interesado, acompañada de los informes favorables del departamento de orientación del centro docente y de la correspondiente delegación provincial, a la Dirección General competente en materia de ordenación educativa para la resolución que proceda. Cuando la resolución sea favorable se hará constar esta circunstancia en el expediente académico y en el historial académico del alumno, al que se adjuntará una copia de dicha resolución.

A efectos de fraccionamiento se establecen dos partes en cada curso. Tanto en primero como en segundo curso la parte primera comprenderá las materias comunes y las optativas y la segunda las materias propias de modalidad.

El alumnado que haya optado por fraccionar en partes las materias para su estudio deberá matricularse del curso completo, y cursar las dos partes en que se divide cada curso en años consecutivos. En el primer año cursará las materias correspondientes a la parte primera, y en el siguiente las correspondientes a la parte segunda. En el supuesto de que, al concluir el primer año, queden materias pendientes de la parte primera, en el año siguiente, este alumnado queda obligados a matricularse de todas las materias que componen la parte segunda y de las que les hubiera quedado pendientes de la parte primera. Los resultados de la evaluación realizada al finalizar el primer año, caso de ser positiva, se conservarán debidamente registrados, para incorporarlos a los correspondientes a las materias cursadas en el segundo año. Una vez cursadas ambas partes, la promoción se producirá conforme a lo establecido con carácter general.

La interrupción de los estudios supondrá la invalidación de las materias aprobadas si se produce en primer curso y quedan más de dos materias pendientes o no cursadas. En segundo curso, las materias aprobadas no deberán ser cursadas de nuevo, en ningún caso.

El alumnado que haya optado por fraccionar en partes las materias en el bachillerato podrá permanecer un máximo de seis años.

7.6.5.Exenciones de materias

Cuando se considere que las medidas de adaptación curricular y fraccionamiento del bachillerato sean suficientes para alcanzar los objetivos del bachillerato se podrá autorizar la exención total o parcial de una materia siempre que tal medida no impida la consecución de los aprendizajes necesarios para obtener la titulación. Las materias objeto de exención serán la educación física y las lenguas extranjeras.

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Para la autorización de la exención, los centros remitirán la solicitud del interesado, acompañada de los informes del departamento de orientación del centro educativo, del servicio de inspección educativa de su provincia y el informe médico correspondiente, a la Dirección General competente en materia de ordenación educativa para la resolución que proceda.

La exención de la materia correspondiente se hará constar en el expediente académico del alumnado, consignándose la expresión (EX) en la casilla destinada a la calificación de la materia correspondiente y se adjuntará a dicho expediente una copia de la resolución de la citada Dirección General por la que se autoriza la exención. Asimismo, esta circunstancia se hará contar, en los mismos términos, en el historial académico del alumno y en las actas de evaluación, así como en la relación certificada del alumnado que concurre a las pruebas de acceso a la Universidad, extendiéndose la diligencia correspondiente, en la que se hará referencia expresa a la fecha de la resolución.

A efectos de determinar la nota media del bachillerato, no se computarán las materias consideradas exentas.

7.7. ACTUACIONES Y MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

La adecuación de las actividades formativas, así como de los criterios y los procedimientos de evaluación cuando el ciclo formativo vaya a ser cursado por alumnado con algún tipo de discapacidad, garantizándose el acceso a las pruebas de evaluación. Esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de resultados de aprendizaje y objetivos generales del ciclo que afecten a la adquisición de la competencia general del título.

8. PLAN DE ACCIÓN Y ORIENTACIÓN TUTORIALAnexo 1

9. EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA CON LAS FAMILIAS

Los compromisos que el I.E.S. Andrés de Vandelvira establece en función de las distintas casuísticas que se presenten son:

9.1. COMPROMISOS DE CONVIVENCIA Regulado en el artículo 12.k) del Decreto 327/2010 y en el artículo 10.k) del

Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, y en el artículo 19 de la Orden de 20 de junio de 2011.

El Consejo Escolar será informado periódicamente de los compromisos de convivencia y su seguimiento.

9.1.1.Situaciones de aplicaciónCuando un alumno o alumna presente reiteradas faltas de conducta contra las

normas de convivencia, o bien, una falta tipificada como grave, a iniciativa del tutor/ a, de orientación o de jefatura de estudios, se propondrá a la familia del mismo un COMPROMISO DE CONVIVENCIA.

9.1.2. ActuacionesEl tutor/a, Jefatura u orientación citan a la familia y al alumno/a en cuestión. Se

analiza la situación académica y personal del mismo. Se buscan acuerdos y salidas que den respuesta y traten de prevenir futuros problemas y se informa a la familia y alumno/a de las posibles sanciones en caso de continuar con la misma actitud. Los acuerdos

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tomados quedarán registrados en el ANEXO I de Compromiso de Convivencia. Es importante destacar que, en esa reunión, no sólo se trata el problema de convivencia sino, y no menos importante, el tema de la reorientación académica del alumno/a que suele ir muy ligado a los problemas de convivencia. Posteriormente, el tutor/a realiza un seguimiento de los acuerdos que se tomaron.

Dentro de los acuerdos tomados, se puede hacer uso de una ficha de control diario en la que se registra la actitud y el trabajo del alumno/a por cada uno de los profesores del equipo educativo, a la que tendrán acceso la familia para que puedan comprobar su seguimiento diario.

9.2. COMPROMISOS EDUCATIVOS Regulado en el artículo 12.g) del Decreto 327/2010 y en el artículo 10.g) del Decreto

328/2010, ambos de 13 de julio, y en el artículo 18 de la Orden de 20 de junio de 2011. Especialmente indicado para el alumnado que presente dificultades de aprendizaje y,

por tanto, calificaciones negativas para estimular y apoyar el proceso educativo de este alumnado y estrechar la colaboración con sus familias.

9.2.1. ActuacionesLa persona encargada de la tutoría del grupo tras la primera y segunda evaluación

determinará los casos en los que es conveniente la elaboración del compromiso educativo para aquel alumnado con 3 o más áreas no superadas tras las dos primeras evaluaciones, según el ANEXO II .

10. EL PLAN DE CONVIVENCIA A DESARROLLAR PARA PREVENIR LA APARICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y FACILITAR UN ADECUADO CLIMA ESCOLAR

VER ANEXO 2

11. EL PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO

“Art. 102 de la LOE. Formación permanente.12. La formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el

profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.”

Cuando la demanda de formación surge de una necesidad sentida y expresada por todo o gran parte del profesorado del centro y no aislada, sino que se inserta en el seno de un proyecto de mejora global del centro, resulta que tanto los profesores como los alumnos salen beneficiados. Los primeros porque encontraremos significativa la tarea, puesto que conseguimos unir la búsqueda de alternativas de solución de los problemas, necesidades y aspiraciones que emergen de la práctica cotidiana en el contexto del trabajo con nuestro desarrollo profesional, y los alumnos, porque mejoran en sus procesos de aprendizaje y formación. Por todo ello, el plan de formación del profesorado del centro “es el espacio más adecuado de construcción conjunta en la que se posibilita avanzar en la consecución de unos objetivos bien delimitados, que responden a una necesidad del centro y que tiene en cuenta su punto de partida” (Solé Gallart, 1996). La formación del profesorado es un elemento imprescindible para garantizar la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje y la consecución de las finalidades establecidas en nuestro Proyecto Educativo de centro. Para que sea adecuado es necesario elaborar un

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plan de actuaciones en el que participe el Claustro de Profesores y Profesoras para reflexionar sobre las acciones y atender las necesidades detectadas en nuestro centro. Se debe realizar un proceso de reflexión y evaluación de la práctica docente y así abordar los cambios necesarios para alcanzar los objetivos establecidos de forma eficiente. Este Plan de Formación pretende:

- Contribuir a la mejora de la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje.- Adecuar los conocimientos del profesorado a las necesidades reales del centro y su

contexto.- Facilitar el diseño de estrategias metodológicas que mejoran la práctica docente en

el aula.- Motivar la participación activa de todo el profesorado en el proceso de formación y

perfeccionamiento. Para llevar a cabo una gestión adecuada del Plan de Formación del Profesorado, éste debe estar finalizado en mayo, analizando las necesidades de formación a final del curso escolar. Para ello, cada departamento analizará sus necesidades de formación y elaborará una propuesta para el curso siguiente. Una vez estudiadas las propuestas por el Equipo Directivo, se elaborará en Claustro la propuesta final, priorizando las actuaciones formativas más necesarias, que se elevará al Centro de Profesorado para que sea tenida en cuenta en su planificación anual. Las actividades de formación que se hayan realizado durante el curso escolar serán evaluadas por el Claustro de Profesores y Profesoras y así valorar su inclusión en el Plan de Formación del curso siguiente.

12.1. LEGISLACIÓN REFERENTE Art. 102 de la LOE. FORMACIÓN PERMANENTE. Art. 19, apartados 1,2 y 3, de la LEA. FORMACIÓN PERMANENTE DEL

PROFESORADO. Art. 26, apartados 2 y3, del Real Decreto 231/2007, de Julio, por el que se establece

la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía (BOJA 08-08-2007). FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO.

Art. 25, Apartados 2 y 3, del Decreto 416/2008, 22 de Julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía (BOJA 28-07-2008). FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO.

Art. 31, apartados 2 y 3, del Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo (BOJA 12-09-2008). FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO.

Art. 87.2, apartado del a) al i), del Decreto 327/2010 (BOJA 16-07-2010). DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA.

Art. 68, apartado e), del Decreto 327/2010 (BOJA 16-07-2010). COMPETENCIASEl Claustro de Profesorado tendrá las siguientes competencias:e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

12.2. ACTIVIDADESLa formación del profesorado de nuestro instituto está ligada a los Centros de

Profesorado (CEP), por los cursos y jornadas que ofertan cada año y por la constitución de grupos de trabajo que se formen con profesores/as de nuestro centro educativo, y a otros organismos reconocidos oficialmente.

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El CEP solicita información a los Centros sobre la necesidad de formación del profesorado, ésta se requiere al final del curso escolar y es tenida en cuenta para el siguiente curso académico. Así cada año en la memoria final de curso incluiremos los cursos, jornadas o grupos de trabajo que se consideran necesarios por el profesorado para su formación.

El responsable de confeccionar anualmente el Plan de Formación del Profesorado será el Jefe del Departamento de Formación, Innovación y Evaluación Educativa. Para redactar este Plan se tendrá en cuenta: la Memoria de Autoevaluación del curso anterior, las propuestas de mejora de las Pruebas de Diagnóstico y los acuerdos reflejados en las actas de Claustro de Profesorado. El Plan de Formación del Profesorado formará parte de la programación del Departamento y se aprobará en el primer mes de curso con el resto de las programaciones de los otros departamentos.Las actividades de formación de carácter general propuestas por los departamentos en el seno del ETCP, para el curso 2011-12.

Formación en las Pizarras Digitales. Formación en Competencias Básicas. Didáctica de las ciencias en las nuevas tecnologías. Formación en mediación escolar, para profesorado y alumnado.

Las actividades de Formación de carácter específico para F.P. propuestas por el Departamento de Hostelería y turismo en el seno del ETCP, para el curso 2011-12

Formación en Contabilidad General.

13. LOS CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR

13.1. Horario del centro

El instituto permanece abierto, todos los días, de 8.00 h a 15.00 h y, por las tardes, de lunes a jueves, de 16.30 h a 19.30 h.

El horario lectivo en el turno de mañana es de 8.15 h a 14.45 h con un descanso de media hora a las 11.15 h. A este horario se acogen los grupos de secundaria, bachillerato, ciclos formativos de grado medio y grado superior y los programas de cualificación profesional inicial.

El horario lectivo de tarde para los cursos CAL (Cursos de Adaptación lingüística): martes de 17:30 a 19:30 y jueves de 16:30 a 18:30.

Las sesiones de clase en ESO y bachillerato diurno son de una hora. En los ciclos formativos, los PCPI y los programas de diversificación curricular que tienen módulos y ámbitos de más de 5 horas semanales están organizados en sesiones de 1 o más horas lectivas.

13.2. Atención al alumnado que viene en transporte escolar

El alumnado que utiliza el transporte escolar llega al centro a las 8.00 h cuando éste ya está abierto y pueden esperar en el recibidor o bien ir subiendo a las aulas. El profesorado también empieza a llegar a esta hora por tanto el alumnado puede ser atendido en caso de necesidad. También hay dos ordenanzas.

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13.3. Programas de intervención en el tiempo extraescolar

El Centro en sus líneas de actuación pedagógica ha establecido que intenta conseguir una educación de calidad e integral y estar abierto a su Comunidad. Precisamente, por esos motivos, se establecen tres actuaciones que se desarrollan en el tiempo extraescolar.

13.4. Escuelas Deportivas

Los tres objetivos fundamentales de este programa son: Mantener abierto el centro para desarrollar actividades deportivas que completen

la formación del alumnado del programa. Fomentar valores como la igualdad, la responsabilidad y la solidaridad. Crear un vínculo del alumnado y las familias con el Centro que vaya más allá del

ámbito meramente académico.

El programa se desarrollará siguiendo las instrucciones del programa de Escuelas Deportivas de la Consejería de Educación.

El horario en el que se desarrollará este programa es: de lunes a jueves de 16:30 a 18:30.

13.5. PARCES

Siguiendo los argumentos anteriores, el Centro debe aprovechar los recursos ofrecidos por este programa de apoyo y refuerzo para conseguir los objetivos de las líneas generales de actuación pedagógica relacionadas con los procesos de enseñanza-aprendizaje recogidas en este proyecto. De esta forma, se intentará conseguir una mayor implicación del alumnado y de sus familias en su proceso formativo.

Tras las evaluaciones iniciales, que se celebran cada curso en el primer mes de clase, se seleccionará al alumnado que tenga una mayor necesidad y posibilidades de aprovechamiento de este programa. Igualmente, en la primera reunión de acogida para las familias, se entregarán unas fichas para recoger las solicitudes de cuantos padres/madres consideren que este programa pueda ser beneficioso para sus hijos.

Este apoyo educativo debe coordinarse en el proceso de enseñanza desarrollado en el horario lectivo y para ello la Jefatura de Estudios coordinará el trabajo de los/as monitores/as con los equipos docentes.

Los horarios se ajustarán en función de la formación de grupos que se produzca en cada curso académico. Como criterio general, señalar que los horarios de esta actividad serán: de lunes a jueves de 16:30 a 18:30.

13.6. Apoyo lingüístico al alumnado inmigrante (ATAL)

La incorporación a nuestro centro de alumnado inmigrante ha supuesto un reto importante debido a dos temas fundamentales: la acogida y el proceso de aprendizaje, sobre todo del alumnado con una lengua diferente a la española. Para ello con el recurso del programa del apoyo lingüístico, en el que se reforzarán las competencias en comunicación lingüística del alumnado inmigrante.

Cada curso, en función del alumnado inmigrante matriculado y de las necesidades de los mismos, se organizarán los horarios correspondientes que permitan desarrollar este programa.

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14. EN EL CASO DE LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, LOS CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS, TENIENDO EN CUENTA LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE CADA MÓDULO EN CUANTO A HORAS, ESPACIOS Y REQUISITOS. ASIMISMO, SE INCLUIRÁN LOS CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN CURRICULAR Y LA PROGRAMACIÓN DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO Y DE PROYECTO

14.1. ORGANIZACIÓN DEL MÓDULO FCT DE 1º DEL PCPI

Según dispone la Orden de 24/06/2008, publicada en el BOJA el día7/08/2008, los PCPI tendrán una duración de 2 cursos, con un mínimo de 900 horas cada uno.

En los art. 13 y 14 de la misma se establece que la FCT, que se realizará en el 1º curso una vez superados la totalidad del resto de los módulos, tendrá una duración mínima de 100 horas.

Como en el art. 15 se dispone que aquellos alumnos que comuniquen por escrito al tutor/a su compromiso a realizar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (al objeto de poder solicitar la exención de una parte de la prueba) deben ser evaluados con anterioridad al 25 de mayo de cada año.

Para poder cumplir con los plazos, el módulo de FCT comenzará en la última semana del mes de abril de cada año, y tendrá una duración de aproximada de 15 jornadas de 7 horas. Por este motivo, la evaluación del resto de módulos se anticipará para estos alumnos al objeto de comenzar la FCT en la fecha establecida.

14.2. ORGANIZACIÓN DEL MÓDULO FCT Y PROYECTO DE 2º DE LOS CICLOS FORMATIVOS

Según establecen las correspondientes órdenes que regulan los ciclos formativos, los módulos de FCT y “Proyecto de guía, información y asistencia turísticas” no se realizarán hasta que no se hayan superado el resto de módulos del ciclo.

La FCT de los ciclos de Grado Medio se realizará por regla general en el 3º trimestre de cada año, y tendrá una duración aproximada de 58 jornadas de 7 horas, hasta completar el mínimo de 410 horas.

La FCT de los ciclos de Grado Superior se realizará por regla general en el 3º trimestre de cada año, y tendrá una duración aproximada de 55 jornadas de 7 horas, hasta completar el mínimo de 380 horas.

El seguimiento de la FCT durante el 3º trimestre será realizado por el profesorado con atribución docente (PES o PT de la especialidad) que impartan docencia en 2º curso, en horario especial elaborado para este periodo.

En los casos en que los módulos de FCT y “Proyecto de guía, información y asistencia turísticas” se realicen en el 1º o 2º trimestre, el seguimiento será llevado a cabo por profesorado de la especialidad (PT o PES) con una dedicación de 3 horas no lectivas del horario regular.

En todo caso, se realizarán como mínimo 3 visitas al centro de trabajo. Los gastos ocasionados por el seguimiento de la FCT, locomoción y manutención, será financiados con cargo a la dotación recibida de la Consejería para tal fin.Las horas del 3º trimestre de los profesores que imparten docencia en 2º curso de ciclos formativos, serán dedicadas a:

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Seguimiento de la FCT. Recuperación de los módulos pendientes. Apoyo educativo. Desdobles. Atención al PCPI. Preparación de pruebas libres. Proyecto, para el caso de Grado Superior. Mantenimiento de recursos y medios del Departamento. Orientación profesional. Otras tareas relacionadas con la actividad docente.

14.3. HORAS DE LIBRE DISPOSICIÓN ADSCRITAS AL MÓDULO DE “PROCESOS DE GUÍA Y ASISTENCIA TURÍSTICA

“GEOGRAFÍA TURÍSTICA INTERNACIONALY RUTAS E ITINERARIOS TURÍSTICOS EN ESPAÑA”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 436/2008 de 2 de septiembre, el Departamento de la familia profesional de Hostelería y Turismo, en reunión de departamento, ha determinado dedicar las horas de libre disposición para el próximo curso académico 2011-12, a favorecer el proceso de adquisición de la competencia general del Título, impartiendo “Geografía Turística Internacional”, así como “Rutas e Itinerarios Turísticos en España”, quedando dichas horas adscritas al Módulo Profesional de “Procesos de Guía y Asistencia Turística”. Serán en total 63 horas, distribuidas en tres horas semanales a lo largo del segundo curso académico. Las citadas horas serán impartidas por el profesor o profesora con atribución docente en el módulo profesional citado anteriormente.

De todos es conocido que el turismo se ha convertido en un fenómeno socioeconómico de primera magnitud, y que son millones de viajeros los que se desplazan cada año a otras regiones, del propio país o del extranjero, los cuales demandan servicios de información turística local, comunitaria, nacional e Internacional.

Por ello, Los profesores/as miembros del departamento de Hostelería y Turismo del I.E.S. Andrés de Vandelvira de Baeza (Jaén), consideran necesaria la formación de nuestros alumnos/as en “Geografía Turística Internacional, y en Rutas e Itinerarios Turísticos en España”, unas enseñanzas que se impartirán con carácter complementario al módulo de “Procesos de Guía y Asistencia Turística”, para que dicho alumnado tenga una visión completa de los lugares más turísticos del mundo, y que esa información les sirva de valiosa ayuda a la hora de confeccionar, gestionar o vender un producto turístico.

Son precisamente los gestores de las empresas y organismos colaboradores con nuestro centro de enseñanza, para la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo de nuestro alumnado, quienes consideran prioritario, que para que esa experiencia formativa sea efectiva, provechosa y pueda garantizar la futura inserción laboral en empresas del sector turístico, el alumnado previamente debe contar con amplios conocimientos de geografía de ámbito autonómico, nacional e internacional; ya que se trata de poner en práctica procesos productivos concretos en empresas precisamente de información turística, guía local y acompañante, museos… donde podrán aplicar los conocimientos teóricos adquiridos durante los dos años de enseñanza académica en el centro educativo. Los/as tutores/as laborales de las empresas colaboradoras, nos han manifestado en repetidas ocasiones, la importancia de que el

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alumnado haya adquirido y consolidado conocimientos no sólo de esa geografía turística, sino también de los recursos de cada uno de los destinos, costumbres, tradiciones, gastronomía, estructura socioeconómica y política, etc.

Debido a que en el segundo curso académico se imparte el módulo profesional de “Procesos de Guía y Asistencia Turística”, en el cual se realizarán simulaciones de servicios de información turística y de guías, el profesorado miembro del departamento de hostelería y turismo considera una buena praxis educativa el simultanear los contenidos conceptuales con los procedimentales, y por lo tanto necesario el reforzar y ampliar los primeros para la adquisición satisfactoria de los segundos.

Los contenidos a abordar durante esas tres horas semanales de libre disposición serán tanto aspectos geográficos del mundo como socioeconómicos de las grandes zonas turísticas en sus respectivos continentes. Se abordarán los diferentes tipos o facetas que engloba el turismo: el marítimo y náutico; el de montaña, con sus estaciones, tanto para excursionistas como para practicantes del esquí y de los deportes de nieve; el rural; las visitas a parques y reservas naturales, y a parajes geográficos espectaculares; y el cultural, que abarca las visitas a ciudades monumentales, con numerosos vestigios históricos, a museos y enclaves que albergan restos de civilizaciones, y a localidades que conservan costumbres y tradiciones ancestrales de carácter popular, folclórico o religioso.

Por ello no se tratará sólo de impartir la geografía tradicional, sino que el alumnado se implique en el viaje, el itinerario, las costumbres, la vida de los diferentes lugares del mundo.

15. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA

Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, este centro realizará una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que se desarrollen, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados del alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la Inspección Educativa.

Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del instituto, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. La medición de los indicadores establecidos corresponderá al departamento de formación, evaluación e innovación educativa.

Si bien la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá en su momento indicadores de calidad para que la autoevaluación resulte objetiva y homologable en toda la Comunidad Autónoma, será el departamento de formación, evaluación e innovación educativa quien complete tales indicadores y asegurará que se incluirán aquéllos que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento.

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Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad, así como la realización de aportaciones por parte del Claustro finalizarán antes del 25 de junio de cada año.

El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado y que incluirá tanto una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores, como propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.

ASPECTOS OBJETO DE AUTOEVALUACIÓN

15.1. Factores clave para la mejora de los rendimientos escolares

La utilización del tiempo para la planificación de la enseñanza y del desarrollo de los aprendizajes en el aula.

- Criterios pedagógicos de asignación de enseñanzas, formación de grupos, tutorías y elaboración de horarios.

- Cumplimiento del calendario laboral y escolar, y control de ausencias del personal del Centro.

- Utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula. La concreción del curriculum, su adaptación al contexto y la planificación efectiva

de la práctica docente- Establecimiento de secuencias de contenidos por áreas, materias,

ámbitos o módulos en cada curso y ciclo para toda la etapa, distinguiendo los contenidos que se consideran básicos, esenciales o imprescindibles, de acuerdo con los objetivos y competencias básicas.

- Desarrollo de estrategias metodológicas propias del área, materia o ámbito para abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje, con especial atención a:

Leer, escribir, hablar y escuchar.Aprendizaje de las matemáticas ligados a situaciones de la vida cotidiana.Desarrollo del conocimiento científico.Utilización de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

La evaluación de los resultados escolares y la adopción de las medidas de mejora adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alumnado

- Criterios de evaluación y promoción.- Evaluación del alumnado que realiza el centro y resultados de pruebas

externas.

La inclusión escolar y la atención a las necesidades de aprendizaje como respuesta educativa a todo el alumnado.

- Medidas de atención a la diversidad adaptadas a las necesidades específicas del alumnado.

- Programaciones adaptadas a las necesidades del alumnado.- Tutorización del alumnado, relación con las familias y el entorno.

La dirección y la organización del centro orientada a la eficacia en la consecución y mejora de los logros escolares del alumnado.

La relación interpersonal y los valores de convivencia dentro de un apropiado clima escolar.

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- Clima positivo de convivencia y promoción de valores de relación interpersonal.

15.2. Grado de consecución de los objetivos propios del centro15.3. Grado de consecución y desarrollo de las programaciones didácticas15.4. Evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente:

• Organización del aula• Aprovechamiento de los recursos materiales, didácticos, etc… del centro• Clima del aula• Grado de coordinación del equipo docente• Grado de cumplimiento de los acuerdos metodológicos adoptados para la etapa

14.5. Funcionamiento de los órganos unipersonales14.6. Funcionamiento de los órganos colegiado14.7. Funcionamiento de los órganos de coordinación docente: etcp, áreas,

departamentos, equipos educativos, tutorías14.8. Aprovechamiento de los recursos humano14.9. Desarrollo del plan de orientación y acción tutorial14.10. Desarrollo y funcionamiento de los planes llevados a cabo en el centro14.11. Programas educativos (tic, bilingüismo, parces, plan de familia, etc.).14.12. Servicios del centro. (biblioteca, escuelas deportivas,etc)

15. LOS CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO Y LA ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS, DE ACUERDO CON LAS LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA DEL CENTRO Y ORIENTADOS A FAVORECER EL ÉXITO ESCOLAR DEL ALUMNADO

15.1. CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA- Criterios generales que afectan a toda la etapa y atendiendo al orden que a

continuación se expone: Orden alfabético. Alumnado bilingüe a repartir en distintos grupos. (Siempre que no sean

bilingües todas las líneas existentes) Alumnado de alternativa a repartir en dos grupos. Seguir las indicaciones del departamento de orientación en cuanto al

alumnado con n.e.e., para la ubicación del mismo. Reparto del alumnado repetidor e imperativo legal de forma proporcional en

todos los grupos de un nivel determinado. Agrupación del alumnado por optativas en 4º de ESO, por necesidad

organizativa del centro. En 3º y 4º de diversificación el alumnado se reparte en dos grupos diferentes. En 1º de ESO se atenderá también a la información aportada por los colegios

de primaria, en cuanto a las necesidades específicas de su alumnado. - Una vez iniciado el curso escolar, el Equipo Educativo, con el asesoramiento del

Departamento de Orientación, podrá proponer al Equipo Directivo el cambio de grupo de aquellos/as alumnos/as que tengan conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del grupo, problemas de relación con alumnos/as del grupo y/o

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necesidades educativas especiales y que el cambio suponga un beneficio en su rendimiento escolar y mejora del clima de convivencia.

- Una vez finalizado el curso escolar se dejará constancia en la memoria de tutoría aspectos relevantes a tener en cuenta para el agrupamiento del siguiente curso.

BACHILLERATOEl criterio general para establecer los agrupamientos atenderá a la MODALIDAD

escogida por el alumnado, quedando así configurados dos bachilleratos bien diferenciados:

- Bachillerato de Ciencias y Tecnología.- Bachillerato de Ciencias Sociales y Humanidades.

La configuración de materias de modalidad y optativas queda reflejado en el apartado o) del presente documento.En el caso de existir ½ grupo de una y otra modalidad, el alumnado se les hará coincidir en las materias comunes.

15.2 CRITERIOS DE AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO BILINGÜE

El alumnado de 2º, 3º y 4º de ESO bilingüe se agrupará en distintos grupos, de modo que, en Inglés y en las materias no lingüísticas pertenecientes al Proyecto Bilingüe se les hará coincidir, mientras que en el resto de materias las impartirán junto con su grupo de referencia.

El alumnado de 1º de ESO, en caso de que todas las líneas sean bilingües, se agruparán siguiendo los criterios expuestos en el apartado A. En caso contrario, su agrupamiento será como el resto de niveles.

15.3. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE TUTORÍASLa tutoría de cada grupo de alumnos/as recaerá preferentemente en el profesor o

profesora que tenga mayor carga horaria semanal en dicho grupo. En este punto es importante tener en cuenta la designación de tutores/as en los grupos mixtos bilingües, programas de diversificación curricular, etc. puesto que deben ser profesores/as que impartan clase al grupo completo.

Se tendrá en cuenta que el tutor/a que haya desempeñado tutorías especialmente conflictivas o con gran volumen de trabajo, tenga la posibilidad de coger otros grupos menos problemáticos en el curso siguiente.

Se evitará que un profesor/a que ostente una jefatura de departamento o coordinación de planes y proyectos sea tutor/a, salvo expreso deseo del profesor/a siempre y cuando no haya incompatibilidad con la normativa que rija sus funciones.

Para aquel profesorado que una vez cubiertas las tutorías del centro no ostente ninguna otra función, se contemplará la posibilidad de crear tutorías especiales que cubran diferentes necesidades como: seguimiento de alumnos/as con materias pendientes de otros cursos, transporte escolar, convivencia escolar, etc.

En las reuniones que se realizan, durante el mes de junio, entre los departamentos y la dirección y Jefatura de Estudios, de cara a la planificación del siguiente curso, se valorarán, las posibilidades que surgen, en cada uno de los departamentos, en relación con la asignación de tutorías.

En el claustro de reparto de materias por departamentos, normalmente el primero del curso, la Jefatura de Estudios asignará a cada departamento las tutorías de E.S.O., Bachillerato y Ciclos que les corresponden a cada uno para que sea el propio

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departamento el que determine la asignación de las mismas entre el profesorado que lo compone (de la forma más democrática posible). En la distribución de tutorías por departamentos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Número de profesores/as que componen el departamento. Disponibilidad de profesorado en cada dpto. que no desempeñe otras funciones

(jefatura de departamento o coordinación de planes y proyectos, etc.) Disponibilidad horaria del departamento. Llevar a cabo el reparto de tutorías entre todos los departamentos del Centro de

la forma más heterogénea y equilibrada posible.

16. LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LA OFERTA DE MATERIAS OPTATIVAS Y, EN SU CASO, EL PROYECTO INTEGRADO. EN EL CASO DEL BACHILLERATO, ADEMÁS, LOS CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS BLOQUES DE MATERIAS EN CADA UNA DE LAS MODALIDADES IMPARTIDAS, CONSIDERANDO SU RELACIÓN CON LAS UNIVERSIDADES Y CON OTROS CENTROS QUE IMPARTEN LA EDUCACIÓN SUPERIOR

16.1. OFERTA DE MATERIAS OPTATIVAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

El procedimiento a seguir para la determinación de la oferta de optativas se realiza partiendo del artículo 8, apartados del 1 al 5, de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 30-08-2007). De acuerdo con lo recogido en el Decreto 231/2007, de 31 de julio, el alumnado cursará una materia optativa en cada uno de los cuatro cursos de la etapa.

La oferta de materias optativas y de los distintos bloques asociando las materias de modalidad de 4º ESO y Bachillerato, se ha decidido en el E.T.C.P, por acuerdo entre los distintos Departamentos Educativos.

La optatividad queda de la siguiente forma, teniendo en cuenta las materias que se han de ofertar obligatoriamente y la inclusión de las materias de refuerzo de Matemáticas, Lengua Castellana y Literatura e Inglés, para los tres primeros cursos tal y como se recoge en la orden de atención a la diversidad: el alumnado de primero, segundo y tercero de la educación secundaria obligatoria que curse los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedar exento de cursar la materia optativa correspondiente al curso en el que esté matriculado.

1º E.S.O.: - Para el alumnado que necesite refuerzo en un área o no necesite refuerzo:

Cambios sociales y relaciones de género. 2º Idioma Francés. Tecnología Aplicada.

- Para el alumnado que necesite refuerzo en dos áreas: Refuerzo de Lengua Castellana y Literatura. Refuerzo de Matemáticas. Refuerzo de Inglés.

2º E.S.O.:

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- Para el alumnado que necesite refuerzo en un área o no necesite refuerzo: Cambios sociales y relaciones de género. 2º Idioma Francés. Métodos de la Ciencia.

- Para el alumnado que necesite refuerzo en dos áreas: Refuerzo de Lengua Castellana y Literatura. Refuerzo de Matemáticas. Refuerzo de Inglés.

3º E.S.O.: - Para el alumnado que no necesite refuerzo:

Cambios sociales y relaciones de género Cultura Clásica I 2º Idioma Francés

Informática- Para el alumnado que necesite refuerzo en un área:

Refuerzo de Lengua Castellana y Literatura. Refuerzo de Matemáticas. Refuerzo de Inglés.

4º E.S.O.: Proyecto Integrado de carácter práctico.

Para flexibilizar la oferta de materias optativas y acomodarse mejor a los intereses del alumnado, éstas podrán tener una duración diferente a la anual.

Se impartirán las materias optativas ofertadas cuando el número de alumnos o alumnas que las soliciten no sea inferior a quince. No obstante, podrán impartir dichas materias a un número menor de alumnos y alumnas, siempre que esta circunstancia no suponga incremento de plantilla del profesorado del centro.

Los objetivos, contenidos y criterios de evaluación correspondientes a las materias optativas de oferta obligatoria se recogen en el Anexo II de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 30-08-2007).

Para la oferta de Proyecto Integrado en 4º ESO, se tendrán en cuenta aquellos departamentos que presenten una programación de acuerdo a dicha Orden (BOJA 30-08-2007) . […] A tal fin, los centros docentes ofertarán, obligatoriamente, la materia Proyecto integrado de carácter práctico que se orientará a completar la madurez y el desarrollo personal del alumnado a través de actividades de carácter eminentemente prácticas, basadas en la experimentación y el análisis de los resultados y en la búsqueda y tratamiento de la información obtenida desde diversas fuentes.

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En el artículo 87.2, apartado j), del Decreto 327/2010 (BOJA 16-07-2010), en cuanto al las funciones del Departamento de formación, evaluación e innovación educativa se cita: j) Promover que las materias optativas de configuración propia y el proyecto integrado estén basados en trabajos de investigación y sigan una metodología activa y participativa entre el alumnado.

16.2. ORGANIZACIÓN DE MATERIAS OPCIONALES EN 4º DE ESO

Los criterios establecidos para la organización de bloques de las materias opcionales en 4º ESO son:

- Atención a los distintos intereses del alumnado para cursar estudios postobligatorios como para incorporarse a la vida laboral.

- Garantizar la continuidad de los bloques dirigidos al alumnado que cursará estudios postobligatorios.

Itinerario Bachillerato de Ciencias y Tecnología

Itinerario Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales

¿Qué bachillerato piensas cursar? Humanidades Ciencias Sociales elige Matemáticas B

Itinerario Bachillerato de Artes, Ciclos Formativos y Mundo Laboral

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- Biología y Geología- Física y Química- Matemáticas B

- Física y Química- Tecnología- Matemáticas B

- Física y Química- Ed. Plástica y Visual- Matemáticas B

Francés InformáticaA elegir una

Francés InformáticaA elegir una

Francés InformáticaA elegir una

- Latín- MúsicaMatemáticas A Matemáticas B

- Latín- PlásticaMatemáticas A Matemáticas B

Francés InformáticaA elegir una

Francés InformáticaA elegir una

- Música- PlásticaMatemáticas A Matemáticas B

- Biología- TecnologíaMatemáticas A Matemáticas B

Francés InformáticaA elegir una

Francés InformáticaA elegir una

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

16.3. OFERTA DE MATERIAS OPTATIVAS EN BACHILLERATO

Oferta de la optativa I en 2º de bachillerato.

Además de las materias de oferta obligatoria como optativa I en 2º de bachillerato (a cursar con 4 horas semanales), el centro puede ofertar como optativas materias de modalidad y materias de configuración propia.

Se impartirán las materias optativas ofertadas cuando el número de alumnos o alumnas que las soliciten no sea inferior a quince. No obstante, podrán impartir dichas materias a un número menor de alumnos y alumnas, siempre que esta circunstancia no suponga incremento de plantilla del profesorado del centro

Los criterios que se han establecido para determinar la oferta de materias optativas de configuración propia son:

- Presentación de una programación por parte del Departamento Didáctico interesado.

- La materia ha de tener una metodología activa y participativa.

- La materia ha de contribuir en la formación del alumnado profundizando en aspectos propios de la modalidad elegida o ampliando las perspectivas de la propia formación general.

Las materias optativas para 2º Bachillerato de Ciencias y Tecnología:

Materias de modalidad

Materias de oferta obligada y de configuración propia

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 63

BIOLOGÍACC. TIERRA Y MEDIOAMBIENTEDIBUJO TÉCNICO IIELECTROTECNIAFÍSICAQUÍMICATECNOLOGÍA INDUSTRIAL II

FRANCÉS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN ESTADÍSTICAPSICOLOGÍACIENCIAS DE LA SALUDINICIACIÓN TEÓRICO PRÁCTICA (ITP)EDUCACIÓN FÍSICA

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

Las materias optativas para 2º Bachillerato de Ciencias Sociales y Humanidades:

Materias de modalidad

Materias de oferta obligada y de configuración propia

Oferta de la optativa II de proyecto integrado en 1º y 2º de bachillerato.

Los criterios que se establecen para determinar dicha oferta atenderán a los principios recogidos para guiar el desarrollo de un proyecto en el Anexo II de la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía

En el apartado referido al proyecto integrado se indica que ha de estar programado para profundizar en el desarrollo de las competencias básicas, conectar con el mundo real los conocimientos adquiridos en el ámbito de las distintas materias del bachillerato, aplicándolos a situaciones concretas y reconociendo su utilidad y las relaciones existentes entre los contenidos de diversas materias, etc.

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 64

ECONOMÍA DE LA EMPRESAGEOGRAFÍAGRIEGO IIHISTORIA DEL ARTELATÍN IILITERATURA UNIVERSALMATEMÁTICAS APLICADAS CCSS II

FRANCÉS HISTORIA DE LA MÚSICA Y DE LA DANZATECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN EL CINE Y LA HISTORIAPSICOLOGÍAEDUCACIÓN FÍSICAINTRODUCCIÓN AL DERECHO

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

Para la oferta de Proyecto Integrado en 1º y 2º de bachillerato, se tendrán en cuenta aquellos departamentos que presenten una programación de acuerdo a dicha Orden

Organización de bloques de materias en cada una de las modalidades impartidas.

Los criterios que se establece para determinar los bloques tienen en cuenta su relación con las universidades y con otros centros que imparten la educación superior, así como que no queden limitadas las posibilidades del alumnado.

Bachillerato de Ciencias y Tecnología

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 65

1º BACHILLERATO 2º BACHILLERATO

- Matemáticas II- Biología- Química

-Física y Química-Biología y Geología- Matemáticas I - Matemáticas II

- Física- Química-Matemáticas II-Biología-Ciencias de la Tierra

- Matemáticas II - Física- Química-Física y Química

-Tecnología Industrial I- Matemáticas I - Matemáticas II

- Física- Tecnología Industrial II

- Matemáticas II - Física- Química-Física y Química

-Dibujo Técnico I- Matemáticas I - Matemáticas II

- Física- Dibujo Técnico II

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Bachillerato de Ciencias Sociales y Humanidades

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 66

1º BACHILLERATO 2º BACHILLERATO

- Latín II- Historia del Arte

Geografía Griego II Literatura Universal

A elegir 1

- Latín I- Griego I

- Matemáticas aplicadas a CCSS I- Economía

- Matemáticas aplicadas a las CCSS-Economía de la empresa

Geografía Literatura Universal

A elegir 1

- Latín II- Historia del Arte

Geografía Literatura Universal

A elegir 1

- Matemáticas aplicadas a CCSS I- Latín I

- Matemáticas aplicadas a las CCSS II-Economía de la empresa

Geografía Literatura Universal

A elegir 1

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

17. EN EL CASO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL, LOS CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN CURRICULAR Y LA PROGRAMACIÓN DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO Y PROYECTO DE CADA UNO DE LOS CICLOS FORMATIVOS QUE SE IMPARTAN

17.1. NORMATIVA BÁSICA DE LOS CICLOS

- Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

- Ley 17/2007 de 10 de Diciembre, de Educación de Andalucía. (BOJA nº 252 de 26/12/2007)

- Decreto 436/2008 de 2 de Septiembre. Por el que se establece la ORDENACIÓN Y LAS ENSEÑANZAS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL, que forma parte del Sistema Educativo. (BOJA 182 de 12/09/08).

- Orden 29 de Septiembre, por la que se regula la EVALUACIÓN, CERTIFICACIÓN, ACREDITACIÓN Y TITULACIÓN ACADÉMICA, del alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional inicial que forma parte del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 202 de 15/10/2010).

- Orden de 24 de Junio de 2008, por la que se regulan los PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL (PCPI). (BOJA 157 de 07/08/2008)

- Orden de 25 de Julio de 208, por la que se regula la ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO que cursa la Educación Básica en los centros docentes públicos de Andalucía. (BOJA 167 de 22/08/2008)

17.2. OBJETIVOS GENERALES DE LOS CICLOS FORMATIVOS

1) La formación profesional inicial tiene por objeto conseguir que los alumnos y las alumnas adquieran las capacidades que les permitan desarrollar la competencia general correspondiente a la cualificación o cualificaciones objeto de los estudios realizados.2) La formación profesional fomentará la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.

De esta forma, las enseñanzas profesionales tiene por finalidad, además de dotar al alumnado de la formación necesaria para alcanzar determinadas competencias profesionales, proporcionarles una formación polivalente, funcional y técnica que

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- Matemáticas aplicadas a las CCSS II-Latín II

Geografía Literatura Universal

A elegir 1

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posibilite su adaptación a los cambios tecnológicos y organizativos relativos a la profesión y la necesaria visión integradora y global del saber profesional.

17.3. OBJETIVOS GENERALES DE LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL (PCPI).

1) Ampliar las competencias básicas del alumnado para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.2) Permitir que alumnado alcance las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales .3) Dotar al alumnado de posibilidades reales para una inserción sociolaboral satisfactoria.17.4. PAUTAS METODOLÓGICAS

Las pautas metodológicas a seguir en cada módulo deben ser variadas, adaptadas a cada momento e integradas entre si y se pueden concretar a partir de los siguientes principios de carácter general:

1. Partir de los conocimientos previos del alumnado.2. Crear situaciones de aprendizaje motivadoras, donde se plantearán cuestiones que

conecten con los intereses y expectativas de los alumnos/as a partir de hechos que se presentan en la vida cotidiana (prensa, televisión, etc.), que estén familiarizadas con su entorno y con la realidad social.

3. Propiciar la explicación a partir de los esquemas previos que cada alumno/a tiene construidos a través de su experiencia escolar.

4. Procurar plantear la interrelación entre los diversos contenidos de una misma área y entre diferentes áreas.

5. En el proceso de enseñanza-aprendizaje el alumnado juega un papel de sujeto activo y el profesor/a será el coordinador y organizador del proceso tanto en la planificación de actividades como en el desarrollo de las mismas.

6. El profesor debe ajustar la ayuda pedagógica a las diferentes necesidades del alumnado y facilitar métodos y recursos variados que permitan dar respuestas a sus diversas motivaciones, intereses y capacidades.

7. Se procurará crear un ambiente de trabajo que favorezca la espontaneidad del alumnado y el desarrollo de su interés por aprender.

8. Avanzar en el proceso conceptual; para eso los contenidos deben seguir un orden de dificultad creciente, paralelo al desarrollo cognitivo del alumnado.

9. Promover situaciones de aplicación de lo aprendido, el aprendizaje debe estar ligado al contexto, pero lo aprendido debe aplicarse a otros contextos mas complejos siguiendo así la consolidación y profundización de lo aprendido.

10. Se seguirá valorando los tres tipos de contenidos: conceptuales, procedimentales y actitudinales. En la que la asistencia a diaria a clase, puntualidad y participación en las actividades programadas será obligatoria y evaluable.

11. La evaluación es un proceso que debe llevarse a cabo de forma continua y personalizada.

12. Se implantará un sistema eficaz de orientación, integrado en el proceso de enseñanza-aprendizaje, que propicie el desarrollo personal de los alumnos/as y los capacite para tomar decisiones sobre su futuro académico y profesional tomando como base fundamental la propia experiencia y las aptitudes personales.

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17.5. RECURSOS Y MATERIALES

Los distintos Departamentos disponen, con una dotación propia de cada uno de ellos, de aquellos materiales y recursos que pueden resultar necesarios para impartir las áreas y materias asignadas a los mismos. En este apartado se incluyen determinados medios audiovisuales, recursos bibliográficos (libro de texto y de consulta), material didáctico específico del área o materia, etc.

17.6. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO EN LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PRODFESIONAL INICIAL

Se atenderá a lo establecido en la Orden de 25/07/08, por la que se regula la atención a la Diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía (BOJA 167 de 22/08/0/), y especialmente a su Disposición adicional primera. Programas de cualificación profesional inicial.

17.7. EVALUACIÓN

El modelo de evaluación que establece el nuevo sistema educativo considera a esta como un conjunto de actuaciones mediante las cuales es posible ajustar progresivamente la ayuda pedagógica a las características y necesidades del alumnado, y determinar si se han cumplido o no los objetivos educativos. Así se evalúa para:

Mejorar el proceso de enseñanza/ aprendizaje. Modificar el plan de actuación diseñado por el profesorado, según se

vaya desarrollando el proceso de enseñanza/ aprendizaje. Introducir los mecanismos de corrección adecuados. Programar un plan de refuerzo específico Poder intervenir en la resolución de conflictos actitudinales. Orientar la acción tutorial. Diseñar estrategias de colaboración con las familias.

Evaluación: Criterios y Procedimientos

Los profesores evaluarán los aprendizajes de los alumnos/as, los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

De acuerdo con la Orden 29 de Septiembre, por la que se regula la EVALUACIÓN, CERTIFICACIÓN, ACREDITACIÓN Y TITULACIÓN ACADÉMICA, del alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional inicial que forma parte del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 202 de 15/10/2010), y en su artículo 1 regula la sesión de evaluación inicial de los Ciclos Formativos:

“Durante el primer mes desde el comienzo de las actividades lectivas de los ciclos formativos o de los módulos profesionales ofertados, todo el profesorado de los mismos realizará una evaluación inicial que tendrá como objetivo fundamental indagar sobre las

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características y el nivel de competencias que presenta el alumnado en relación con los resultados de aprendizaje y contenidos de las enseñanzas que va a cursar.”

La exploración inicial se realizará en todas las materias, para recoger información sobre los conocimientos que tenga el alumnado a cerca de los nuevos contenidos que se le presentan y por otra parte para ajustar el proceso educativo a las necesidades, intereses y posibilidades de los mismos. Por tanto, la evaluación inicial está encaminada a la realización de un diagnostico de necesidades, para relacionar lo que se va a aprender con lo que ya se conoce.

El alumnado debe de conocer de antemano las condiciones, procedimientos o instrumentos por los que va ser evaluado, proponemos:

* Observación sistemática y diaria del proceso de trabajo.* Los progresos experimentados por los alumnos/as.* Asistencia y puntualidad a clase.* Preguntar con frecuencia la materia impartida.* Potenciar el trabajo en clase.* Corrección en la pizarra de los ejercicios realizados.* Pruebas orales y escritas, pero sin carácter definitivo.* Trabajos en grupo.* Exposición y presentación pública de los trabajos realizados.* Interés y motivación por la asignatura.

Después de cada Evaluación, para aquellos alumnos que no hayan alcanzado los objetivos propuestos en una determinada materia, se realizarán pruebas de refuerzo o repetición de ejercicios prácticos.

Educación a Distancia

Al comienzo del curso el alumnado realizará un cuestionario, que servirá como valoración inicial y punto de partida para conocer al mismo.

Como instrumentos de evaluación se consideran los siguientes:

La realización de las tareas individuales que incluye cada crédito.

Participación en las diferentes herramientas de comunicación: foros y seminarios. Realización del examen a través de Internet de cada crédito. Realización de las pruebas objetivas presenciales.

El proceso de evaluación se llevará a cabo a lo largo de todo el periodo que comprende el curso. Debemos resaltar que se bajará 0.25 puntos por falta ortográfica hasta un máximo de 3 puntos, tanto en las tareas entregadas como en las pruebas presenciales.

La calificación final del módulo se obtendrá aplicando los siguientes porcentajes:

Tareas individuales……………………………….35% Exámenes online ......................................10% Foros y seminarios ...................................10% Exámenes presenciales.............................45%

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ACLARACIÓN: Estos porcentajes sólo se aplicarán si se ha obtenido como mínimo un 5 en el examen presencial (convocatoria de junio o septiembre).

17.8. CRITERIOS PARA ELABORAR LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS DE LOS DEPARTAMENTOS

Las programaciones didácticas de las enseñanzas encomendadas a los institutos de educación secundaria incluirán, al menos, los siguientes aspectos:

a) Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos a las características del centro y su entorno.

b) Deberán incluir las competencias profesionales, personales y sociales que hayan de adquirirse.

c) La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.d) La metodología que se va a aplicar.e) Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación, en

consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas.f) Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los libros

para uso del alumnado.g) Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo

que se propone realizar por los departamentos de coordinación didáctica.

18. LOS CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS DE LAS ENSEÑANZAS

18.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO

Las programaciones didácticas son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación de cada materia, módulo o, en su caso, ámbito del currículo establecido por la normativa vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el proyecto educativo y tendrán en cuenta las necesidades y características del alumnado. Serán elaboradas por los departamentos de coordinación didáctica, de acuerdo con las directrices de las áreas de competencias, su aprobación corresponderá al Claustro de Profesorado y se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación a que se refiere el artículo 28.

Las programaciones didácticas de las enseñanzas encomendadas a los institutos de educación secundaria incluirán, al menos, los siguientes aspectos:

a) Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos a las características del centro y su entorno. b) En el caso de la educación secundaria obligatoria, referencia explícita acerca de la contribución de la materia a la adquisición de las competencias básicas. c) En el caso de la formación profesional inicial, deberán incluir las competencias profesionales, personales y sociales que hayan de adquirirse. d) La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo. e) La metodología que se va a aplicar.

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f) Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación, en consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas. g) Las medidas de atención a la diversidad. h) Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los libros para uso del alumnado. i) Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo que se proponen realizar por los departamentos de coordinación didáctica.

En educación secundaria obligatoria las programaciones didácticas de todas las materias y, en su caso, ámbitos incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral.

Las programaciones didácticas de las distintas materias del bachillerato incluirán actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público.

Las programaciones didácticas facilitarán la realización, por parte del alumnado, de trabajos monográficos interdisciplinares u otros de naturaleza análoga que impliquen a varios departamentos de coordinación didáctica.

Los institutos de educación secundaria podrán realizar programaciones didácticas agrupando las materias de la educación secundaria obligatoria en ámbitos, con objeto de contribuir a los principios que orientan el currículo de esta etapa educativa.

El profesorado desarrollará su actividad docente de acuerdo con las programaciones didácticas de las enseñanzas que imparta.

18.2. FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

El departamento de familia profesional, a través del equipo educativo de cada uno de los ciclos formativos, desarrollará el currículo mediante la elaboración de las correspondientes programaciones didácticas de los módulos profesionales. Su elaboración se realizará siguiendo las directrices marcadas en el proyecto educativo del centro, prestando especial atención a los criterios de planificación y a las decisiones que afecten al proceso de evaluación, especialmente en lo referente a:

a) Los procedimientos y criterios de evaluación comunes para las enseñanzas de formación profesional inicial reflejados en el proyecto educativo del centro.

b) Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación que se vayan a aplicar para la evaluación del alumnado, en cuya definición el profesorado tendrá en cuenta el grado de consecución de los resultados de aprendizaje de referencia, así como la adquisición de las competencias y objetivos generales del título.

c) La determinación y planificación de las actividades de refuerzo o mejora de las competencias, que permitan al alumnado matriculado en la modalidad presencial la superación de los módulos profesionales pendientes de evaluación positiva o, en su caso, mejorar la calificación obtenida en los mismos. Dichas actividades se realizarán en primer curso durante el periodo comprendido entre la última evaluación parcial y la evaluación final y, en segundo curso durante el periodo comprendido entre la sesión de evaluación previa a la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo y la sesión de evaluación final.

d) Las actividades programadas para realizar en las horas de libre configuración de acuerdo con la finalidad a la que estén destinadas. La finalidad de dichas horas debe proponerse, para la oferta completa, en la sesión de evaluación final del primer curso. Para ello, en dicha sesión de evaluación el equipo educativo emitirá un informe en el

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que se reflejarán las posibles necesidades y/o posibilidades de mejora con respecto al proceso de enseñanza-aprendizaje proponiendo el uso de las horas de libre configuración para favorecer la adquisición de la competencia general del título o implementar formación relacionada con las tecnologías de la información y la comunicación y/o los idiomas. Este informe se anexará al acta de la sesión de evaluación final y deberá ser tenido en cuenta por el departamento de familia profesional correspondiente para la determinación del objeto de dichas horas en el curso académico siguiente. En la oferta parcial será el departamento de familia profesional el que decida sobre la finalidad y vinculación de las horas de libre configuración.

e) La adecuación de las actividades formativas, así como de los criterios y los procedimientos de evaluación cuando el ciclo formativo vaya a ser cursado por alumnado con algún tipo de discapacidad, garantizándose el acceso a las pruebas de evaluación. Esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de resultados de aprendizaje y objetivos generales del ciclo que afecten a la adquisición de la competencia general del título.

19. LOS PLANES ESTRATÉGICOS QUE, EN SU CASO, SE DESARROLLEN EN EL INSTITUTO

19.1. PROYECTO BILINGÜE

Es una realidad de la que todos somos conscientes que existe un proceso de globalización sin precedentes en la historia de la humanidad. Esto está generando en el ámbito lingüístico la necesidad de unificar las lenguas y, por ende, las culturas, en una única “lingua franca” que dé respuestas a las exigencias que impone esta nueva realidad social.

El conocimiento y la práctica de otras lenguas distintas a la materna, constituirán un poderoso instrumento contra el racismo y la xenofobia.

La incorporación del alumnado a un mundo laboral de gran movilidad, la generalización del uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en cualquiera de las profesiones y sectores económicos, hace que conocimiento de las lenguas extranjeras se haya convertido en una apremiante necesidad.

Desde esta perspectiva se llega a la conclusión de que cuantas más lenguas aprenda el alumn@, más se afirmará en su propia lengua, al permitirle comprender con lucidez la lengua propia, comunicarse en las demás desde un plano de igualdad y, lo que es más importante, aprehender las otras culturas como estadio fundamental para el respeto hacia las mismas.

Andalucía, cada día más, se encuentra habitada por hombres y mujeres con otras lenguas, de otras razas, con otras religiones. La diversidad comienza a ser una característica de nuestra sociedad. Aceptar y respetar otras etnias, otras lenguas, otras religiones, otros modelos de sociedad puede ser una preocupación en el presente, pero será una realidad en el inmediato devenir.

19.1.1. OBJETIVOS DEL PROYECTO1. Mejorar las competencias lingüísticas del alumnado en la lengua materna y, a la

vez, dotarla de competencias plurilingües y pluriculturales, secuenciando los contenidos de cada etapa educativa y adecuando los criterios de evaluación a los establecidos en el citado Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con la inclusión de técnicas pedagógicas innovadoras en el campo de la enseñanza de las lenguas o de la enseñanza de otros contenidos a través de las lenguas.

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I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

2. Crear en el alumnado la necesidad de emplear la lengua para comunicarse y usarla en un contexto lo más realista posible.

3. Atención a la diversidad de nuestros alumn@s, por ser el mecanismo de ajuste, por excelencia, de la oferta pedagógica a las capacidades, intereses y necesidades de los mismos. Este instrumento es el elemento corrector de desigualdades en las condiciones de acceso al aprendizaje de las lenguas, por lo que se hace necesario adecuar el currículo a las diferentes situaciones individuales.

4. Se potenciarán los intercambios del alumnado, con el de otros países extranjeros, con objeto de establecer asociaciones pedagógicas que fomenten el aprendizaje de idiomas y el diálogo intercultural. Estas actuaciones se encauzarán a través del hermanamiento con otros centros europeos. En este sentido, se potenciará el programa “Idiomas y Juventud”, los programas de campamentos de verano de idiomas, participación del Centro en el programa Comenius para mejorar la calidad de la educación escolar y reforzar su dimensión europea. Todas estas actividades, además de ser muy motivadoras para el alumnado, darán un sentido concreto al aprendizaje de las lenguas y aportarán elementos culturales inalcanzables de otra forma.

5. En lo que respecta al profesorado, por tratarse de los protagonistas esenciales en la implantación del Proyecto, su implementará su adecuada formación en lenguas. Con este objetivo se proyectarán actividades formativas para los docentes, que se ajustarán a las modalidades de presencial, a distancia y a objetivos lingüísticos globales o parciales.

6. Las destrezas orales y escritas en lengua materna y en las lenguas impartidas en el Centro, tanto receptivas como productivas, se presentarán y trabajarán de forma integrada, tratando de simular los procesos de comunicación en la vida real. Esta manera de organizar el aprendizaje de las lenguas, incidirá en el autoaprendizaje y en la autonomía del alumn@. Las pautas metodológicas han de ser compartidas por el profesorado de la lengua materna y de los diferentes idiomas enseñados en la escuela (Curriculum integrado) realizándose con una exhaustiva y cuidadosa selección, diseño de actividades y tareas variadas, que cubran las necesidades del todo el alumnado.

7. Potenciar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el aula.

En el I.E.S. Andrés de Vandelvira actualmente se imparten las siguientes áreas bilingües en E.S.O.:

CIENCIAS SOCIALES MATEMÁTICAS MÚSICA PLÁSTICA Y VISUAL TECNOLOGÍA PROYECTO INTEGRADO.

La distribución de estás asignaturas por curso depende de los recursos existentes en el Centro cada año.

La organización de estás enseñanzas bilingües se debe ajustar a la nueva normativa que recoge la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 74

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19.2. PROYECTO TIC 2.OEs una estrategia para mejorar la educación, interviniendo directamente en el

proceso de adquisición de las competencias básicas.La competencia digital es clave para el desarrollo individual y social en las

sociedades actuales. Desarrolla el manejo de las herramientas tecnológicas como un nuevo lenguaje para aprender y enseñar. Potencia el aprendizaje visual, aumenta la participación, motivación y creatividad, con clases más atractivas y documentadas.

A partir del curso 2010/2011 a todo el alumnado de primero de ESO La Junta de Andalucía facilita un ordenador ultraportátil de uso personal con una mochila para su transporte.

Las aulas TIC dispondrán de una pizarra digital, cañón de proyección y equipo multimedia. Conexión WI-FI dentro del aula y una conexión a internet a través de la Red Corporativa de la Junta de Andalucia.El sistema operativo de los ordenadores será GUADALINUX- EDU con las aplicaciones necesarias para el uso educativo del portátil.La plataforma HELVIA , al servicio de proceso de enseñanza y aprendizaje de las TIC, será un elemento relevante en la implantación del proyecto TIC 2.0. La plataforma PASEN continuará facilitando a los Centros y a las familias un espacio de comunicación necesario en el proceso educativo del alumnado. Además de estos servicios se añade un espacio para crear, mantener y alojar blogs de uso educativo a través del sitio AVERROES.

OBJETIVOS:1) Mejorar la calidad del sistema educativo y profundizar en la igualdad de

oportunidades.2) Conseguir que las tecnologías de la Información y Comunicación se conviertan en

herramientas didácticas de uso habitual en el aula.3) Mejorar las prácticas docentes para alcanzar mayor desarrollo de las competencias

básicas del alumnado.4) Proporcionar al profesorado la formación adecuada para la implantación del proyecto

mediante 3 módulos de formación:Modulo I.- Competencias básicas TICModulo II.- Aula 2.0. aplicaciones prácticasModulo III.- Profundización TIC

5) Página Web del InstitutoLa página web del instituto se actualizará constantemente con todas las novedades y actividades que se suceden en el centro, así como con los documentos que se consideran necesarios para l@s docentes y alumn@s del centro.Todas las citaciones y envío de documentos se realizará a través del correo corporativo con el objetivo del ahorro de papel y agilidad en la divulgación de los mismos, por tanto, todo el profesorado deberá adoptar esta herramienta como de uso continuo.

Documentos TIC 2.0GUIA PRÁCTICA TIC 2.0:http://www.juntadeandalucia.es/educacion/educacion/portal/com/bin/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/300909_EscuelaTIC20/texto_tic/1288172529807_guiapractica.pdfGUIA DE ENTREGA DE PORTÁTILES A LAS FAMILIAS DEL ALUMNADO:

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COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS TIC

AULA: FECHA: HORA:

Señalad con la letra correspondiente a cada incidencia dentro del paréntesis de cada posición de ordenador (tomad los números como posiciones y no como equipos, los huecos también se cuentan).

Podéis poner tantas letras como defectos de funcionamiento encontréis, así como añadir alguna, si lo

consideráis oportuno, indicando su significado. Las clases que no se encuentran en esta disposición (014, 215 y 216), deberéis contar los ordenadores

desde la izquierda y hacia atrás y dando la vuelta a la clase hasta volver a la parte delantera de la misma e indicándolo en el número.

13( ) 14( ) 15( ) 16( )

9( ) 10( ) 11( ) 12( )

5( ) 6( ) 7( ) 8( )

1( ) 2( ) 3( ) 4( )

PROFESOR( ) (a) No funciona el botón de encendido de la peana. (b) No funciona el monitor. (c) No funciona el ratón. (d) No funciona el teclado. (e) Fallo de software. (f) No se encuentra actualizado a Guadalinex V3. (g) El cajón de la torre no se abre o cierra. (h) El soporte de la pantalla se ha roto. (i) _____________________________________________________________ (j) _____________________________________________________________ (k) _____________________________________________________________ (l) _____________________________________________________________ (m)_____________________________________________________________

EL PROFESOR/A EL DELEGADO/A TIC

I.E.S. Andrés de Vandelvira Proyecto Educativo

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/300909_EscuelaTIC20/texto_tic/1286783565116_guion_curso2010_2011.pdfCOMPROMISO FAMILIAR:http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/300909_EscuelaTIC20/texto_tic/1286783670211_folleto_familias_octubre.pdfETIQUETADO DE PORTÁTILES:http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/TemasFuerza/nuevosTF/300909_EscuelaTIC20/texto_tic/1286783756861_instrucciones_etiquetas_2010.pdfGarantía del buen uso del portátil:El Decreto de Protección del Menor en el uso de internet 25/2007 de 6 febrero , BOJA nº 39 establece que la persona responsable es al adulto a cargo del menor en ese momento. En el centro es el profesorado. Para facilitar en el aula el uso seguro se procederá al filtrado de los contenidos a los cuales se puede acceder.

Protocolo de comunicación de averías e incidencias

Baeza, octubre 2011 P á g i n a | 76

COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS TIC

AULA: FECHA: HORA:

Señalad con la letra correspondiente a cada incidencia dentro del paréntesis de cada posición de ordenador (tomad los números como posiciones y no como equipos, los huecos también se cuentan).

Podéis poner tantas letras como defectos de funcionamiento encontréis, así como añadir alguna, si lo

consideráis oportuno, indicando su significado. Las clases que no se encuentran en esta disposición (014, 215 y 216), deberéis contar los ordenadores

desde la izquierda y hacia atrás y dando la vuelta a la clase hasta volver a la parte delantera de la misma e indicándolo en el número.

13( ) 14( ) 15( ) 16( )

9( ) 10( ) 11( ) 12( )

5( ) 6( ) 7( ) 8( )

1( ) 2( ) 3( ) 4( )

PROFESOR( ) (a) No funciona el botón de encendido de la peana. (b) No funciona el monitor. (c) No funciona el ratón. (d) No funciona el teclado. (e) Fallo de software. (f) No se encuentra actualizado a Guadalinex V3. (g) El cajón de la torre no se abre o cierra. (h) El soporte de la pantalla se ha roto. (i) _____________________________________________________________ (j) _____________________________________________________________ (k) _____________________________________________________________ (l) _____________________________________________________________ (m)_____________________________________________________________

EL PROFESOR/A EL DELEGADO/A TIC

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20. ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS Y CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO LECTIVO DEL ALUMNADO Y DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PROFESORADO

20.1 ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS EN LA NORMATIVA

El procedimiento a seguir para la asignación de enseñanzas está fijado en el artículo 19 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado.

Artículo 19. Criterios para la asignación de enseñanzas.

1. Los departamentos de coordinación didáctica propondrán a la dirección del instituto la distribución entre el profesorado de las materias, módulos, ámbitos, cursos, grupos y, en su caso, turnos que tengan encomendados, de acuerdo con el horario, la asignación de tutorías y las directrices establecidas por el equipo directivo, atendiendo a criterios pedagógicos y respetando, en todo caso, la atribución de docencia que corresponde a cada una de las especialidades del profesorado de conformidad con la normativa vigente. En la elaboración de la propuesta se procurará el acuerdo de todo el profesorado del departamento. En el caso de que el departamento no elabore la correspondiente propuesta, corresponderá a la dirección del instituto la asignación de las enseñanzas, oída la persona titular de la jefatura del departamento.

2. Los maestros y maestras con destino en el instituto, adscritos a los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria, impartirán materias de dichos cursos para las que tengan competencia docente, de conformidad con la normativa vigente. Para que al profesorado de enseñanza secundaria se le puedan asignar horas correspondientes a los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria deberá garantizarse que la totalidad del horario del instituto correspondiente a los restantes cursos y enseñanzas asignados al departamento esté cubierto.

3. La asignación de enseñanzas a que se refiere el presente artículo se llevará a cabo antes del 8 de septiembre de cada año.

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20.2. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO EN NUESTRO CENTRO PARA LA ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS

1. Durante el mes de junio se realizarán unas reuniones de cada uno de los departamentos didácticos junto con la dirección y jefatura de estudios, en la que ésta informa a los miembros de departamento de las previsiones de horas y grupos que atañen al departamento. En estas reuniones también se oirá a los miembros del mismo, pudiendo hacer sugerencias o peticiones que jefatura de estudios tendrá en cuenta siempre que no vayan en contra de la norma ni de los criterios pedagógicos. También se realizarán reuniones con los coordinadores de los distintos proyectos del centro.

2. A la hora de la asignación de enseñanzas, el equipo directivo velará porque no salga ningún profesor/a definitivo desplazado por falta de horas. Esto significa que, de darse alguna situación de estas característica, jefatura de estudios asignará al departamento falto de horas, materias afines sobrantes de otros para así evitar el desplazamiento de alguno de sus miembros.

3. ASIGNACIÓN DE MATERIAS COMPARTIDAS POR VARIOS DEPARTAMENTO DIDÁCTICOS:

- El ámbito científico-tecnológico de 3º y 4º de Diversificación y de 2º de PCPI será impartido por los departamentos de Biología y Geología, Física y Química y Matemáticas de forma rotativa:o Curso 2011/2012: el dpto. de Biología y Geología impartirá 3º de

Diversificación. El dpto. de Matemáticas impartirá 4º de Diversificación. El dpto. de Física y Química impartirá 2º de PCPI.

o Curso 2012/2013: el dpto. de Biología y Geología impartirá 4º de Diversificación. El dpto. de Matemáticas impartirá 2º de PCPI. El dpto. de Física y Química impartirá 3º de Diversificación.

- El ámbito socio-lingüístico de 3º y 4º de Diversificación podrá ser impartido por los departamentos de Lengua Castellana y Ciencias Sociales. La asignación de estos ámbitos se realizará en función de las necesidades horarias de uno u otro departamento. En caso de igualdad, a este respecto, se establecerá un sistema rotativo en el que participen los dos departamentos.

- El ámbito lingüístico de 2º de PCPI es compartido por los departamentos de Lengua Castellana e Inglés de forma proporcional a los contenidos de uno y otro, 7 y 3 horas, respectivamente, mientras no cambie el currículum.

- Las horas de libre disposición de 1º y 2º ESO se asignarán de forma flexible atendiendo a la disponibilidad horaria de los departamentos y siguiendo los criterios que se exponen en el apartado de atención a la diversidad, ya que estas horas serán utilizadas para una atención más personalizada del alumnado.

- Los Proyectos integrados también serán asignados de forma flexible atendiendo, en 1º lugar, a la disponibilidad horaria de los departamentos, y en 2º lugar, atendiendo a las programaciones presentadas por éstos, tal y como se refleja en el apartado (o) de este documento, que se refiere a la optatividad.

4. Antes del 8 de septiembre se reunirá al claustro para informar de los grupos y horas con las que el centro cuenta. Se repartirán unas hojas por cada departamento en las que vienen detallados los grupos y horas de materias y tutorías asignadas al mismo. Ese mismo día y tras reunirse el departamento para su reparto, las hojas serán devueltas a jefatura para su tratamiento con el programa generador de horarios.

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20.3. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO LECTIVO DEL ALUMNADO Y DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PROFESORADO

La citada Orden de 20 de agosto de 2010, en su artículo 10, establece que la jefatura de estudios elaborará el horario general del instituto, el horario lectivo del alumnado y el horario individual del profesorado, de acuerdo con lo establecido en esa Orden y con los criterios que a continuación detallamos:

Criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.

- Distribución horaria: las sesiones lectivas del centro se distribuyen en seis periodos de 60 minutos con un descanso o recreo de 30 minutos, con un horario de 8:15 a 14:45. Todos los grupos del centro tienen 30 horas lectivas semanales.

- Materias: o Grupos mixtos bilingües-no bilingües, mientras no todas las líneas del

centro sean bilingües.o En todos los niveles de la ESO, los horarios se harán con las

correspondientes asociaciones entre las distintas materias optativas elegidas por el alumnado, así como entre las materias bilingües o no bilingües, religión o alternativas, atendiendo así a la heterogeneidad de los grupos.

o En los Bachilleratos también se harán las correspondientes asociaciones entre materias optativas que puedan compartir las dos modalidades, así como entre religión y alternativa.

o En la ESO habrá materias tales como refuerzos o las asignadas en las horas de libre disposición del 1º ciclo que al darse de forma simultánea, tendrán que ser impartidas por profesorado distinto en caso de pertenecer al mismo departamento.

o En el generador de horarios se aplicarán los siguientes criterios generales:

Las clases de una misma materia se darán en días alternos. Las clases de una misma materia no coincidirán a la misma hora

en distintos días de la semana. Se establecerán bloques de más de una hora para aquellas

materias prácticas de taller en las que se solicite de forma razonada.

- Aulas: Actualmente, los espacios del centro son escasos con respecto al número de grupos con los que contamos, por lo que estamos obligados a aprovechar mucho más los recursos de los que disponemos. Esto obligará a una mayor movilidad del alumnado, puesto que se asignarán más aulas alternativas para impartir una determinada materia, incluso, puede que nos veamos obligados a utilizar aulas específicas en aquellas horas que no haya otra alternativa. Por lo tanto, de forma general y siempre que sea posible se atenderá a los siguientes criterios:

o Cada grupo de alumnado tendrá un aula de referencia.o La materia de Educación Física llevará asignado el gimnasio o las pistas

deportivas. Después de generado el horario se les procurará algunas horas en las aulas del centro para contenidos teóricos.

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o La materia de Tecnología llevará asignado uno de los talleres de los dos que cuenta el centro en algunas de las horas, junto con el aula del grupo en otras.

o La materia de Educación Plástica y Visual de la ESO, así como el Dibujo Técnico de Bachillerato llevará asignada el aula de Plástica en algunas de las horas del grupo y otras en su propia aula.

o Las materias experimentales llevarán asignados los correspondientes laboratorios en aquellas horas y grupos que soliciten los departamentos.

No obstante, a principio de curso, cuando se lleva a cabo el reparto de materias en los distintos departamentos, éstos podrán hacer aquellas peticiones especiales que, en base a criterios pedagógicos, puedan ser tenidas en cuenta a la hora de la asignación de aulas.

- Reuniones: o Se asignará una hora de reunión de tutores de la ESO por niveles, en las

que estará presente la jefa del departamento de Orientación y uno de los jefes de estudios. Se planificarán, por tanto, 4 reuniones semanales, una por cada uno de los niveles de la etapa.

o Se asignarán dos horas de reunión del Equipo Directivo, por la mañana, una al principio de la semana y otra al final de la misma, a la que asistirá la Jefa del departamento de Orientación.

o Se asignará una hora de reunión semanal, por la mañana, para cada uno de los departamentos didácticos, en la que se hará coincidir en el horario a todos los miembros del mismo.

o Se asignará una hora de reunión semanal para la coordinación de cada una de las áreas de competencias: social-lingüística, científico-técnica, artística y de formación profesional, en la que se hará coincidir en el horario a todos los jefes de departamento pertenecientes a la misma, los martes de 16:30 a 17:30 horas dentro del horario regular de los mismos.

o Se asignará a los tutores/as una hora de atención a las familias los martes de 16:30 a 17:30 horas, que se consignará como una hora complementaria del horario regular.

o Se asignará a los miembros del ETCP una hora de reunión los martes de 16:30 a 17:30 horas dentro del horario irregular de los mismos.

o Se asignará una hora de reunión semanal, por la mañana, a las áreas no lingüísticas del proyecto bilingüe con el coordinador del mismo y un miembro del departamento de Inglés.

o Se asignará una hora de reunión semanal, por la mañana, a las áreas lingüísticas con el coordinador del proyecto bilingüe.

o Se asignará una hora de reunión de equipos educativos a todos los miembros del claustro dentro del horario irregular.

o Se asignará una hora de reunión para las sesiones de evaluación a todos los miembros del claustro dentro del horario irregular.

o Se asignará una hora de reunión para Claustros a todos los miembros del mismo dentro del horario irregular.

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o Se asignará una hora de reunión para Consejo Escolar a todos los miembros del mismo dentro del horario irregular.

- Horario del profesorado: o En base a la normativa vigente, distinguiremos entre horario regular y

horario irregular.o El horario regular contempla 25 horas obligadas de permanencia en el

Centro, de las cuales, serán lectivas 18, pudiendo ser éstas, hasta 21, en casos excepcionales. El resto hasta 25 son horas complementarias dedicadas a distintas tareas reflejadas en la normativa (guardias, preparación de material, reuniones varias de coordinación, etc.). Los tutores/as llevarán asignada una hora de estas últimas dedicada a la atención a las familias el martes por la tarde, de 16:30 a 17:30 horas, y los jefes/as de departamento llevarán esa misma hora asignada a las reuniones de áreas de competencias.

o El horario irregular contempla 5 horas dedicadas a tareas como a la formación, reuniones de Claustro y de Consejo Escolar, reuniones de ETCP, de equipos educativos, etc.

o Las horas de guardia que se asignarán son de tres tipos: guardia general, guardia de convivencia y guardia de recreo.

Las guardias en el aula de convivencia serán asignadas al profesorado que voluntariamente lo solicite. Serán necesarias 30 horas para cubrir toda la jornada lectiva semanal. En caso de no solicitarlo el suficiente profesorado, se asignará a otros miembros del claustro hasta completar las 30 horas.

Las guardias generales se repartirán entre el profesorado de forma ponderada dependiendo de la función que desempeñe en el centro y del número de horas lectivas, de modo que, en cada hora, tendrá que haber un mínimo de 3 o 4 profesores/as. Las ponderaciones se harán públicas a la entrega de los horarios.

Las guardias de recreo se repartirán entre todo el profesorado, tocando a cada uno de ellos un día a la semana y cubriéndose así todas las zonas del centro. Así mismo, se le asignará una de estas guardias a un miembro del Equipo Directivo cubriendo cada uno de ellos/as, un día de la semana. Puesto que en estas guardias se cubren zonas interiores y zonas exteriores de patios, se hará una rotación del profesorado en el mes de febrero, de modo que, el profesorado que ha estado en el interior durante el 1º cuatrimestre pase al exterior, y viceversa.

Procedimiento para la elaboración de los horarios.

Con anterioridad al 8 de septiembre y en reunión de Claustro, la Jefatura de Estudios recordará los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios, entre otras cosas a tener en cuenta, y se repartirán unas hojas a cada uno de los departamentos que, reunidos al efecto, rellenarán y devolverán a Jefatura, después de hacer el reparto de materias y tutorías. En el reverso de esta hoja, el profesorado podrá marcar dos horas en las que prefiere no tener clase lectiva de las 30 semanales, con una X, que en el programa generador de horarios se introducirá como “preferencia”, no como “prohibición”, por lo que no se asegura que dichas preferencias queden respetadas.

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Una vez recogidas las hojas, desde Jefatura de estudios se introducirán los datos con las distintas asociaciones a tener en cuenta, que son muchas: optativas, diversificación, bloques, religión y alternativa, bilingües no bilingües, etc, y se pondrá en marcha el programa generador de horarios con los criterios antes expuestos. Una vez generados, se entregarán al profesorado y éste lo introducirá en el programa SÉNECA después de una semana de prueba y tras comprobar que no hay ningún error en el mismo.

Desde Jefatura se editará un libro de horarios que incluirá: guardias generales, guardias de convivencia, guardias de recreo, horarios por grupos, horarios del profesorado, horarios de las distintas aulas, horario de guardias del Equipo Directivo, etc, poniéndose una copia en la sala de profesores, otra en conserjería y otra en jefatura de estudios.

20.4. NORMATIVA APLICABLE A ESTE APARTADO Art. 10 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización

y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Elaboración de los horarios.

Art. 12 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Horario lectivo del alumnado.

Art. 13 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Horario individual del profesorado.

Art. 9, apartados 1 al 5, de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Organización de la tutoría.

Art. 17.4 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado (BOJA 30-08-2010). Profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

Art. 9 de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 30-08-2007). Horario.

Anexo III de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía (BOJA 30-08-2007). Horario lectivo semanal de la educación secundaria obligatoria.

Art. 22 de la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía (BOJA 22-08-2008). Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.

Art. 13 de la Orden de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial (BOJA 07-08-2008). Duración del programa y horario.

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Art. 14 de la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía (BOJA 26-08-2008). Horario.

Anexo III de la Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía (BOJA 26-08-2008). Horario lectivo semanal de bachillerato.

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