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LEY N° 2061 DEL SERVICIO NACIONAL DESANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD

ALIMENTARIA "SENASAG"EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD

AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA"SENASAG"

CAPITULO UNICOREGIMEN ESPECIFICO DE SANIDAD

AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA

ARTICULO 1°._ Crease el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuara eInocuidad Alimentaria - SENASAG,como estructura operativadel Ministeriode Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, encargado de administrar elRegimen de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria; en el marco de loestablecido en el articulo 9 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.

ARTICULO 2°._ Las competencias del SENASAG son:a) La protección sanitaria del patrimonio agropecuario y forestal.b) La certificación de la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria de

productos de consumo nacional, de exportación e importacion.c) La acreditacion de personas, naturales o jurídicas, idóneas para la prestación

de servicios de sanidad agropecu.aria e inocuidad alimentaria.d) El control, prevención y erradicación de plagas y enfermedades en animales

y vegetales.e) El control y garantia de la inocuidad de los alimentos, en los tramos

productivos y de procesamiento que cOITespondan al sector agropecuario.f) El control de insumos utlizados para la producción agropecuaria,

agroindustria] y forestal.g) Declarar emergencia publica en asuntos de sanidad agropecuaria e inocuidad'

alimentaria.

h) Establecer mecanismos de financiamiento para el desarrollo de lascompetencias del SENASAG, asi como convenios insterinstitucionales, conentidades publicas y privadas, nacionales e internacionales, de conformidada ]0 dispuesto en la Constitución Política del Estado.

ARTICULO 3°._ Las fuentes de financiamiento de] SENASAG son las

siguientes:a) Ingreso:;propios provenientesde la prestación de servicios en base a tasas

aprobadas anualmente, mediante Decreto Supremo:

7

BaseJúridica del SENASAG Base Júridica del SENASAG

1I

b) La imposición de multas y sanciones por incumplimiento de las normas de

sanidad agropecuaria e incuidad alimentaria, sin perjuicio de constituirse

en parte civil para el juzgamiento de actos punibles, que determinen elresarcimiento del daño civil;

c) Otros recursos provenientes de donaciones, legados, empréstitos o conveniosespecificos firmados con entidades publicas, privadas nacionales o

internacionales, de acuerdo a las normas basicas de credito publico.

REGLAMENTO DEL SERVICIO NACIONAL DESANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD

ALIMENTARIA"SENASAG"

"11

1111

11

DECRETO SUPREMO No.25729

ARTICULO 4°._ El Poder Ejecutivo mediante los Decretos Supremosrespectivos, reglamentara la estructura organizativa y operativadel SENASAGy normaratantoel cobro de los serviciosqueprestecomo las sancionesypenalidades por incumplimiento de las normas de sanidad agropecuaria einocuidad alimentaria, los mismos que seran emitidos en un plazo no mayor alos 60 días, a partir de la promulgación de la presente Ley.Remitase al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.Es dada en la Sala de Sesiones del Honorab]e Congreso Nacional a los 16 díasdel mes de marzo de dos mil años.

HUGO BANZER SUAREZPRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

FDO. H. Leopoldo Fernández FerreiraPRESIDENTE

H. SENADO NACIONAL

FDO. H. Hugo Carvajal DonosoPRESIDENTE

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

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I

Que, la Ley No.1788 de 16 de septiembre de 1997, Ley de Organización delPoder Ejecutivo - LOPE y sus Disposiciones Reg]amentarias disponen unmodelode gestionde la estructuraorganizativay funcionaldel PoderEjecutivo;estableciéndose en el Articu]o9 de dicha Ley, los Servicios Nacionales comoestructuras operativas de los ministros, encargados de administrar regímenesespecificos, con competencia de alcance nacional y estructura propia;

Que, la Ley No.2061 de 16 de marzo del 2000, crea el Servicio Nacional deSanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG, bajo dependenciadel Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el marcoestablecido por la LOPE;

FDO. SENADOR SECRETARIOCarlos García Suárez

SEGUNDO SECRETARIOHONORABLE SENADO NACIONAL

Que, en consecuencia es necesario reglamentar la organización y atribucionesdel Servicio Nacional de Sanidad Agrolpecuaria e Inocuidad Alimentaria _SENASAG, mediante el presente Decreto Supremo;

EN CONSEJO DE MINISTROS

DECRETA:

FDO. DIPUTADO SECRETARIOYerónica Palenque YanguasTERCERA SECRETARIA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

TITULO IDISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO IMARCO INSTITUCIONAL

ARTICULO 1.- (OBJETO).- El presente Decreto Supremo tiene por objetoestablecer laorganizacióny-funcionamientodel SERVICIO NACIONAL DE

8 9

Base Júridica del SENASAGBase Júridica del SENASAG

SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD ALIMENTARIA -SENASAG, creado por la Ley No.2061 de 16de marzo del 2000 y en el marcoestablecido por la Ley No.1788 de 16 de septiembre de 1997, Ley deOrganizacióndel Poder Ejecutivo- LOPE y susDisposicionesReglamentarias.

CAPITULO n.-

ATRIBUCIONES DELSENASAG

b) Resolver los asuntos de su competencia mediante ResolucionesAdministrativas.

c) Administrarla prestaciónde servicioparael logrode su mismoinstitucional.d) Administrar los sistemas de vigifancia y diagnostico de plagas y

enfermedades.

e) Administrar programas de control y erradicación de plagas y enfermades.f) Administrarel SistemadeRegistro de InsumosAgropecuarios,coordinando

los temas de Salud y Medio Ambiente con los responsables del Sector.g) Reglamentar y administrar el sistema de cuarentena, para el control e

inspección fito y zoosanitaria en el comercio interno y externo del país.h) Reglamentar los requisitos sanitarios para la importacion de animales,

vegetales, productos, subproductos de origen :¡tgropecuario, forestal einsumos agropecuarios.

i) Reglamentarlos procedimientospara lafiscalización,controly seguimiento,para la inocuidad alimentariaen los tramosproductivos y de procesamientodel sector agropecuario.

j) Reglamentar el decomiso, la destrucción, retorno o disposición final deanimales, vegetales, productos, subproductos de origen agropecuario, fo-restal e insumos agropecuarios.

k) Reglamentar la importacion, uso y otras actividades que se realicen conOrganismos Vivos Modificados Genéticamente (OMGs), en coordinacióncon otros organismos nacionales relacionados con esta materia.

1) Reglamentar el sistema de acreditacion de servicios en el marco de la Ley2061.

m) Declarar zonas libres o de baja prevalencia de plagas o enfermedades eimplantar estados de emergencia.

n) Autorizary certificar el funcionamientode establecimientosagropecuariosy plantas industrializadorasde productosagropecuarios,en materia sanitária

.e inocuidad alimentaria.o) Emitir las certificaciones sanitarias de exportación e importacion

correspondientes.p) Promover la harmonización y equivalencia de normas internacionales y

medidas sanitarias y fitosanitarias.q) Establecer programas de capacitacion en sanidad agropecuaria e inocuidad

alimentaria.r) Participar en negociaciones técnicas con organismos internacionales en

temasde sucompetencia,bajo la coordinacióndel Ministeriode RelacionesExteriores y Culto.

s) Gestionar asistencia técnica y financiera para fortalecer la sanidadagropecuaria e inocuidad alimentaria en el país.

t) Coordinar con instituciones publicas y privadas, las acciones pertinentespara el cumplimiento de su misión institucional.

u) Suscribir con instituciones nacionales, publicas y privadas convenios ycontratos.

ARTICULO 2.- (NATURALEZA INSTITUCIONAL).- ElServicioNacionalde Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, cuya sigla es SENASAG,es un órgano de derecho publico desconcentrado del Ministeriode Agricultura,Ganadería y Desarrollo Rural. Tiene estructura propia, competencia de ámbitonacional y dependencia funcionaldel Viceministeriode Agricultura,Ganaderíay Pesca.

11I

ARTICULO 3.- (MISIÓN INSTITUCIONAL).- La misión institucional delSENASAG es administrar el régimen especifico de sanidad agropecuaria einocuidadalimentariaen todoel telTitorionacionalcon atribucionesde preservarla condición sanitaria del patrimonio productivo agropecuario y forestal, elmejoramiento sanitario de la producción animal y vegetal y garantizar lainocuidad de los alimentos en los tramos productivos y de procesamiento quecorrespondan al sector agropecuario.

,.

ARTICULO 4.- (REGIMEN LEGAL).- El regimen legal especifico delSENASAG es la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria,en el marcoestablecidopor laLeyNo.2061,elpresenteDecretoSupremoy lasnormasvigentes.

ARTICULO 5.- (INDEPENDENCIA DE GESTION TÉCNICA y

ADMINISTRATIVA).- El SENASAG tiene independencia de gestion técnica,legal y administrativa. Su dependencia funcional del Viceministro de Agricultura,Ganadelía y Pesca, se entiende como la supervisión de este sobre el cumplimientode las normas, objetivos y resultados institucionales, de confonnidad a lo dispuestopor el Aniculo 41 del Decreto Supremo 25055 de 23 de mayo de 1998.

ARTICULO 6.- (SEDE).- El SENASAG tiene su sede principal en la ciudadde Trinidad, Departamento del Beni y establecerá unidades desconcentradascn el territorio nacional, en función de las necesidades del Servicio.

ARTICULO 7.- (ATRIBUCIONES).- El SENASAG tiene las siguientesatribuciones:

a) Administrar el regimen legal especifico de Sanidad Agropecuaria eInocuidad Alimentaria.

10 11

Base Júridica del SENASAG

v) Ejercer las demas atribuciones que permitan el cumplimiento de su misióninstitucional.

TITULO 11ESTRUCTURA ORGANIZATIVA y FUNCIONAL

CAPITULO IESTRUCTURA GENERAL

ARTICULO 8.- (NIVELES DE ORGANIZACIÓN)._ El SENASAG tienelos siguientes niveles de organización técnico administrativa:

Nivel de DirecciónNivel de ControlNivel Técnico Operativo

Director del Servicio NacionalAuditor InternoJefes Nacionales de:-Sanidad Animal

-Sanidad Vegetal-Inocuidad AlimentariaJefes Nacionales:-Asuntos Administrativos-Asuntos JurídicosJefaturas Distritales

Nivel de Apoyo

Nivel Desconcentrado

ARTICULO 9.- (NIVELES JERÁRQUlCOS)._ 1.-Los nivelesjerárquicosdel SENASAG son los siguientes:

Director Nacional del ServicioJefe Nacional de Unidad y Jefe Distrital de Unidad

11.Debajo de los niveles jerárquicos establecidos, no deberá existir ningúnotro nivel jerárquico. EL SENASAG para el desarrollo de sus unidades, podráestablecer areas de trabajo con profesionales responsables de las mismas,implementando al mismo tiempo equipos de trabajo multidisciplinarios.

CAPITULO 11NIVEL DE DIRECCiÓN

ARTICULO 10.-(DIRECTOR DE SERVICIO NACIONAL).- l. ElDirectordel SENASAG, tiene rangode DirectorGeneral de Ministerioy serádesignadopor Resolución Suprema,a propuesta del Ministro de Agricultura, Ganadería yDesarrollo rural.

11.El Director del SENASAG tiene las siguientes atribuciones:

a) Ejercer la representación legal del SENASAG.

b) Dirigir la institución en todas sus actividades técnico operativas yadministrativas. ..

12

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I

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Base Júridica del SENASAG

c) Cumplir y hacer cumplir las normas legales y atribuciones del SENASAG.d) Conocer y tramitar los asuntos que le son planteados en el marco de su

competencia.

e) Dictar resoluciones administrativassobre asuntos de su competencia.f) Proponer al Ministro deAgricultura,Ganadería y Desarrollo Rural, a traves

del Viceministrode Agricultura,Ganadería y Pesca, políticas y normas enmateria de Sanidad Agropecuariae Inocuidad Alimentaría.

g) E]aborar la ProgramaciónOperativaAnua] del SENASAG.h) E]aborar el Presupuesto del SENASAG.

i) Elevar ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, através del Viceministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, la memoriaanual del SENASAG.

j) Designar,nombrary removeral persona]del SENASAG, en conformidad alas normas y procedimientosde]Sistemade Administración de Personal.

k) Designar mediante Reso]ución Administrativa al Director interino delSENASAGen caso de ausencia,dentrode los Jefes Nacionalesdel Servicio.

1) Conformar mecanismos internosde coordinación institucional.m) Otras atribuciones que le permitanel cumplimiento M los objetivos delSENASAG.

CAPITULO 111NIVEL DE CONTROL

ARTICULO 11.- (AUDITOR INTERNO).- I. El Auditor Interno seráresponsable del cumplimientode las normas y procedimientos establecidos enlas Normas Basicas de Control Interno Gubernamental, en el marco de la Ley1178.Tendra las siguientes atribuciones:

a) Evaluarel gradodecumplimientoy eficaciade los sistemasde administracióny de los instrumentOsde control internoincorporados a ellos.

b) Establecer la confiabilidad de los registros y estados financieros.c) Analizar los resultados y la eficiencia de las operacionesd) Proponer el Programa de OperacionesAnual de su unidad, en el marco de

los objetivos institucionales.

e) Otras tareas encomendadas y delegadas por el Director Nacional delSENASAG.

11. El Auditor Interno, tiene nivel de Jefe Nacional de Unidad y dependedirectamente del Director Nacionaldel SENASAG.

CAPITULO IVNIVEL TÉCNICO OPERATIVO Y DE APOYO

ARTICULO 12.- (JEFES NACIONALES DE UNIDAD).- El nivel técnicooperalivo y de apoyo esta constituido por los Jefes Nacionales de Unidad.

13

Base Júridica del SENASAG

encargados c.Jela conducción especializada en sus respectivas áreas de funcióny de la coordinación de las mismas a nivel nacional.

ARTICULO 13.- (ATRIBUCIONES COMUNES YDEPENDENCIA).- 1.-Los Jefes Nacionales de Unidad tienen las siguientes atribucionescomunes:

I

a) Dirigir y coordinarel trabajoy lasactividadesde sus respectivasáreasdetrabajo.

b) Velar por el cumplimiento de sus áreas de competencia.c) Atender los asuntos de sus áreas de competencia.d) Apoyar las funciones del Director del Servicio Nacional e informar sobre

el desarrolIo de sus actividades.

e) Participar en la elaboración de la Programación Operativa Anual delSENASAG.

f) Ejercer las funciones que le encomiende o delegue el Directordel ServicioNacional.

11.Los Jefes Nacionales de Unidad dependen directamente del Director delSENASAG.

I

I

ARTICULO 14.- (UNIDAD DE SANIDAD ANIMAL).- I. El Jefe Nacionalde Sanidad Animal tiene las siguientes atribuciones:

a) Conducir el sistema de control y supervisión zoosanitario para el comerciointerno y externo de animales vivos, productos y subproductospecuarios.

b) Conducir la vigilancia epidemiologica.c) Conducir los programas nacionales y regionales de sanidad animal.d) Conducir las actividades de protección, inspección y servicios de sanidad

animal en el ambito nacional.

e) Establecer mecanismos de contro, registro y fiscalización de los insumosde uso animal.

f) Llevar el registro de las empresas productoras y/o comercializadoreas deinsumos de uso animal

g) Realizar diagnostico sanitarios y el control de calidad de fármacos ybiológicos de uso veterinario.

11. Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones contara con lassiguientes áreas de trabajo:

Area de inspección y Cuarentena Animal.Area de Epidemiologia VeterinariaArea de Registro de Insumos Pecuarios

Area de Laboratorio de Diagnostico y Análisis Zoosanitario.

14

Base Júridica del SENASAG

ARTICULO 15.- (UNIDAD DE SANIDAD VEGETAL).- El Jefe Nacionalde Sanidad Vegetal tiene las atribuciones y estructura de apoyo siguientes:

a) conducir el sistema de control y supervisión fitosanitario para el comerciointerno y externo de vegetales, productos y subproductos agrícolas.

b) Conducir la vigilancia epifitiologica.c) Conducir los programas nacionales y regionales de sanidad vegeral.d) Conducir las actividades de protección, inspección y servicios de sanidad

vegetal en el ambito nacional.e) Establecer mecanismos de control, registro y fiscalización de los insumos

de uso vegetal.f) Llevar el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de

insumos de uso vegetal.g) Realizar diagnostico sanitarios y el control de calidad de plaguicidas de

uso agrícola.

11. Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones contara con lassiguientes áreas de trabajo:

Área de Inspección y Cuarentena Vegetal.Área Epifitiologica.Área de Registro de Insumos Agrícolas.Áreade Laboratoriode Diagnostico y Análisis Vegetaly de Plaguicidas.

ARTICULO 16.-(UNIDADDE INOCUIDAD ALIMENTARIA).- I. ElJefeNacional de Inocuidad Alimentaria tiene las siguientes atribuciones:

Conducir el sistema de control y supervisión de inocuidad de los alimentosen los tramos de producción y de procesamiento del sector agropecuario enel comercio externo e interno.

Conducir el programa nacional de inocuidad de alimentos en coordinaciónconelMinisterio deSalud y Previsión Social y los Gobiernos Municipales.Elaborar la normativa sobre inocuidad de alimentos asi como lareglamentación técnica de la calidad de los alimentos en coordinación conotras instituciones del Estado.

Conducir el sistema nacional de control e inspección de industriasprocesadoras y comercializadoras de alimentos agropecuarios, destinadosal consumo humano.Conducir las actividades relacionadas a la inocuidad alimentaria en el ambitonacional.

Conducir el regfstro de las industrias procesadoras de alimentosagropecuarios.Establecer mecanismos de relacion permanente con la comision del CodesAlimentarius.

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a)

b)

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d)

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f)

I

I

g)

II

Base Júridica del SENASAG

11. Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones contara con lassiguientes areas de trabajo:

Base Júridica del SENASAG

Área de Bienes y Servicios.Área de Informática.

Área de inspección y Control de Alimentos.

Área de Registro de Industrias Procesadoras de Alimentos.Área de Laboratorio de Análisis de Residuos Alimenticios.

ARTICULO 19.- (UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS).- l. El JefeNacional de la Unidad de Asuntos Jurídicos tiene las siguientes atribuciones:

- Programar y organizar las actividades:

1) Sistema de Programación de Operaciones.2) Sistema de Organización Administrativa.3) Sistema de Presupuestos.

a) Prestar asesoria y asistencia jurídica especializada al SENASAG.b) Absolver consultas o requerimientos de opinión jurídica del Director

Nacional y Jefes Nacionales de Unidad.

c) Emitir informes, opiniones, recomendaciones de carácter jurídico delSENASAG.

d) Elaborar y refrendar las resoluciones contratos y documentos jurídicos delSENASAG.

e) Instaurar y sustanciar procesos internos.

f) Atender todas las acciones judiciales, administrativas o de otra indole legalen las que el SENASAG actue como demandante o demandado.

g) Registrar y archivar las Resoluciones Administrativas, contratos y otrosdocumentos de orden jurídico del SENASAG.

h) Elaborar proyectos de disposiciones legales en materia de SanidadAgropecuaria e Inocuidad Alimentaria.

ARTICULO 17.- (PROGRAMAS ESPECIFICOS).- Los programasespecificos de sanidadagropecuaria e inocuidadalimentaria,seranestablecidospor el SENASAG, mediante Resolución Administrativa y de acuerdo a lasnecesidades del Servicio.

ARTICULO 18.- (UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS)._ l. ElJefe Nacional de la Unidad de Asuntos Administrativos del SENASAG tienelas siguientes atribuciones:

a) Aplicar y administrar los sistemas establecidos por la Ley SAFCO para:

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I

11. Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones contara con lassiguientes areas de trabajo:

-Ejecutar las actividades programadas:1) Sistema de Administración de Personal.2) Sistema de Administración de Bienes y Servicios.3) Sistema de Tesorería y Crédito Publico.4) Sistema de Contabilidad Integrada.

Área de Asistencia Jurídica.Área de Gestión Jurídica.

b) Administrar los sistemas y equipos informáticos de la institución.

c) Administrar la recepción y despacho de correspondencia, la biblioteca y elarchivo general.

d) Procesar por delegación del Director Nacional las acciones del personal delServicio, de conformidad con las normas establecidas.

e) Establecer los sistemas de comunicación y relaciones publicas deconformidad con las instrucciones y requerimientos del Director Nacional.

CAPITULO VDESCONCENTRACIÓN

ARTICULO 20.- (CRITERIOS DE DESCONCENTRACIÓN).- ElSENASAG se desconcentrara a nivel nacional en función de criterios deterritorialidad, tipo de usuarios y la demanda de servicios que se genere.

n. Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones contara con lassiguientes áreas de trabajo:

ARTICULO 21.- (JEFATURAS DISTRITALES).- La desconcentración delSENASAG tendrá su niveljerarquico en lasJefaturas Distritales.El SENASAGinicia sus operaciones con nueve Jefaturas Distritlaes, las mismas que podranser ampliadas o reducidas según el crecimiento y necesidades del Servicio.

Área de Programación y Organización.Área de Ejecución Financiera.Área de Personal.

ARTICULO 22.-(ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADESDISTRITALES).-l. El Jefe de la Unidad Distrital, tiene las siguientes atribuciones:

16

a) Ejecutar las acciones técnico - operativas determinadas por el Direc-tor Nacional, para la ejecución y supervisión de los servicios de SanidadAgropecuaria e lnocuidad Alimentaria en el nivel desconcentrado.

17

.J ,J .j ~~;;Base Júridica del SENASAG Base Júridica del SENASAG

b) Otras funciones que le encomiende el Director Nacional.c) Sus funcionesseranestablecidasen el Manualde OrganizaciónyFunciones.

11. El Consejo de Coordinacion esta integrado por los siguientes miembros:

Nivel Técnico Operativo Jefe Distrital

El Viceministro de Agricultura, Ganaderia y Pesca.Un representante del Viceministerio de Desarrollo Sostenible.Un representante del Viceministeriode Comercio Exterior e Inversion.Un representante del Viceministerio de Salud y Prevision Social.El Presidente de la Confederacion Agropecuaria NacionalCONFEAGRO.El Presidente de la Cámara Nacional de Exportadores.El Presidente del Colegio Nacional de Medicos Veterinarios.El Presidente del Colegio de Ingenieros Agronomos de Bolivia.El Director Nacional del SENASAG.

11. El Jefe de la Unidad Distrital, depende directamente del Director Nacionaly coordina sus funciones con las Jefaturas Nacionales.

ARTICULO 23.- (ORGANIZACIÓN DISTRITAL).- I. La organizacióndistrital del SENASAG es:

11.Para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones el Jefe Distrital, contaracon las siguientes áreas de trabajo:

Área de Registro y Certificacion Zoosanitaria.Area de Registro y Certificacion Fitosanitaria.Area de inspección Sanitaria y Puestos de Control.Area de Apoyo Administrativo y Juridico.

El Viceministro de Agricultura, Ganaderia y Pesca ejercera la Presidencia delConsejo y el Director Nacional del SENASAG ejercera la Secretaria.

Los representantes del sector publico deberán acreditar'una relacion de caráctertecnico con las areas generales de dominio del SENASAG.

ARTICULO 24.- (CONFORMACION DISTRITAL).- Se establece lasiguiente conformacion distrital desconcentrada del SENASAG:

El Consejo de Coordinacion Interinstitucional podra invitar a otras entidades aparticipar del mismo, en funcion a tematicas y necesidades especifica.

I

[1

a) Jefatura Distrital Chuquisaca, con sede en la ciudad de Sucre.b) Jefatura Distrital de La Paz, con sede en la ciudad de La Paz.c) Jefatura Distrital de Cochabamba, con sede en la ciudad de Cochabamba.d) Jefatura Distrital de Santa Cruz, con sede en la ciudad de Santa Cruz de la

Sierra.e) Jefatura Distrital de Potosi, con sede en la ciudad de Potosi.f) Jefatura Distrital de Tarija, con sede en la ciudad de Tarija.g) Jefatura Distrital de Oruro, con sede en la ciudad de Oruro.h) Jefatura Distrital del Beni, con sede en la ciudad de Trinidad.i) Jefatura Distrital de Pando, con sede en la ciudad de Cobija.

111.Los miembros del Consejo no percibiran dietas ni remuneracion de ningunanaturaleza.

IV. El Consejo de Coordinacion Interin.stitucional tendra carácter deliberativoy propositivo, no decisorio ni ejecutivo.

ARTICULO 26.- (FINES ESPECIFICOS DEL CONSEJO DECOORDINACION INTERINSITUCIONAL).- El Consejo de CoordinacionInterinstitucional del SENASAG tendra los siguientes fines:

TITULO IIICOORDINACION INTERINSTITUCIONAL

a) Asesorar en las estrategias y acciones del SENASAG.b) Analizar las propuestas sobre sanidadagropecuariae inocuidadalimentaria,

para coadyuvar al desarrollo del SENASAG.c) Analizar e identificar fuentes de financiamiento para el SENASAG.

CAPITULO ICONSEJO DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL ARTICULO 27.- (COMISION DE COORDINACION DE

PROGRAMAS).- I. Se establecera mediante Resolucion Administrativa, lasComisionesde Coordinacionde ProgramasEspecificos,en el marcodelArticulo17del presente Decreto.

ARTICULO 25.- (CONSEJO DE COORDINACIONINTERINSTITUCIONAL).- I. Se establecedentrodel SENASAGel Consejode Coordinacion Interinstitucional de Sanidad Agropecuaria e InocuidadAlimentaria,como la instanciade consultay coordinacioncon otrasinstitucionespublicas y privadas.

11. Las Comisiones estaran conformadas por entidades publicas y privadas conla finalidad de:

1819

ti ~ ~ ~ .~'~ ~ '~ ~ ~ ~ :>~ ~Base Júridica del SENASAG Base Júridica del SENASAG

Asesorar en las estrategias y acciones de los Programas de sanidadagropecuaria e inocuidad alimentaria que coadyuven al desarrollo delSENASAG.

Establecer un vinculo formal entre estos sectores, facilitando laidentificacionde los problemas sanitariosy alimentaríosy sus tematicasvinculadas.

ARTICULO 29.- (RECURSOS FINANCIEROS).- 1.ElSENf\.SAGfinanciasus operacionescon las asignacionespresupuestariasanualesdelTesoroGeneralde la Nacion, con recursos propios generados por los serviciosque presta yconrecursos provenientes de las multas y sanciones en el marco de lo dispuestopor la Ley 2061.

111. Los miembros que compongan las Comisiones no percibiranremuneraciones de ninguna naturaleza.

Asimismo, el SENASAG puede buscar fuentes de cooperacion o financiamientointerno o externo que le permitan mejorar sus funciones, de acuerdo a las normasbasicas de credito publico.

CAPITULO IREGlMEN ECONOMICO

11. El establecimiento de tasas para los servicios que presta el SENASAG,seran propuestas por el Director del SENASAG al Ministro de Agricultura,Ganaderia y Desarrollo Rural, a través del Viceministro de Agricultura,Ganaderia y Pesca; las mismas que deben ser aprobadas mediante DecreroSupremo.

TITULO IVREGIMEN ECONOMICO ADMINISTRATIVO

ARTICULO 28.- (RECURSOS FISICOS).- 1. Los activos y pasivos eintangibles:

ARTICULO 30.- (CONVENIOS DE FINANCIMIENTO).- l. El SENASAGpodráestablecer mecanismosdefinanciamientoy conveniosinterinstitucionalespara el desarrollo de sus atribuciones.

a) Del Servicio Nacional de Control de Fiebre Aftosa,Rabia y Brucelosis _SENARB, de las Unidades de Sanidad Animal, de Sanidad Vegetal y delProgramade VigilanciaEpidemiologicaPecuaria- UNIVEPdelMinisteriode Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural.

b) Del Laboratiro de Investigacion y Diagnostico Veterinario- UDIVET deSanta Cruz, Laboratorio de Investigacion y Diagnostico Veterinario _UDIVECO de Cochabamba, Centro de Investigacion y DiagnosticoVeterinario - CIDIVET del Beni y los Laboratorios de DiagnosticoFitozoosanitario y Analisis de Calidad y Residuos de Plaguicidaspertenecientes al Ministerio de Agricultura, Ganaderiay Desarrollo Rural.

Se transfieren a favor del SENASAG, los mismos que pasan a conformarla base operativa del SENASAG; para lo cual el Ministro de Agricultura,Ganaderia y Desarrollo Rural emitira la respectiva Resolucion Ministe-rial.

11.En convenios realizados con las Prefecturas de Departamento, las mismasinscribiran sus respectivas contrapartes en el Presupuesto General de laNacion.

111.En convenios realizados con Gobiernos Municipales, entidades gremialeso asociativas del sector agropecuario, agroindustrial y forestal. fundaciones uotros organismos no gubernamentales; se realizaran las respectivastransferencias financieras a favor del SENASAG.Todos los convenios de financiamiento seran establecidos mediante ResolucionAdministrativas del SENASAG.

CAPITULO 11REGIMEN ADMINISTRATIVO

11. El SENASAG solicitara al Servicio Nacional de Patrimonio delEstado - SENAPE, la transferencia de bienes inmuebles a favor delSENASAG.

ARTICULO 31.- (ADMINISTRACION).- La administraciondel SENASAGesta sujeta a los sistemas de la Ley 1178y a las Normas Basicas establecidaspara cada uno de ellos; asi como a la normatividad establecidapor la LOPE ysus Disposiciones Reglamentaria.

111.El SENASAG dentro de su marco Institucional homologara, medianteconvenios especificos, los 'aspectos operativos de funcionamiento y.financiamiento de los Laboratorios que pasan a dependencia directa delSENASAG.

20

ARTICULO 32.- (RECURSOS HUMANOS).- El regimen de personal delSENASAG se sujeta a las siguientes disposiciones:

a) Los recursos humanos del Servicio Nacional de Control de Fiebre Aftosa,Rabia y Brucelosis - SENARB, de las Unidades de Sanidad Animal, de

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~~~~~~~~~~~~~Base Júridica del SENASAG Base Júridica del SENASAG

Sanidad Vegetaly del Programa de Vigilancia Epidemiolgica Pecuaria -UNIVEP, del Laboratorio de Investigacion y Diagnostico Veterinario -UDIVET de Santa Cruz, Laboratorio de Investigacion y DiagnosticoVeterinario - UDIVECO de Cochabamba, Centro de investigacion yDiagnostico - DICIVET del Beni y los Laboratorios de DiagnosticoFitozoosanitario y Analisis de Calidad y Residuos de Plaguicidas,pertenecientesal Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural;pasan a depender del SENASAG, según reglamentacion elaborada por elSENASAG.

b) Los funcionarios del SENASAG son servidores publicos y por tantose hallan sujetos a las normas y procedimientos del Sistema deAdministracion de Personal en el marco de la Ley 1178, el Estatutodel Funcionario Publico y el Regimen de carrera administrativa delmismo.

n. El SENASAG, para el cumplimiento de sus atribuciones estableceráconvenios con las Instituciones Privadas correspondientes, para la concesiónde espacios físicos para el cumplimiento de sus funciones de control einspección en materia de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria.

CAPITULO 11DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 36.- (NORMAS ADMINISTRATIVAS).- El SENASAGelaborara su Reglamento Interno, Manual de Organización y Funciones en elplazo de 90 días, a partir de la fecha de publicacion del presente DecretoSupremo, los que deben seraprobadosmedianteResolucionMinisterialemitidapor el Ministro de Agricultura,Ganaderia y Desarrollo Rural.

CAPITULO IDISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTICULO 37.- (MODIFICACIONES AL MANUAL DEORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y REGLAMENTO INTERNO).- ElDirector del SENASAG propondra la incorporacion de ajustes o enmienda alReglamento Interno y al Manualde Organización y Funciones del SENASAG,cuando fuesenecesario,debiendoestosser aprobadospor ResolucionMinisterialemitida por el Ministro de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural.

TITULO VDISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

ARTICULO 33.- (RESPONSABILIDAD TEMPORAL).- En tanto sedesignen a las respectivas autoridades del SENASAG y este inicie el ejerciciode sus atribuciones, el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y DesarrolloRural emitira disposiciones transitorias en materia de sanidad agropecuaria einocuidad alimentaría, mediante Resoluciones Ministeriales.

ARTICULO 38.- (VIGENCIA DE NORMAS).- l. Se deroga el inciso d),Articulo 5 del D.S. 25297 de 4 de febrero de 1999;el Articulo 144 del D.S.21660 de 10dejulio de 1987y se abroga el D.S. 10283de 30 de mayo de 1972.

11. Se derogan y abrogan todas las disposiciones contrarias al presente DecretoSupremo.

ARTICULO 34.- (PREVISION PRESUPUESTARIA).- l. El Ministro deAgricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural, efectuara las respectivastransferencias intrainstitucionales a favor del SENASAG; asimismo elMinisterio de Hacienda efectuara las respectivas adecuacionespresupuestarias.

El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, Ganaderia yDesarrollo Rural queda encargadode la ejecucion y cumplimiento del presenteDecreto Supremo.

n. La institucionalizaciony funcionamiento del SENASAG, será financiadacon los recursos del presupuesto asignado al Ministerio de Agricultura,Ganaderia y Desarrollo Rural para la gestion 2000; por tanto, bajo ningunconcepto constituira carga adicional al Tesoro General de la Nación.

Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días delmes de abril del año dos mil.

FDO. HUGO BANZER SUAREZ

ARTICULO 35.- (ASIGNACION DE ESPACIOS FISICOS).- I. ElSENASAG, para el cumplimiento de sus atribuciones gestionara ante lasInstitucionesPublicascorrespondientes, la otorgacion de espacios físicos parael cumplimientode sus funcione~de control e inspección en materia de sanidadagropecuaria e inocuidad alimentaria.

Fdo. Fernando Messmer TrigoMINISTRO INTERINO DE RR.EE. Y CULTO

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