de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos...

6

Upload: others

Post on 04-Apr-2021

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 2: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 3: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 4: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 5: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII
Page 6: de veinticuatro (24) meses calendano a partr de la fecha de su emisión o de su renovación, a menos que se renuncie a el, sea suspendido o cance ado. (Articulo 40, Libro XVIII