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1 LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021 GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO ADMINISTRACIÓN 2019 2021 PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL. PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO AÑO I NÚMERO 26 VOLUMEN 1/1 SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 30 EJEMPLARES Chimalhuacán, Estado de México, a 12 de Septiembre de 2019 SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERIA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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1

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

GACETA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CHIMALHUACÁN,

ESTADO DE MÉXICO

ADMINISTRACIÓN 2019 – 2021

PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL.

PLAZA ZARAGOZA S/N, CABECERA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, MÉXICO

AÑO I NÚMERO 26 VOLUMEN 1/1

SE IMPRIMEN DEL PRESENTE 30 EJEMPLARES

Chimalhuacán, Estado de México, a 12 de Septiembre de 2019

SUMARIO: MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERIA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ÍNDICE.

40.ª Sesión Extraordinaria de Cabildo.-……………………………Página 13

Presentación.-…..………………………………………………….………Página 14

Valores.-…..………………………………………………………….………Página 16

Lucha, Trabajo y Progreso Para Ti.-…………….…………………..Página 17

Marco Jurídico.-………………………………………………………….…Página 18

Estructura Orgánica.-……………………………………………..……..Página 19

Organigrama.-………………………………………………….…………..Página 21

Objetivo General, Misión y Visión.-……….………………..……….Página 22

DE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN LA TESORERÍA MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN,

ESTADO DE MÉXICO. Tesorería Municipal.-………………………………………….………….Página 23

Objetivo.-…………………………………………………….……………….Página 23

Atribuciones.-……………………………………………………….………Página 24

Funciones.-……………………………………………………………….….Página 32

Dirección de Ingresos.-………………………………………………….Página 34

Objetivo.-……………………………………………………………………..Página 34

Misión.-………………………………………………………………………..Página 34

Visión.-………………………………………………………………………..Página 34

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 35

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Subdirección de Ingresos.-………………………………….…..…….Página 37

Objetivo.-……………………………………………………………………..Página 37

Misión.-………………………………………………………………………..Página 37

Visión.-………………………………………………………………………..Página 37

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 38

Departamento de Tianguis.-……….………………….……………….Página 40

Objetivo.-……………………………………………………………….…….Página 40

Misión.-………………………………………………………………………..Página 40

Visión.-………………………………………………………………………..Página 40

Atribuciones.-……..………………………………………………………..Página 41

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 44

Departamento de Mercados.-……….……………….………….…….Página 46

Objetivo.-……………………………………………………………….…….Página 46

Misión.-………………………………………………………………………..Página 46

Visión.-………………………………………………………………………..Página 46

Atribuciones.-……..………………………………………………………..Página 47

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 50

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Departamento de Comercio Establecido.-….…….……………….Página 52

Objetivo.-…………………………………………………………….……….Página 52

Misión.-………………………………………………………………………..Página 52

Visión.-………………………………………………………………………..Página 52

Atribuciones.-……..………………………………………………………..Página 53

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 56

Departamento de Vía Pública.-……….……….…….……………….Página 58

Objetivo.-…………………………………………………………….……….Página 58

Misión.-………………………………………………………………………..Página 58

Visión.-………………………………………………………………………..Página 58

Atribuciones.-……..………………………………………………………..Página 59

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 63

Departamento de Espectáculos.-……….………….…………….….Página 66

Objetivo.-…………………………………………………………………….Página 66

Misión.-………………………………………………………………………..Página 66

Visión.-………………………………………………………………………..Página 66

Atribuciones.-……..………………………………………………………..Página 67

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 70

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Departamento de Coordinación de Receptorías.-……….….….Página 73

Objetivo.-………………………………………………………………….….Página 73

Misión.-………………………………………………………………………..Página 73

Visión.-………………………………………………………………………..Página 73

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 74

Oficina Receptora No. 1. (Cabecera Municipal).-…..……….….Página 76

Objetivo.-……………………………………………………….…………….Página 76

Misión.-………………………………………………………………………..Página 76

Visión.-………………………………………………………………………..Página 76

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 77

Oficina Receptora No. 2. (San Lorenzo).-………………….….….Página 79

Objetivo.-……………………………………………………………….…….Página 79

Misión.-………………………………………………………………………..Página 79

Visión.-………………………………………………………………………..Página 79

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 80

Oficina Receptora No. 3. (Vidrieros).-…………….….…….….….Página 82

Objetivo.-………………………………………………………….………….Página 82

Misión.-………………………………………………………………………..Página 82

Visión.-………………………………………………………………………..Página 82

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 83

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Oficina Receptora No. 4. (Santa Elena).-………..…..…….….….Página 85

Objetivo.-…………………………………………………………………….Página 85

Misión.-………………………………………………………………………..Página 85

Visión.-………………………………………………………………………..Página 85

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 86

Oficina Receptora No. 5. (Zona Urbana Ejidal San Agustín

Atlapulco).-…..……………………………………..……………….….….Página 88

Objetivo.-……………………………………………………………….…….Página 88

Misión.-………………………………………………………………………..Página 88

Visión.-………………………………………………………………………..Página 88

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 89

Oficina Receptora No. 6. (Ejido de Santa María Chimalhuacán).-

…..……………………………………………………………………….….….Página 91

Objetivo.-…………………………………………………………….……….Página 91

Misión.-………………………………………………………………………..Página 91

Visión.-………………………………………………………………………..Página 91

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 92

Oficina de Sistemas.-……………………………………....…….….….Página 94

Objetivo.-……………………………………………………….…………….Página 94

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Misión.-………………………………………………………………………..Página 94

Visión.-………………………………………………………………………..Página 94

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 95

Dirección de Egresos y Administración.-……………….………….Página 96

Objetivo.-……………………………………………………………………..Página 96

Misión.-………………………………………………………………………..Página 96

Visión.-………………………………………………………………………..Página 96

Funciones.-…………………………………………………………………..Página 97

Departamento de Recursos Humanos.-……………….….…...….Página 99

Objetivo.-………………………………………………..…………….…….Página 99

Misión.-……………………………………………….……………..………..Página 99

Visión.-…………………………………………………….…………..……..Página 99

Funciones.-………………………………………………………….……..Página 100

Oficina de Personal.-……….……………………………....…..….….Página 102

Objetivo.-………………………………………………………….……….Página 102

Misión.-……………………………………………………….……………..Página 102

Visión.-……………………………………………………….……………..Página 102

Funciones.-……………………………………………….………………..Página 103

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8

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Oficina de Seguridad Social.-…………………………..…….….….Página 105

Objetivo.-……………………………………………………….………….Página 105

Misión.-…………………………………………………………….………..Página 105

Visión.-………………………………………………………….…………..Página 105

Funciones.-……………………………………………….………………..Página 106

Departamento de Capacitación.-…..…….………….…….……….Página 107

Objetivo.-…………………………………………………………….…….Página 107

Misión.-………………………………………………………………….…..Página 107

Visión.-…………………………………………………….………………..Página 107

Funciones.-……………………………………………………….………..Página 108

Departamento de Control de Inventarios.-……...…….……….Página 109

Objetivo.-…………………………………………….…………………….Página 109

Misión.-………………………………………………………….…………..Página 109

Visión.-…………………………………………………………….………..Página 109

Funciones.-………………………………………………….……………..Página 110

Departamento de Informática.-………….………….….………….Página 111

Objetivo.-…………………………………………………………….…….Página 111

Misión.-………………………………………………….…………………..Página 111

Visión.-………………………………………………………….…………..Página 111

Funciones.-………………………………………………………….……..Página 112

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Departamento de Eventos Especiales.-…..……….…….……….Página 113

Objetivo.-…………………………………………………………….…….Página 113

Misión.-……………………………………………………….……………..Página 113

Visión.-………………………………………………….…………………..Página 113

Funciones.-…………………………………………………….…………..Página 114

Departamento de Servicios Generales e Intendencia.-…….Página 115

Objetivo.-………………………………………………….……………….Página 115

Misión.-…………………………………………………………….………..Página 115

Visión.-……………………………………………………………….……..Página 115

Funciones.-………………………………………………….……………..Página 116

Departamento de Control de Vehículos.-……….……………….Página 118

Objetivo.-……………………….………………………………………….Página 118

Misión.-……………………………………………………………………..Página 118

Visión.-……………………………………………………………….……..Página 118

Funciones.-………………………………………………………………..Página 119

Dirección de Catastro.-……….……………………………………….Página 120

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 120

Misión.-……………………………………………………………………..Página 120

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Visión.-……………………………………………………………………..Página 120

Atribuciones.-………..…………………………………………………..Página 121

Funciones.-………………………………………………………………..Página 126

Oficina de Cartografía y Dibujo.-………………….…..……….….Página 128

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 128

Misión.-………………………………………………………….…………..Página 128

Visión.-………………………………………………………….…………..Página 128

Funciones.-…………………………………………………….…………..Página 129

Oficina de Catastro No. 1. (Cabecera Municipal).-…….…....Página 130

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 130

Misión.-……………………………………………………………………..Página 130

Visión.-……………………………………………………….……………..Página 130

Funciones.-……………………………………………………….………..Página 131

Oficina de Catastro No. 2. (Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco).-……….……………….…………………………….…….….Página 132

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 132

Misión.-………………………………………………………….…………..Página 132

Visión.-…………………………………………………………….………..Página 132

Funciones.-……………………………………………………….………..Página 133

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Oficina de Catastro No. 3. (San Lorenzo).-…..…….....……….Página 134

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 134

Misión.-……………………………………………………………………..Página 134

Visión.-……………………………………………………………….……..Página 134

Funciones.-………………………………………………….……………..Página 135

Oficina de Catastro No. 4. (Santa Elena).-……………….….….Página 136

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 136

Misión.-……………………………………………………………….……..Página 136

Visión.-…………………………………………………………….………..Página 136

Funciones.-………………………………………………….……………..Página 137

Oficina de Catastro No. 5. (Vidrieros).-………………………….Página 138

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 138

Misión.-……………………………………………………………….……..Página 138

Visión.-………………………………………………………………….…..Página 138

Funciones.-………………………………………………………….……..Página 139

Oficina de Catastro No. 6. (Ejido de Santa María Chimalhuacán).-…………………………………………………………………………….……Página 140

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 140

Misión.-……………………………………………………………….……..Página 140

Visión.-…………………………………………………………….………..Página 140

Funciones.-…………………………………………………………….…..Página 141

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Contador General.-………………………….……………………….….Página 142

Objetivo.-…………………………………………………………………..Página 142

Misión.-……………………………………………………………….……..Página 142

Visión.-………………………………………………………………….…..Página 142

Funciones.-…………………………………………………………….…..Página 143

Directorio Interno…………………………………………………….…Página 145

Aprobación, Validación, Dictamen y Elaboración.-..…….…..Página 147

Directorio Institucional.-…………………………….………………..Página 148

Hoja de Actualización.-…………………………………………........Página 150

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

EN EL MUNICIPIO DE CHIMALHUACÁN, ESTADO DE MÉXICO SIENDO LAS NUEVE HORAS, DEL DÍA SIETE DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SE LLEVÓ A CABO LA 40.ª SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO, EN LAS INSTALACIONES QUE OCUPA LA SALA DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN PLAZA ZARAGOZA, SIN NÚMERO, CABECERA MUNICIPAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 112, 113, 128 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO; 15, 16 FRACCIÓN III, 19, 27, 28, 29, 30 Y 48 FRACCIONES I Y IV, ARTÍCULO 91 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. ESTANDO PRESENTES LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO: EL C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL. RÚBRICA.- KARINA SALGADO ALCANTARA, PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- EDUARDO MORALES GÓMEZ, SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ, TERCER SÍNDICO MUNICIPAL. RÚBRICA.- ARACELI HINOJOSA JAIMES, PRIMERA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO CRUZ GALLARDO, SEGUNDO REGIDOR. RÚBRICA.- JOAQUINA TORRES CARMONA, TERCERA REGIDORA. RÚBRICA.- LUIS JORGE HERMENEGILDO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, CUARTO REGIDOR. RÚBRICA.- ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA, QUINTA REGIDORA. RÚBRICA.- ISMAEL MOTA GONZÁLEZ, SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PAEZ, SÉPTIMA REGIDORA. RÚBRICA.- PABLO ARAM CASTRO ESCALONA, OCTAVO REGIDOR. RÚBRICA.- SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ, NOVENA REGIDORA. RÚBRICA.- CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA, DÉCIMO PRIMER REGIDOR. RÚBRICA.- MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA, DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA. RÚBRICA.- JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ, DÉCIMO TERCER REGIDOR. RÚBRICA.- LAURA CONTRERAS VELAZQUEZ, DÉCIMO CUARTA REGIDORA. RÚBRICA.- PATRICIA LOYOLA CALDERON, DÉCIMO QUINTA REGIDORA. RÚBRICA.- ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN, DÉCIMO SEXTO REGIDOR. RÚBRICA.- CONTANDO CON LA ASISTENCIA DE 19/20. HACIENDO NOTAR QUE LA C. ALEJANDRA GARCIA GARCIA DECIMA REGIDORA MUNICIPAL NO ASISTE A LA SESION EXTRAORDINARIA DE CABILDO. APROBANDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS ASISTENTES 19/19. DOY FÉ: ROSALBA PINEDA RAMÍREZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO. RÚBRICA.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Con el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el

personal de la Tesorería Municipal, que considere los principios básicos de

igualdad y equidad, existente entre hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y profesional; toda referencia, incluyendo los cargos y

puestos en este Manual, al género masculino lo es también para el género femenino, cuando de su texto y contexto establezca que es para uno y otro

género. El Manual de Organización, constituye en sí un complejo sistémico compuesto por numerosos y variados sistemas administrativos, eslabonados

y al mismo tiempo dinámico e independiente que dan vida a la Administración.

PRESENTACIÓN

El presente Manual de Organización, es un instrumento administrativo y

normativo de la Administración Pública del Municipio de Chimalhuacán. El

documento rector de todo proceso de estructura administrativa, es sin duda el Manual de Organización, puesto que, además de que refleja la estructura

orgánica del ente administrativo, contiene tanto las políticas, objetivos y funciones, como las atribuciones, niveles de responsabilidad, enlaces y

dependencias; además de los perfiles y descripción de puestos y el marco jurídico que regula su actuación.

En este Manual de Organización, se identifican y dan a conocer las funciones, que le corresponde realizar a la Tesorería Municipal y áreas administrativas

dependientes; cuyo propósito es ser una herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de funciones de los servidores

públicos, al permitir tener una mayor certidumbre en el desarrollo de sus actividades y la adecuada coordinación entre las áreas, delimitando sus

responsabilidades.

La Tesorería Municipal, se erige como la Dependencia responsable de la formulación, aprobación, colaboración, concertación, ejecución y evaluación

de la política financiera para el desarrollo municipal; así como, la transformación de las estructuras, sistemas, normas, funciones y procesos

básicos de la Administración en materia de recursos públicos.

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15

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

El Manual de Organización de la Tesorería Municipal, es un instrumento de

trabajo de los servidores públicos del área, de inducción y capacitación para

los empleados de nuevo ingreso; de consulta para las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, y normativo que regula las actividades de esta

área administrativa, las que al estar en constante evolución generan cambios o modificaciones del Manual; el cual, al actualizarse, reafirma su naturaleza

transformativa.

Para el logro de sus fines se pretende que, con la aplicación del presente

manual, se optimicen recursos, se eficiente las labores relativas a selección e inducción del personal de nuevo ingreso; así como, para establecer procesos

de simplificación, modernización administrativa y financiera.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VALORES.

GRATITUD.- Los servidores públicos reconocerán que la sociedad ha

depositado su confianza en ellos, correspondiendo con agradecimiento todos aquellos beneficios que se desprendan del desempeño de sus funciones.

HUMILDAD.- Los servidores públicos de Chimalhuacán, deberán actuar con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad.

TRATO HUMANO.- El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en

todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana.

RESPONSABILIDAD.- Cumplir con la máxima diligencia en el servicio que

le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión.

Todas las decisiones y acciones del servidor público, deben estar dirigidas a

la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad.

LEALTAD.- Los servidores públicos aceptan los vínculos implícitos en su adhesión a la Administración a la que pertenece, de tal modo que refuerza y

protege, en su trabajo cotidiano, el conjunto de valores que aquélla representa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI.

En base a esta realidad, el Gobierno de Lucha, Trabajo y Progreso Para Ti, impulsa acciones que permiten, por un lado, establecer una relación más

cercana con la sociedad, y por otro, ampliar el perfeccionamiento de la coordinación del trabajo en equipo de toda la estructura de gobierno, tanto la

central como la desconcentrada y la descentralizada.

Asimismo, busca promover la transversalidad del quehacer gubernamental e

incentivar la participación social, para fortalecer un efectivo proceso de planeación democrática estratégica que tome en cuenta la voluntad y el

esfuerzo colectivo para lograr una gestión eficaz, que se materialice en un

mejoramiento tangible de las condiciones y la calidad de vida de las y los Chimalhuacanos.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

MARCO JURÍDICO.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley de Contabilidad Gubernamental.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

Ley de Planeación.

Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año correspondiente.

Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio

Fiscal del año correspondiente.

Ley de Fiscalización Superior del Estado de México.

Código Administrativo del Estado de México.

Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.

Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México, publicado en la Gaceta

Municipal; vigente.

Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Chimalhuacán Estado de México; vigente.

Reglamento Interior de la Tesorería Municipal de Chimalhuacán, Edo. de México.

Plan de Desarrollo Municipal de Chimalhuacán, Estado de México vigente.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ESTRUCTURA ORGÁNICA.

De conformidad con los Artículos 27, número 3, numeral 3.1, 3.1.1, 3.2, 3.3,

3.4 del Bando Municipal y 16, número 3 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal, ambos de Chimalhuacán, Estado de

México.

ARTÍCULO 27.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos en

los diversos rubros de la administración pública municipal, auxiliarán al

Titular del Ejecutivo las dependencias y organismos siguientes:

1.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.

3.- TESORERÍA MUNICIPAL.

3.1.- Dirección de ingresos. 3.1.1.- Subdirección de Ingresos.

3.2.- Dirección de Egresos y Administración.

3.3.- Dirección de Catastro. 3.4.- Contador General.

ARTÍCULO 16.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos en

los diversos rubros de la Administración Pública Municipal, el Presidente Municipal se auxiliará de las dependencias integradas en la estructura

siguiente:

1.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.

3.- TESORERÍA MUNICIPAL.

3.1.- Dirección de Ingresos. 3.1.2.- Subdirección de Ingresos.

3.1.2.1.- Departamento de Tianguis.

3.1.2.2.- Departamento de Mercados. 3.1.2.3.- Departamento de Comercio Establecido.

3.1.2.4.- Departamento de Vía Pública. 3.1.2.5.- Departamento de Espectáculos.

3.1.2.6.- Departamento de Coordinación de Receptorías. 3.1.2.6.1.- Oficina Receptora N° 1 (Cabecera Municipal)

3.1.2.6.2.- Oficina Receptora N° 2 (San Lorenzo). 3.1.2.6.3.- Oficina Receptora N° 3 (Vidrieros).

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20

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

3.1.2.6.4.- Oficina Receptora N° 4 (Santa Elena).

3.1.2.6.5.- Oficina Receptora N° 5 (Zona Urbana Ejidal San

Agustín Atlapulco). 3.1.2.6.6.- Oficina Receptora N° 6 (Ejido de Santa María

Chimalhuacán). 3.1.2.7.- Oficina de Sistemas.

3.2.- Dirección de Egresos y Administración. 3.2.1.- Departamento de Recursos Humanos.

3.2.1.1.- Oficina de Personal. 3.2.1.2.- Oficina de Seguridad Social.

3.2.2.- Departamento de Capacitación. 3.2.3.- Departamento de Control de Inventarios.

3.2.4.- Departamento de Informática. 3.2.5.- Departamento de Eventos Especiales.

3.2.6.- Departamento de Servicios Generales e Intendencia. 3.2.7.- Departamento de Control de Vehículos.

3.3.- Dirección de Catastro. 3.3.1.- Oficina de Cartografía y Dibujo.

3.3.2.- Oficina de Catastro N° 1 (Cabecera Municipal).

3.3.3.- Oficina de Catastro N° 2 (Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco). 3.3.4.- Oficina de Catastro N° 3 (San Lorenzo).

3.3.5.- Oficina de Catastro N° 4 (Santa Elena) 3.3.6.- Oficina de Catastro N° 5 (Vidrieros).

3.3.7.- Oficina de Catastro N° 6 (Ejido de Santa María Chimalhuacán). 3.4.- Contador General.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ORGANIGRAMA.

OBJETIVO GENERAL.

3.2.1. DEPTO. DE

RECURSOS

HUMANOS.

3.3.1. OFICINA DE CARTOGRAFÍA Y

DIBUJO.

3.1.1.1. DPTO. DE TIANGUIS.

3.1.1.3. DPTO. DE COMERCIO ESTABLECIDO.

3.1.1.2. DPTO. DE MERCADOS.

3. TESORERÍA MUNICIPAL.

3.4. CONTADOR

GENERAL.

3.3. DIRECCIÓN

DE CATASTRO.

3.2.2. DPTO. DE CAPACITACIÓN.

3.2. DIRECCIÓN

DE EGRESOS Y

ADMINSTRACIÓN

3.1. DIRECCIÓN

DE INGRESOS.

3.1.1.

SUBDIRECCIÓN

DE INGRESOS.

3.1.1.5. DPTO. DE

ESPECTACULOS.

3.1.1.4. DPTO. DE VÍA PÚBLICA.

3.1.1.7. OFICINA DE SISTEMAS.

3.1.1.6. DPTO. DE

COODINACIÓN DE

RECEPTORIAS.

3.3.2. OFICINA DE CATASTRO 1.

3.3.3. OFICINA DE CATASTRO 2.

3.3.5. OFICINA DE CATASTRO 4.

3.3.4. OFICINA DE CATASTRO 3.

3.3.6. OFICINA DE CATASTRO 5.

3.2.3. DPTO. DE CONTROL DE

INVENTARIOS.

3.2.4. DPTO. DE INFORMATICA.

3.2.5. DPTO. DE EVENTOS

ESPECIALES.

3.2.1.1. OFICINA DE PERSONAL.

3.2.1.2. OFICINA DE SEGURIDAD

SOCIAL.

3.1.1.6.1. OFICINA RECEPTORA 1.

1. PRESIDENCIA MUNICIPAL.

3.3.7. OFICINA DE CATASTRO 6.

3.2.6. DPTO. DE SERVICIOS GENERALES E

INTENDENCIA.

3.2.7. DPTO. CONTROL DE VEHÍCULOS.

3.1.1.6.2. OFICINA RECEPTORA 2.

3.1.1.6.3. OFICINA RECEPTORA 3.

3.1.1.6.4. OFICINA RECEPTORA 4.

3.1.1.6.5. OFICINA RECEPTORA 5.

3.1.1.6.6. OFICINA RECEPTORA 6.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OBJETIVO GENERAL

El Municipio de Chimalhuacán, como actor activo en las finanzas públicas, siempre en busca de impulsar y desarrollar innovadoras estrategias, con el

fin de alcanzar las metas y objetivos dentro de la administración pública

municipal, pero primordialmente con el objetivo de mejorar y fomentar la calidad de vida de los chimalhuacanos.

MISIÓN.

Conducir el proceso que incremente la eficiencia y eficacia de la Administración de los recursos públicos financieros, mediante la planeación,

organización, dirección, así como la evaluación de las acciones; que permitan anticipar escenarios y situaciones específicas de orden económico, social o

político, sugiriendo estrategias de acción y políticas financieras alternativas

para su oportuna solución.

Teniendo como instrumentos rectores al Plan Municipal de Desarrollo, los

Programas Sectoriales y los Programas Operativos Anuales.

VISIÓN.

Ser una Tesorería con procesos institucionalizados, eficientes y de calidad para el cumplimiento de sus funciones y objetivos, con resultados orientados

a resolver los problemas financieros de la administración Pública Municipal y

del Municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

TESORERÍA MUNICIPAL.

OBJETIVO.

Coordinar la implementación de la Política Financiera Municipal, a través de

las acciones de planeación, evaluación y programación de la administración de recursos económicos y materiales de naturaleza públicos, al tiempo que

atienda las solicitudes de información e innovación de procesos administrativos para contribuir a la mejora continua y simplificación de los

servicios de las dependencias del Gobierno Municipal, coadyuvando al fortalecimiento de la cultura de administración de recursos públicos y la

rendición de cuentas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES

De conformidad con los Artículos 93 y 95 de la Ley Orgánica del Estado de

México.

Artículo 93.- La tesorería municipal es el órgano encargado de la

recaudación de los ingresos municipales y responsable de realizar las erogaciones que haga el ayuntamiento.

Artículo 95.- Son atribuciones del tesorero municipal:

I. Administrar la hacienda pública municipal, de conformidad con las

disposiciones legales aplicables;

II. Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y, en su caso,

aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables;

III. Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a las disposiciones fiscales;

IV. Llevar los registros contables, financieros y administrativos de los

ingresos, egresos, e inventarios;

V. Proporcionar oportunamente al ayuntamiento todos los datos o informes que sean necesarios para la formulación del Presupuesto de Egresos

Municipales, vigilando que se ajuste a las disposiciones de esta Ley y otros ordenamientos aplicables;

VI. Presentar anualmente al ayuntamiento un informe de la situación

contable financiera de la Tesorería Municipal;

VII. Diseñar y aprobar las formas oficiales de manifestaciones, avisos y

declaraciones y demás documentos requeridos;

VIII. Participar en la formulación de Convenios Fiscales y ejercer las atribuciones que le correspondan en el ámbito de su competencia;

IX. Proponer al ayuntamiento la cancelación de cuentas incobrables;

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

X. Custodiar y ejercer las garantías que se otorguen en favor de la hacienda municipal;

XI. Proponer la política de ingresos de la tesorería municipal;

XII. Intervenir en la elaboración del programa financiero municipal;

XIII. Elaborar y mantener actualizado el Padrón de Contribuyentes;

XIV. Ministrar a su inmediato antecesor todos los datos oficiales que le solicitare, para contestar los pliegos de observaciones y alcances que formule

y deduzca el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

XV. Solicitar a las instancias competentes, la práctica de revisiones circunstanciadas, de conformidad con las normas que rigen en materia de

control y evaluación gubernamental en el ámbito municipal;

XVI. Glosar oportunamente las cuentas del Ayuntamiento;

XVII. Contestar oportunamente los pliegos de observaciones y

responsabilidad que haga el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, así como atender en tiempo y forma las solicitudes de información

que éste requiera, informando al Ayuntamiento;

XVIII. Expedir copias certificadas de los documentos a su cuidado, por acuerdo expreso del Ayuntamiento y cuando se trate de documentación

presentada ante el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

XIX. Recaudar y administrar los ingresos que se deriven de la suscripción de convenios, acuerdos o la emisión de declaratorias de coordinación; los

relativos a las transferencias otorgadas a favor del Municipio en el marco del Sistema Nacional o Estatal de Coordinación Fiscal, o los que reciba por

cualquier otro concepto; así como el importe de las sanciones por infracciones impuestas por las autoridades competentes, por la inobservancia

de las diversas disposiciones y ordenamientos legales, constituyendo los

créditos fiscales correspondientes;

XX. Dar cumplimiento a las leyes, convenios de coordinación fiscal y demás que en materia hacendaria celebre el Ayuntamiento con el Estado;

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XXI. Entregar oportunamente a él o los Síndicos, según sea el caso, el informe mensual que corresponda, a fin de que se revise, y de ser necesario,

para que se formulen las observaciones respectivas.

XXII. Las que les señalen las demás disposiciones legales y el ayuntamiento.

De conformidad con los Artículo 328, 329, 331, 332, y 333 del Código

Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 328.- Las disposiciones de este Título tienen por objeto regular los servicios de tesorería del Estado y de los municipios.

Los servicios de tesorería son aquéllos relacionados con la recaudación,

concentración, administración y custodia de fondos y valores, así como la realización de pagos con cargo al presupuesto de egresos.

Artículo 329.- La Secretaría, la Tesorería o su equivalente tratándose de Entidades Públicas, serán las responsables de prestar los servicios de

tesorería, pudiéndose auxiliar de las instituciones que integran el sistema

financiero mexicano, y para esto, establecerán los sistemas y procedimientos necesarios mediante reglas de carácter general, elaborando el calendario

anual de pagos de la tesorería a efecto de que las Dependencias y Entidades Públicas elaboren sus propios calendarios del ejercicio presupuestal.

Artículo 331.- El servicio de recaudación consistirá en la recepción,

traslado, concentración y custodia de fondos y valores.

La recaudación se efectuará en moneda nacional, aceptándose únicamente como medios de pago, los previstos en este Código.

Artículo 332.- La recaudación de los fondos se sustentará con los

documentos relativos a la determinación del crédito, resoluciones administrativas o jurisdiccionales, autorizaciones, convenios, contratos,

permisos, concesiones y los demás que establezca este Código y otras

disposiciones legales aplicables.

Artículo 333.- Los ingresos que perciban las dependencias en términos de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal que

corresponda, deberán ser depositados en la Caja General o en las cuentas bancarias autorizadas para tal efecto por la Secretaría o la Tesorería, en el

ámbito de sus respectivas competencias

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

De conformidad con el Artículo 24 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

ARTÍCULO 24.- La Tesorería Municipal, por conducto de su titular y

mediante delegación de funciones, a través de los titulares de las áreas que tiene adscritas, tendrá las atribuciones siguientes:

I.- Administrar la Hacienda Pública Municipal, de conformidad con las

disposiciones legales aplicables.

II.- Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y en su caso,

aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

III.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracción a

las disposiciones fiscales.

IV.- Llevar los registros contables, financieros y administrativos de los

ingresos, egresos e inventarios.

V.- Proporcionar oportunamente al Ayuntamiento, todos los datos o informes que sean necesarios para la formulación del presupuesto de egresos

municipales, vigilando que se ajuste a las disposiciones de la ley.

VI.- Elaborar el proyecto de presupuesto de egresos, que será sometido a la aprobación del Ayuntamiento a más tardar el 20 de diciembre del año en

curso; asegurando en todo momento la congruencia con los objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal.

VII.- Presentar anualmente al Ayuntamiento un informe de la situación

contable financiera de la Tesorería Municipal.

VIII.- Diseñar y aprobar las formas oficiales de manifestaciones, avisos,

declaraciones y demás documentos requeridos, dando a conocer al Secretariado Técnico y a la Contraloría Interna Municipal, el catálogo de

formas oficiales correspondientes. IX.- Participar en la formulación de convenios fiscales y ejercer las

atribuciones que le correspondan en el ámbito de su competencia.

X.- Proponer al Ayuntamiento la cancelación de cuentas incobrables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XI.- Custodiar y ejercer las garantías que se otorguen a favor de la hacienda municipal.

XII.- Proponer la política de ingresos de la Tesorería Municipal.

XIII.- Intervenir en la elaboración del programa financiero municipal.

XIV.- Elaborar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes.

XV.- Ministrar a su inmediato antecesor, todos los datos que le solicitare para contestar los pliegos de observaciones y alcances que formule y

deduzca el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.

XVI.- Solicitar a las instancias competentes, la práctica de revisiones circunstanciadas, de conformidad con las normas que rigen en materia de

control y evaluación gubernamental en el ámbito municipal.

XVII.- Glosar oportunamente las cuentas del Ayuntamiento

XVIII.- Contestar oportunamente los pliegos de observaciones y

responsabilidades que haga el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, informando al Ayuntamiento.

XIX.- Expedir copias certificadas de los documentos a su cuidado, sólo por

acuerdo expreso del Ayuntamiento.

XX.- Por conducto de la Dirección de Catastro, llevar el control del catastro municipal, en los términos de la legislación aplicable.

XXI.- Llevar el registro y control de los contribuyentes.

XXII.- Por conducto del Departamento de Recursos Humanos, coordinar los

recursos humanos, conforme a las atribuciones siguientes:

a). - Realizar el reclutamiento, selección, contratación y control del personal,

incorporando métodos y procedimientos que permitan el desarrollo de dicho personal, que propicie e impulse el servicio civil de carrera municipal.

b).- Formar y llevar el control de los expedientes laborales de los trabajadores al servicio de la Administración Pública Municipal, debiendo

actualizarlos cada tres meses, siendo los datos agregados de carácter confidencial, salvo requerimiento expreso de autoridad competente.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

c).- Llevar el control de asistencias e inasistencias de los empleados de la Administración Pública Municipal, a través de los medios que se consideren

necesarios, debiendo ordenar los descuentos correspondientes cuando se

trate de faltas injustificadas.

d).- Integrar los expedientes que ameriten juicio laboral, turnándolos a la Dirección Jurídica y Consultiva, para que sea esta quien realice el trámite

que corresponda ante las autoridades y tribunales competentes.

e).- Poner en conocimiento de la dependencia competente la falta de asistencia de los empleados de la Administración Pública Municipal, en los

términos del Reglamento Interior de Trabajo vigente.

f).- Incorporar al personal de la Administración Pública Municipal, a los servicios de seguridad social que presta el Instituto de Seguridad Social del

Estado de México y Municipios, vigilando que se cubran las cuotas y aportaciones que legalmente correspondan a dicha institución por los

servicios correspondientes.

g).- Tramitar ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y

Municipios, la baja de los empleados de la Administración Pública Municipal, para efectos de la vigencia de su seguridad social.

h).- Mantener la relación con el o los representantes del personal

sindicalizado de la Administración Pública Municipal, informando oportunamente al Presidente Municipal, de todo acuerdo, problema o

contingencia que se presente con este personal, para los acuerdos conducentes.

i).- Realizar el estudio de perfiles y el catálogo de puestos de la

Administración Pública Municipal, asignando a cada servidor público acorde a su perfil académico y/o laboral, a la unidad administrativa que corresponda,

previo acuerdo del Secretario del Ayuntamiento y consentimiento expreso del titular del área al que vaya a ser asignado, con pleno respeto a sus derechos

laborales.

j).- Realizar el reclutamiento y control de prestadores de servicio social a

través de la oficina correspondiente, y remitirlo al Departamento de Bienestar Social adscrito a la Dirección General de Desarrollo Social para su

asignación, de conformidad a los lineamientos legales establecidos para ello.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

k) Formular y operar el programa anual de evaluación del clima laboral, siendo responsabilidad de los titulares de la Administración Pública Municipal,

contribuir en la ejecución del mismo, mediante el cual se determinarán las

condiciones laborales existentes, emitiendo sugerencias al Ejecutivo Municipal, para que éste dicte las medidas y/o mejoras correctivas

pertinentes, tendientes a corregir y mejorar las mismas.

XXIII.- Por conducto del Departamento de Capacitación, coordinar las acciones de capacitación del personal de la Administración pública municipal,

conforme a las atribuciones siguientes:

a).- Promover cursos de capacitación para elevar el grado de eficacia y eficiencia del personal adscrito a la Administración Pública Municipal.

b).- Realizar las convocatorias correspondientes en materia de capacitación,

así como los equipamientos necesarios para tal fin.

XXIV.- Por conducto del Departamento de Eventos Especiales, coordinar las acciones de eventos especiales, conforme a las atribuciones siguientes:

a).- Proporcionar los requerimientos materiales y logísticos necesarios para atender los eventos de carácter oficial.

b).- Atender el acondicionamiento de mobiliario, equipo e imagen de los

eventos que le sean encomendados por el Ejecutivo Municipal o que sean solicitados por las diversas dependencias administrativas.

c).- Gestionar la contratación de la prestación de los servicios personales o

materiales necesarios para la realización de los eventos que se le soliciten, a través de la Dirección de Egresos y Administración.

d).- Mantener el inventario actualizado, permanentemente, de los materiales

bajo su resguardo, que se utilizan para el adecuado desempeño de sus actividades.

XXV.- Por conducto del Departamento de Informática, coordinar las acciones en materia de informática, conforme a las atribuciones siguientes:

a).- Llevar el sistema de informática de la Administración Pública Municipal.

b).- Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo, y proporcionar los software adecuados para cubrir la necesidades

de las áreas administrativas del Ayuntamiento.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

c).- Brindar el asesoramiento e instalación de redes para el intercambio de información.

XXVI.- Por conducto del Departamento de Servicios Generales e Intendencia, coordinar las acciones de servicios generales e intendencia,

conforme a las atribuciones siguientes:

a).- Dar apoyo de mantenimiento general a las oficinas que ocupan las dependencias de la Administración Pública Municipal en cuanto a limpieza,

pintura, herrería, carpintería, carga y descarga de materiales diversos, así como en la reparación de mobiliario, de las redes hidrosanitarias y eléctricas.

XXVII.- Por conducto del Departamento de Control de Inventarios, llevar a

cabo el control de inventarios y el control vehicular, conforme a las atribuciones siguientes:

a).- Mantener actualizado el inventario general de los bienes muebles de la

Administración Pública Municipal.

b).- Mantener actualizado el inventario del parque vehicular de la

Administración Pública Municipal.

XXVIII.- Por conducto del Departamento de Vía Pública, vigilar y controlar la ocupación de la Vía Pública del Municipio de Chimalhuacán, Estado de

México; con fines distintos al de transitar, como es, entre otras actividades, la prestación de servicios o el comercio de forma temporal o permanente,

con excepción de tianguis autorizados, eventos sociales públicos y actividades espectaculares; para lo cual aplicará las disposiciones contenidas

en el Reglamento de Vía Pública y otros ordenamientos legales aplicables.

XXIX.- Las demás que le asigne el Presidente Municipal, o las demás que le atribuya la ley.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Administrar la Hacienda Pública Municipal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

2.- Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y en su caso,

aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

3.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracción a las

disposiciones fiscales.

4.- Llevar los registros contables, financieros y administrativos de los ingresos, egresos e inventarios.

5.- Proporcionar oportunamente al Ayuntamiento, todos los datos o informes

que sean necesarios para la formulación del presupuesto de egresos municipales, vigilando que se ajuste a las disposiciones de la ley.

6.- Elaborar el proyecto de presupuesto de egresos, que será sometido a la aprobación del Ayuntamiento en términos de las disposiciones legales

aplicables; asegurando en todo momento la congruencia con los objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal.

7.- Presentar anualmente al Ayuntamiento un informe de la situación

contable financiera de la Tesorería Municipal.

8.- Diseñar y aprobar las formas oficiales de manifestaciones, avisos, declaraciones y demás documentos requeridos, dando a conocer al

Secretariado Técnico y a la Contraloría Interna Municipal, el catálogo de formas oficiales correspondientes.

9.- Participar en la formulación de convenios fiscales y ejercer las

atribuciones que le correspondan en el ámbito de su competencia.

10.- Proponer al Ayuntamiento la cancelación de cuentas incobrables.

11.- Implementar Acciones de custodia y ejercer las garantías que se

otorguen a favor de la hacienda municipal.

12.- Proponer la política de ingresos de la Tesorería Municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

13.- Elaboración del programa financiero municipal.

14.- Elaborar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes.

15.- Ministrar a su inmediato antecesor, todos los datos que le solicitare para contestar los pliegos de observaciones y alcances que formule y

deduzca el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.

16.- Solicitar a las instancias competentes, la práctica de revisiones circunstanciadas, de conformidad con las normas que rigen en materia de

control y evaluación gubernamental en el ámbito municipal.

17.- Integrar oportunamente el informe anual de la cuenta pública del municipio.

18.- Contestar oportunamente los pliegos de observaciones y

responsabilidades que haga el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, informando al Ayuntamiento.

19.- Expedir copias certificadas de los documentos a su resguardo.

20.- Elaborar y actualizar el padrón de prestadores de servicios y proveedores del municipio.

21.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

22.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DIRECCIÓN DE INGRESOS.

OBJETIVO.

Establecer y supervisar los programas y acciones, con el propósito de

implementar la Política financiera Municipal; a través, de las acciones de planeación, evaluación, programación, recaudación y administración de

recursos económicos y materiales de naturaleza públicos, al tiempo que atienda las solicitudes de información e innovación de procesos de

recaudación a la Hacienda Pública Municipal, para contribuir a la mejora

continua y simplificación de los servicios de recaudación de las dependencias del Gobierno Municipal, coadyuvando al fortalecimiento de la cultura de

recaudación de Recursos Públicos y la Rendición de Cuentas.

MISIÓN.

Conducir el proceso que incremente la eficiencia y eficacia de la

Administración en materia de ingresos de los recursos públicos financieros, mediante la planeación, organización, dirección, así como la evaluación de

las acciones; que permitan anticipar escenarios y situaciones específicas de orden económico, social o político, sugiriendo estrategias de acción y

políticas financieras alternativas para su recaudación.

Teniendo como instrumentos rectores al Plan Municipal de Desarrollo, los Programas Sectoriales y los Programas Operativos Anuales.

VISIÓN.

Ser una Dirección de Ingresos con procesos institucionalizados, eficientes y

de calidad para el cumplimiento de sus funciones y objetivos de recaudación en favor de la Hacienda Municipal, con resultados orientados a resolver los

problemas financieros de la administración Pública Municipal y del Municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Coordinar las acciones de recaudación, concentración y custodia que

correspondan al municipio, en términos de la legislación aplicable.

2.- Coordinar las acciones de recaudación, concentración y custodia de

créditos fiscales a cargo de los contribuyentes conforme a la Ley de Ingresos Municipales; así como de otros conceptos que deba percibir el municipio por

cuenta propia o diversa, como contribuciones espaciales, derechos y aprovechamientos, que constituyen créditos fiscales en términos del código

Fiscal Federal.

3.- Ejecutar las acciones diarias de depósito de la recaudación, en las cuentas bancarias que determine la tesorería.

4.- Analizar y evaluar financieramente lo recaudado con respecto a lo

planteado, determinando las causas de las variaciones y proponiendo las medidas técnicas y administrativas que procedan.

5.- Establecer políticas y programas para la captación de los ingresos establecidos en la Ley de Ingresos.

6.- Ejecutar acciones de control y revisión de las cantidades que por

concepto de participaciones federales y estatales le corresponden al municipio, estableciendo los procedimientos para su tramitación y buen

cobro.

7.- Celebrar convenios con los contribuyentes para los pagos parciales o diferidos de los impuestos, las contribuciones especiales y los derechos

municipales, previa aprobación de la Tesorería y comprobación de la garantía del interés fiscal.

8.- Supervisar las operaciones que realizan las oficinas receptoras.

9.- Proponer las políticas de planeación y organización de las oficinas recaudadoras, mediante manuales de procedimientos y organización para su

debido funcionamiento en la recaudación, control y seguimiento de ingresos.

10.- Integrar el anteproyecto anual de la ley de Ingresos Municipal y someterlo a consideración de la Tesorería.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Brindar asesoría a los contribuyentes respecto al pago de obligaciones fiscales.

12.- Vigilar el estricto cumplimiento de las leyes fiscales, reglamentos, decretos, acuerdos y convenios de colaboración administrativa en materia

federal, estatal y demás disposiciones de carácter general.

13.- Vigilar el estricto cumplimiento de las variaciones del índice inflacionario, con el fin considerarlas en la programación y presupuesto del

ingreso.

14.- Intervenir en la emisión, distribución, recepción y control de formas valoradas y ordenar su destrucción en su oportunidad, mediante el

procedimiento correspondiente.

15.- Elaborar y actualizar el padrón de contribuyentes del municipio.

16.- Manipular para la realización de modificaciones al padrón de contribuyentes del municipio, de conformidad con los ordenamientos legales

aplicables a la materia.

17.- Determinar los créditos fiscales vencidos a cargo de contribuyentes,

responsables solidarios y terceros; de conformidad con las leyes vigentes.

18.- Instrumentar el procedimiento administrativo de ejecución, con el propósito de exigir el pago de créditos fiscales vencidos a cargo de

contribuyentes, responsables solidarios y terceros; con estricto apego a legislación aplicable.

19.- Elaboración del informe mensual pormenorizado del ingreso con

gráficos e indicadores.

20.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

21.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

SUBDIRECCIÓN DE INGRESOS.

OBJETIVO.

Ejecutar la política de recaudación de la Tesorería Municipal, en lo relativo al cobro de derechos que deben cubrir los contribuyentes en el territorio

municipal, mediante la ejecución de programas y acciones encaminados a la labor de recaudación y políticas financieras de ingresos al erario municipal; y

fungir como responsable de la coordinación y supervisión de acciones de los

servidores públicos adscritos al área, a fin de que cada uno de ellos cumpla con las funciones que le han sido encomendadas, con estricto apego a los

ordenamientos establecidos y en observancia y respeto a los derechos humanos.

MISIÓN.

Procurar la consolidación de un sistema de recaudación y padrones reales y actualizados de unidades económicas en todas las modalidades existentes en

el territorio municipal, mediante la ejecución de un censo generalizado; así como, de la conducción en la recaudación, requerimientos y ejecución de

procedimientos de acciones y actos administrativos por concepto de

impuestos, derechos, contribuciones e ingresos en general, con plena vigencia del estado de derecho y garante de los derechos humanos.

VISIÓN.

Ser una dependencia que conduzca eficazmente la política de recaudación de ingresos de la Tesorería Municipal, respecto a las unidades económicas que

se encuentren ejerciendo actos de comercio en sus diferentes modalidades o prestación de servicios en el territorio municipal; así como, en la política

financiera de ingresos y recaudación por diversos conceptos; de igual forma, por asumir la coordinación interna del personal que se encuentra adscrito,

para coadyuvar en la consolidación de un gobierno de resultados.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES. 1.- Diseñar, instrumentar, implementar y proponer al titular de la Tesorería

Municipal políticas de recaudación para el cumplimiento de las obligaciones

fiscales de los contribuyentes.

2.- Elaborar, planear, proponer y organizar los eventos que sean requeridos para acercar los servicios de la Tesorería Municipal a los contribuyentes con

el propósito de incrementar la recaudación.

3.- Coordinar, organizar y supervisar las visitas domiciliarias e inspecciones y demás actos de comprobación de las obligaciones fiscales de las y los

contribuyentes.

4.- Proporcionar y supervisar la orientación de los servicios ofertados a los contribuyentes, con la finalidad de brindar atención para el pago de las

diferentes contribuciones, así como el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y el calendario de aplicación de las disposiciones tributarias y de los

procedimientos para su debida observancia.

5.- Coordinar la elaboración de las campañas de regularización fiscal y

proponerlas al titular de la Tesorería Municipal para ser aprobadas por el H. Ayuntamiento.

6.- Instrumentar y operar los convenios en materia fiscal recaudatorios que

hayan sido autorizados por el H. Ayuntamiento.

7.- Recibir, evaluar y determinar las diferencias en el pago de contribuciones municipales e instrumentar los mecanismos para su debido cargo o abono a

las y los contribuyentes.

8.- Documentar, integrar, resguardar y actualizar los registros contables de los ingresos.

9.- Planear, organizar y supervisar los recursos humanos y materiales necesarios para la recepción de los pagos que efectúen los contribuyentes y

estos se realicen en forma eficiente y expedita.

10.- Elaborar, validar y distribuir las identificaciones del personal del ayuntamiento que los acredite para la práctica de notificaciones,

requerimientos, embargos y actos de comprobación de las obligaciones fiscales.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Realizar todas aquellas actividades que sean inherentes y aplicables al área de su competencia.

12.- Participar en la formulación de convenios fiscales y ejercer las atribuciones que le correspondan en el ámbito de su competencia.

13.- Participar en la política de ingresos de la Tesorería Municipal.

14.- Supervisar la elaboración y actualización del padrón de contribuyentes,

correspondiente a cada departamento recaudador.

15.- Supervisar el registro y control de los contribuyentes, correspondiente a cada departamento recaudador.

16.- Expedir la factibilidad de negocios de alto, mediano o bajo impacto, este

último que así lo amerite, dedicados a la venta de bebidas alcohólicas, en términos de la legislación vigente.

17.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

18.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE TIANGUIS.

OBJETIVO.

Verificar y regular a las personas físicas o jurídico colectivas, que ejerzan el

comercio en la modalidad de tianguis, que hayan obtenido autorización o

concesión para tal efecto; así mismo, controlar, coordinar y supervisar, a los

comerciantes tianguistas, recaudar y ejecutar el cumplimiento de las

disposiciones establecidas; regular y vigilar la administración y

funcionamiento de las actividades comerciales de tianguis; con el propósito

que los comerciantes cumplan con las obligaciones correspondientes que

regula la reglamentación aplicable; por último, buscar alternativas y conciliar

entre los comerciantes tianguistas y sus representantes o bien entre

comerciantes tianguistas independientes, con la finalidad de resolver las

controversias que se presenten.

MISIÓN.

Implementar mecanismos adecuados para lograr un mejoramiento del

entorno en los diversos tianguis; así como, actualizar los padrones correspondientes a todos y cada uno de los tianguis establecidos en este

Municipio, para tener control dentro de la actividad comercial en la

modalidad de tianguis; con el propósito, de regular y ordenar los diferentes tianguis que se encuentran dentro del territorio municipal.

VISIÓN.

Generar propuestas de vanguardia para el mejoramiento de los comerciantes

tianguistas en sus diferentes modalidades, brindando atención de calidad y

calidez común; así como, impulsar el desarrollo económico y social en el

municipio, fortaleciendo la cooperación integral de los ciudadanos y

comerciantes con sus autoridades, característica de los Gobiernos de

extracción del Proyecto Nuevo Chimalhuacán.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Tianguis de

Chimalhuacán, Estado de México.

ARTÍCULO 13.- Son atribuciones del Tesorero Municipal, por conducto del

Jefe del Departamento de Tianguis, las siguientes:

I.- Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio o coordinación de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, recaudación,

notificación, levantamiento de actas o para los actos correspondientes al procedimiento administrativo en las áreas de los tianguis.

II.- Expedir las autorizaciones a favor de las personas físicas o jurídicas

colectivas en el rubro de tianguis, siempre y cuando no se afecten los derechos de terceras personas y no se afecte el orden público e interés

social.

III.- Negar la autorización para el establecimiento de un tianguis, a las

personas físicas o jurídicas colectivas, cuando estas no reúnan los requisitos establecidos en el presente reglamento.

IV.- Vigilar el estricto cumplimiento del horario y las condiciones mediante

las cuales deberán funcionar los tianguis.

V.- Retirar de la vía pública a las personas o bienes que se hayan instalado o colocado con la finalidad de ejercer actividades comerciales en la modalidad

de tianguis, sin contar con la autorización correspondiente, así como reubicar los tianguis concesionados, por causas de interés público.

VI.- Actualizar el empadronamiento de los comerciantes por cada plaza de

los tianguis en forma anual.

VII.- Retener y remitir al depósito oficial, la mercancía de las personas

físicas o jurídicas colectivas que no cuenten con la autorización para ocupar un puesto en los tianguis.

VIII.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública y de cualquier otra autoridad

para ejecutar las facultades y atribuciones determinadas en el presente reglamento y demás disposiciones legales aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

IX.- Efectuar los estudios técnicos sobre la necesidad de instalación,

reubicación, revocación, ampliación, disminución o regularización de los tianguis, en coordinación con las dependencias administrativas que se

estimen necesarias.

X.- Supervisar los programas de mantenimiento preventivo y correctivo, que

anualmente deben observar los comerciantes tianguistas, en colaboración con las áreas de Protección Civil y Bomberos, Salud, Seguridad Ciudadana y

Tránsito, Medio Ambiente y Gobernación, municipales y demás unidades administrativas competentes, con la finalidad de minimizar cualquier tipo de

riesgos.

XI.- Verificar que los puestos que se utilicen en la actividad comercial en los tianguis, sean oportunamente pintados, reparados o modificados por sus

propietarios, a fin de brindar una buena imagen a los consumidores.

XII.- Zonificar los tianguis de acuerdo con los diferentes giros comerciales.

XIII.- Vigilar el mantenimiento e higiene, buen estado y conservación de los lugares destinados para la instalación de tianguis.

XIV.- Verificar que los comerciantes tianguistas cumplan con las normas sanitarias y de higiene necesarias en coordinación con el Director de Salud y

las que en materia de medidas de seguridad establezca el Coordinador de Protección Civil y Bomberos.

XV.- Requerir el retiro de mercancías que se encuentren en estado de

descomposición, aun cuando el propietario manifieste no tenerlas para su venta e informar a la dependencia respectiva para que se tomen las medidas

necesarias, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor.

XVI.- Otorgar los refrendos de los permisos, autorizaciones y concesiones, cuando así procedan por el año fiscal correspondiente.

XVII.- Informar trimestralmente al Presidente y al Tesorero Municipal del

estado que guarden los tianguis autorizados o concesionados

XVIII.- Efectuar visitas de inspección y verificación, por conducto del

personal a su cargo en todas las áreas en que se instalan los tianguis, para determinar el estricto cumplimiento de este ordenamiento y, en coordinación

con la Procuraduría Federal del Consumidor, verificar que los comerciantes tianguistas entreguen peso exacto y cobren precios autorizados de las

mercancías que expendan.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIX.- Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo, evitando cualquier acto que afecte el buen trato que debe existir con los

comerciantes tianguistas, así como el abuso en el ejercicio de sus funciones.

XX.- Iniciar el Procedimiento Administrativo que señala el Código de

Procedimientos Administrativos del Estado de México, o el Procedimiento Administrativo de Ejecución que establece el Código Financiero del Estado de

México y Municipios, cuando se adviertan irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, del Bando

Municipal de Chimalhuacán, Estado de México o de cualquier otra disposición de carácter federal o estatal que tengan aplicación en el ámbito municipal

en materia de tianguis.

En el caso de agremiados a personas jurídicas colectivas de tianguistas, se deberá dar vista a estas, en su carácter de terceros interesados.

XXI.- La aplicación de las sanciones que se establecen en este reglamento y

otras disposiciones aplicables en la materia, verificando su estricto cumplimiento.

XXII.- Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento de las facultades y obligaciones contenidas en el presente reglamento.

XXIII.- Requerir el retiro de mercancías relacionadas con autopartes o

piezas de vehículos de automotor, que se instalen dentro de la zona del tianguis, aun cuando el propietario o tianguista manifieste no tenerlas para

su venta; e informar a la dependencia respectiva para que se tomen las medidas necesarias, independientemente de las sanciones a que se haga

acreedor.

XXIV.- Requerir el retiro de mercancías relacionadas con venta de equipos celulares o piezas de equipos celulares, que se instalen dentro de la zona del

tianguis, aun cuando el propietario o tianguista manifieste no tenerlas para su venta; e informar a la dependencia respectiva para que se tomen las

medidas necesarias, independientemente de las sanciones a que se haga

acreedor.

XXV.- Las demás que le confiera el Presidente Municipal o las que le

otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Expedir las autorizaciones para ejercer el comercio en modalidad de

tianguis dentro del territorio municipal, a las personas físicas o jurídicas

colectivas que cumplan con los requisitos legales establecidos en la

reglamentación aplicable.

2.- Revocar las autorizaciones para ejercer el comercio en modalidad de

tianguis dentro del territorio municipal, a las personas físicas o jurídicas

colectivas que infrinjan las disposiciones legales establecidas en la

reglamentación aplicable.

3.- Elaborar y Actualizar el Padrón de Comerciantes Tianguistas agremiados

a Personas jurídicas colectivas e independientes, que desempeñen el

comercio en la modalidad de tianguis en las diferentes plazas de tianguis en

el territorio municipal.

4.- Elaborar y Actualizar el Padrón de Plazas en las que se desempeñe el

comercio en la modalidad de tianguis en el territorio municipal, que contenga

nombre de la plaza, ubicación, delimitación, colindancias, áreas restringidas,

titular de la autorización, total de comerciantes tianguistas en ambas

modalidades, en términos de la reglamentación vigente.

5.- Expedir las identificaciones correspondientes a los Comerciantes

Tianguistas en ambas modalidades, respecto de del desempeño de su

actividad comercial en la modalidad de tianguis, respecto a la integración de

las diferentes Plaza de Tianguis que existen en el Municipio, en términos de

la reglamentación municipal vigente.

6.- Ejecutar las acciones y programas de recaudación de derechos por

concepto de uso de derecho de suelo por el desempeño de su actividad

comercial en la modalidad de tianguis, a los comerciantes tianguistas

integrantes de personas jurídicas colectivas y personas físicas independientes

dedicadas a esta actividad comercial, de conformidad con las leyes aplicables

en la materia.

7.- Supervisar mediante recorridos periódicos, las instalaciones de las

diferentes plazas en las cuales se ejerce el comercio en la modalidad de

tianguis en el municipio en diversos horarios, con el propósito de supervisar

en desempeño de las mismas en términos de la reglamentación aplicable.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

8.- Dirimir controversias que se susciten entre autoridades de los tres

niveles de gobierno, con personas jurídicas colectivas que ejerzan el

comercio en la modalidad de tianguis y comerciantes tianguistas

independientes; comerciantes tianguistas en ambas modalidades; y entre

estos con los representantes tianguistas, en las diferentes plazas de tianguis

que existen en el territorio municipal, con estricto apego a las leyes de la

materia.

9.- Ordenar la reubicación de las plazas, en donde se ejerza el comercio en

la modalidad de tianguis en el municipio, cuando el interés público, así lo

requiera, en términos de la reglamentación municipal vigente.

10.- Informar de manera periódica de su actividad recaudadora y

administrativa, en términos de la legislación aplicable.

11.- Instaurar, notificar y substanciar los procedimientos administrativos

correspondientes a su competencia, ejerciendo las atribuciones concedidas

en términos de la legislación aplicable vigente.

12.- Requerir el retiro de mercancías relacionadas con autopartes o piezas

de vehículos de automotor, que se instalen dentro de la zona del tianguis, en términos de la Legislación aplicable.

13.- Requerir el retiro de mercancías relacionadas con venta de equipos

celulares o piezas de equipos celulares, que se instalen dentro de la zona del

tianguis, en términos de la Legislación aplicable.

14.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

15.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE MERCADOS.

OBJETIVO. Ejecutar las políticas de ordenamiento a los individuos que desempeñan la

actividad comercial en calidad de locatarios dentro de los mercados, que se encuentran instalados dentro de la demarcación del Municipio de

Chimalhuacán, Estrado de México; con el propósito de buscar el mejoramiento de la infraestructura de los mercados públicos; atender

acciones a fin de contar con un abasto oportuno de productos básicos principalmente de primera necesidad, a precios accesibles a los habitantes de

esta municipalidad; impulsar programas de modernización y capacitación de prácticas comerciales a los locatarios de los mercados públicos, con el apoyo

y participación de los sectores público, privado y social, mediante una

capacitación constante de los miembros integrantes (locatarios), obteniendo como resultado la prestación de un servicio de calidad dirigido a los

habitantes que sean consumidores de los diferentes mercados públicos de este Municipio.

MISIÓN.

Atender de manera eficiente, oportuna, expedita y cordial a los comerciantes locatarios de los mercados públicos que se encuentren instalados dentro de

la demarcación municipal, en los tramites y actividades que presta este Departamento de Mercados, con estricto apego a lo establecido en las Leyes,

reglamentos y demás disposiciones legales aplicables a la materia.

VISIÓN.

Corregir las deficiencias que por años se han presentado en el área de Mercados; enfocando también, la demanda de productos alimenticios de las

poblaciones y localidades del municipio; constituye un importante instrumento de regulación de la oferta y demanda de productos, que influye

en el bienestar económico de la sociedad. Lograr un área administrativa que impulse la figura del mercado público digno, saludable y competitivo

mediante la prestación de un servicio de calidad; reglamentar el orden público en esta materia de manera institucional, mediante propuestas de

vanguardia e innovadoras, con el compromiso de impulsar el desarrollo económico y social del municipio, fortaleciendo la cooperación integral entre

ciudadanos, comerciantes y autoridades municipales.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con el artículo 9 del Reglamento de Mercados de Chimalhuacán, Estado de México.

ARTÍCULO 9.- La Tesorería Municipal, por conducto del Jefe del Departamento de Mercados tiene las siguientes atribuciones:

I.- Realizar el padrón de locatarios de los mercados, otorgándoles la cédula

de empadronamiento correspondiente.

II.- Integrar un expediente por cada uno de los mercados existentes en el municipio.

III.- Informar trimestralmente al Presidente y al Tesorero Municipales, del

estado que guarda cada mercado existente en el municipio.

IV.- Practicar visitas de inspección a las instalaciones de los mercados, para verificar el debido cumplimiento de las disposiciones de este reglamento.

V.- Solucionar cualquier acto que altere el orden en el interior de los mercados, o controversia entre locatarios, previa solicitud que haga llegar

por escrito la persona que acredite el interés que le asiste para solicitar dicha intervención.

VI.- Vigilar el debido desempeño de las funciones encomendadas a las

mesas directivas de los mercados.

VII.- Establecer la zonificación de giros de acuerdo a las autorizaciones que se hayan otorgado.

VIII.- Autorizar las ampliaciones y cambios de giro, previo estudio del tope

de giros autorizado mediante asamblea general.

IX.- Convocar a asamblea en los mercados, previa solicitud de la mesa

directiva del mismo, o cuando existan situaciones que lo ameriten, dicha convocatoria deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Publicar la convocatoria respectiva con 72 horas de anticipación a la fecha

en que deba realizarse, misma que deberá notificarse a los locatarios en su local, además de colocarse en lugares visibles del mercado, debiendo

contener lugar, día y hora en el que tendrá verificativo, así como la orden del día al tenor de la cual se sujetará el desarrollo de la asamblea.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

b) El jefe del Departamento de Mercados, deberá constatar que se realice la publicación de la convocatoria, que se entregue una copia de ella a los

locatarios y se hagan las acciones necesarias para darle la debida publicidad;

asimismo, elaborará el acta circunstanciada del desarrollo de dicha asamblea y de los acuerdos adoptados en la misma.

c) Verificar que exista quórum legal para celebrar la asamblea, debiendo

estar presente el cincuenta por ciento más uno de los locatarios empadronados ante el Departamento de Mercados. Para el caso de que no se

reúna el quórum legal en la primera convocatoria, se levantará acta circunstanciada y se convocará por segunda ocasión; en este caso, la

asamblea tendrá verificativo dentro de los ocho días siguientes y se llevará a cabo con los locatarios que asistan.

X.- Solicitar la intervención y supervisión de la Coordinación de Protección

Civil y Bomberos, de la Dirección del Medio Ambiente, de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y de la Dirección General

de Gobernación en los mercados cuando así se requiera, para realizar las acciones necesarias para el debido cumplimiento de las disposiciones de este

reglamento.

XI.- Con la colaboración de las mesas directivas de cada mercado,

establecer un determinado número de giros y realizar la supervisión periódica de los mismos, así como zonificarlos de acuerdo a la capacidad o

circunstancias de cada mercado.

XII.- Iniciar el Procedimiento Administrativo que señala el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, o el Procedimiento

Administrativo de Ejecución que establece el Código Financiero del Estado de México y Municipios, cuando se adviertan irregularidades o conductas que

contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, del Bando Municipal de Chimalhuacán, Estado de México, o de cualquier otra disposición

de carácter federal o estatal que tengan aplicación en el ámbito municipal.

XIII.- Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio o

coordinación de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, notificación, levantamiento de actas o para los actos correspondientes al

procedimiento administrativo, en las diversas áreas de los mercados.

XIV.- Efectuar visitas de inspección general por conducto del personal a su cargo en todas las áreas de los mercados, para determinar el estricto

cumplimiento de este ordenamiento.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XV.- Comparecer ante el Ayuntamiento cuando así sea requerido.

XVI.- Aplicar las medidas de seguridad que sean necesarias, para hacer

cumplir las disposiciones contenidas en este reglamento.

XVII.- Las demás que le confiera el Presidente Municipal o las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Expedir autorizaciones para ejercer el comercio o la prestación de

servicios en la modalidad de locatario dentro de un mercado en el territorio

municipal, a las personas físicas o jurídicas colectivas que cumplan con los

requisitos legales establecidos en la reglamentación aplicable.

2.- Revocar las autorizaciones para ejercer el comercio o la prestación de

servicios en la modalidad de locatario dentro de un mercado instalado en el

territorio municipal, a las personas físicas o jurídicas colectivas que infrinjan

las disposiciones legales establecidas en la reglamentación aplicable.

3.- Autorizar las ampliaciones y cambios de giro, previo estudio del tope de

giros autorizados mediante Asamblea General.

4.- Elaborar y Actualizar el Padrón de Comerciantes Locatarios de los

Mercados, que desempeñen el comercio o la prestación de servicios en la

modalidad de locatarios en los diferentes mercados en el territorio municipal.

5.- Elaborar los expediente de Mercados Públicos y Concesionados en los que

se desempeñe el comercio o la prestación de servicios en la modalidad de

locatarios en el territorio municipal, que contenga nombre del mercado,

naturaleza, ubicación, delimitación, colindancias, integrantes de la mesa

directiva, áreas restringidas y de uso común, titular de la autorización o

concesión para el caso de no ser administrado por el Municipio, total de

comerciantes locatarios, especificación de giros, en términos de la

reglamentación vigente.

6.- Expedir las identificaciones o cedulas de empadronamiento

correspondientes a los Comerciantes Locatarios de Mercados en ambas

modalidades, respecto del desempeño de su actividad comercial o prestación

de servicios en la modalidad de locatarios, de cada uno de los Mercados que

existen en el Municipio, en términos de la reglamentación municipal vigente.

7.- Ejecutar las acciones y programas de recaudación de derechos por

concepto de uso de derecho de suelo por el desempeño de su actividad

comercial o de prestación de servicios en la modalidad de locatarios, a los

comerciantes locatarios integrantes de personas jurídicas colectivas y

personas físicas independientes dedicadas a esta actividad comercial, de

conformidad con las leyes aplicables en la materia.

8.- Supervisar mediante visitas de inspección periódicas, las instalaciones de

los diferentes mercados, en los cuales se ejerce el comercio o prestación de

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

servicios en la modalidad de locatarios en el municipio en diversos horarios,

con el propósito de verificar en desempeño de las mismas y cumplimiento de

las disposiciones legales en términos de la reglamentación aplicable.

9.- Dirimir controversias que se susciten en el interior de los mercados;

entre autoridades de los tres niveles de gobierno, con personas jurídicas

colectivas que ejerzan el comercio o prestación de servicios en la modalidad

de locatarios y personas físicas locatarios; comerciantes locatarios entre sí;

y entre estos con los representantes de las mesas directivas de los

mercados, en los diferentes mercados municipales o concesionados que

existen en el territorio municipal, con estricto apego a las leyes de la

materia.

10.- Convocar a Asamblea General en los mercados, previa solicitud de la

mesa directiva del mismo, o cuando existan situaciones que lo ameriten,

cumpliendo con los requisitos en términos de la reglamentación municipal

vigente.

11.- Informar e ingresas a las arcas municipales de manera periódica de su

actividad recaudadora y administrativa, en términos de la legislación

aplicable.

12.- Instaurar, notificar y substanciar los procedimientos administrativos

correspondientes a su competencia, ejerciendo las atribuciones concedidas

en términos de la legislación aplicable vigente.

13.- Solicitar el apoyo de áreas administrativas municipales o de diversa

jerarquía, cuando el mercado así lo requiera; con el propósito de realizar las

acciones necesarias para el cumplimiento de la reglamentación aplicable.

14.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

15.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE COMERCIO ESTABLECIDO.

OBJETIVO. Constituirse en una unidad administrativa que ejecute la política de la Tesorería

Municipal, en lo relativo a la recaudación de ingresos que deriven del ejercicio de actividades comerciales por parte de personas físicas y jurídicas colectivas generando un padrón confiable de las unidades económicas que realizan actividades

comerciales y de servicios en el municipio. Asimismo, erigirse en un área administrativa garante de los derechos humanos del ciudadano, conforme lo

reclama el estado moderno, mediante la profesionalización y sensibilización de su personal adscrito, lo que permitirá brindar una adecuada atención al público en los términos que los ordenamientos federales y estatales imponen a los municipios, y

sobre todo, en estricta observancia de los principios constitucionales en materia de derechos humanos que son la constante en las recientes reformas a la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las leyes secundarias que de ella emanan.

MISIÓN. Ser una unidad administrativa capaz de realizar, en forma responsable, eficiente,

transparente, en estricto apego a la ley, los requerimientos y citaciones para que los particulares y personas jurídicas colectivas, que realizan actividades comerciales y

de servicios en el territorio municipal, que cumplan con las obligaciones tributarias a que se encuentran obligados por el ejercicio de tales actividades económicas. Asimismo, generar un padrón real de unidades económicas, mediante acciones de

mejora continua, que busquen eficientar la recaudación y el uso eficiente de los recursos humanos y materiales con que cuenta, contribuyendo al desarrollo de un

servicio público de calidad, en el que se promueva, respete, proteja y garantice los derechos humanos sin discriminación alguna.

VISIÓN. Lograr una recaudación municipal fortalecida, maximizando la obtención y utilización de los recursos financieros del Municipio con transparencia, con el fin de cumplir los compromisos que asumió el Gobierno Municipal con la ciudadanía,

brindando un servicio público de alta calidad; ser un departamento que tenga un elevado nivel de desempeño y valor percibido, que robustezca las condiciones

óptimas financieras y administrativas de la Tesorería Municipal, en lo relativo a la generación de ingresos por parte de personas físicas y jurídicas colectivas dentro del territorio municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Comercio Establecido

del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

ARTÍCULO 13.- Son atribuciones del Tesorero Municipal, que ejercerá por

conducto del Jefe del Departamento de Comercio Establecido, las siguientes:

I. Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio y/o ejecución de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, notificación,

levantamiento de actas, ejecución de medidas de seguridad, aplicación de sanciones, y en general, para todos los actos relativos al procedimiento

administrativo, en las unidades económicas a que se refiere el presente reglamento.

II. Expedir las licencias o permisos a favor de las personas físicas o jurídicas

colectivas que realicen las actividades comerciales y de servicios que contemplan la venta de bebidas alcohólicas, que se encuentran establecidas

en las fracciones I incisos a), b), c), d), e) y f), y la señalada en la fracción II

incisos f), del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

III. Expedir las licencias o permisos a favor de las personas físicas o jurídicas colectivas que realicen las actividades comerciales y de servicios

que contemplan la venta de bebidas alcohólicas, que se clasifican como unidades de bajo impacto, conforme lo establece la Ley de Competitividad y

Ordenamiento Comercial del Estado de México.

IV. Expedir las licencias o permisos a favor de las personas físicas o jurídicas colectivas que realicen las actividades comerciales y de servicios que no

contemplan la venta de bebidas alcohólicas, que se clasifican como unidades de bajo, mediano y alto impacto, conforme lo establece la Ley de

Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.

V. Recaudar y fiscalizar las contribuciones, aportaciones y derechos que los

particulares y personas jurídicas colectivas deben realizar a favor del Ayuntamiento, por el ejercicio de alguna actividad comercial y de servicios en

las unidades económicas asentadas en el territorio municipal.

VI. Negar la expedición de licencias de funcionamiento o permisos a las personas físicas o jurídicas colectivas que sean titulares de las unidades

económicas, cuando estas no reúnan los requisitos establecidos en la Ley de

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y el presente reglamento o en otras leyes que resulten aplicables.

VII. Fijar horarios de apertura y cierre de las unidades económicas a que se refiere el presente reglamento, y vigilar el estricto cumplimiento de los

horarios establecidos, así como vigilar las condiciones bajo las cuales deberán funcionar las unidades económicas.

VIII. Elaborar y actualizar el padrón y registro de las unidades económicas,

y realizar su inclusión al padrón de establecimientos comerciales, siempre y cuando, los titulares cumplan con los requisitos legales para ello y realicen al

pago de derechos correspondiente.

IX. Solicitar el auxilio de la fuerza pública y de cualquier otra autoridad para ejecutar los acuerdos, medidas de seguridad y sanciones determinadas en la

Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y en el presente reglamento, y en las demás disposiciones legales aplicables.

X. Coordinarse con las dependencias de la Administración Pública Municipal

cuando sea necesario, para verificar los requisitos para la expedición de

licencias o permisos para el funcionamiento de las unidades económicas a que se refiere este reglamento.

XI. Verificar, en coordinación con las dependencias competentes, que los

titulares de las unidades económicas a que se refiere este reglamento, cumplan con las normas sanitarias, de higiene, ecológicas, de seguridad y

protección civil necesarias, dependiendo del giro de que se trate, así como vigilar que no obstruyan las banquetas y el arroyo vehicular con mercancías,

anuncios, mamparas o cualquier otro objeto.

XII.- Autorizar los refrendos de las licencias de funcionamiento o permisos, cuando sea procedente.

XIII. Informar al Ejecutivo Municipal, del estado que guarden las unidades

económicas autorizadas.

XIV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo e

impedir cualquier acto que implique actos de corrupción, o que altere el buen orden, así como impedir el abuso en el ejercicio de sus funciones.

XV. Iniciar el procedimiento administrativo que señala el Código de

Procedimientos Administrativos del Estado de México, cuando se detecten

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, o de cualquier otra disposición de carácter federal o estatal

que tenga aplicación en el ámbito municipal, en materia de comercio.

XVI. Aplicar y ejecutar los medios de apremio, medidas de seguridad y

sanciones que establece la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México y el presente reglamento, así como las que establezcan

otras disposiciones aplicables en la materia.

XVII. Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento de las facultades y obligaciones contenidas en el presente reglamento.

XI. Verificar, en coordinación con las dependencias competentes, que los

titulares de las unidades económicas a que se refiere este reglamento, cumplan con las normas sanitarias, de higiene, ecológicas, de seguridad y

protección civil necesarias, dependiendo del giro de que se trate, así como vigilar que no obstruyan las banquetas y el arroyo vehicular con mercancías,

anuncios, mamparas o cualquier otro objeto.

XII.- Autorizar los refrendos de las licencias de funcionamiento o permisos,

cuando sea procedente.

XIII. Informar al Ejecutivo Municipal, del estado que guarden las unidades económicas autorizadas.

XIV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo e

impedir cualquier acto que implique actos de corrupción, o que altere el buen orden, así como impedir el abuso en el ejercicio de sus funciones.

XV. Iniciar el procedimiento administrativo que señala el Código de

Procedimientos Administrativos del Estado de México, cuando se detecten irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente

ordenamiento, o de cualquier otra disposición de carácter federal o estatal que tenga aplicación en el ámbito municipal, en materia de comercio.

XVI. Aplicar y ejecutar los medios de apremio, medidas de seguridad y sanciones que establece la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial

del Estado de México y el presente reglamento, así como las que establezcan otras disposiciones aplicables en la materia.

XVII. Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento de las

facultades y obligaciones contenidas en el presente reglamento.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio o coordinación de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, notificación,

levantamiento de actas o para los actos correspondientes al procedimiento

administrativo, en los establecimientos mercantiles o de prestación de servicios.

2.- Expedir las autorizaciones a favor de las personas físicas o jurídicas

colectivas en el rubro de comercio establecido y de servicios, siempre y cuando no se afecte el interés público y los derechos de terceras personas.

3.- Negar la expedición de autorizaciones a personas físicas o jurídicas

colectivas, cuando estas no reúnan los requisitos establecidos en el presente reglamento o en otras leyes que resulten aplicables.

4.- Vigilar el estricto cumplimiento del horario y las condiciones mediante las

cuales deberán funcionar los establecimientos mercantiles.

5.- Elaborar y actualizar el empadronamiento y registro de los comerciantes

o prestadores de servicios a que se refiere este reglamento.

6.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública y de cualquier otra autoridad para ejecutar las facultades y atribuciones determinadas en el presente

reglamento y demás disposiciones legales aplicables.

7.- Coordinarse con las Dependencias de la Administración Pública Municipal cuando sea necesario, para verificar los requisitos para la expedición de

licencias o permisos para los establecimientos mercantiles o de prestación de servicios a que se refiere este reglamento.

8.- Verificar, en coordinación con las dependencias competentes, que los

comerciantes y prestadores de servicios a que se refiere este reglamento, cumplan con las normas sanitarias, de higiene, ecológicas, de seguridad y

protección civil necesarias, dependiendo del giro de que se trate, así como

vigilar que no obstruyan las banquetas y el arroyo vehicular con mercancías, anuncios, mamparas o cualquier otro objeto.

9.- Otorgar los refrendos de las autorizaciones expedidas en términos de ley.

10.- Informar al ejecutivo municipal del estado que guarden los

establecimientos mercantiles o de prestación de servicios autorizados.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo e impedir cualquier acto que altere el buen orden, así como el abuso en el

ejercicio de sus funciones.

12.- Iniciar el Procedimiento Administrativo que señala el Código de

Procedimientos Administrativos del Estado de México, o el Procedimiento Administrativo de Ejecución que establece el Código Financiero del Estado de

México y Municipios, cuando se detecten irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, del Bando

Municipal de Chimalhuacán, Estado de México, o de cualquier otra disposición de carácter federal o estatal que tengan aplicación en el ámbito municipal.

13.- Aplicar los medios de apremio, medidas provisionales, medidas de

seguridad y sanciones que establece este reglamento, así como las que establezcan otras disposiciones aplicables en la materia.

14.- Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento de las

facultades y obligaciones contenidas en el presente reglamento.

15.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

16.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE VÍA PÚBLICA.

OBJETIVO. Integrar y ejecutar programas de información, estadística y recaudación

específica que muestre un panorama real de la situación en materia de infraestructura, servicios y acciones de organización, padrones y recaudación

con que cuenta nuestro Municipio, a fin de contar con las herramientas que permita incrementar los ingresos propios por concepto de la actividad

comercial denominada comercio informal en la vía pública, con el objetivo de elaborar programas y proyectos enfocados de manera concreta a solucionar

conflictos en materia de creación, reubicación, establecimiento y distribución del comercio en esta modalidad e identificar sectores específicos que generen

ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor atención.

De igual forma, ordenar y administrar la ocupación de la vía publica en el municipio, para ser ocupada de manera racional, no obstaculizando el

tránsito peatonal o vehicular; con la finalidad de desempeñar actividades de prestación de servicios o comercio, evitando diferencias entre comerciantes,

prestadores de servicios en esta modalidad con los ciudadanos, garantizando

en todo momento el orden público.

MISIÓN. Reordenar y regularizar el comercio fijo, semifijo y ambulante, ara la

seguridad y bienestar de la población del municipio, a través del registro y credencialización (permiso sujeto a reubicación) de los comerciantes en la

vía pública, realizando un padrón general por zona de este municipio, para no permitir la evasión de pago de impuestos. Así como verificar que la

ocupación en general de la vía pública de este municipio sea de manera racional. Es decir, que no sea un obstáculo para el libre tránsito peatonal o

vehicular.

VISIÓN.

Ser un departamento que trabaja de manera eficaz y eficiente para poder mantener controlado el comercio informal en la vía pública y con ello brindar un mejor servicio a los contribuyentes y la ciudadanía.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con el Artículo 24 fracción XXVII y XXIX del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Chimalhuacán, Estado de

México.

ARTÍCULO 24.- La Tesorería Municipal, por conducto de su titular y

mediante delegación de funciones, a través de los titulares de las áreas que tiene adscritas, tendrá las atribuciones siguientes:

XXVIII.- Por conducto del Departamento de Vía Pública, vigilar y controlar

la ocupación de la Vía Pública del Municipio de Chimalhuacán, Estado de

México; con fines distintos al de transitar, como es, entre otras actividades, la prestación de servicios o el comercio de forma temporal o permanente,

con excepción de tianguis autorizados, eventos sociales públicos y actividades espectaculares; para lo cual aplicará las disposiciones contenidas

en el Reglamento de Vía Pública y otros ordenamientos legales aplicables.

XXIX.- Las demás que le asigne el Presidente Municipal, o las demás que le atribuya la ley.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento de Vía Pública de Chimalhuacán, Estado de México.

ARTÍCULO 13.- La Tesorería Municipal, a través del Departamento de Vía

Pública tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I.- Otorgar o expedir permisos a personas físicas o jurídicas colectivas para

que ejerzan la actividad comercial en la vía pública, previo pago de los derechos correspondientes a la Tesorería Municipal.

II.- Retener y asegurar la mercancía, cancelar permisos y sancionar a

vendedores fijos, semifijos y ambulantes, así como reubicar o retirar sus puestos por razones de interés público o por el incumplimiento a las

disposiciones de este reglamento, a las del Bando Municipal y a otras disposiciones legales aplicables, otorgando la garantía de audiencia

constitucional correspondiente, misma que será previa al acuerdo que determine la sanción que en su caso se imponga.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

III.- Sancionar a quien ocupe la vía pública con materiales de construcción, desechos, chatarra o cualquier otro objeto que obstruya la vialidad y ponga

en peligro la salud o la integridad de las personas, afecte el libre tránsito y la

imagen urbana, dando vista a la Dirección del Medio Ambiente Municipal y demás unidades administrativas que resulten competentes, para la

implementación de los procedimientos administrativos correspondientes, conforme a sus atribuciones y facultades y, de existir indicios que hagan

presumible la existencia de algún delito, formular la denuncia penal correspondiente en términos del Código Penal vigente en la entidad.

IV.- Ordenar y regular el ejercicio de la actividad comercial en las vialidades

en general, plazas públicas y áreas de uso común.

V.- Ordenar la instalación, alineamiento, reparación, pintura o modificación de los puestos fijos, semifijos, temporales o permanentes que se encuentren

instalados en la vía pública, actividad que será realizada por los propietarios de los mismos.

VI.- Formular y ejecutar el plan de ubicación y reubicación de comerciantes

o prestadores de servicios fijos, semifijos y ambulantes, así como ordenar el

número de los mismos, de acuerdo al área territorial.

VII.- Informar al Presidente Municipal, de cualquier acontecimiento que altere el orden y que se suscite respecto a los comerciantes o prestadores de

servicios a quienes comprende este ordenamiento.

VIII.- Efectuar visitas de inspección a los lugares en que se realicen actividades comerciales o de prestación de servicios de la naturaleza a que

se refiere este reglamento, para observar que se cumpla lo establecido en el mismo.

IX.- Por causas de interés público, retirar a los comerciantes o prestadores

de servicios en la vía pública cuando estos se ubiquen en las inmediaciones de mercados, tianguis, escuelas, iglesias, edificios religiosos, instituciones de

salud privadas o públicas, áreas de servicios públicos, edificios, dependencias

y plazas públicas, en los parques o áreas verdes, camellones y áreas de uso común, en las avenidas primarias, sus camellones y banquetas.

X.- Llevar a cabo las visitas previas de verificación de puestos a que se

refiere el Código de Procedimientos Administrativos vigente en el Estado de México.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XI.- A petición de parte o de oficio, dar inicio al procedimiento administrativo que establece el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de

México, para el caso de que se adviertan irregularidades o conductas que

contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, del Bando Municipal o de cualquier otra disposición de carácter federal, estatal o

municipal que resulten aplicables.

XII.- Dar vista a la Dirección de Tránsito Municipal, para que proceda a realizar el retiro, traslado y resguardo en el Depósito Oficial o en los sitios

autorizados para ello, de los vehículos automotores que se encuentren estacionados o instalados en forma permanente o abandonados en las

avenidas, camellones, cruceros, en doble fila o a mitad del arroyo vehicular, o bien, que obstruyan las entradas de emergencia de instituciones públicas

de salud, o accesos a edificios públicos, sin perjuicio de las infracciones o sanciones que imponga este ordenamiento, el Reglamento Metropolitano de

Tránsito u otras disposiciones legales aplicables.

XIII.- Vigilar que el personal adscrito al Departamento de Vía Pública, cumpla con su trabajo o comisión y evitar que se altere el orden en la vía

pública con motivo de sus funciones.

XIV.- Conocer de las infracciones que establecen este reglamento y

cualquier otra disposición aplicable en la materia, determinar las sanciones para su cobro y, en su caso, la ejecución por parte de la Tesorería Municipal.

XV.- Elaborar y actualizar el empadronamiento de los comerciantes y

prestadores de servicios en la vía pública.

XVI.- Llevar un expediente para cada asociación de comerciantes y prestadores de servicios, que se abrirá en su caso con las copias del acta

constitutiva y de los estatutos respectivos.

XVII.- Vigilar que los comerciantes o prestadores de servicios cumplan con los pagos de derechos y contribuciones respectivos, previo llenado por parte

del Departamento de Vía Pública de los formatos oficiales autorizados por el

Ayuntamiento y controladas por la Tesorería Municipal.

XVIII.- Orientar a los solicitantes, sobre los requisitos y trámites indispensables, términos, plazos y costos, para la obtención de permisos

para el ejercicio de actividades comerciales o de prestación de servicios en la vía pública, así como sobre los derechos y obligaciones a que estarán sujetos

al realizar esta actividad.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIX.- En coordinación con el área determinada por la Tesorería Municipal, establecer un programa de regularización de aquellos contribuyentes que

tengan adeudos por ejercicios anteriores.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Otorgar o expedir autorizaciones a personas físicas o jurídicas colectivas para que ejerzan la actividad comercial en la vía pública, previo pago de los

derechos correspondientes a la Tesorería Municipal.

2.- Retener y asegurar la mercancía, cancelar autorizaciones y sancionar a

vendedores fijos, semifijos y ambulantes; así como, reubicar o retirar sus puestos por razones de interés público o por el incumplimiento a las

disposiciones de este reglamento, a las del Bando Municipal y a otras disposiciones legales aplicables, otorgando la garantía de audiencia

constitucional correspondiente, misma que será previa al acuerdo que determine la sanción que en su caso se imponga.

3.- Sancionar a quien ocupe la vía pública con materiales de construcción,

desechos, chatarra o cualquier otro objeto que obstruya la vialidad y ponga en peligro la salud o la integridad de las personas, afecte el libre tránsito y la

imagen urbana, dando vista a la Dirección del Medio Ambiente Municipal y demás unidades administrativas que resulten competentes, para la

implementación de los procedimientos administrativos correspondientes,

conforme a sus atribuciones y facultades y, de existir indicios que hagan presumible la existencia de algún delito, formular la denuncia penal

correspondiente en términos del Código Penal vigente en la entidad.

4.- Ordenar y regular el ejercicio de la actividad comercial en las vialidades en general, plazas públicas y áreas de uso común.

5.- Ordenar la instalación, alineamiento, reparación, pintura o modificación

de los puestos fijos, semifijos, temporales o permanentes que se encuentren instalados en la vía pública, actividad que será realizada por los propietarios

de los mismos.

6.- Formular y ejecutar el plan de ubicación y reubicación de comerciantes o prestadores de servicios fijos, semifijos y ambulantes, así como ordenar el

número de los mismos, de acuerdo al área territorial.

7.- Informar al Presidente Municipal, de cualquier acontecimiento que altere

el orden y que se suscite respecto a los comerciantes o prestadores de servicios a quienes comprende este ordenamiento.

8.- Efectuar visitas de inspección a los lugares en que se realicen actividades

comerciales o de prestación de servicios de la naturaleza a que se refiere este reglamento, para observar que se cumpla lo establecido en el mismo.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

9.- Por causas de interés público, retirar a los comerciantes o prestadores de servicios en la vía pública cuando estos se ubiquen en las inmediaciones de

mercados, tianguis, escuelas, iglesias, edificios religiosos, instituciones de

salud privadas o públicas, áreas de servicios públicos, edificios, dependencias y plazas públicas, en los parques o áreas verdes, camellones y áreas de uso

común, en las avenidas primarias, sus camellones y banquetas.

10.- Llevar a cabo las visitas previas de verificación de puestos a que se refiere el Código de Procedimientos Administrativos vigente en el Estado de

México.

11.- A petición de parte o de oficio, dar inicio al procedimiento administrativo que establece el Código de Procedimientos Administrativos del

Estado de México, para el caso de que se adviertan irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento,

del Bando Municipal o de cualquier otra disposición de carácter federal, estatal o municipal que resulten aplicables.

12.- Dar vista a la Dirección de Tránsito Municipal, para que proceda a

realizar el retiro, traslado y resguardo en el Depósito Oficial o en los sitios

autorizados para ello, de los vehículos automotores que se encuentren estacionados o instalados en forma permanente o abandonados en las

avenidas, camellones, cruceros, en doble fila o a mitad del arroyo vehicular, o bien, que obstruyan las entradas de emergencia de instituciones públicas

de salud, o accesos a edificios públicos, sin perjuicio de las infracciones o sanciones que imponga este ordenamiento, el Reglamento Metropolitano de

Tránsito u otras disposiciones legales aplicables.

13.- Vigilar que el personal adscrito al Departamento de Vía Pública, cumpla con su trabajo o comisión y evitar que se altere el orden en la vía pública con

motivo de sus funciones.

14.- Conocer de las infracciones que establecen este reglamento y cualquier otra disposición aplicable en la materia, determinar las sanciones para su

cobro y, en su caso, la ejecución por parte de la Tesorería Municipal.

15.- Elaborar y actualizar el empadronamiento de los comerciantes y

prestadores de servicios en la vía pública. 16.- Llevar un expediente para cada asociación de comerciantes y

prestadores de servicios, que se abrirá en su caso con las copias del acta constitutiva y de los estatutos respectivos.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

17.- Vigilar que los comerciantes o prestadores de servicios cumplan con los pagos de derechos y contribuciones respectivos, previo llenado por parte del

Departamento de Vía Pública de los formatos oficiales autorizados por el

Ayuntamiento y controladas por la Tesorería Municipal.

18.- Orientar a los solicitantes, sobre los requisitos y trámites indispensables, términos, plazos y costos, para la obtención de permisos

para el ejercicio de actividades comerciales o de prestación de servicios en la vía pública, así como sobre los derechos y obligaciones a que estarán sujetos

al realizar esta actividad.

19.- En coordinación con el área determinada por la Tesorería Municipal, establecer un programa de regularización de aquellos contribuyentes que

tengan adeudos por ejercicios anteriores.

20.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

21.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE ESPECTÁCULOS.

OBJETIVO.

Regular, controlar y legalizar el funcionamiento de establecimientos mercantiles, que se dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas

para el consumo inmediato o al copeo; así como, a las que se dediquen a los espectáculos públicos, juegos, diversiones y regular los anuncios publicitarios

en el territorio municipal; regulando a personas físicas y jurídicas colectivas que se dediquen a estas actividades, ya sea de manera temporal, eventual o

permanente, a fin que cumplan con los requisitos legales previamente establecidos para el ejercicio de sus actividades; con el objeto de obtener

una administración pública eficaz, eficiente y fructífera, en la recaudación de recursos económicos en favor de la hacienda Pública Municipal; requiriendo

de diversos mecanismos integrados que fortalezcan de manera sistemática y global la ejecución de funciones, mediante la elaboración y aplicación de

instrumentos administrativos útiles y necesarios para tal efecto, sin descuidar su actualización permanente, con el propósito de adecuarlos a la

realidad operativa de esta unidad administrativa.

MISIÓN.

Regular, controlar y verificar establecimientos que:

- Vendan bebidas alcohólicas para el consumo inmediato o al copeo.

- Espectáculos Públicos - Juegos y diversiones.

- Anuncios Espectaculares.

VISIÓN.

Ser el área que regule las actividades comerciales, de las unidades económicas, con venta o suministro, de bebidas alcohólicas, de mediano y

alto impacto; así como, la prevención del alcoholismo en los menores de edad y personas mayores.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con los artículos 8 y 9 de Establecimientos Mercantiles, Espectáculos, Juegos, Diversiones y Anuncios Publicitarios de Chimalhuacán,

Estado de México.

ARTÍCULO 8.- Son atribuciones del Tesorero Municipal, por conducto del

Jefe del Departamento de Espectáculos, las siguientes:

I.- Ordenar, regular y normar el ejercicio de promociones publicitarias en plazas, establecimientos, y en general, en toda actividad comercial

relacionada con diversiones, espectáculos o juegos autorizados, dentro del municipio.

II.- Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio o

coordinación de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, notificación, levantamiento de actas, ejecución de medidas de seguridad o

para los actos correspondientes al procedimiento administrativo, en los establecimientos a que se refiere el presente reglamento.

III.- Expedir las licencias de funcionamiento o permisos a favor de las personas físicas o jurídicas colectivas que autoricen la venta o suministro de

bebidas alcohólicas para el consumo inmediato o al copeo, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en el capítulo III de este

reglamento, y no se afecte el interés público o derechos de terceros, previa autorización del Ayuntamiento, estudio de entorno social otorgado por la

Dirección de Gobernación y constancia de factibilidad favorable expedida por la Subdirección Ingresos de la Tesorería Municipal.

IV.- Ordenar a los notificadores, inspectores, ejecutores y verificadores

adscritos, mediante oficio fundado y motivado, la realización de recorridos en el municipio a efecto de recabar la información necesaria para conocer la

situación imperante respecto de las actividades comerciales a que se refiere este reglamento, para mantener actualizada la base de datos y el padrón

correspondiente.

V.- Verificar el estricto cumplimiento del horario y de los requisitos de

funcionamiento de los establecimientos que se dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo inmediato o al copeo, y

realizar las acciones y procedimientos correspondientes para imponer las sanciones y medidas de seguridad que procedan.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VI.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública y de cualquier otra autoridad para ejecutar las facultades y atribuciones determinadas en el presente

reglamento y demás disposiciones legales aplicables, sujetándose a lo establecido en los Códigos Administrativo y de Procedimientos

Administrativos, ambos del Estado de México.

VII.- Otorgar los refrendos de las licencias de funcionamiento cuando así proceda, previa autorización del Ayuntamiento, en los casos en que el giro

contemple la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas.

VIII.- Ordenar la reubicación de los espectáculos públicos, cuando proceda, por causas de interés público.

IX.- Informar trimestralmente al Presidente Municipal y al Ayuntamiento, del

estado que guarde el funcionamiento de los establecimientos que se dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo

inmediato o al copeo, de los juegos, diversiones, los espectáculos públicos y los anuncios publicitarios.

X.- Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo e impedir cualquier acto que altere el orden, así como el abuso en el ejercicio

de sus funciones.

XI.- Iniciar el Procedimiento Administrativo que señala el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y, cuando proceda, el

Procedimiento Administrativo de Ejecución que establece el Código Financiero del Estado de México y Municipios, cuando se adviertan

irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento, del Bando Municipal o de cualquier otra disposición de

carácter federal o estatal que tengan aplicación en el ámbito municipal.

XII.- Aplicar y ejecutar las sanciones y medidas de seguridad establecidas en el presente reglamento, a los propietarios de establecimientos que se

dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo

inmediato o al copeo, cuando incumplan con los requisitos establecidos en este reglamento, así como aplicar los medios de apremio, medidas

provisionales, de seguridad y sanciones que procedan, así como las que establezcan otras disposiciones aplicables a la materia.

XIII.- Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento del

presente reglamento.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIV.- Verificar, coordinadamente con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento y

en otras disposiciones aplicables en lo referente a las actividades comerciales a que se refiere este reglamento.

XV.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

ARTÍCULO 9.- Corresponde a la Tesorería Municipal por conducto del

Departamento de Espectáculos, la aplicación, regulación y ejecución de las

disposiciones enmarcadas en el Código Financiero del Estado de México y

Municipios y en el Código Administrativo del Estado de México, en todo lo

relativo a la colocación y cobro de anuncios publicitarios.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES. 1.- Ordenar, regular y normar el ejercicio de promociones publicitarias en

plazas, establecimientos, y en general, en toda actividad comercial relacionada con diversiones, espectáculos o juegos autorizados, dentro del

municipio.

2.- Delegar facultades al personal a su cargo, para el ejercicio o coordinación de las actividades de vigilancia, verificación, inspección, notificación,

levantamiento de actas, ejecución de medidas de seguridad o para los actos correspondientes al procedimiento administrativo, en los establecimientos a

que se refiere el presente reglamento.

3.- Expedir las autorizaciones a favor de las personas físicas o jurídicas colectivas que autoricen la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el

consumo inmediato o al copeo, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en el capítulo III de este reglamento, y no se afecte el

interés público o derechos de terceros, previa autorización del Ayuntamiento,

estudio de entorno social otorgado por la Dirección de Gobernación y constancia de factibilidad favorable expedida por la Subdirección Ingresos de

la Tesorería Municipal.

4.- Ordenar a los notificadores, inspectores, ejecutores y verificadores adscritos, mediante oficio fundado y motivado, la realización de recorridos en

el municipio a efecto de recabar la información necesaria para conocer la situación imperante respecto de las actividades comerciales a que se refiere

este reglamento, para mantener actualizada la base de datos y el padrón correspondiente.

5.- Verificar el estricto cumplimiento del horario y de los requisitos de

funcionamiento de los establecimientos que se dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo inmediato o al copeo, y

realizar las acciones y procedimientos correspondientes para imponer las

sanciones y medidas de seguridad que procedan.

6.- Solicitar el auxilio de la fuerza pública y de cualquier otra autoridad para ejecutar las facultades y atribuciones determinadas en el presente

reglamento y demás disposiciones legales aplicables, sujetándose a lo establecido en los Códigos Administrativo y de Procedimientos

Administrativos, ambos del Estado de México.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

7.- Otorgar los refrendos de las autorizaciones de funcionamiento cuando así proceda, previa autorización del Ayuntamiento, en los casos en que el giro

contemple la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas.

8.- Ordenar la reubicación de los espectáculos públicos, cuando proceda, por

causas de interés público.

9.- Informar trimestralmente al Presidente Municipal y al Ayuntamiento, del estado que guarde el funcionamiento de los establecimientos que se

dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo inmediato o al copeo, de los juegos, diversiones, los espectáculos públicos y

los anuncios publicitarios.

10.- Vigilar que el personal a su cargo cumpla debidamente con su trabajo e impedir cualquier acto que altere el orden, así como el abuso en el ejercicio

de sus funciones.

11.- Iniciar el Procedimiento Administrativo que señala el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y, cuando proceda, el

Procedimiento Administrativo de Ejecución que establece el Código

Financiero del Estado de México y Municipios, cuando se adviertan irregularidades o conductas que contravengan las disposiciones del presente

ordenamiento, del Bando Municipal o de cualquier otra disposición de carácter federal o estatal que tengan aplicación en el ámbito municipal.

12.- Aplicar y ejecutar las sanciones y medidas de seguridad establecidas en

el presente reglamento, a los propietarios de establecimientos que se dediquen a la venta o suministro de bebidas alcohólicas para el consumo

inmediato o al copeo, cuando incumplan con los requisitos establecidos en este reglamento, así como aplicar los medios de apremio, medidas

provisionales, de seguridad y sanciones que procedan, así como las que establezcan otras disposiciones aplicables a la materia.

13.- Coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar el cumplimiento del presente

reglamento.

14.- Verificar, coordinadamente con las autoridades federales, estatales y

municipales, el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento y en otras disposiciones aplicables en lo referente a las actividades comerciales

a que se refiere este reglamento.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

15.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

16.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE

RECEPTORÍAS.

OBJETIVO.

Coordinar los programas de información, estadística y recaudación específica que muestre un panorama real de la situación en materia de ingresos

Municipales, de derechos, de servicios y acciones de organización, padrones y recaudación con que cuenta nuestro Municipio; a fin de contar con las

herramientas que permita incrementar los ingresos propios por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y

aportaciones que generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; con el objetivo de

elaborar programas y proyectos enfocados de manera concreta a solucionar conflictos en materia de regulación, programas de innovación de recaudación

al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor atención.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación a través de la red de oficinas receptoras y cajas auxiliares.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios,

ampliando la oferta de trámites y servicios digitales y la disponibilidad de canales de comunicación tanto online como tradicionales.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante la vigilancia del cumplimiento de

las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Coordinar la prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros de competencia municipal a través de la red de oficinas

receptoras y cajas auxiliares.

2.- Organizar y coordinar administrativamente, la red de oficinas receptoras

y cajas auxiliares.

3.- Administrar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto de impuesto predial, en el territorio municipal.

4.- Administrar las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

5.- Administrar los accesorios provenientes de las contribuciones de la

recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones

traslativas de dominio de inmuebles.

6.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios.

7.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos

jurídicos aplicables.

8.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

9.- Prestar el servicio de recaudación a través de las Oficinas Receptoras y

las cajas auxiliares.

Oficina Receptora N° 1. (Cabecera Municipal)

Oficina Receptora N° 2. (San Lorenzo) Oficina Receptora N° 3. (Vidrieros)

Oficina Receptora N° 4. (Santa Elena) Oficina Receptora N° 5. (Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco)

Oficina Receptora N° 6. (Ejido de Santa María Chimalhuacán)

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de

inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

11.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de

cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes.

12.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes.

13.- Dar cumplimiento al Convenio de Colaboración Administrativa en

Materia Hacendaria, para la Recaudación y Fiscalización del Impuesto Predial y sus accesorios legales celebrado entre el Municipio de Chimalhuacán y el

Gobierno del Estado de México.

14.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia.

15.- Diseñar formas valoradas:

- Recibos oficiales.

- Ordenes de pago. - Boletaje, entre otras.

16.- Expedir Certificaciones de No adeudo del pago del impuesto predial, de

no adeudo de aportación a mejoras, de no adeudo del pago del impuesto de traslado de dominio.

17.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

18.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 1. (CABECERA

MUNICIPAL).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de

innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor

atención.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial

y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de recaudación.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el

contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el

cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros

ingresos propios de competencia municipal.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto de impuesto predial, en el territorio municipal.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la

recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones

traslativas de dominio de inmuebles.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos

jurídicos aplicables.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos

obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles.

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de

cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes.

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos

realizados por los contribuyentes.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 2. (SAN LORENZO).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública

municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos

que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor atención; implementados en la jurisdicción que comprende San Lorenzo,

Chimalhuacán.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación; en la jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de

ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros ingresos propios de competencia municipal; en la jurisdicción que comprende

San Lorenzo, Chimalhuacán.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto predial, en la jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende San Lorenzo,

Chimalhuacán.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de

impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, en la jurisdicción que comprende San

Lorenzo, Chimalhuacán.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios; en la

jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables; en la jurisdicción que comprende San Lorenzo,

Chimalhuacán.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables; en la jurisdicción que comprende San Lorenzo,

Chimalhuacán.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos

obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la

jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; en la

jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes; en la jurisdicción que comprende San

Lorenzo, Chimalhuacán.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a

las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia; en la jurisdicción que comprende San Lorenzo, Chimalhuacán.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 3. (VIDRIEROS).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de

innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor

atención; implementados en la jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación; en la jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el

contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el

cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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83

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros ingresos propios de competencia municipal; en la jurisdicción que comprende

el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto predial, en la jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Vidrieros, Chimalhuacán.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de

impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, en la jurisdicción que comprende el

territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Vidrieros, Chimalhuacán.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Vidrieros, Chimalhuacán.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos

obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes; en la jurisdicción que comprende el

territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a

las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia; en la jurisdicción que comprende el territorio de Vidrieros, Chimalhuacán.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 4. (SANTA ELENA).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de

innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor

atención; implementados en la jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación; en la jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el

contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el

cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros ingresos propios de competencia municipal; en la jurisdicción que comprende

el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto predial, en la jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Santa Elena, Chimalhuacán.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de

impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, en la jurisdicción que comprende el

territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de Santa

Elena, Chimalhuacán.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Santa Elena, Chimalhuacán.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos

obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes; en la jurisdicción que comprende el

territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a

las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia; en la jurisdicción que comprende el territorio de Santa Elena, Chimalhuacán.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 5. (ZONA URBANA EJIDAL

SAN AGUSTÍN ATLAPULCO).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de

innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor

atención; implementados en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación; en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el

contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el

cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros

ingresos propios de competencia municipal; en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto predial, en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de

impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones

traslativas de dominio de inmuebles, en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos

jurídicos aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las

disposiciones aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de

inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín

Atlapulco, Chimalhuacán.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín

Atlapulco, Chimalhuacán.

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes; en la jurisdicción que comprende el

territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia; en la jurisdicción

que comprende el territorio de Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco, Chimalhuacán.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA RECEPTORA No. 6. (EJIDO DE SANTA

MARÍA CHIMALHUACÁN).

OBJETIVO.

Ejecutar los programas de información, estadística y recaudación de ingresos propios de competencia municipal; a fin de contar con las herramientas que

permita incrementar el erario municipal por concepto de recaudación de ingresos propios tales como Impuestos, derechos y aportaciones que

generen las acciones o servicios que presta la administración pública municipal debidamente legalizados; implementando programas y acciones de

innovación de recaudación al contribuyente e identificar sectores específicos que generen ingresos propios a la hacienda municipal que requieren mayor

atención; implementados en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

MISIÓN.

Ejercer la actividad financiera municipal, en su vertiente de obtención de

ingresos públicos; tanto los derivados de la gestión de los impuestos predial y sobre adquisición de inmuebles, así como de la prestación del servicio de

recaudación; en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

VISIÓN.

Alcanzar la plena satisfacción de los usuarios de nuestros servicios, ampliando la oferta de trámites, servicios digitales y la disponibilidad de

canales de comunicación tanto online como tradicionales de cercanía con el

contribuyente.

Fortalecer las finanzas públicas, mediante una policita de recaudación de ingresos propios de cercanía con los contribuyentes y con ello vigilar el

cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- La prestación de servicios de recaudación de impuestos, derechos y otros

ingresos propios de competencia municipal; en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

2.- Informar de las contribuciones provenientes de la recaudación por

concepto de impuesto predial, en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

3.- Informar las contribuciones provenientes de la recaudación por concepto

de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Ejido de Santa María Chimalhuacán.

4.- Informar los accesorios provenientes de las contribuciones de la recaudación del impuesto predial y de la recaudación por concepto de

impuesto predial sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones

traslativas de dominio de inmuebles, en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

5.- Determinar y liquidar las contribuciones provenientes del impuesto

predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; así como sus accesorios; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

6.- Fiscalizar las contribuciones en los términos de los ordenamientos

jurídicos aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

7.- Aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las

disposiciones aplicables; en la jurisdicción que comprende el territorio de

Ejido de Santa María Chimalhuacán.

8.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de Sujetos obligados al pago del impuesto predial y/o del impuesto sobre adquisición de

inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles; en la jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María

Chimalhuacán.

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93

LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

9.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes; en la

jurisdicción que comprende el territorio de Ejido de Santa María

Chimalhuacán.

10.- Elaborar y mantener actualizado el registro administrativo de pagos realizados por los contribuyentes; en la jurisdicción que comprende el

territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

11.- Imponer las sanciones administrativas que procedan por infracciones a las disposiciones fiscales, en el ámbito de su competencia; en la jurisdicción

que comprende el territorio de Ejido de Santa María Chimalhuacán.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE SISTEMAS.

OBJETIVO.

Coordinar la implementación de programas y acciones, con el propósito de

instalar, ejecutar y realizar mantenimiento correctivo y preventivo, de bienes muebles propiedad el municipio relacionados con las Tecnologías de la

Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la

tesorería municipal, para la prestación del servicio público con eficacia y eficiencia; generando conciencia entre los servidores públicos, del manejo e

importancia de contar con estos en perfecto estado funcional, lo que se traduce en la prestación de un mejor servicio público.

MISIÓN.

Posicionar al Municipio de Chimalhuacán a la vanguardia del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con

los que cuenta la tesorería municipal, generando con estas acciones, certeza

y fiscalización de las mismas.

VISIÓN.

Contar con un control del uso de las Tecnologías de la Información y la

Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la tesorería municipal veraz, actualizado y vigente; con la finalidad de elevar el quehacer público

de manera eficaz, eficiente y con responsabilidad en el ejercicio de funciones en cargos, puestos o comisiones asignadas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Controlar y ejecutar el sistema de informática y uso de las Tecnologías de

la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la

tesorería municipal.

2.- Actualizar el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la tesorería municipal.

3.- Actualizar y mantener vigente el Sistema de Registro correspondiente de

carácter estatal, respecto del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la tesorería

municipal.

4.- Realizar el mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos de cómputo; de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus

siglas TCl`s, y proporcionar los softwares adecuados para cubrir las necesidades de la tesorería municipal.

5.- Realizar y actualizar el inventario de equipos de cómputo asignados a la tesorería municipal.

6.- Participar de manera activa en los procedimientos administrativos de

Baja de Bienes Muebles Municipales.

7.- Informar a la Tesorería Municipal y al Órgano de Control Interno de los movimientos de altas y bajas de bienes equipos de cómputo asignados a la

tesorería municipal.

8.- Asesorar e instalar las redes de uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la tesorería

municipal, para el intercambio de información.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DIRECCIÓN DE EGRESOS Y ADMINISTRACIÓN.

OBJETIVO.

Ejecutar la política de egresos y administración tanto de la hacienda pública como del personal adscrito de la Tesorería Municipal, en lo relativo a los

egresos y gastos administrados deben cubrir la administración pública municipal, mediante la ejecución de programas y acciones encaminados a la

labor de gasto, erogaciones y políticas financieras de egresos del erario municipal; y fungir como responsable de la coordinación y supervisión de

acciones de los servidores públicos adscritos al área, a fin de que cada uno de ellos cumpla con las funciones que le han sido encomendadas, con

estricto apego a los ordenamientos establecidos y en observancia y respeto a los derechos humanos.

MISIÓN.

Procurar la consolidación de un sistema de egresos responsable, trasparente

y de rendición de cuentas, mediante la ejecución de acciones generalizadas; así como, la conducción en la erogación, pagos y la política de egresos en

general; por otro lado, para alcanzar una administración eficaz y eficiente en su actuar, implementar métodos innovadores de administración de recursos

tanto materiales como humanos, estos últimos, con plena observancia del estado de derecho y garante de los derechos humanos.

VISIÓN.

Ser una dependencia que conduzca eficazmente la política de egresos de la

tesorería municipal y administración de recursos humanos y materiales de la administración pública municipal; teniendo como principales rectores de su

actuar la transparencia en el manejo de los egresos y la rendición de cuentas del gasto público; de igual forma, ser garante de derechos humanos en la

administración de recursos de esa naturaleza.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Proponer la política de egresos de la Tesorería Municipal.

2.- Diseñar, instrumentar, implementar y proponer al titular de la Tesorería

Municipal políticas de gasto público, pagos de obligaciones y egresos en general, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de entes públicos.

3.- Elaborar, planear, proponer y organizar la calendarización, de

obligaciones fiscales que impone la ley en materia de pago de obligaciones, gasto público y egresos en general.

4.- Coordinar la ejecución de campañas de regularización fiscal en materia

de egresos y proponerlas al titular de la Tesorería Municipal para ser aprobadas por el H. Ayuntamiento.

5.- Instrumentar y operar los convenios en materia fiscal en materia de pago

de obligaciones, gasto público y egresos en general que hayan sido autorizados por el H. Ayuntamiento.

6.- Documentar, integrar, resguardar y actualizar los registros contables de pago de obligaciones, gasto público y egresos en general.

7.- Realizar todas aquellas actividades que sean inherentes y aplicables al

área de su competencia.

8.- Recibir y vigilar el egreso y control respectivo de las partidas presupuestales tanto federales como estatales que el correspondan al

municipio, estableciendo los procedimientos para su desarrollo y ejecución.

9.- Participar en la formulación de convenios fiscales y ejercer las atribuciones que le correspondan en el ámbito de su competencia.

10.- Elaborar y mantener actualizado el padrón de proveedores de bienes y

servicios del municipio.

11.- Llevar el registro y control de los proveedores y prestadores de

servicios del municipio.

12.- Proponer la política de administración de recursos, materiales de

servicios y de capital humano al servicio de la administración pública municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

13.- Planear, organizar y supervisar los recursos humanos, materiales y se servicios necesarios, para la ejecución del servicio público en forma eficiente,

eficaz y expedita en el cumplimiento de su empleo, cargo o comisión

asignada.

14.- Elaborar, validar y administrar el padrón del personal que se acredite como servidores públicos adscritos a la administración pública municipal.

15.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

16.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.

OBJETIVO.

Generar e implementar las acciones necesarias para el desempeño óptimo de la Administración Pública Municipal; desarrollando políticas de trabajo en

conjunto de capital humano, en los procesos de profesionalización y

modernización Administrativa, con el propósito de brindar un servicio público eficaz y eficiente a la ciudadanía.

MISIÓN.

Fomentar y ejecutar políticas y directrices en el proceso para el desarrollo integral de los servidores públicos y el mejoramiento del trabajo

administrativo a través del cumplimiento de objetivos.

VISIÓN.

Transformar al Departamento de Recursos Humanos, en una unidad administrativa pronunciada a la vanguardia y positiva para innovar e

implementar técnicas, procedimientos administrativos en la administración de capital humano con espíritu de servicio y aplicación de altos valores

institucionales en la diligencia del servicio público.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Reclutamiento, selección y contratación del personal del puesto, cargo o comisión, a cubrir de acuerdo al perfil profesiográfico, estableciendo

obligaciones y prestaciones a las que tendrá derecho, incorporando métodos

y procedimientos que permitan el desarrollo de dicho personal, que propicie e impulse el servicio civil de carrara municipal.

2.- Elaboración del Gafete oficial todos los servidores públicos adscritos a la

administración pública municipal.

3.- Administración del capital humano adscrito a la Administración pública Municipal, evaluando su perfil laboral para la asignación del área

administrativa correspondiente.

4.- Elaboración y actualización del padrón de capital humano adscrito a la administración pública Municipal.

5.- En coordinación con la tesorería municipal, elaborar y actualizar el

catálogo de escalafón y jerarquía administrativa.

6.- Elaboración y actualización del padrón de los servidores públicos con la

categoría de personal de Confianza, adscrito a la administración pública municipal.

7.- Elaboración y actualización del padrón de los servidores públicos con la

categoría de personal Sindicalizado, adscrito a la administración pública municipal.

8.- Elaboración y actualización del padrón de los servidores públicos con la

categoría de personal Eventual o su similar, adscrito a la administración pública municipal.

9.- Elaboración y actualización del expediente laborar de todos los servidores

públicos adscritos a la administración pública municipal, sean de confianza,

sindicalizaos o eventuales.

10.- Contar son los registros de seguridad social de todos los servidores públicos adscritos a la administración pública municipal, sean de confianza,

sindicalizaos o eventuales.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Actualizar el sistema CREG o su similar, relativo a la plantilla de personal de servidores públicos adscritos a la administración pública

municipal.

12.- Informar al Órgano Superior de fiscalización del Estado de México;

respecto a los movimientos de personal de servidores públicos, en los términos y condiciones de los lineamientos vigentes.

13.- Mantener actualizada la información de alta y baja de servidores

públicos, en términos de la legislación aplicable.

14.- Expedir las constancias laborales que sean requeridas.

15.- Verificar que las supervisiones al personal adscrito a la administración pública municipal, sea realizada en términos de los reglamentos vigentes y

del Reglamento Interior de Trabajo del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

16.- Verificar y supervisar al área administrativa competente y adscrita a

este departamento, que los servidores públicos adscritos a la administración

pública municipal, cumplan y observen el Reglamento Interior de Trabajo del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

17.- Informar a la Tesorería Municipal y a la Contraloría Interna Municipal,

de las altas y bajas de personal adscrito a la administración pública municipal.

18.- Promover las capacitaciones necesarias, a los servidores públicos

adscrito a la administración pública municipal, con el propósito de eficientar su desempeño en su puesto, cargo o comisión asignada.

19.- Clasificación de expedientes laborales e inicio del procedimiento de

rescisión de relación laboral, en términos de la legislación aplicable.

20.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

21.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE PERSONAL.

OBJETIVO.

Generar e implementar las acciones necesarias para el desempeño óptimo de la Administración Pública Municipal; desarrollando políticas de trabajo en

conjunto de capital humano, en los procesos de profesionalización y modernización Administrativa, con el propósito de brindar un servicio público

eficaz y eficiente a la ciudadanía.

MISIÓN.

Fomentar y ejecutar políticas y directrices en el proceso para el desarrollo integral de los servidores públicos y el mejoramiento del trabajo

administrativo a través del cumplimiento de objetivos.

VISIÓN.

Transformar a la Oficina de Personal, en una unidad administrativa a la

vanguardia y positiva para innovar e implementar técnicas, procedimientos

administrativos en la administración de capital humano con espíritu de vocación de servicio y aplicación de altos valores institucionales en la

diligencia del servicio público.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Ejecutar el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación del

personal del puesto, cargo o comisión, a cubrir de acuerdo al perfil profesiográfico, estableciendo obligaciones y prestaciones a las que tendrá

derecho, incorporando métodos y procedimientos que permitan el desarrollo de dicho personal, que propicie e impulse el servicio civil de carrara

municipal.

2.- Implementación de la política de administración del capital humano adscrito a la Administración pública Municipal, evaluando su perfil laboral

para la asignación del área administrativa correspondiente.

3.- Participación en la elaboración y actualización del padrón de capital humano adscrito a la administración pública Municipal.

4.- Integración del padrón de los servidores públicos con la categoría de

personal de Confianza, adscrito a la administración pública municipal.

5.- Integración del padrón de los servidores públicos con la categoría de

personal Sindicalizado, adscrito a la administración pública municipal.

6.- Integración del padrón de los servidores públicos con la categoría de personal Eventual o su similar, adscrito a la administración pública municipal.

7.- Integración del expediente laborar de todos los servidores públicos

adscritos a la administración pública municipal, sean de confianza, sindicalizaos o eventuales.

8.- Mantener actualizada la información de alta y baja de servidores

públicos, en términos de la legislación aplicable.

9.- Contabilización y registro de asistencia, horarios de labores, periodos

vacacionales, registro de incapacidades, registro de licencias en sus diversas modalidades, movimientos de personal autorizado en las unidades

Administrativas, registro de días económicos (personal sindicalizado); registro de descuentos correspondientes por causas justificadas; al personal

adscrito a la administración pública municipal, sea realizada en términos de los reglamentos vigentes y del Reglamento Interior de Trabajo del Municipio

de Chimalhuacán, Estado de México.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

10.- Supervisión de servidores públicos adscritos a la administración pública municipal; con el propósito de cumplir y observar el Reglamento Interior de

Trabajo del Municipio de Chimalhuacán, Estado de México; en áreas internas

o externas de palacio municipal, con el propósito de garantizar el buen desempeño laborar o detectar faltas administrativas.

11.- Informar al departamento de recursos humanos de las altas y bajas de

personal adscrito a la administración pública municipal.

12.- Clasificación de expedientes laborales para el inicio del procedimiento de rescisión de relación laboral, en términos de la legislación aplicable.

13.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

14.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE SEGURIDAD SOCIAL.

OBJETIVO.

Generar e implementar las acciones necesarias para la prestación al servidor público del servicio de Seguridad Social al que tiene derecho; con ello

garantizar el desempeño óptimo de la Administración Pública Municipal; desarrollando políticas de trabajo en conjunto entre el Municipio y el Instituto

de Seguridad Social; en los procesos de profesionalización y modernización Administrativa, con el propósito de brindar un servicio público eficaz y

eficiente a la ciudadanía.

MISIÓN.

Fomentar y ejecutar políticas y directrices en el proceso para el desarrollo integral de los servidores públicos y el mejoramiento del trabajo

administrativo a través de la prestación de un sistema integro de Seguridad Social.

VISIÓN.

Transformar a la Oficina de Seguridad Social, en una unidad administrativa

de vanguardia y positiva para innovar e implementar programas y acciones, así como procedimientos administrativos en la prestación del servicio de

Seguridad Social en beneficio de los servidores públicos de la administración municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización de los registros de seguridad social de todos los servidores públicos adscritos a la administración pública municipal, sean

de confianza, sindicalizaos o eventuales.

2.- Elaboración y actualización de movimientos de altas y bajas del padrón

de capital humano adscrito a la administración pública Municipal, en el Instituto de seguridad social.

3.- Elaboración y actualización del expediente laborar de todos los servidores

públicos adscritos a la administración pública municipal, sean de confianza, sindicalizaos o eventuales, que cuenten con Seguridad Social.

4.- Contar son los registros de seguridad social de todos los servidores

públicos adscritos a la administración pública municipal, sean de confianza, sindicalizaos o eventuales.

5.- Informar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México;

respecto a los movimientos en el Instituto de Seguridad Social, de personal

de servidores públicos; a través, del superior jerárquico en los términos y condiciones de los lineamientos vigentes.

6.- Mantener actualizada la información de alta y baja de servidores públicos

en el Instituto de Seguridad Social, en términos de la legislación aplicable.

7.- Expedir y realizar los actos administrativos ante el Instituto de Seguridad Social, de los servidores públicos adscrito a la administración pública

municipal, de los que sea competente en términos de la legislación vigente.

8.- Informar a la Tesorería Municipal y a la Contraloría Interna Municipal, de las altas y bajas de personal adscrito a la administración pública municipal,

realizada ante el Instituto de Seguridad Social.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN.

OBJETIVO.

Generar e implementar programas y acciones necesarias, con el propósito de capacitar al personal humano adscrito a la administración pública municipal,

para la prestación del servicio público con eficacia y eficiencia, con estricto

respeto a los derechos humanos; generando conciencia entre los servidores públicos, de la importancia de contar con personal debidamente capacitado,

lo que se traduce en un mejor servicio, con trámites administrativos expeditos y trato digno a la ciudadanía.

MISIÓN.

Fomentar la capacitación permanente de los servidores públicos, con el propósito de lograr objetivos estratégicos para la administración;

incrementando con ello la calidad en el servicio en beneficio de los contribuyentes y la ciudadanía.

VISIÓN.

Vincular a los servidores públicos a la capacitación permanente y la

profesionalización de calidad impartida por instituciones de prestigio; con la finalidad de elevar el perfil de los trabajadores; quienes, a su vez, realicen su

quehacer público de manera eficaz, eficiente y con responsabilidad en el ejercicio de sus funciones en sus cargos, puestos o comisiones asignadas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaborar el programa anual de capacitación y profesionalización anual

para los servidores públicos, a fin se someterlo a consideración del

Presidente Municipal.

2.- Ejecutar los programas y acciones de capacitación permanente, con la finalidad de incrementar la eficiencia y eficacia de los Servidores Públicos.

3.- Vincular a la administración pública municipal, con planteles de educación

media superior, superior públicas o privadas; instituciones, organismos, conferencistas e investigadores del sector público o privado; con el propósito

de ejecutar los programas y acciones de capacitación.

4.- Elaborar y actualizar el padrón de vinculación de instituciones mencionadas en el número que antecede.

5.- Realizar los trámites administrativos que sean necesarios, con la finalidad

de proporcionar los insumos necesarios para la ejecución del programa anual

de capacitación y profesionalización.

6.- Elaboración, distribución y difusión de las convocatorias en materia de capacitación y profesionalización.

7.- Elaboración y distribución de la documentación que acredite la

participación en las capacitaciones del programa anual de capacitación y profesionalización.

8.- Promover la certificación de desempeño laboral de servidores públicos,

ante las instituciones acreditadas para tal efecto.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE INVENTARIOS.

OBJETIVO.

Generar e implementar programas y acciones necesarias, con el propósito de llevar acabo el control de inventarios con los que cuenta la administración

pública municipal, para la prestación del servicio público con eficacia y eficiencia; generando conciencia entre los servidores públicos, del manejo y

cuidado preventivo de los bienes muebles e insumos propiedad del Municipio y la importancia de contar con estos en perfecto estado funcional, lo que se

traduce en la prestación de un mejor servicio público.

MISIÓN.

Mantener actualizado y vigente el control de inventarios propiedad del Municipio de Chimalhuacán, generando con estas acciones, certeza y

fiscalización de los mismos.

VISIÓN.

Contar un control de inventarios, veraz, actualizado y vigente, asignado a servidores públicos; con la finalidad de elevar el quehacer público de manera

eficaz, eficiente y con responsabilidad en el ejercicio de sus funciones en sus cargos, puestos o comisiones asignadas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaborar y actualizar el inventario general de los bienes muebles propiedad del Municipio.

2.- Actualizar y mantener vigente el Sistema de Registro de Bienes Muebles proporcionado por el Órgano de Fiscalización del Estado de México.

3.- Realizar las tarjetas de resguardos de la asignación de bienes muebles a

cada unidad administrativa municipal.

4.- Realizar supervisiones a las diferentes unidades administrativas municipales, con el propósito de mantener vigente y actualizado el inventario

de bienes muebles asignados.

5.- Ejecutar el trámite administrativo de altas y bajas de bienes inmuebles asignados a las unidades administrativas municipales.

6.- Participar de manera activa en los procedimientos administrativos de

Baja de Bienes Muebles Municipales.

7.- Informar a la Tesorería Municipal y al Órgano de Control Interno de los

movimientos de altas y bajas de bienes muebles asignados a las unidades administrativas municipales.

8.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

9.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA.

OBJETIVO.

Coordinar la implementación de programas y acciones, con el propósito de

instalar, ejecutar y realizar mantenimiento correctivo y preventivo, de bienes muebles propiedad el municipio relacionados con las Tecnologías de la

Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la administración pública municipal, para la prestación del servicio público con

eficacia y eficiencia; generando conciencia entre los servidores públicos, del manejo e importancia de contar con estos en perfecto estado funcional, lo

que se traduce en la prestación de un mejor servicio público.

MISIÓN.

Posicionar al Municipio de Chimalhuacán a la vanguardia del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con

los que cuenta la administración pública municipal, generando con estas acciones, certeza y fiscalización de las mismas.

VISIÓN.

Contar con un control del uso de las Tecnologías de la Información y la

Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la administración pública municipal veraz, actualizado y vigente; con la finalidad de elevar el

quehacer público de manera eficaz, eficiente y con responsabilidad en el ejercicio de funciones en cargos, puestos o comisiones asignadas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Controlar y ejecutar el sistema de informática y uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la

administración pública municipal.

2.- Elaborar y actualizar el uso de las Tecnologías de la Información y la

Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la administración pública municipal.

3.- Actualizar y mantener vigente el Sistema de Registro correspondiente de

carácter estatal, respecto del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la administración

pública municipal.

4.- Realizar el mantenimiento correctivo y preventivo de los equipos de cómputo; de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus

siglas TCl`s, y proporcionar los softwares adecuados para cubrir las necesidades de las unidades administrativas municipales.

5.- Realizar y actualizar el inventario de equipos de cómputo general y el asignado a las unidades administrativas municipales.

6.- Participar de manera activa en los procedimientos administrativos de

Baja de Bienes Muebles Municipales.

7.- Informar a la Tesorería Municipal y al Órgano de Control Interno de los movimientos de altas y bajas de bienes muebles asignados a las unidades

administrativas municipales.

8.- Asesorar e instalar las redes de uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, por sus siglas TCl`s, con los que cuenta la administración

pública municipal, para el intercambio de información.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE EVENTOS ESPECIALES.

OBJETIVO.

Ejecutar de manera coordinada las acciones de eventos especiales y oficiales en las que tenga participación la administración pública municipal, con el

propósito de hacerlos funcionales de manera administrada y organizada;

contar una excelente organización de eventos públicos, se traduce en la cercanía con la gente, con los gobernados, creando un vínculo estrecho con

estos, con la finalidad de generar confianza hacia sus autoridades municipales.

MISIÓN.

Proporcionar a la administración pública municipal, de los insumos y enseres

necesarios para la realización de eventos especiales y oficiales, mediante la contratación en algunos casos, de servicios personales y materiales, bajo los

principios de responsabilidad, puntualidad y pulcritud en el desempeño de

sus funciones.

VISIÓN.

Ejecutar y realizar acciones tendientes a logar la excelencia en la prestación del servicio público encomendado en la realización de eventos públicos

especiales y oficiales de la administración pública municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaborar el programa anual de trabajo de eventos oficiales en los que interviene la administración pública municipal.

2.- Ejecutar los programas y acciones de eventos especiales y oficiales en los que interviene la administración pública municipal, con la finalidad de

incrementar la eficiencia y eficacia en la prestación del servicio.

3.- Realizar los trámites administrativos que sean necesarios, con la finalidad de proporcionar los insumos necesarios para la ejecución del programa anual

de trabajo de eventos especiales y oficiales, en los que interviene la administración pública municipal.

4.- Gestionar la contratación de servicios personales o materiales necesarios

para la realización de eventos oficiales o especiales que se requieran, a través de la tesorería municipal.

5.- Elaborar y actualizar el inventario de materiales bajo su resguardo,

mismo que es utilizado para el adecuado desempeño de sus actividades.

6.- Atender con profesionalismo las solicitudes o requerimientos de

asistencia en eventos especiales u oficiales en los que tenga participación la administración pública municipal, sea por su titular o por alguna de sus

unidades administrativas.

7.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

8.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES E

INTENDENCIA.

OBJETIVO.

Ejecutar de manera coordinada los programas y acciones de mantenimiento

preventivo y correctivo, cuyo propósito es obtener la funcionabilidad de las instalaciones y servicios tanto externos como internos de los edificios

destinados al servicio público, procurando una imagen pulcra y presentación agradable a la vista de los usuarios, pero sobre todo funcionales en beneficio

de los gobernados y usuarios.

MISIÓN.

Proporcionar a la administración pública municipal, de Instalaciones en

perfecto estado funcional, pulcras y aseadas, en beneficio de los usuarios; mediante las gestiones necesarias de insumos y enseres para el desempeño

de la actividad encomendada bajo los principios de respeto, responsabilidad, puntualidad y pulcritud en el desempeño de sus actividades.

VISIÓN.

Reclutar personal especializado y capacitado en diversas artes y oficios, a fin

de contar con el personal con el perfil necesarios para el desempeño de diversas tareas, desde instalación reparación y ejecución actividades propias

de este departamento; haciendo del mismo, un departamento autosuficiente capaz, eficaz y eficiente en su actuar.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaborar el programa anual de trabajo de servicios generales e intendencia, con el propósito de mantener las instalaciones de la

administración pública municipal, en perfecto estado funcional.

2.- Ejecutar los programas y acciones de servicios generales e intendencia, con la finalidad de incrementar la eficiencia y eficacia en la prestación del

servicio.

3.- Proporcionar mantenimiento general a las instalaciones que ocupan la administración pública municipal, para mantenerlas funcionales y en perfecto

estado físico; en materia de pintura, carpintería, herrería, servicio eléctrico, servicio sanitario, entre otros.

4.- Realizar recorridos de inspección periódicos a las instalaciones de la

administración pública municipal, a fin de identificar desperfectos y proporcionar mantenimiento correctivo o preventivo para mantenerlas

funcionales y en perfecto estado físico.

5.- Prestar servicios en el traslado, carga y descarga de materiales diversos

a las unidades administrativas municipales.

6.- Proporcionar mantenimiento correctivo y preventivo del mobiliario adscrito a las instalaciones de la administración pública municipal.

7.- Prestar el servicio de intendencia en las diferentes instalaciones de la

administración pública municipal.

8.- Dar mantenimiento a las jardineras de las áreas verdes con las que cuentan las instalaciones de la administración pública municipal.

9.- Proporcionar mantenimiento correctivo y preventivo en áreas recreativas,

de esparcimiento y espacios públicos, con las que cuenta la administración

pública municipal.

10.- Elaborar y actualizar el inventario de materiales bajo su resguardo, mismo que es utilizado para el adecuado desempeño de sus actividades.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Atender con profesionalismo las solicitudes o requerimientos de asistencia en eventos especiales u oficiales en los que tenga participación la

administración pública municipal, sea por su titular o por alguna de sus

unidades administrativas.

12.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

13.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE VEHÍCULOS.

OBJETIVO.

Generar e implementar programas y acciones necesarias, con el propósito de llevar acabo el control de vehículos con los que cuenta la administración

pública municipal, para la prestación del servicio público con eficacia y eficiencia; generando conciencia entre los servidores públicos, del manejo y

cuidado preventivo de los bienes muebles de esta naturaleza propiedad del Municipio y la importancia de contar con estos en perfecto estado funcional,

lo que se traduce en la prestación de un mejor servicio público.

MISIÓN.

Mantener actualizado y vigente el inventario de control vehicular propiedad del Municipio de Chimalhuacán, generando con estas acciones, certeza y

fiscalización de los mismos.

VISIÓN.

Contar un control de inventarios vehicular veraz, actualizado y vigente, asignado a las unidades administrativas municipales y servidores públicos;

con la finalidad de elevar el quehacer público de manera eficaz, eficiente y con responsabilidad en el ejercicio de sus funciones en sus cargos, puestos o

comisiones asignadas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaborar y actualizar el inventario general del parque vehicular, de los bienes muebles de esta naturaleza propiedad del Municipio.

2.- Realizar la documentación necesaria de resguardo y asignación de vehículos a cada unidad administrativa municipal.

3.- Realizar supervisiones a las diferentes unidades administrativas

municipales, con el propósito de mantener vigente y actualizado el inventario vehicular asignado.

4.- Ejecutar el trámite administrativo de altas y bajas de vehículos asignados

a las unidades administrativas municipales.

5.- Participar de manera activa en los procedimientos administrativos de Baja de Bienes Muebles Municipales, específicamente cuando se trate del

parque vehicular propiedad el municipio.

6.- Informar a la Tesorería Municipal y al Órgano de Control Interno de los

movimientos de altas y bajas del parque vehicular asignados a las unidades administrativas municipales.

7.- Realizar el procedimiento de cromática e identificación de vehículos

oficiales.

8.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

9.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DIRECCIÓN DE CATASTRO.

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de Chimalhuacán; por lo que

se implementarán acciones tendientes a mejorar la prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a

las solicitudes de servicios catastrales, con el fin de beneficiar a los contribuyentes. La actividad catastral, se realiza conforme a los

ordenamientos jurídicos facultados en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, su reglamento, el Manual Catastral y demás

disposiciones aplicables a la materia

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los inmuebles localizados dentro del territorio municipal, así como su localización

geográfica, de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva, fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ATRIBUCIONES.

De conformidad con los Artículos 171 y 177 del Código Financiero del Estado de México.

Artículo 171.- Los Ayuntamientos, además de las atribuciones que este

Código y otros ordenamientos les confieran en materia catastral, tendrán las facultades y obligaciones siguientes:

I. Llevar a cabo la inscripción y control de los inmuebles localizados dentro

del territorio municipal.

II. Identificar en forma precisa los inmuebles ubicados dentro del territorio municipal, mediante la localización geográfica y asignación de la clave

catastral que le corresponda.

III. Recibir las manifestaciones catastrales de los propietarios o poseedores

de inmuebles, para efectos de su inscripción o actualización en el padrón catastral municipal.

IV. Realizar acciones en coordinación con el IGECEM para la consolidación,

conservación y buen funcionamiento del catastro municipal.

V. Proporcionar al IGECEM dentro de los plazos que señale el IGECEM, este Título, su reglamento, el Manual Catastral y demás disposiciones aplicables

en la materia, las propuestas, reportes, informes y documentos, para integrar, conservar y mantener actualizada la información catastral del

Estado.

VI. Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y alfanumérico de los inmuebles ubicados en el territorio del municipio.

VII. Practicar levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, en los términos de los ordenamientos correspondientes.

VIII. Proporcionar la información que soliciten por escrito otras

dependencias oficiales.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

IX. Solicitar la opinión técnica al IGECEM sobre la modificación y actualización de áreas homogéneas, bandas de valor, manzanas catastrales,

códigos de clave de calle, nomenclatura y valores unitarios de suelo y

construcciones, que conformará el proyecto de Tablas de Valores Unitarios de

Suelo y Construcciones que proponga a la Legislatura.

X. Difundir dentro de su territorio las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción aprobadas por la Legislatura.

XI. Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones

aprobadas por la Legislatura, en la determinación del valor catastral de los inmuebles.

XII. Obtener de las autoridades, dependencias o instituciones de carácter

federal y estatal, de las personas físicas o jurídicas colectivas, los documentos, datos o informes que sean necesarios para la integración y

actualización del padrón catastral municipal.

XIII. Cumplir con la normatividad y los procedimientos técnicos y

administrativos establecidos en el LIGECEM, este Título, su reglamento, el Manual Catastral y demás disposiciones aplicables en la materia.

XIV. Proponer al IGECEM la realización de estudios tendientes a lograr la

actualización del catastro municipal y, en su caso, aplicarlos en lo conducente sin contravenir lo dispuesto por el LIGECEM, este Título, su

reglamento, el Manual Catastral y demás disposiciones aplicables en la materia.

XV. Proponer a la Legislatura para su aprobación el proyecto de Tablas de

Valores Unitarios de Suelo y Construcciones.

XVI. Asistir a las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por el IGECEM en el ámbito de la coordinación catastral.

XVII. Solicitar los documentos con los que se acredite la propiedad o posesión de los inmuebles y demás documentación requerida para integrar

los expedientes que soportan la inscripción o actualización en el padrón catastral municipal.

XVIII. Expedir las constancias o certificaciones catastrales en el ámbito de

su competencia.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

XIX. Verificar y registrar oportunamente los cambios técnicos o administrativos de los inmuebles, que por cualquier concepto alteren los

datos contenidos en el Padrón Catastral Municipal.

XX. Derogada.

Artículo 177.- La autoridad catastral municipal está facultada para constatar la veracidad de los datos declarados en la manifestación catastral

por los propietarios o poseedores de inmuebles, mediante la realización de los estudios técnicos catastrales que sean necesarios. Cuando no fuese

presentada la manifestación, y hayan sido detectadas modificaciones en los inmuebles, la autoridad catastral municipal podrá requerir a los propietarios

o poseedores que proporcionen los datos, documentos e informes de los inmuebles; y realizar levantamientos topográficos, investigaciones en campo

y demás actividades catastrales.

De conformidad con los Artículos 65, 66, 67, 68 y 69 del Bando Municipal de

Chimalhuacán, del Estado de México.

ARTÍCULO 65.- Catastro es el sistema de información territorial, cuyo propósito es integrar, conservar y mantener actualizado el padrón catastral

que contiene los datos técnicos y administrativos de un inventario analítico de los inmuebles ubicados en el municipio.

El padrón catastral es el inventario analítico de los inmuebles, conformado

por el conjunto de registros geográficos, gráficos, estadísticos, alfanuméricos y elementos y características resultantes de las actividades catastrales de

identificación, inscripción, control y valuación de los inmuebles.

La actividad catastral es el conjunto de acciones que permiten integrar, conservar y mantener actualizado el inventario analítico con las

características cualitativas y cuantitativas de los inmuebles inscritos en el

padrón catastral del estado y del municipio, realizadas con apego a la Ley del IGECEM, el Código Financiero del Estado de México y Municipios, su

reglamento, el manual catastral y demás disposiciones aplicables en la materia.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

ARTÍCULO 66.- Son autoridades en materia de catastro:

I. El Presidente Municipal.

II. El Tesorero Municipal.

III. La o el servidor público que el Ayuntamiento designe como titular del

área de Catastro municipal, así como las áreas que de esta dependen. Las facultades y obligaciones que en materia catastral correspondan a estas

autoridades, son aquellas que se encuentran conferidas en los términos de la

Ley del IGECEM, el Código Financiero del Estado de México y Municipios, su reglamento, el Manual Catastral y demás disposiciones aplicables en la

materia.

ARTÍCULO 67.- El Ayuntamiento, en materia catastral, tendrá las atribuciones establecidas en el artículo 171 del Código Financiero del Estado

de México y Municipios, además de las que se establezcan en otros ordenamientos aplicables.

ARTÍCULO 68.- La Dirección de Catastro será la dependencia encargada de aplicar las disposiciones en materia catastral, de conformidad con lo

establecido en las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de las que, conforme a la ley deban ser ejercidas directamente por el Ayuntamiento o

por el Presidente Municipal.

Para la inscripción o actualización de un inmueble, así como para la solicitud de certificaciones, el solicitante deberá presentar el documento con el que se

acredite la propiedad o posesión, que podrá consistir en:

I. Testimonio notarial.

II. Contrato privado de compraventa, cesión o donación.

III. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.

IV. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras

operaciones traslativas de dominio de inmuebles autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.

V. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

VI. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regulación de la tenencia de la tierra.

VII. Título, certificado o cesión de derechos agrarios, comunales o ejidales.

VIII. Inmatriculación administrativa o judicial.

ARTÍCULO 69.- La inscripción de un inmueble en el padrón catastral, no genera por sí misma, derecho de propiedad o posesión a favor de la persona

a cuyo nombre aparezca inscrito.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles ubicados en el territorio municipal, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del sistema de Cartografía, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados en el territorio municipal de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón Catastral Municipal, en términos de

la legislación aplicable.

4.- En coordinación con el IGECEM, realizar acciones y programas encaminados a la consolidación, conservación y funcionamiento del sistema

catastral municipal.

5.- Proporcionar al IGECEM, los informes, reportes y documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

6.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y alfanumérico de los inmuebles ubicados en el territorio del municipio, en el

sistema destinado para tal efecto.

7.- Practicar levantamientos topográficos catastrales y verificación de linderos, mediante inspecciones físicas de personal adscrito debidamente

acreditado para tal efecto, en términos de los ordenamientos correspondientes.

8.-. Proporcionar la información que soliciten por escrito otras unidades

administrativas municipales; estatales o federales.

9.- Proponer la modificación y actualización de áreas homogéneas, bandas de valor, manzanas catastrales, códigos de clave de calle, nomenclatura y

valores unitarios de suelo y construcciones, solicitando la opinión técnica al

IGECEM.

10.- Participación en el proyecto de elaboración de propuestas de Tablas de Valores Unitarios de Suelo para el municipio, con el propósito de ser

validadas por el IGECEM.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

11.- Someter a consideración del H. Cabildo las propuestas del proyecto de Tablas de Valores Unitarios de Suelo, a fin de ser aprobadas por la

Legislatura, en la determinación del valor catastral de los inmuebles.

12.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones

aprobadas por la Legislatura, en la determinación del valor catastral de los inmuebles.

13.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por el

IGECEM en el ámbito de la coordinación catastral.

14.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que soportan la inscripción o actualización en el padrón catastral municipal, en

términos de la legislación aplicable.

15.- Expedir las constancias, certificaciones y planos manzaneros catastrales en el ámbito de su competencia.

16.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

17.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CARTOGRAFÍA Y DIBUJO.

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado la cartografía catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de Chimalhuacán; por lo

que se implementarán acciones tendientes a mejorar la prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a

las solicitudes de servicios catastrales, con el fin de beneficiar a los contribuyentes. La cartografía catastral, se realiza conforme a los

ordenamientos jurídicos facultados en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, su reglamento, el Manual Catastral y demás

disposiciones aplicables a la materia

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los inmuebles localizados dentro del territorio municipal, así como su localización

geográfica o cartográfica, de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser una oficina de cartografía y dibujo innovadora, moderna, promoviendo una nueva cultura de localización y ubicación de inmuebles veraz,

actualizada y vigente, mediante una base de datos completa del territorio municipal, con el único propósito de facilitar la labor del catastro municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados en el territorio municipal, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Cartografía

Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que corresponda, de los inmuebles ubicados en el territorio

municipal de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización de la Cartografía Catastral Municipal, en términos de la legislación aplicable.

4.- En coordinación con el IGECEM, realizar acciones y programas

encaminados a la consolidación, conservación y funcionamiento de la Cartografía Catastral Municipal.

5.- Proporcionar al IGECEM, los informes, reportes y documentos en los

términos que las leyes aplicables establezcan.

6.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados en el territorio del municipio, en el sistema destinado para tal efecto.

7.- Practicar levantamientos topográficos catastrales y verificación de

linderos, mediante inspecciones físicas de personal adscrito debidamente acreditado para tal efecto, en términos de los ordenamientos

correspondientes.

8.-. Proporcionar la información que solicite la Dirección de Catastro.

9.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por el IGECEM y la Dirección de Catastro, en materia catastral.

10.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

11.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 1. (CABECERA

MUNICIPAL).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de la jurisdicción

de la Oficina de Catastro No. 1. Cabecera Municipal; por lo que se implementarán acciones tendientes a mejorar la prestación de los servicios

catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el fin de beneficiar a los

contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los inmuebles localizados en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1.

Cabecera Municipal, así como su localización geográfica, de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva,

fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de

contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1.

Cabecera Municipal, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1. Cabecera Municipal, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón Catastral Municipal, específicamente

en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1. Cabecera Municipal, en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1. Cabecera Municipal, en el sistema destinado

para tal efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones aprobadas por la Legislatura Local, en la determinación del valor catastral de

los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que

soportan la inscripción o actualización en el padrón de gestión catastral municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 1.

Cabecera Municipal, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

Page 132: €¦ · Author: LUIS HDEZ Created Date: 10/14/2019 12:42:20 PM

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 2. (ZONA URBANA

EJIDAL SAN AGUSTÍN ATLAPULCO).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de

Chimalhuacán, específicamente la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco; por lo que se implementarán acciones tendientes a mejorar la

prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el fin de

beneficiar a los contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los

inmuebles localizados dentro del territorio municipal, específicamente la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco; así como, su localización

geográfica de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva, fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados específicamente en la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco,

en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón Catastral Municipal, específicamente

en la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco, en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco, en el sistema destinado para tal efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones

aprobadas por la Legislatura Local, en la determinación del valor catastral de los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la

Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que soportan la inscripción o actualización en el padrón de gestión catastral

municipal, específicamente en la Zona Urbana Ejidal de San Agustín Atlapulco, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 3. (SAN LORENZO).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de

Chimalhuacán, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. San Lorenzo; por lo que se implementarán acciones tendientes a

mejorar la prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el

fin de beneficiar a los contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los

inmuebles localizados dentro del territorio municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. San Lorenzo; así como, su

localización geográfica de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva,

fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2.

San Lorenzo, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. San Lorenzo, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón de Gestión Catastral Municipal,

específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. San Lorenzo, en el sistema destinado para tal

efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones aprobadas por Legislatura Local, en la determinación del valor catastral de

los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que

soportan la inscripción o actualización en el padrón catastral municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 2. San

Lorenzo, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 4. (SANTA ELENA).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de

Chimalhuacán, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4. Santa Elena; por lo que se implementarán acciones tendientes a

mejorar la prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el

fin de beneficiar a los contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los

inmuebles localizados dentro del territorio municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4. Santa Elena; así como, su

localización geográfica de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva,

fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4.

Santa Elena, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4. Santa Elena, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón de Gestión Catastral Municipal,

específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4. Santa Elena, en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4. Santa Elena, en el sistema destinado para tal

efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones aprobadas por la legislatura Local, en la determinación del valor catastral de

los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que

soportan la inscripción o actualización en el padrón de gestión catastral municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 4.

Santa Elena, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 5. (VIDRIEROS).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de

Chimalhuacán, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5. Vidrieros; por lo que se implementarán acciones tendientes a mejorar

la prestación de los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el fin

de beneficiar a los contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los

inmuebles localizados dentro del territorio municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5. Vidrieros; así como, su

localización geográfica de manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva,

fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón catastral de control de inmuebles

ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5.

Vidrieros, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5. Vidrieros, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón de Gestión Catastral Municipal,

específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5. Vidrieros, en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5. Vidrieros, en el sistema destinado para tal

efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones aprobadas por la Legislatura Local, en la determinación del valor catastral de

los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que

soportan la inscripción o actualización en el padrón de gestión catastral municipal, específicamente en la jurisdicción de la Oficina de Catastro No. 5.

Vidrieros, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación

vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

OFICINA DE CATASTRO No. 6. (EJIDO DE SANTA

MARÍA CHIMALHUACÁN).

OBJETIVO.

Integrar, conservar y mantener actualizado el padrón de gestión catastral, respecto de los inmuebles que se encuentran en el territorio de

Chimalhuacán, específicamente en el Ejido de Santa María Chimalhuacán; por lo que se implementarán acciones tendientes a mejorar la prestación de

los servicios catastrales, con la finalidad de reducir los tiempos de contestación a las solicitudes de servicios catastrales, con el fin de beneficiar

a los contribuyentes.

MISIÓN.

Contar con una base de datos que contenga actualizados los registros de los

inmuebles localizados dentro del territorio municipal, específicamente en el Ejido de Santa María Chimalhuacán; así como, su localización geográfica de

manera tradicional y digital.

VISIÓN.

Ser un catastro moderno, promoviendo una nueva cultura contributiva, fortaleciendo los ingresos propios municipales; a través, de incrementar la

recaudación del impuesto predial, mediante la actualización del padrón de contribuyentes y mejoramiento de la eficiencia administrativa.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Elaboración y actualización del padrón de gestión catastral de control de

inmuebles ubicados específicamente en el Ejido de Santa María

Chimalhuacán, en términos de la legislación aplicable.

2.- Elaboración, actualización y operación del Sistema de Gestión Catastral, que contenga la localización geográfica y asignación de clave catastral que

corresponda, de los inmuebles ubicados específicamente en el Ejido de Santa María Chimalhuacán, de manera clara y precisa.

3.- Operación y actualización del Padrón Catastral Municipal, específicamente

en el Ejido de Santa María Chimalhuacán, en términos de la legislación aplicable.

4.- Proporcionar a la Dirección de Catastro, los informes, reportes y

documentos en los términos que las leyes aplicables establezcan.

5.- Integrar, conservar y mantener actualizados los registros gráfico y

alfanumérico de los inmuebles ubicados específicamente en el Ejido de Santa María Chimalhuacán, en el sistema destinado para tal efecto.

6.- Aplicar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones

aprobadas por Legislatura Local, en la determinación del valor catastral de los inmuebles.

7.- Atender las reuniones de trabajo o de capacitación convocadas por la

Dirección de Catastro, en materia catastral.

8.- Solicitar la documentación necesaria para integrar los expedientes que soportan la inscripción o actualización en el padrón de gestión catastral

municipal, específicamente en el Ejido de Santa María Chimalhuacán, en términos de la legislación aplicable.

9.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

10.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el

Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

CONTADOR GENERAL.

OBJETIVO.

Coordinar la implementación de la Política financiera Municipal, a través de

las acciones de planeación, evaluación y programación de la administración de recursos económicos y materiales de naturaleza públicos, al tiempo que

atienda las solicitudes de información e innovación de procesos administrativos para contribuir la mejora continua y simplificación de los

servicios de las dependencias del gobierno municipal, coadyuvando al

fortalecimiento de la cultura de administración de recursos públicos y la rendición de cuentas.

MISIÓN.

Conducir el proceso que incremente la eficiencia y eficacia de la

Administración de los recursos públicos financieros, mediante la planeación, organización, contabilidad, fiscalización y dirección; así como, la evaluación

de las acciones; que permitan anticipar escenarios y situaciones específicas de orden económico, social o político, sugiriendo estrategias de acción y

políticas financieras alternativas para su oportuna solución.

VISIÓN.

Establecer una contabilidad sana con estricta trasparencia en la

administración de recursos públicos; a través, de la aplicación de una política

de rendición de cuentas mediante procesos institucionalizados, eficientes y

de calidad para el cumplimiento de atribuciones, funciones y objetivos, con

resultados orientados a resolver los problemas financieros de la

administración Pública Municipal y del Municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

FUNCIONES.

1.- Administrar la Hacienda Pública Municipal, en los términos y condiciones de la legislación aplicable vigente.

2.- Llevar los registros contables, financieros y administrativos de los ingresos y egresos e inventarios municipales.

3.- Ser el responsable de la Contabilidad General de la Hacienda Pública

Municipal.

4.- Elaboración del Presupuesto de Ingresos Municipal, que deberá ser aprobado por el Cabildo.

5.- Elaboración del Presupuesto de Egresos Municipal, que deberá ser

aprobado por el Cabildo.

6.- Elaboración de la asignación del presupuesto anual de las unidades administrativas que integran la administración Pública Municipal.

7.- Administración de los recursos provenientes de los diferentes programas de carácter estatal y federal; así como, de los recursos propios, en términos

de la legislación aplicable.

8.- Responsable de la Política de armonización contable en el municipio.

9.- Elaboración de los Informes mensuales, trimestrales y semestrales, solicitados por autoridades fiscalizadoras competentes.

10.- Solventación de las observaciones realizadas a los informes mensuales,

trimestrales y semestrales, realizadas por el ente fiscalizador, en los términos y condiciones que ordena la legislación y los lineamientos aplicables

a la materia.

11.- Enlace entre el Órgano Fiscalizador competente y la hacienda pública

municipal.

12.- Participación activa en las auditorias ordenadas por el ente fiscalizador competente, en los términos y condiciones establecidos en la legislación de la

materia.

13.- Revisar y fiscalizar oportunamente el informe anual de la cuenta pública del municipio.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

14.- Elaborar los informes correspondientes en términos de la legislación vigente.

15.- Las demás que le confiera el Ayuntamiento, las que le asigne el Presidente Municipal, y las que le otorguen otras leyes aplicables.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

DIRECTORIO INTERNO.

Lic. América Adriana González Ruíz Velasco. Tesorera Municipal.

Ing. Sergio Días Espinoza. Director de Ingresos.

Lic. Lilia Chablé Hernández. Directora de Egresos y Administración.

Lic. Flor Isabel Quintal Mendoza. Directora de Catastro Municipal.

C.P. Aarón Flores Corona. Contador General.

Profra. Iveth Rodríguez Cabrera. Subdirector de Ingresos Municipal.

C. Miriam Cerna Tapia. Jefa del Departamento de Tianguis.

C. Juana Leticia González Godínez. Jefa del Departamento de Mercados.

C. Margarita Reyes Salas. Jefa del Departamento de Comercio Establecido.

C. Gloria Chávez Hernández. Jefa del Departamento de Vía Pública.

Lic. María Elena Bautista Felipe. Departamento de Espectáculos.

C. Conrado Pablo Pérez Flores. Jefe del Departamento de Coordinación de

Receptorías.

Lic. Alma Delia García Cabrera. Jefa del Departamento de Recursos

Humanos.

C. Lilia García Calderón. Jefa del Departamento de Capacitación.

C. María Elena Martínez Pillado. Jefa del Departamento de Control de

Inventarios.

Ing. Arturo Valverde Martínez. Jefe del Departamento de Informática.

C. Gonzalo Torres Flores. Jefe del Departamento de Eventos Especiales.

C. Juan Carlos Cruz Medina. Jefe del Departamento de Servicios Generales e

Intendencia.

C. Othón Rojas Martínez. Jefe del Departamento de Control de Vehículos.

Lic. Carolina Vite Carbajal. Jefa de la Oficina de Personal.

C. Horgino Torres Flores. Jefe de la Oficina de Seguridad Social.

Oficina de Sistemas.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

Oficina Receptora No. 1. (Cabecera Municipal).

Oficina Receptora No. 2. (San Lorenzo).

Oficina Receptora No. 3. (Vidrieros).

Oficina Receptora No. 4. (Santa Elena).

Oficina Receptora No. 5. (Zona Urbana Ejidal San Agustín Atlapulco).

Oficina Receptora No. 6. (Ejido de Santa María Chimalhuacán).

Oficina de Cartografía y Dibujo.

Oficina de Catastro No. 1. (Cabecera Municipal).

Oficina de Catastro No. 2. (Zona Urbana Ejidal San Agustín).

Oficina de Catastro No. 3. (San Lorenzo).

Oficina de Catastro No. 4. (Santa Elena).

Oficina de Catastro No. 5. (Vidrieros).

Oficina de Catastro No. 6. (Ejido de Santa María Chimalhuacán).

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

APROBACIÓN.

____________________________________

Jesús Tolentino Román Bojórquez.

Presidente Municipal Constitucional de Chimalhuacán

Periodo Constitucional 2019 – 2021.

VALIDACIÓN.

______________________________

Rosalba Pineda Ramírez.

Secretaria del H. Ayuntamiento.

DICTAMINÓ.

______________________________

Inocencio Ibarra Piña.

Secretario Técnico del Gabinete.

ELABORACIÓN.

________________________________

América Adriana González Ruíz Velasco. Tesorera Municipal.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA

MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN.

DIRECTORIO INSTITUCIONAL.

JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ. PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL.

KARINA SALGADO ALCÁNTARA. PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL.

EDUARDO MORALES GÓMEZ. SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL.

ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ. TERCERA SÍNDICO MUNICIPAL.

ARACELI HINOJOSA JAIMES. PRIMERA REGIDORA MUNICIPAL.

ALEJANDRO CRUZ GALLARDO. SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL.

JOAQUINA TORRES CARMONA. TERCERA REGIDORA MUNICIPAL.

LUIS JORGE HERMENEGILDO GONZÁLEZ MARTÍNEZ. CUARTO

REGIDOR MUNICIPAL.

ZAYRA LIZETH HUERTA PALMA. QUINTA REGIDORA MUNICIPAL.

ISMAEL MOTA GONZÁLEZ. SEXTO REGIDOR MUNICIPAL.

MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ. SÉPTIMA REGIDORA

MUNICIPAL.

PABLO ARAM CASTRO ESCALONA. OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA

MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN.

SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ. NOVENA REGIDORA MUNICIPAL.

ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA. DÉCIMA REGIDORA MUNICIPAL.

CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA. DÉCIMO PRIMER REGIDOR

MUNICIPAL.

MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA. DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA

MUNICIPAL.

JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ. DÉCIMO TERCER REGIDOR

MUNICIPAL.

LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ. DÉCIMO CUARTA REGIDOR

MUNICIPAL.

PATRICIA LOYOLA CALDERÓN. DÉCIMO QUINTA REGIDORA

MUNICIPAL.

ALEJANDRO TOLENTINO SAN AGUSTÍN. DÉCIMO SEXTO REGIDOR

MUNICIPAL.

ROSALBA PINEDA RAMÍREZ. SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA TESORERÍA

MUNICIPAL DE CHIMALHUACÁN.

HOJA DE ACTUALIZACIÓN.

Manual de Organización de la Tesorería Municipal de Chimalhuacán,

Presidencia Municipal de Chimalhuacán, Estado de México. Agosto de 2019.

PRIMERA EDICIÓN.

JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ.

Presidente Municipal Constitucional de Chimalhuacán, Estado de México.

Rosalba Pineda Ramírez.

Secretaria del H. Ayuntamiento de Chimalhuacán, Estado de México.

Inocencio Ibarra Piña.

Secretario Técnico del Gabinete de Chimalhuacán, Estado de México.

América Adriana González Ruíz Velasco. Tesorera Municipal de Chimalhuacán, Estado de México.

Responsable de Actualizar el Manual de Organización.

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LUCHA, TRABAJO Y PROGRESO PARA TI 2019-2021

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHIMALHUACÁN ESTADO DE MÉXICO. PERIODO 2019 – 2021

C. JESÚS TOLENTINO ROMÁN BOJÓRQUEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

C. KARINA SALGADO ALCÁNTARA

PRIMER SÍNDICO MUNICIPAL

C. EDUARDO MORALES GÓMEZ SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL

C. ANDREA BECERRIL VÁZQUEZ

TERCER SÍNDICO MUNICIPAL

C. ARACELI HINOJOSA JAIMES

PRIMERA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRO CRUZ GALLARDO SEGUNDO REGIDOR MUNICIPAL

C. JOAQUINA TORRES CARMONA TERCERA REGIDORA MUNICIPAL

C. LUIS JORGE HERMENEGILDO

GONZÁLEZ MARTÍNEZ CUARTO REGIDOR MUNICIPAL

C. ZAYRA LIZBETH HUERTA PALMA

QUINTA REGIDORA MUNICIPAL

C. ISMAEL MOTA GONZÁLEZ SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

C. MARÍA ANGÉLICA OLIVARES PÁEZ

SÉPTIMA REGIDORA MUNICIPAL

C. PABLO ARAM CASTRO ESCALONA OCTAVO REGIDOR MUNICIPAL

C. SOCORRO PÉREZ SÁNCHEZ NOVENA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA DÉCIMO REGIDORA MUNICIPAL

C. CARLOS RAMÍREZ BOBADILLA

DÉCIMO PRIMER REGIDOR MUNICIPAL

C. MARÍA DEL ROSARIO CANO SILVA

DÉCIMO SEGUNDA REGIDORA MUNICIPAL

C. JOSÉ LUIS VALVERDE GUTIÉRREZ

DÉCIMO TERCER REGIDOR MUNICIPAL

C. LAURA CONTRERAS VELÁZQUEZ

DÉCIMO CUARTA REGIDORA MUNICIPAL

C. PATRICIA LOYOLA CALDERÓN

DÉCIMO QUINTA REGIDORA MUNICIPAL

C. ALEJANDRO TOLENTINO SAN

AGUSTÍN DÉCIMO SEXTO REGIDOR MUNICIPAL

C. ROSALBA PINEDA RAMÍREZ SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO