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ANEXO I Acordada N° SISTEMA DE TURNOS Capítulo I Reglas Generales. 1°. Ámbito de Aplicación. El presente establece 'el régimen de turnos de los Tribunales de Juicio, los Juzgados de Garantías, los Juzgados de Menores y los Juzgados de Instrucción en Transición de todos los Distritos Judiciales de la Provincia, sin perjuicio de las disposiciones especiales contenidas en otras Acordadas. 2°. Vigencia. Regirá desde el 6 de junio de 2013, tanto para causas iniciadas por hechos anteriores como para causas que se inicien por hechos cometidos con posterioridad. 3°. Investigación Penal Preparatoria. La primera a.ctuación del Juez de Garantías en turno, cualquiera sea su especie, incluida la recepción de la comunicación que le curse el fiscal de acuerdo al art. 245 del C.P.P., importa la radicación de la causa hasta su remisión a juicio. 4°. Etapa de Juicio. Las causas elevadas a juicio serán distribuidas entre las Salas del Tribunal de Juicio por la Mesa Distribuidora Penal de acuerdo a lo establecido en la presente. 5°. Mesa Distribuidora Penal Las causas respecto de las cuales no se hubiere previsto .específicamente en este instrumento, ingresarán por la Mesa Distribuidora Penal a los fines de su correspondiente asignación, de conformidad a la competencia que establece, para cada caso, la legislaciQn.. En las causas sí 'contempladas' 'em el presente, la Mesa 'Distribuidora' Penal solamente intervendrá siempre que expresamente así se disponga; caso contrario la.remisión de

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ANEXO IAcordada N°

SISTEMA DE TURNOS

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Capítulo I

Reglas Generales.

1°. Ámbito de Aplicación.El presente establece 'el régimen de turnos de los

Tribunales de Juicio, los Juzgados de Garantías, los Juzgadosde Menores y los Juzgados de Instrucción en Transición detodos los Distritos Judiciales de la Provincia, sin perjuiciode las disposiciones especiales contenidas en otrasAcordadas.

2°. Vigencia.Regirá desde el 6 de junio de 2013, tanto para causas

iniciadas por hechos anteriores como para causas que seinicien por hechos cometidos con posterioridad.

3°. Investigación Penal Preparatoria.La primera a.ctuación del Juez de Garantías en turno,

cualquiera sea su especie, incluida la recepción de lacomunicación que le curse el fiscal de acuerdo al art. 245del C.P.P., importa la radicación de la causa hasta suremisión a juicio.

4°. Etapa de Juicio.Las causas elevadas a juicio serán distribuidas entre

las Salas del Tribunal de Juicio por la Mesa DistribuidoraPenal de acuerdo a lo establecido en la presente.

5°. Mesa Distribuidora PenalLas causas respecto de las cuales no se hubiere previsto

.específicamente en este instrumento, ingresarán por la MesaDistribuidora Penal a los fines de su correspondienteasignación, de conformidad a la competencia que establece,para cada caso, la legislaciQn..

En las causas sí 'contempladas''em el presente, la Mesa'Distribuidora' Penal solamente intervendrá siempre queexpresamente así se disponga; caso contrario la. remisión de

5

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correspondientes.6°. Opción.Cuando el imputado ejerciera la opción prevista en el

punto 2, Sección l., Capítulo 1, Título V, Libro V del Código

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tribunalelosentre

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Procesal Penal (texto según Ley 7690), se aplicará lodispuesto en Acordada 11197, Anexo 1, punto IV.

si la opción fuere formulada en alguno de los juzgadostransformados que posea competencia para intervenir deacuerdo a la Ley 7690, éste seguirá entendiendo en el trámitede la causa.

Caso contrario, el expediente se remitirá a la MesaDistribuidora Penal para que, por sorteo,magistrado que actuará.

7°. Prohibición.

determine el

No podrán plantearse cuestiones de competencia porrazones del turno, resultando siempre competente el primermagistrado que hubiera actuado.

Capítulo 11

Distrito Judicial del Centro

Sección Primera

Tribunal de Juicio

aO.Distribución entre sus Salas.Los expedientes elevados por los Juzgados de Garantías

que ingresen al Tribunal de Juicio por causas iniciadas desdeel 6 de junio de 2013, serán divididos equitativamente entresus salas.

A dichos efectos, serán asignados por la MesaDistribuidora Penal en orden de nominación para cada sala,mediante sistema de sorteo automático y conforme categoríaspredefinidas.

Las dos ~ategorías básicas abarcan:a) Delitos cuya pena en abstracto no exceda de seis años

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deprisi6n O que no se encuentren sancionados con penaprivativa de libertad;

b) Delitos con pena superior a ese límite.9 o • Causas con personas privadas de su libertad.Las causas con personas privadas de su libertad se

encuentran excluidas de las reglas generales de distribuciónde expedientes.

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Serán asignadas como categoría específica por la MesaDistribuidora Penal.

10. Procedimiento SumaríBimo.En estos casos la distribución se hará' como una

categoría diferenciada.11. Acción PrivadaLas querellas por delitos de acción privada ingresarán

por Mesa. Distribuidora Penal y se distribuirán entre lasSalas del Tribunal de Juicio por sistema de sorteo automáticocomo una categoría separada.

12. Distribución Interna.a. En cada una de las salas, la Mesa Distribuidora Penal

asignará los expedientes entre sus miembros, a los efectos dela actuación unipersonal que correspondiera.

b. El despacho de las salas' que actúen como tribunalcolegiado será llevado por la Presidencia de cada una deellas y, por cada vocal interviniente, en el caso deactuación unipersonal.

c. Juicio AbreviadoEn el supuesto que el acuerdo para el procedimiento de

juicio abreviado no fuere ratificado, la causa será remitidade inmediato por el juez unipersonal (art. 513 Y cc delC.P.P.; texto según Ley 7690) al Juzgado de Garantías quehubiere intervenido (art. 422 Y cc del C.P.P.; texto segúnLey 7690) y, de ser elevada ulteriormente a juicio, la MesaDistribuidora Penal sorteará excluyendo a la Sala del JuezUnipersonal que intervino originariamente.

En los casos en que la solicitud del procedimientoabreviado fuera efectuada luego de elevarse la causa ajuicio, una vez devuelta, la causa será asignada por sorteo aotra Sala del Tribunal de Ju' io para que continúe con el

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trámite ordinario.13. Régimen Transitorio.a. El régimen establecido precedentemente iniciará el 6

de junio de 2013 por la Sala 1 del Tribunal de Juicio.b. Las causas iniciadas con anterioridad al 6 de junio

de 2013 conforme a la Ley 7690 y que con posterioridad a esafecha sean elevadas a juicio por los Juzgados de Garantías deQuinta a Octava Nominación, ingresarán por Mesa DistribuidoraPenal y se asignarán a los vocales de la Sala V del Tribunalde Juicio.

En este caso, si alguno de los miembros de la Sala V delTribunal de Juicio hubiere intervenido como juez de garantíasen la primera etapa de implementación progresiva del CódigoProcesal Penal, será excluido del sorteo.

c. Las causas .en las que resulten aplicables lasCorreccionaldisposiciones

modificatorias)dely

Juiciohayan concluido con

(Leyla

6345etapa

y

deProcedimiento Sumario luego del 6 de junio de 2013,ingresarán por Mesa Distribuidora Penal y se asignarán a losvocales de la Sala V del Tribunal de Juicio.

d. Las causas iniciadas con anterioridad al 6 de juniode 2013 conforme el régimen de la Ley 6345 y modificatoriasradicadas en los Juzgados de Instrucción e~ Transición, seránelevadas a juicio directamente a las Salas 1, 11, 111 Y IVdel Tribunal de Juicio conforme el sistema de turnosestablecido por la Acordada 9422, apartado C.

Del mismo modo se procederá respecto a las causaselevadas en virtud de lo dispuesto en el Libro V, Título V,Capítulo 1, Sección punto ID, inciso "a" del C.P.P.(texto según Ley .7690).

Sección Segunda

Juzgados de Garantías.

14. Sistema.Los Juzgados de Garantías del Distrito Judicial del

Centro se regirán por un sistema de turnos quincenales de.

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rotación .periódica conformado por cuatro periodos anuales,con arreglo a 10 siguiente:

Enero Febrero Marzo Abril

Primer Turno 1-15 1-14 1-16 1-15

Segundo Turno 16-31 15-28 17-31 16-30

Mayo Junio Julio Agosto

Primer Turno 1-16 1-15 1-15 1-16

Segundo Turno 17-31 16-30 16-31 17-31

Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Primer Turno 1-15 1-15 1-15 1-15

Segundo Turno 16-30 16-31 16-30 .16-31

15. Años bisiestos.En el caso de años bisiestos, el primer turno del mes de

febrero durará un día más, hasta el 15 de ese mes.16. Turnos.La distribución de los turnos de los Juzgados de

Garantías se hará conforme al siguiente esquema:

Primer Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Turno 6a sa 2a 4a

Segundo Turno 7a la 3a saMayo Junio Julio Agosto

Primer Turno 6a sa 2a 4a

Segundo Turno 7a la 3a saSeptiembre Octubre Noviembre Diciembre

Primer Turno 6a sa 2a - 4a

Segundo Turno 7a la 3a sa

Segundo Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Turno sa 2a 4a 6a

Se do Turno la 3a sa 7a

Ma O Junio Julio AgostoPrimer Turno sa 2a 4a 6a

Se ndo Turno la 3a sa 7a

Se tiembre Octubre Noviembre DiciembrePrimer Turno sa 2a 4a 6a

. Se ndo Turno la 3a sa 7a

ce'" iFICO: QU3 I:~'~) r.;;.....~':::.:~~~::)~:.r..l (5)correspocen n.:.l;.i~;".~..Jü: cri.:::-.c1 quesango anta mí, r4o'j í¿.-•••••• .del..L....~.)~.~~...?9.]I.- 20~

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Tercer Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Tumo 23 43 63 83

Segundo Tumo 33 53 73 13

Mayo Junio Julio AgostoPrimer Tumo 23 43 63 83

Segundo Tumo 33 sa 73 J3

Septiembre Octubre Noviembre DiciembrePrimer Tumo 23 43 63 83

Segundo Turno 33 53 73 13

Cuarto Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Tumo 43 63 83 23Segundo Tumo 53 73 13 33

Mayo Junio Julio AgostoPrimer Tumo 43 63 83 23Segundo Tumo 53 73 13 33

Septiembre Octubre Noviembre DiciembrePrimer Tumo 43 63 83 23Segundo Tumo 53 73 18 38

17. Rotación.Este régimen de turnos tendrá aplicación a partir de la

00:00 hora del día primero de enero de 2014. El sistemareiniciará la rotación el primero de enero de 2018.

18. Sanciones Administrativas. Apelación.Las actuaciones para las'cuales las leyes especiales y

el arto 41, inc. "cn del C.P.P. (texto segün Ley 7690)establecen la competencia en grado de apelación del juez degarantías, serán asignadas por la Mesa Distribuidora Penal alos juzgados de garantías mediante el esquema de sorteoautomático y segün categorías predefinidas.

19. Régimen Transitorio.Establécese un régimen transitorio de asignación de

causas de garantías entre los cuatro Juzgados de Garantías dePrimera a Cuarta Nominación (ex Juzgados de InstrucciónFormal transformados) que abarca desde el 6 de junio hasta el31 de diciembre del año 2013, conforme al esquema establecidoa continuación:

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. Junio 2013 Julio 2013 Agosto 2013 Septiembre 2013

Primer Tumo 2a 4a 2a 4a

Segundo Tumo 3a la 3a ¡a

Octubre 2013 Noviembre 2013 Diciembre 2013

Primer Tumo 5a 7a 4a

Segundo Tumo 6a 8a 5a

Sección Tercera

Juzgados de Menores

20. Sistema. Remisión.Los Juzgados de Menores del Distrito Judicial del Centro

se regirán por el sistema de turnos quincenales de rotaciónperiódica establecidos en el punto 14 conformado por tresperiodos anuales.

21. Turnos.La distribución de los turnos de los Juzgados de Menores

se hará con el siguiente esquema:

Primer Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Tumo la 3a 2a la

Segundo Tumo 2a la 3a 2a

Mayo Junio Julio AgostoPrimer Tumo 3a 2a la 3a

Segundo Tumo la 3a 2a laSeptiembre Octubre Noviembre Diciembre

Primer Tumo 2a la 3a 2a

Segundo Tumo 3a 2a la 3a

Segundo Período

Enero Febrero Marzo AbrilPrimer Tumo 3a 2a la 3a

Se ndo Tumo la 3a 2a laMa O Junio Julio Agosto

Primer Tumo 2a la 3a 2a

Se ndoTumo 3a 2a la 3a

S tiembre Octubre Noviembre DiciembrePrimer Tumo la 3a 2a laSe ndo Tumo 2a 3a 2a

CERTIFiCO: QUJ 1: (s) r:r(:-::;~c::) cr.pl.n(s)correspoden f:.;l;:;~:,:~'" :u e: i:';-"¡¿J quetengo ante mí, c.P'J d.- .

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a.iCa .

Enero Febrero Marzo Abril28 18 38 28

3a 28 18 38

Ma o Junio Julio A ostola 3a 2a la2a la 3a 2a . "

Se tiembre Octubre Noviembre Diciembre3a 28 18 38la 3a 2a la

Tercer Período

Primer TurnoSegundo Turno

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Primer TurnoSegundo Turno

Primer TurnoSe undo Turno

22. Rotación.Este régimen de turnos tendrá aplicación a partir de la

00.00 hora del primero de Enero de 2014. El sistemareiniciará la rotación el primero de enero de 2017.

23. Elevación de la Causa a Juicio.Conforme a lo e.stablecido por el arto 28, segundo

párrafo de la Ley 6345 y modificatorias, los Juzgados deMenores elevarán las causas a juicio al que le sigue en ordende Nominación respectivamente.

24. Régimen Transitorio.Establécese un Régimen Transitorio de asignación de

causas entre los tres Juzgados de Menores de Primera aTercera Nominación que abarca desde el 6 de junio del 2013hasta el 31 de marzo del año 2014.

Dispónese que el Juzgado de Menores de TerceraNominación tendrá turno permanente desde el 6 de junio al 30de septiembre de 2013 y desde el primero de enero al 31 demarzo de 2014. Desde el primero de octubre y hasta el 31 dediciembre de 2013 regirá un turno quincenal conforme elesquema establecido a continuación:

Octubre 2013 Noviembre 2013 Diciembre 2013

PrimerTurno la 3a 2a

Segundo Turno 2a 18 38

Hasta tanto asuma el titular del Juzgado de Menores deTercera Nominación, lo reemplazarán los otros jueces demenores conforme al turno que les hubiese correspondido conanterioridad a la vigencia de la presente norma.

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Distritos Judiciales Orán, Tartagal y del Sur.

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original que\~

Capítulo 111

Sección PrimeraPrimera Etapa de

Implementación progresiva del Código Procesal Penal(Desde el 6/6/2013 al 5/12/2013)

25. Turnos.La competencia de garantías será ejercida por los Jueces

Correccionales y de Garantías y de Menores de acuerdo alsistema de turnos dispuesto en la Acordada 10356.

26. Etapa de juicio.Todas. las causas en que corresponda ejercer competencia

de juicio serán remitidas por el magistrado que hubieseintervenido corno juzgado de garantías en la etapa de lainvestigación penal preparatoria a la Oficina DistribuidoraPenal, que dispondrá la carátula, tipo y número de expedientey lo asignará al Juzgado de igual tipo que le sigue en ordende nominación.

27. Juez de Garantías de la Circunscripción Anta.Una vez instalado, el Ju.zgado de Garantías con asiento

en la ciudad de Joaquín V. González ejercerá la competenciade Garantías en la Circunscripción Anta del Distrito Judicialdel Sur, con turno permanente.

Hasta su puesta en funcionamiento, seguirán entendiendolos Juzgados Correccionales y de Garantías y de Menores delDistrito Judicial del Sur Circunscripción Metán.

Sección SegundaSegunda Etapa de

Implementación progresiva del Código Procesal Penal(A partir del 6/12/2013)

28. Tribunal de Juicio.a. Causas iniciadas desde el 6 de diciembre de 2013.Las causas elevadas a juicio por los Juzgados de

13

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Garantías serán asignadas a las Salas I y II del Tribunal deJuicio conforme e~ sistema de distribución de la MesaDistribuidora Penal establecido para el Distrito Judicial delCentro, tanto para la distribución de expedientes entre sussalas como interna.

b. Régimen Transitorio.l°. Las causas iniciadas con anterioridad al 6 de

diciembre de 2013 conforme el régimen de la Ley 7690,ingresarán por la Oficina Distribuidora Penal y se asignarána la Sala II del Tribunal de Juicio y, hasta el, 5 dediciembre de 2014, serán asignadas con exclusividad al Juezdesignado a efectos de conformar la Sala II conjuntamente conlos jueces transformados, en orden a lograr un equilibriorespecto a las causas ingresadas y en relación a lacompetencia de menores ,quecorresponde a sus pares.

20. En los Distritos Judiciales Orán, Tartagal y delSur, hasta el 5 de diciembre de 2014 las causas iniciadas conanterioridad al 6 de diciembre de 2013 conforme el régimen dela Ley 6345 y modificatorias que tramitaron por instrucciónformal, serán elevadas a juicio a la Sala I del Tribunal deJuicio.

3°. A partir del 6 de diciembre de 2014, la distribuciónde las causas indicadas en el inciso 20, se efectuará deacuerdo a las reglas de distri~ución ordinaria entre las dossalas del Tribunal de Juicio.

4°. Las normas de distribución establecidas en lapresente sección, comenzarán a regir siempre que las dosSalas de' los Tribunales de Juicio de todos los DistritosJudicialesinstaladas.

del interior se encuentren efectivamente

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tongp ante rr:í, c':':; íd.-14 SaUta ••••._ .••...... do .•..•••n.5..J.t!~...?º~L.de ".

c. ReemplazosEn caso de impedimento, inhibición o recusación de

alguno o algunos de los jueces del Tribunal de Juicio de losDistritos Judiciales Orán, Tartagal y del Sur, el Presidentede la Sala podrá alterar el orden de la lista establecida enel arto 10 de la Ley 7716, mediante decreto fundado donde seconsignen los motivos gr~es y.urgentes que fundamenten talmedida.

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de los Distritos Orán,ripción Metán se regirán, en la

d ~ Ie Garantlas.

competencia de garantías, por el sistema de turnos fijados enla Acordada 10356.

Los JuzgadosTartagal y del Sur

.29. Juz ados

Sección TerceraDisposiciones Complementarias.

30. Menores.En la competencia de Menores sigue vigente el sistema de

turnos y las pautas establecidas en las Acordada 10356.Una vez instalada la Sala 11 del Tribunal de Juicio,

será ejercida por los actuales Jueces Correccionales y deGarantías y de Menores que la integren, quienes se elevaránlas causas a juicio recíprocamente.

31. Ejecución.Hasta tanto se designen los Jueces de Ejecución y

Detenidos de los Distritos Judiciales Orán y Tartagal, losturnos cuatrimestrales que establece el arto 33, apartado 11,inc. "d" de la Ley 7716 se regirán por las Acordadas 10234,10359 Y 11107.

32. Sanciones Administrativas. Apelación.Las actuaciones para las cuales las leyes especiales y

el arto 41, inc. "c" del C.P.P. (texto según Ley 7690)establecen la competencia en grado de apelación del juez degarantías, serán asignadas por la Mesa Distribuidora Penal alos juzgados de garantías según las categorías predefinidas.

33. Juicios de Acción Privada.Las querellas por delitos de Acción Privada ingresarán

y de

en la

entre losde "sorteo

conforme una

t:!IAr. .JUEZ

CORTE DE JUSTICI."'!JE ~,l,LT.",C':;;T~ o---

automático

,por la Mesa Distribuidora Penal y seprimera etapa entre los JuzgadosGarantías y de Menores y, en lavocales del Tribunal de Juicio,

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ANEXO II...

Acordada N°REASIGNACIÓN y TRANSFERENCIA DE CAUSAS

Capítulo rDistrito Judicial del Centro

Sección PrimeraReglas de ~edistribución

1°. Alcance.

La presente regula la redistribución de causas penalesprevista en las normas de implementación progresiva delCódigo Procesal Penal y en la Ley Orgánica de la JusticiaPenal.

2°. Sala V del Tribunal de Juicio.

r. Remisión.

Los ex Jueces Correccionales y de Garantías que conformenla Sala V del Tribunal de Juicio remitirán a los Juzgados deGarantías de Quinta a Séptima Nominación, previo inventario yde conformidad con lo establecido en el presente, lossiguientes expedientes:

a) Causas que siguen el trámite por el sistema deProcedimiento Sumario y Juicio Correccional establecido en laLey 6345 y modificatorias que al 6/6/2013 continúen en etapade Procedimiento Sumario (Tipo COR) .

b) Causas en las que hayan intervenido como Jueces deGarantías en la primera etapa de implementación progresivadel Código Procesal Penal que al 6/6/2013 no hayan concluido,es decir, que no se encuentren en etapa de juicio (Tipo GAR) .

c) Las actuaciones para las cuales las leyes especiales yel arto 41, inc. "c" del C.P.P. (texto según Ley 7690)establecen la competencia en grado de apelación del juez degarantías, siempre que no se encuentren concluidas (TipoGAR) .

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JI O. t:'0;.l. 1(,,,,» /7,,1"11. Destino.

Las causas serán remitidas directamente por losoriginarios de conformidad a lo que a continuación seestablece:

a) Las causas que tramitaban por ante el ex JuezCorreccional y de Garantias de Tercera Nominación (Vocal N°1) , serán asignadas al Juez de Garantias de Quinta

Nominación.

b) Las causas que tramitaban por .ante el ex JuezCorreccional y de Garantias de Octava Nominación (Vocal N°2), serán asignadas al Juez de Garantias de Sexta Nominación.

c) Las causas que tramitaban por ante el ex JuezCorreccional y de Garantias de Sexta Nominación (Vocal N° 3),serán asignadas al Juez de Garantias de Séptima Nominación.

3°. Juzgados de Garantias de Primera a Cuarta Nominación

Cada uno de los Juzgados de Garantias de Primera a CuartaNominación remitirá al Juzgado de Instrucción en Transiciónde su misma nominación, previo inventario y de conformidad alo establecido en la presente, las causas que no cuenten conauto de procesamiento firme respecto de todos los imputados(Tipo EXP) .

4°. Juzgados de Garantias de Quinta a Octava Nominación.

l. Remisión.

Los Juzgados de Garantias de Quinta a Octava Nominaciónremitirán a la Sala V del Tribunal de Juicio, previoinventario y de conformidad a lo establecido en la presente,los siguientes expedientes:

a) Causas que siguen el trámite por el sistema deProcedimientQ Sumario y Juicio Correccional establecido en laLey 6345 y modificatorias que al 6/6/2013 hayan concluido laetapa de Procedimiento Sumario (Tipo COR) .

b) Causas que cuenten con elevación a juicio conforme Ley7690 y que al 6/6/2013 no hayan concluido (Tipo JUI) .

c) Causas en las que corresponda aplicar el Juicio deAcción Privada, iniciadas con anterioridad al 6/6/13.

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11. Destino.

Las causas serán remltidas por los jueces originarios deconformidad a lo 'que a continuación se establece:

a) Las causas que tramitaban por ante el Juzgado deGarantías de Quinta Nominación, serán asignadas al Vocal N° 1

(ex Juez Correccional y de Garantías de Tercera Nominación)

b) Las causas. que tramitaban por ante el Juzgado deGarantías de Sexta Nominación, serán asignadas al Vocal N° 2(ex Juez Correccional y de Garantías de Octava Nominación)

c) Las causas que tramitaban por ante el Juzgado deGarantías de Séptima Nominación, serán asignadas al Vocal N°3 (ex Juez Correccional y de Garantías de Sexta Nominación)

d) Las causas que tramitaban por ante el Juzgado deGarantías de Octava Nominación, serán remitidas a la MesaDistribuidora Penal para que sean distribuidasequitativamente según las categorías automáticas predefinidasentre los miembros de la Sala V del Tribunal de Juicio.

S°. Juzgado de Menores de Tercera Nominación.

El Juzgado de Menores de Tercera Nominación, previoinventario y de conformidad a lo establecido en la presente,remi tirá al Juzgado de GaraI1tías de Octava Nominación lascausas indicadas en el punto ap. 1, a, b y c delpresente.

Asimismo, remitirá a la Mesa Distribuidora Penal lascausas indicadas en el punto 4° ap, 1, a, b Y c, las queconjuntamente con las que envíe el Juzgado de Garantías deOctava Nominación (punto 4° , ap. 11, inc d) , serándistribuidas equitativamente según las categorías automáticas.predefinidas entre los miembros de la Sala V del Tribunal de,Juicio.

6°. Recursos.

Las causas que se encontrasen materialmente en otrotribunal en virtud de un trámite recursivo, aun cuando'contaren con sentencia definitiva no firme, serán remitidaspor el juzgado de origen a donde correspondiere una vez

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devueltas las actuaciones por el tribunal de alzada.

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7°. Suspensión de Juicio a Prueba

Las causas que tramitaron por ley 6345 y modificatorias ylas que fueron elevadas a juicio conforme la ley 7690, en lasque se haya otorgado una Suspensión de Juicio a Prueba y nose encontraren concluídas serán también transferidas aljuzgado que correspondiere, según el estado procesal en quese encuentren (Tipo COR y JOI) .

8°. Causas concluídas

Las causas concluídas quedarán en el tribunal de origen yoportunamente deberán remitirse al Archivo Central.

9° Radicación Definitiva.

Las causas que el Código Procesal Penal, la Ley Orgánicade la Justicia Penal y la presente norma reglamentaria nosometen a redistribución, continuarán su trámite ante el juezde origen hasta su efectiva conclusión.

Sección Segunda

Forma

10. Causas en Trámite.

Serán objeto de redistribución únicamente las causas cuyotrámite no haya concluido, incluidas aquéllas que seencuentren en el Archivo Central del Poder Judicial.

11. Inicio.

Las tareas de embalaje, inventario y remisión deexpedientes iniciarán el 5de j~nio de 2013.

12. Personas Privadas de su Libertad. Medidas Urgentes.

Las causas con personas privadas de su libertad y aquéllasque por cualquier otra razón requieran de un trámite urgenteo donde conste la constitución de actoría civil o querellaconjunta, gozan de preferencia a los efectos de materializarla remisión de expedientes. Serán embaladas y enviadas de

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en su poder.asegurando, siempre, que el

Las medidas urgentes a que hubiere lugar serán adop'¿'adaspreviamente a la remisión, hasta las 24 hs, del 5/6/2013 porel tribunal de origen.

6/6/2013 ya se eninmediato al

13. Expedientes en el Archivo Central,

La remisión de aquell~s expedientes que, a pesar de contarcon su trámite inconcluso, se hallen en el Archivo Centraldel Poder Judicial, se llevará a cabo mediante un informefirmado por el juez,

14. Sumarios de Prevención. Promoción de Acción." .

Los sumarios de prevención que se e~~~entren en trámite enla Policía de la Provincia' iniciados por delitos cometidos. ,

hasta antes de las 24: 00 horas del 5/6/2013, que sean deacción pública iniciados conforme ley 6345 y modificatorias,deberán ser recepcionados por el juzgado que intervenía segúnel turno establecido por Acordada 9422 e inmediatamenteremitidos al Juzgado de Instrucción en Transición quecorresponda; incluso a efectos de evacuar las consultas a lasque hubiere lugar.

15. Expedientes en Préstamo.

Las causas que hayan sido remitidas transitoriamente aotros tribunales o dependencias del Poder Judicial, o aorganismos oficiales, las que han sido dadas en préstamo aparticulares, o que por cualquier otra razón no se encuentrenmaterialmente en el juzgado de origen, deberán ser incluidas,como una categoría separada, en el informe de remisión. Dichaconstancia vale formalmente como remisión.

Los jueces requerirán que sean devueltas en el juzgado quecorresponda continuar con su trámite y a partir del11/6/2013.

16. Coordinación.

La Secretaría de Superintendencia será el órganoencargado de coordinar las medidas administrativas necesariaspara dar cumplimiento a estos traslados.

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Inventario

.Sección Tercerar'

17. Formalidades.

La remisión de expedientes deberá efectuarse con elcorrespondiente inventario, en dos copias; uno para eljuzgado de destino y el otro para constancia de recepción.

A dichos efectos, la Secretaría de Informática indicará elmodo de generación de los listados tipos a cada juzgado.

18. Control.

Los jueces que deban transferir expedientes tendrán plazohasta el 30/6/2013 para remitir copia certificada delinventario, con su respectivo cargo de recepción, a laSecretaría de Superintendencia. Sin perjuicio de ello, eseórgano podrá solicitar los informes que estime menester.

También se remitirá copia a la Secretaría de Informática,en formato electrónico y conforme las pautas fijadas por esadependencia.

Exeptúanse del plazo previsto en el primer párrafo delpresente a las causas con personas privadas de su libertad ocon trámite urgente, las que deberán informarse de inmediato.

19. Informe.

Los Jueces de Instrucción en Transición deberán remitir ala Secretaría de Superintendencia, hasta el 31/07/2013, elinventario' de la totalidad de las causas en las que debanintervenir. .

I

20. Transferenaia ~lectrónica.

La Secretaría de Informática adoptará las medidastécnicas e implementará los procesos necesarios a fin de quelas causas se transfieran electrónicamente a las bases dedatos del Juzgado al que van a radicarse, para lo cualpreviamente indicará a los juzgados las acciones a efectuaren el sistema informático de gestión judicial que facilitenla transferencia.

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Distritos del Sur

21. Redistribución.Previo inventario y de conformidad a lo establecido en el

presente, los actuales Jueces Correccionales y de Garantías yde Menores de Primera y Segunda Nominación remitirán a losJuzgados de Garantías de idéntica nominación (Jueces deInstrucción Formal transfo;rmados), respectivamente, lascausas en las que hayan intervenido como Jueces de Garantíasen la primera etapa de implementación progresiva del CódigoProcesal Penal que al 6/12/2013 no se encuentren en etapa dejuicio.

Esta disposición regirá para los Distritos JudicialesOrán, Tartagal y del Sur Circunscripción Metán.

22. Inicio.

Las tareas de embalaje, inventario y remisión deexpedientes iniciarán el 5 de diciembre de 2013.

A dichos efectos, se declarará inhábiles para los juzgadossometidos a transformación,resulten necesarios.

oportunamente, los días que

23. Remisión.

En lo demás regirá lo establecido para el DistritoJudicial del Centro, siempre que no resulte incompatible.

no sean objetoSin embargo, todos los plazos fijde expresa regulación en este Capítul hasta el

3 . /\

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ANEXO III

Acordada .•...4REGISTRO INFORMATICO DE EXPEDIENTES

NUEVAS PAUTAS

l. DISPOSICIONES GENERALES

10. A partir del 06/06/2013 rige para los DistritosJudiciales Orán, Tartagal y del Sur las modalidades referidasa registro informático de expedientes establecidas en elAnexo II de la Acordada 11197 con las salvedades delpresente.

20• La numeración de los nuevos tipos de expedientes esúnica y consecutiva en toda la provincia y comenzará desdediferentes rangos en los distritos judiciales Orán, Tartagaly del Sur en la primera etapa de implementación conforme elsiguiente orden, completándose el esquema de la Provincia delmodo que se detalla seguidamente:

Numeración a partir del Distrito Judicial

10.000 Distrito Judicial del CentroSede Cafayate ..

-

20.000 Distrito Judicial del Sur -

Circunscripción Anta

30.000 Distrito Judicial del Sur -

Circunscripción Metán

50.000 Distrito Judicial Orán

70.000 Distrito Judicial Tartagal

100.000 Distrito Judicial del Centro

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DISTRITO. JUDICIAL DEL CENTROII.

3°. La radicación electrónica de las causas transferidasse llevará a cabo según los mecanismos previstos por laSecretaría de Informática.

4 ° • Losmovimientos

Juzgados deberánen el sistema de

efectuar losgestión judicial

siguientesIurix de

acuerdo al tipo y estado del trámite de las causas que setrate, previo a la transferencia de expedientes:a) Movimiento CONCIT: para las causas que' siguen el trámitepor el sistema de Procedimiento Sumario y Juicio Correccionalque tengan citación a juicio (Tipo COR) i

b) Movimiento SINCIT: para las causas que siguen el trámitepor el sistema de Procedimiento Sumario y Juicio Correccionalque aún no cuenten concitación a juicio (Tipo COR) i

c) Movimiento AGAR: para las causas de garantías iniciadas enla 1° etapa del régimen procesal penal que al 06/06/13 nohayan concluido (Tipo GAR) :

d) Movimiento SINDEB: para las causas elevadas a juicioconforme ley 7690 que no hayan concluído (Tipo JUI) i

e) Movimiento TRANSI: para las causas que no cuenten con autode procesamiento firme respecto de todos los imputados (TipoEXP). Este movimiento deberá ser usado por los Juzgados deInstrucción en Transición respecto de las causasoriginalmente allí radicadas para individualizar las que seencuentran en trámite y efectuar el inventario respectivo.

5° Expedientes elevados a juicio conf. ley 6345 y modif.

Los expedientes. tramitados por los ex Juzgados deInstrucción Formal elevados a juicio a partir del 06/06/13 ysus incidentes, que ingresarán por las Mesas de Entradas delas Salas 1, 11, 111 Y IV del Tribunal de Juicio, continuaránregistrándose con el prefij o "CAM", antepuesto al número deexpediente y se seguirá con la numeración de las ex Cámarasen lo Criminal transformadas.

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III. DISTRITOS JUDICIALES ORAN, TARTAGAL Y DEL SUR.

A. JUZGADO DE GARANTÍAS DEL DISTRITO JUDICIAL SURCIRCUNSCRIPCIÓN ANTA

60. El registro de los expedientes de Garantías (tipoGAR) y los expedientes que se ingresan como tipo AFP y lossumarios contravencionales se llevará a cabo en la Mesa deEntradas del juzg~do.

7o. La numeración la .asignará el sistema informáticoautomáticamente, con las salvedades establecidas en el AnexoII Punto 5. A 20 de la Acordada 11197 respecto de losincidentes.

8°. Los expedientes GAR que sean elevados a juicio seránremitidos a la Oficina Distribuidora Penal del DistritoJudicial del Sur - Circunscripción Metán.

B. JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN FORMAL

9 ° • Los expedientes correspondientes a la instrucciónformal y sus incidentes continuarán registrándose con elprefijo "EXP", 'antepuesto al número de expediente y seseguirá con la numeración de cada uno de los Juzgados deInstrucción Formal hasta el inicio de la etapa de transiciónel 06/12/2013, sin perjuicio de registrar posteriormenteaquellas iniciadas por hechos cometidos con anterioridad aesa fecha.

c. cÁMARAs EN LO CRIMINAL

10. Las expedientes remitidos a juicio a partir del06/06/12, sus incidentes y las demás actuaciones que ingresanpor Mesa de Entradas de las Cámaras en lo Criminal,continuarán registrándose con el prefijo "CAM", antepuesto alnúmero de expediente y se seguirá con la numeración de cadauno de esos tribunales hasta el 05/12/2013.

CERTIFiCO: C....:3 I:.,.'c) ¡:;;C::iT~::r::) copla(s)correspo:en f:.:I:',"::):;tG n ::u c:-'~inr::J que~ngo ante mí, C')Y f¿.- 7"

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11. El registro de los expedientes de Garantías y susincidentes se llevará a cabo en la Mesa de Entradas de cadajuzgado con arreglo al turno, la numeración la asignará elsistema informático automáticamente y será consecutiva entrelos tribunales.

D. JUZGADOS DE GÁRANTÍAS (2 o Etapa

06/12/2013), '

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A partir del

12. Las actuaciones para las cuales leyes especialesestablecen la competencia en grado de apelación del juez degarantías ingresarán dir~Qi~ke~~e por la OficinaDistribuidora Penal que los aSIgnará,por sorteo automático.. "

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06/12/2013)E. TRIBUNAL DE JUICIO "(2o

.~..Etapa

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A partir del

13. Los expedientes GAR que sean elevados a juicio porlos Juzgados de Garantías en todos los distritos judiciales,serán ingresados por la Oficina Distribuidora Penal, queefectuará la carga de datos y otorgará el número deexpediente JUI y asignará a las Salas del Tribunal de Juicio,por sorteo automático del sistema iurix y por categoríaspredefinidas entre los vocales.

modificatorias elevados a la

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